Aborto Legal en Nuevo León: Un Derecho en Constante Evolución
Hace 40 años, una mujer en León solicitó ejercer el derecho al aborto, que había sido despenalizado parcialmente por primera vez en España aquel año. La mujer, casada, con hijos y con problemas de salud después de una cirugía gastrointestinal, alegaba que dar a luz en sus condiciones podría suponer un riesgo para su vida, uno de los tres supuestos que amparaba aquella primitiva ley.
La presidenta de Flora Tristán, Herminia Suárez Mata, rememora aquellas décadas de lucha para lograr una legalización del aborto que reclamaba gran parte de la sociedad, con independencia de su clase social o ideología política: “La sociedad estaba ávida por resolver la problemática de la planificación familiar. Nosotras recibíamos bastantes consultas en relación a embarazos no deseados. Nosotras nos centramos en promover un Centro de Planificación Familiar y lo conseguimos crear en 1984. Funcionábamos como una asesoría social y luego jurídica.
Aquellas condiciones eran insuficientes para la realidad de las mujeres y, en algunos casos, incluso cumpliéndose en teoría, las interesadas se encontraban con un obstáculo inevitable: los médicos objetores de conciencia: “Nosotras consideramos que esa ley para nada se correspondía con el derecho de las mujeres a interrumpir el embarazo. Era un parche, nada más”, recuerda Suárez Mata.
Resulta que los sectores conservadores de la profesión médica se opusieron a la propia existencia de la ley y después de la aplicación de la ley. De hecho, los periódicos de la época dejan constancia de esta oposición de los médicos. En agosto de 1985, el presidente del Colegio de Médicos de León, Vicente Serrano, mostraba su disconformidad con la Orden reguladora de la objeción de conciencia que se aplicaba para la Ley de despenalización y que implicaba que los médicos, de forma individual, podían decidir no participar en la interrupción de un embarazo.
A pesar de ello, el Colegio de Médicos recomendaba a los sanitarios que no mostrasen su opinión al respecto. Los periódicos de la época reflejaban que, a pesar de que el Gobierno de España (por aquel entonces con Felipe González a la cabeza) hubiera dejado instrucciones, reglas y un procedimiento claro para que los médicos expresasen o no su objeción de conciencia, ninguno lo había hecho en agosto de 1985, según los diarios.
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No hay rastro de que ese aborto se llevase finalmente a cabo en la provincia y alguna de las socias de la asociación Flora Tristán, un grupo de mujeres feministas que llevan 50 años luchando por los derechos de la mujer, apuesta a que no se llegó a realizar, al menos de forma legal, tal y como llevaba haciéndose siempre.
La presidenta de Flora Tristán, que ya formaba parte de la asociación por aquel entonces, recuerda manifestaciones en León durante aquella época en las que a las feministas que participaban les lanzaban huevos. Otro de los recuerdos de Suárez Mata de aquella época es el de haber acudido a clínicas extranjeras donde se realizaban las operaciones de interrupción voluntaria de embarazo: “Recuerdo haber estado en Inglaterra, había un sitio allí que estaba lleno de mujeres españolas que habían ido a abortar. Estaban allí solas, doloridas, 'empastilladas'.
Otra de las socias de Flora Tristán que lleva décadas participando en las labores de la asociación recuerda acompañar a mujeres al aeropuerto para viajar a aquellas clínicas extranjeras: “Tienes que ayudar con dinero, información, acompañando al aeropuerto… Es como lo resolvían para no ir de forma clandestina. ¿Cuánta gente muere hoy en día por abortar de forma voluntaria? ¿Y antes? Tenían que meter agujas de coser o lo que hiciera falta. Para que no haya esas muertes de fetos tienes que permitir el aborto.
La ‘Ley de supuestos’ de 1985 siguió dejando desamparadas a las mujeres que necesitan abortar de forma segura. Sin embargo, a pesar de que parecía que el derecho al aborto había sido ya ganado, en el año 2013 el Gobierno de España del ‘popular’ Mariano Rajoy y su ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, presentaron una reforma de la Ley que eliminaba la posibilidad de abortar durante aquellos plazos, estableciendo un sistema de indicaciones incluso más restrictivo que el del año 1985 (al eliminar el supuesto de las malformaciones del feto y reclamando que fuesen necesarios dos informes que demostrasen que dar a luz supondría un daño físico y psíquico para la madre o el bebé).
A pesar de la caída en desgracia de Gallardón tras este intento de reversión de los derechos de la mujer, en Castilla y León Vox trató de implementar una serie de medidas ‘pro vida’ durante el año 2023, cuando cogobernaba en la Junta con el PP de Mañueco.
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La última reforma de la Ley del aborto se llevó a cabo en el año 2023 (durante el segundo mandato de Pedro Sánchez) y eliminaba la necesidad de obtener permiso paterno a partir de los 16 años para abortar, el aborto ‘libre’ a partir de las 14 semanas (22 semanas en caso de alto riesgo), suprime los tres días de reflexión y garantiza la distribución gratuita de la píldora de emergencia en centros de salud. Además, esta ley reclamaba el derecho de conciencia de los profesionales médicos de forma individual y garantizaba que siempre hubiera personas suficientes para llevar a cabo Interrupciones Voluntarias de Embarazo (IVE).
Sin embargo, esta norma no se aplica, según los datos y las expertas de asociaciones como Flora Tristán. En Castilla y León la última cifra existente de profesionales sanitarios que se acogen a la objeción de conciencia para no practicar IVE es de 437. “Parece que han desaparecido las trabas con las reformas, ¿no? Pues no es cierto, porque resulta que una cosa es el derecho al aborto y otra el derecho al aborto en la Sanidad pública”, denuncia Suárez Mata.
“Tiene que haber un registro de médicos objetores desde el año 2023, pero en los centros de salud la respuesta siempre es el silencio o el ‘no sé’. Esto provoca que las mujeres de Castilla y León se vean obligadas a recurrir principalmente a la sanidad privada para abortar. Esta laguna hace que las mujeres tuviesen que viajar en el año 2024 a clínicas privadas de Valladolid o Madrid, mediante contratos firmados entre estos centros y la Junta de Castilla y León para externalizar la práctica de abortos de las mujeres de la provincia.
No hay hospitales ni públicos ni privados (ya que la propia clínica privada a la que señalaba la Junta desmintió ya en 2024 que lo hiciera) que practiquen abortos voluntarios en la provincia de León. “Las mujeres tienen que hacer un itinerario para abortar. Cuando una mujer toma una decisión de este tipo es una decisión compleja y que duele. Si además las hacen peregrinar por la geografía española e ir abonando los gastos, sin tener en cuenta a los acompañantes… Nos encontramos con que no se está cumpliendo el derecho al aborto como está establecido.
En el año 2023, último año del que la Junta ha hecho públicos los datos de IVE, 613 mujeres de la provincia de León se sometieron a interrupciones voluntarias de embarazo. Según los datos de la Junta el 56,12% de estas intervenciones se hicieron sin financiación pública, frente al 43,8% que se hicieron con financiación pública, la mayor parte de ellos en hospitales de Castilla y León, sin especificar la provincia o el carácter de la clínica.
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“Al final este tipo de derechos en la práctica no se pueden llevar a cabo, al menos de forma pública”, reflexiona otra de las socias de Flora Tristán, “Los llevan a cabo de manera que las condenan a la anomalía, a sentir un rechazo social que no hay realmente. Desde la asociación feminista Flora Tristán piden que la sociedad no olvide este derecho que ha tardado tanto tiempo en ser considerado como tal y que aún hoy en día está lejos de ser perfecto: “Todas las nuevas generaciones tienen que saber que si no luchan por sus derechos pueden estar en riesgo.
Datos de Interrupciones Voluntarias de Embarazo (IVE) en León (2023)
| Tipo de Financiación | Porcentaje |
|---|---|
| Sin financiación pública | 56,12% |
| Con financiación pública | 43,8% |
Situación en Latinoamérica
El último país en proteger la despenalización de ciertas formas del aborto ha sido México, gracias a varias resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El órgano judicial también blindó el 24 de mayo la posibilidad de abortar en todas las instituciones públicas del país a niñas menores de 12 años sin el consentimiento de sus padres, siempre y cuando el embarazo sea fruto de una violación.
México es uno de los cinco países de América Latina que recoge el derecho al aborto en su legislación, junto con Argentina, Colombia, Cuba y Uruguay. Casi a principios de 2021, Argentina aprobó su ley para despenalizar el aborto. El país permite la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación para todas las mayores de 16 años, como recoge el Gobierno argentino en su página web.
Colombia se sumó a esta despenalización el 21 de febrero de 2022 tras una sentencia de la Corte Constitucional en la que especifica que el aborto está permitido hasta las 24 semanas de gestación. Es decir, hasta los seis meses, y para todas aquellas personas mayores de 14 años.
Por su parte, Uruguay establece en su ley de 2012 que las menores de 18 años necesitan un permiso paterno. Nueve países latinoamericanos recogen en su legislación que el aborto solo es impune bajo una serie de supuestos. El supuesto único más repetido para la realización de un aborto es si la vida de la mujer corre peligro.
Así lo recogen los códigos penales de Costa Rica (artículo 121), Guatemala (art. 137), Paraguay (art. 352), Perú (art. 119) o Venezuela (art.
Además de si la vida de la persona gestante corre peligro, Bolivia (art. 266), Brasil (art. 128), Chile (ley sobre la interrupción del embarazo) y Panamá (art. 144) permiten el aborto si el embarazo es resultado de una violación o si la vida del feto no es viable.
Ecuador restringe el derecho a abortar por violación solo a personas con una discapacidad mental (art. 150) y no recoge el derecho a hacerlo por inviabilidad de la vida del feto. Aun así, hay cinco países de Latinoamérica que prohíben el aborto bajo cualquier circunstancia. Estos son El Salvador (art. 133), Haití (art. 262), Honduras (artículos 126 - 132), Nicaragua (art.
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