Argumentos en contra del aborto: Un análisis detallado
El debate sobre el aborto es complejo y multifacético, involucrando consideraciones legales, éticas, sociales y religiosas. A continuación, se exploran diversos argumentos en contra del aborto, analizando las perspectivas que sustentan estas posturas.
El debate sobre el aborto en el contexto global
El fallo, de publicarse, revocaría la sentencia “Roe vs. Wade” de 1973 y eliminaría la protección constitucional federal del derecho al aborto a partir de la cual cada Estado decidiría si restringe, limita o prohíbe el aborto. En América Latina, la oposición a este derecho se ejercita tanto preventiva como profilácticamente, cuando el derecho no está reconocido, como de forma contestataria y combativa, cuando el derecho sí está reconocido pero se busca obstaculizar su ejercicio o menoscabar su implementación.
Después de más de 50 años, ¿por qué esa obsesión en recortar derechos de salud reproductiva y, especialmente, restringir el aborto? La respuesta es que estos derechos humanos, asociados a la salud, a la libertad, a la vida y a la educación desactivan normas sociales, desafían expectativas y ponen en cuestión el tramado simbólico de una sociedad, esto es: lo que se espera de las mujeres y el rol que se les quiere asignar.
Por eso, un conjunto de fuerzas heterogéneas como son las extremas derechas emergentes, los populismos (de derecha, pero también de izquierdas), y los evangelistas se articulan con los conservadurismos y actores religiosos tradicionales para combatir la “ideología de género”. Para hacerlo, utilizan narrativas que argumentan defender la vida y la familia de los totalitarismos marxistas, la nación de las injerencias externas y los lobbies abortistas, o los derechos humanos verdaderos y las necesidades reales de las mujeres, en el marco de una batalla cultural.
Estrategias de bloqueo y resistencia
En el marco del accionar político institucional, las estrategias de bloqueo tanto preventivo como contestatario más tradicionales son las acciones de lobbies y cabildeo (llamadas y reuniones con parlamentarios, contratación de personas vinculadas a organizaciones civiles de asesores en comisiones parlamentarias, y presión en foros y organismos internacionales como la Organización de Estados Americanos, OEA) y la judicialización de reclamos (amparos y medidas cautelares que buscan paralizar normativas y bloquear protocolos sanitarios).
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A estas se suman herramientas que, aprovechando también los canales institucionales y democráticos, se utilizan para exhibir resistencia y presionar a parlamentarios y gobiernos a no aprobar el aborto así como a recortarlo, como son las peticiones de firma, las manifestaciones multitudinarias antiderechos que toman las calles o las demostraciones en espacios públicos, como las oraciones frente a clínicas que practican interrupciones del embarazo.
El vaciamiento de políticas de salud sexual y género
El vaciamiento y resignificación de las políticas de salud sexual y género es la estrategia preferida de gobiernos que no tienen fuerza para derogar las políticas previas y, por tanto, buscan menoscabar su implementación. El caso más emblemático es el de Brasil.
De preocupante actualidad son también las declaraciones por parte de gobiernos democráticos de territorios o instituciones como “provida”, que bloquean la entrada del debate en la agenda política, introducen propuestas antiderechos en los programas electorales de partidos tradicionales, configuran plataformas políticas conservadoras en los parlamentos y utilizan los medios de comunicación y las redes sociales digitales para distribuir información fraudulenta y hostigar a quienes defienden el aborto.
Instrumentalización de causas y femonacionalismos
Lo asombroso, tanto en el borrador que se ha filtrado en Estados Unidos como en el resto de prácticas mencionadas a lo largo y ancho de América Latina, es que para recortar los derechos de las mujeres se invoque, no solo la importancia de retornar al poder del pueblo y la cultura arraigada (cuando las encuestas demuestran lo contrario), sino incluso la lucha antirracista.
Esta lógica instrumental de recurrir a una causa para, en realidad, defender otra diferente se ha vuelto común también en Europa a partir del auge de los femonacionalismos. Los derechos de las mujeres se invocan como bandera para promover políticas xenófobas y antimigratorias por parte de partidos de derecha radical y, lo que es más inquietante, por mujeres que dicen representar a las mujeres reales.
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Aborto: Perspectivas legales y ético-religiosas en España
En España el aborto inducido estuvo penalizado durante la dictadura franquista y años posteriores. En 1985 se aprobó una ley que permitía abortar en determinados supuestos. Fue sustituida por la ley 2/2010, que es la actualmente vigente, y que permite el aborto libre en ciertos plazos.
La diferencia fundamental entre ambas leyes, cuya distancia en el tiempo es nada menos que de 25 años, está en el reconocimiento del derecho a planificar la gestación y la libre elección de la maternidad por parte de las mujeres. La Ley Orgánica 9/1985 no reconocía este derecho, pero otorgaba cierta permisividad al aborto en ciertos supuestos, teniendo en cuenta que el aborto se consideraba un acto penado tanto para la mujeres como para la persona que lo realizara, fuera profesional sanitario o no.
Los tres supuestos que contemplaba son: grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada, violación denunciada hasta las doce semanas de gestación y feto con graves taras físicas o psíquicas. De forma aclaratoria podríamos decir que en esta ley del año 1985 el aborto voluntario quedó despenalizado en el caso de un aborto terapéutico (en cuyo caso y según la urgencia no se establecían límites de semanas de gestación), embarazo por violación (se establece el límite en 12 semanas) y aborto eugenésico (dentro de las primeras 22 semanas de embarazo).
La Ley Orgánica 2/2010, que es la ley vigente en materia de aborto, permite abortar según plazos de gestación. Se puede así abortar libremente hasta las 14 semanas de gestación y pasadas dichas semanas se daría la posibilidad de abortar bajo un diagnóstico médico, en caso de existir grave riesgo para la salud o vida de la embarazada o graves anomalías en el feto, sin que se superen las 22 semanas de gestación.
Más allá de dichas semanas de gestación, la ley considera además dos supuestos excepcionales para la interrupción del embarazo: anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable que se detecte en el momento del diagnóstico y se confirme por un comité clínico.
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Si se comparan ambas leyes llama la atención que aunque el aborto se despenaliza y es reconocido en la práctica como un derecho, sigue estando sujeto a ciertas restricciones, tanto desde el punto de vista legal como cultural, ya que no es totalmente libre, aunque sí esté cubierto desde el punto de vista médico. Independientemente de los juicios morales, la regulación tendría como objetivo atender a razones de sanidad pública y ofertar los recursos pertinentes para ello.
La interrupción del embarazo, de acuerdo con la ley, debe realizarse en centros acreditados ya sean públicos o privados.
Datos estadísticos sobre el aborto en España
La siguiente tabla muestra la evolución del número de centros que notifican Interrupciones Voluntarias del Embarazo y los abortos realizados:
| Año | Número de abortos |
|---|---|
| 2014 | Relativamente estable |
| Después de la Ley 2/2010 | No se incrementó el número de abortos |
Destacamos de estas cifras que el número de abortos se mantiene relativamente estable en los últimos diez años y que la aprobación de la Ley 2/2010, que amplió los supuestos de despenalización, no significó un incremento del número de abortos como predecían quienes se oponían a la reforma legal, e incluso tienden a disminuir.
En cuanto al tipo de centro en que se realizan las interrupciones llama la atención la existencia de un gran desequilibrio numérico a expensas de los centros privados. En el año 2014, un 89,91% de los abortos se realizan en centros privados, pero antes de la aprobación de la Ley 2/2010, el porcentaje se eleva hasta el 98,16%, y el escaso 1,84% que se realizaban en centros públicos eran en su totalidad de carácter hospitalario.
Cabe señalar que la ley vigente establece la garantía de acceso a la prestación, lo que contribuye a reconocer el aborto como algo aceptado y normal, alejándolo de la penalización: el hecho de darle visibilidad, aunque sea desde el ámbito médico, ya es una forma de acercamiento social, pasando de ser un delito a un diagnóstico.
En la tabla número 3 incluimos los datos correspondientes a las semanas de gestación en que se interrumpe el embarazo y los motivos. Destaca claramente la voluntariedad del proceso, ya que en el año 2014 un 88,91% de los abortos se hacen a petición de la mujer, y solo un 11,09% responden a causas relacionadas con el riesgo de la mujer o las anomalías fetales. Esto se relaciona a su vez con el predominio de las fases tempranas en que se efectúan las interrupciones (70,18% antes de las 8 semanas; 19,20% entre las 9 y las 12 semanas).
Influencia religiosa y moral
Resulta prácticamente imposible tratar el tema del aborto sin hacer mención a la religión y, aunque no queremos extendernos en esta cuestión, sí hay que resaltar la influencia de la doctrina católica en España, por lo que respecta al menos a las concepciones morales sobre el aborto y su influencia, que van en la línea pro-vida, pues se reconoce el derecho fundamental a la vida del no nacido ya de forma completa desde el momento de su concepción.
Tres elementos fundamentan la postura cristiana frente al nasciturus: la consideración del aborto como un asesinato; el culpable o el cómplice tendrá que rendir cuentas a Dios, y el feto es un ser vivo del que Dios se cuida. Así, en contextos distintos, ideologías diferentes y cronologías variadas el hecho de abortar no es algo libre, no lo decide el sujeto, siempre está ceñido a condicionantes morales o sociales.
Este substrato religioso está fuertemente arraigado en el imaginario social y ha influido en la regulación existente, de manera que las leyes sobre el aborto que se han aprobado en España no lo hacen reconociendo un derecho de las mujeres, sino que despenalizan ciertos supuestos y el aborto sigue siendo punible y bajo la vía penal. Sigue sin reconocerse la desvinculación de la mujer a la obligación de la maternidad, en lugar de considerar el derecho a la elección de la maternidad como una opción.
Estas convicciones han generado durante años un conjunto de prejuicios y leyes moldeadas en base a dicho adoctrinamiento, influyen en la percepción social del aborto y generan sentido de culpa en las mujeres que han tenido que recurrir a él.
El aborto desde el paradigma corporal
Desde el punto de vista médico, el aborto se trata como una entidad ligada al cuerpo de los sujetos, y a pesar de los tratamientos que se realizan desde la biomedicina sobre los cuerpos como ocurre en este caso, el aborto nos oferta la posibilidad de ser analizado desde el cuerpo como fenómeno cultural.
Implicaciones globales de la prohibición del aborto
Cuando los gobiernos prohíben los abortos, no ayudan mucho a reducir realmente el número de embarazos interrumpidos. De hecho, a pesar de las leyes restrictivas, continúan practicándose más o menos la misma cantidad de abortos, según la Organización Mundial de la Salud.
Pero cuando se niegan o limitan los servicios de aborto seguro, se recurre en su lugar al uso de perchas, medicinas elaboradas con hierbas tóxicas y personas sin la formación necesaria para practicar abortos, mientras que al personal médico capaz de prestar los debidos cuidados se lo criminaliza.
Control sobre las mujeres y niñas
La prohibición total o la legislación restrictiva sobre del aborto de países como El Salvador y Polonia y, más recientemente, de varios estados de Estados Unidos tienen por objeto controlar a las mujeres y las niñas y obligarlas a ajustarse a los papeles estereotipados que se les asignan en razón de su género. Son una afrenta a sus derechos humanos y a su dignidad y constituyen discriminación por motivos de género.
Casos reales: El sufrimiento causado por leyes restrictivas
Las organizaciones defensoras de los derechos humanos han documentado el sufrimiento y la desesperación que causan las leyes restrictivas sobre el aborto en todo el mundo.
Uno de los casos más terribles es el de la “Sra. Y”, mujer a la que se concedió asilo en Irlanda tras haber sido golpeada y violada por paramilitares en su país. La Sra. Y intentó suicidarse en varias ocasiones cuando le dijeron que no podía poner fin a su embarazo, resultado de la violación.
En El Salvador es habitual acusar de homicidio a las mujeres que sufren un aborto espontáneo o una emergencia obstétrica por ser sospechosas de haber abortado intencionadamente. Evelyn Hernández, salvadoreña de 21 años, sufrió en casa una emergencia obstétrica que le produjo un aborto. Fue detenida, juzgada y condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado.
El derecho a decidir sobre el propio cuerpo
Debemos continuar oponiéndonos a los intentos de los gobiernos de controlar los cuerpos de las mujeres y las niñas. El aspecto esencial es la libertad reproductiva y el derecho de la persona a tomar decisiones sobre su cuerpo. Este derecho es fundamental para que todas las personas que pueden quedarse embarazadas ejerzan plenamente sus derechos humanos y vivan con dignidad.
Los gobiernos deben, no sólo despenalizar el aborto y garantizar el acceso al aborto seguro en la práctica, sino también crear unas condiciones sociales en las que las personas puedan tomar decisiones sobre el embarazo sin sufrir opresión, discriminación, estigma, coacción, violencia, falta de oportunidades ni sanciones.
Avances y retrocesos en el derecho al aborto
Cada vez son más los países conscientes de ese hecho, a pesar de la alarmante reducción de los derechos reproductivos que se está produciendo en algunos, como Estados Unidos o Polonia, a instancias de grupos antiabortistas y con el apoyo de políticos populistas.
En los últimos 25 años, alrededor de 50 países han reformado su legislación para ampliar el acceso al aborto. Aunque los contextos nacionales varían, todas las campañas con las que se ha conseguido reformar las leyes sobre el aborto han tenido algo en común: mujeres que han hecho oír su voz. De Irlanda a Corea del Sur, las activistas han ayudado a disipar el estigma y el secreto existentes en torno al aborto contando sus casos.
Al mismo tiempo, los gobiernos deben ampliar el acceso de todas las personas al aborto y los métodos anticonceptivos seguros, legales y asequibles. No sólo es humano hacerlo, sino también una obligación del Estado, según el derecho internacional. El acceso al aborto legal y seguro forma parte del conjunto de los derechos humanos, entre ellos el derecho a la salud sexual y reproductiva.
El lobby antiaborto y sus mensajes
El lobby antiaborto mundial lanza mensajes y bulos sobre el aborto repetidos una y otra vez sin datos ni base científica, en sus campañas de presión a la ciudadanía para estigmatizar el derecho al aborto, para lograr que los gobiernos lo prohíban o que eliminen leyes que garantizan este derecho.
Mitos y realidades sobre el aborto
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La única forma de acabar con el aborto es prohibirlo
Esto no es lo que afirma la Organización Mundial de la Salud: “los datos demuestran que las políticas restrictivas no solo no reducen el número de abortos, sino que también afectan a la posibilidad de que se practiquen de forma digna y sin riesgos. La proporción de abortos peligrosos es significativamente más elevada en los países que imponen leyes restrictivas, que en aquellos dónde estas leyes son más laxas”.
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NO al aborto, SÍ a la vida. “Soy provida”
Es una falsa dicotomía, pero es el eslogan reiterado por el lobby antiaborto mundial. ¡Como si las mujeres no estuvieran a favor de la vida! Son precisamente ellas las que demandan a los gobiernos medidas que garanticen una maternidad responsable: acceso a la salud sexual y reproductiva y disponer de las condiciones económicas básicas que les permitan asegurar el bienestar de su familia.
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El aborto es un asesinato y debe estar en el Código Penal
Es el mensaje tremendista que oculta que el derecho a la vida comienza al nacer la persona, como cualquier otro derecho humano. Por el contrario, ninguna mujer debe verse obligada a elegir entre morir o ir a la cárcel.
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El aborto es la primera causa de feminicidio en el mundo
El mensaje se ha usado por quienes hacen campaña contra el derecho al aborto de forma provocadora, a sabiendas de que el concepto de “feminicidio” tiene otro significado. Este concepto nace y es utilizado por los movimientos feministas y organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres, para definir la violencia que, con el resultado de asesinatos, se ejerce sobre las mujeres por el solo hecho de serlo.
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Las mujeres y las adolescentes usan el aborto como cualquier otro método anticonceptivo
Con este mensaje se trata nuevamente de presentar a las mujeres como irresponsables, “menores de edad” e incapaces de discernimiento.
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El aborto va contra las personas con discapacidad
Con este falso mensaje se pretende utilizar a estas personas para justificar la prohibición del aborto. Porque establecer como una causal del derecho al aborto una grave malformación del feto o su inviabilidad hasta llevar a término el embarazo, no tiene nada que ver con defender los derechos de las personas con discapacidad.
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