Aspectos Legales del Aborto en el Mundo

23.11.2025

El aborto es un tema de salud pública, de derechos humanos y de justicia social. También implica el avance del conocimiento científico, el desarrollo de nuevos fármacos y biotecnologías, y tiene un impacto significativo en personas y sociedades, generando posiciones contrastadas a nivel global.

Bioética y el Aborto: Una Perspectiva Científica

En bioética, confluyen diversas concepciones sobre el trato que los humanos deben dar a otros humanos, a los demás seres vivos, a la naturaleza y al planeta. Una de estas concepciones atribuye a fuerzas intangibles los fenómenos de la vida; otra reivindica el conocimiento científico como fundamento de la ética. Algunas más obedecen a intereses económicos, ideológicos, políticos.

El mundo actual, caracterizado por la pluralidad y diversidad de creencias, requiere que los instrumentos para la solución de controversias sean el conocimiento y los argumentos sólidamente fundados. Coincidiendo con V. R. Potter, la ética de nuestro tiempo ha de basarse en el conocimiento científico, probado y comprobado, y no en creencias particulares. Potter propuso el término bioética, la cual debía “cimentarse en la biología, ampliada más allá de sus límites tradicionales para incluir los elementos más esenciales de las ciencias sociales y las humanidades, con énfasis en la filosofía en sentido estricto, o sea, en el ‘amor a la sabiduría’”. Para Potter, la bioética es una ética basada en el conocimiento científico.

El debate sobre el aborto en el ámbito de la bioética se encuentra estancado entre quienes adjudican al cigoto un supuesto derecho absoluto a la vida desde la concepción hasta la muerte natural, y quienes confieren a la mujer un supuesto derecho absoluto a decidir sobre su cuerpo. En términos de un choque de absolutos, el debate sobre el aborto es un falso debate: apelar a derechos absolutos resulta improcedente en el ámbito del Derecho, ya que todo derecho encuentra su límite en el derecho de terceros; ante derechos en conflicto, lo que procede es la ponderación.

La propuesta gradualista liberó al debate sobre aborto del estancamiento en el que se encontraba, y en la actualidad rige en cada vez más países. El gradualismo parte de la premisa de que el embarazo no es un acto, sino un proceso, y en consecuencia, atiende a las diversas fases del desarrollo embrionario. De ahí que ni al óvulo fecundado, al cigoto, al blastocisto, al pre-embrión, al embrión o al feto se les pueda conferir estatus ni derechos de la persona con anterioridad al nacimiento.

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El gradualismo reconoce a la mujer -persona jurídica- el derecho pleno a decidir sobre la interrupción del embarazo durante el primer trimestre. Al embrión lo reconoce como un bien tutelado jurídicamente -mas no como persona jurídica- cuya protección incrementa a medida que logra viabilidad extrauterina en el tercer trimestre de la gestación.

La Realidad Global del Aborto Voluntario

Desde hace ya varias décadas organismos gubernamentales y de la sociedad han recabado información sobre el aborto en el mundo a fin de conocer y comprender la dimensión y las especificidades del problema. Entre ellos, la Organización Mundial de la Salud, la División de Población y Desarrollo del Consejo Económico y Social de la ONU, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia, el Centro de Derechos Reproductivos y numerosas instituciones académicas.

Aborto Inducido: incidencia y tendencias mundiales de 1995 a 2008 proporciona un conjunto de datos que permiten profundizar en el análisis cuantitativo y cualitativo de la situación global del aborto y sobre sus particularidades en diversas regiones del mundo. La investigación se realizó en tres fases: 1995, 2003 y 2008. Los datos obtenidos revelan que a lo largo del período el promedio anual de abortos inducidos o voluntarios en el orbe fue de 44 millones.

La tasa mundial de aborto inducido registró un descenso importante entre 1995 y 2003, y se mantuvo prácticamente estable de 2003 a 2008. Las diferencias entre los países desarrollados y aquellos a los que eufemísticamente se les llama en desarrollo resultan significativas. Entre 1995 y 2008, la tasa de aborto voluntario de los primeros cayó en proporción de 3 a 1 respecto de los países en desarrollo (-15: -5). La disminución más notable tuvo lugar en Europa (-21). En contraste, y pese a una reducción de 5 puntos, América Latina registró en 2008 la tasa de aborto inducido o voluntario más alta del orbe (32 abortos por cada mil mujeres de 15 a 44 años de edad).

A continuación, se presenta una tabla con la estimación global y regional de aborto inducido en 1995, 2003 y 2008:

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Región Tasa de Aborto Inducido (1995) Tasa de Aborto Inducido (2003) Tasa de Aborto Inducido (2008)
Mundial 35 30 28
Países Desarrollados 24 21 19
Países en Desarrollo 39 33 32
África 30 29 28
Asia 38 32 31
América Latina 37 34 32
Europa 48 31 27

Es crucial identificar los elementos esenciales del contexto jurídico, socioeconómico, político y cultural en el que se inscribe la problemática del aborto inducido. En América Latina, el aborto se condena como pecado y se tipifica como delito; se penaliza a la mujer que aborta y a quien la auxilia para ello. Aún así, nuestra región mantiene la tasa más elevada de aborto inducido en el planeta. La realidad latinoamericana es prueba fehaciente de que la penalización del aborto no evita, ni previene, ni resuelve este problema.

Salvo Cuba, la Ciudad de México y Uruguay -que se rigen conforme al modelo gradualista- y Colombia -que amplió recientemente los supuestos para la interrupción legal del embarazo- América Latina se encuentra sumida en el oscurantismo respecto del aborto. Únicamente tres países en el mundo no admiten el aborto bajo ningún supuesto, y los tres son parte de nuestra región: Chile, El Salvador y Nicaragua.

Normatividad del Aborto en el Mundo: Criterios Encontrados

El aborto está permitido en alrededor de la mitad de países del mundo, si bien con diversos condicionantes. En muchos basta solamente con tomar la decisión dentro de un lapso de tiempo, contabilizado en semanas de gestación y recogido en la ley de cada país. Pasado este período algunos países siguen permitiéndolo, pero con condicionantes; por ejemplo, que exista riesgo para la salud de la madre o que el feto presente ciertas enfermedades congénitas.

También hay países que condicionan el derecho al aborto a determinados factores socioeconómicos; por ejemplo, en casos de que la mujer sea menor de edad o no cuente con recursos económicos para mantener a una criatura: es el caso de Etiopía, la India, Japón, el Reino Unido, Ruanda, Taiwán y Zambia.

Hay numerosos países (también cerca de la mitad a nivel global) que solo permiten el aborto por motivos de salud. Esto incluye generalmente si existe un riesgo para la madre o se detecta una enfermedad congénita en el feto, pero también hay legislaciones que tienen en cuenta el impacto para la salud mental de la mujer. Otros lo permiten solamente en casos de violación u otras formas de violencia sexual, y en algunos también se incluye el incesto.

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Unos pocos países prohíben el aborto en todas las circunstancias: Andorra, El Salvador, Filipinas, El Vaticano, Honduras, Madagascar, Nicaragua, República Dominicana y la república de Abjasia (que legalmente forma parte de Georgia pero es independiente de facto).

Finalmente hay países - especialmente en África, Oriente Medio y el sudeste asiático - donde, aunque teóricamente es posible abortar en circunstancias muy concretas (como el riesgo para la salud de la madre), a la práctica resulta complicado ejercer este derecho porque los doctores se pueden negar a realizar la intervención.

Un caso especial es el de Estados Unidos, donde el derecho al aborto es regulado por cada estado.

Son mayoría las disposiciones que fijan plazos determinados, con la salvedad de que el aborto libre está permitido en la mayoría de los países siempre que se practique durante las 12 primeras semanas de gestación. Así sucede en Austria, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Hungría, Lituania y la República checa. Plazo que se amplia a 14 en Alemania, Francia, Bélgica o Rumanía. En otras legislaciones como la italiana se especifica que hasta los 90 primeros días de gestación En Portugal, según la ley promulgada en 2007, durante las 10 primeras semanas el aborto es decisión exclusiva de la mujer.

Avances y Retrocesos Recientes

En los últimos 25 años, se han acelerado los avances y más de 50 países han modificado su legislación para permitir el acceso al aborto. Asia representa una quinta parte de ellos, y en América Latina la legislación ha avanzado en Chile, Argentina, México, Ecuador y Colombia. Europa es el continente donde el derecho al aborto seguro está más extendido e Irlanda fue el último país en despenalizarlo, a finales de 2018.

Sin embargo, el acceso al aborto legal y seguro es un derecho humano, y que los países que lo penalizan ponen en riesgo no sólo la salud de las mujeres y las niñas sino también su derecho a la autonomía corporal, a la intimidad, a la no discriminación y a igual protección ante la ley.

Países como Estados Unidos, China o Polonia son solo algunos malos ejemplos de Estados que han dado pasos hacia atrás en el acceso al aborto. Gracias a la lucha imparable de muchas activistas, tenemos éxitos que celebrar, como los que se han producido en Colombia, que en marzo de este año despenalizaba el aborto durante las primeras 24 semanas de embarazo, igual que lo hacía México en 2021, o Argentina, que legalizaba el aborto el año pasado. Sin embargo, el recorrido todavía es largo: Nicaragua, Honduras, El Salvador, República Dominicana, Madagascar, Malta o Andorra, entre otros países, todavía mantienen leyes que prohíben el aborto en todas las circunstancias y, otros países como Polonia, sólo lo permiten en caso de que la vida de la embarazada esté en peligro o en caso de violación. En definitiva, casi el 50% del total de las mujeres en edad reproductiva viven en países donde el abordo está fuertemente restringido”.

El Aborto No Seguro: Una Crisis Médica Prevenible

El aborto no seguro es una de las principales causas de mortalidad materna, responsable de al menos 1 de cada 12 muertes. Cada año, millones de mujeres enfrentan complicaciones graves, como infecciones y hemorragias, debido a la falta de acceso a servicios médicos seguros.

Sin acceso a un aborto seguro, muchas mujeres recurren a métodos inseguros, lo que aumenta el riesgo de complicaciones como infecciones, lesiones internas y fertilidad reducida. Las mujeres en África, Latinoamérica y Asia son las más afectadas por este problema de salud.

Las acciones clave para reducir la mortalidad y las complicaciones son: proporcionar anticonceptivos para prevenir embarazos no deseados, ofrecer servicios de aborto seguro y tratar las complicaciones derivadas de abortos no seguros.

Médicos Sin Fronteras (MSF) responde a las consecuencias del aborto no seguro, proporcionando atención médica a las mujeres que sufren complicaciones. En muchos de sus proyectos de salud sexual y reproductiva, MSF aborda las consecuencias del aborto no seguro y ofrece servicios de aborto seguro cuando es necesario.

MSF no tiene una posición política ni ética sobre el aborto; como organización médico-humanitaria, considera las consecuencias de los abortos no seguros como una cuestión médica a la que hay que responder. Los riesgos de un aborto no seguro son bien conocidos y pueden prevenirse prestando una atención adecuada a estas mujeres.

Las muertes a causa de abortos no seguros se reducen enormemente cuando la mujer puede acceder a servicios médicos. Por ejemplo, tras la legalización del aborto en Sudáfrica en 1996, diversos estudios confirmaron que, para el año 2000, la mortalidad materna por abortos no seguros se había reducido en un 91%; además, el número de mujeres con infecciones causadas por estos procedimientos se había reducido a la mitad.

Las principales complicaciones de un aborto no seguro son hemorragia grave, infección, peritonitis y lesiones en vagina y útero; también pueden darse consecuencias a largo plazo que afecten a embarazos futuros, entre ellas la infertilidad.

Francia y el Derecho Constitucional al Aborto

Francia se convirtió en el primer país del mundo en incluir explícitamente el aborto como libertad garantizada en su Constitución. Los términos con los que el Congreso francés ha aprobado una reforma que da cobertura constitucional explícita a la libertad de las mujeres para abortar son: “La Ley determina las condiciones en las que se garantizará a la mujer la libertad de recurrir a la interrupción voluntaria del embarazo”.

Esta reforma ha escenificado el punto de encuentro de todos los grupos parlamentarios sobre una de las cuestiones morales más controvertidas para una sociedad democrática. Se trata, desde luego, de un hecho único, sobre todo si se considera que el punto de sutura republicano entre las dos Francias se abre con facilidad cuando se abordan determinadas materias que reverberan viejas querellas nacionales, en las que subyace la relación entre la Iglesia y el Estado o entre la religión y el derecho.

Desde el punto de vista estrictamente jurídico, lo cierto es que esta reforma constitucional no constituye una modificación inflexiva o sustancial de la situación previa. El propio Consejo Constitucional ya había hecho alusión a la libertad de la mujer para decidir sobre su embarazo, con base en el artículo 2 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano que integra en Francia el bloque de la constitucionalidad. De hecho, la nueva redacción del artículo 34 de la Constitución utiliza el término “libertad” y no alude al “derecho” de la mujer, cuando exige al legislador su garantía.

No obstante, es innegable que este texto refuerza el estatus del marco de legal vigente frente a una eventual regresión -muy improbable- que tendría que enjuiciarse ahora sobre la base de una explícita libertad constitucional. De hecho, esta ha sido la justificación principal que se ha esgrimido para llevar a cabo esta reforma, la cual constituiría una suerte de reacción preventiva, un efecto colateral, digamos, de la reciente derogación por parte de la Corte Suprema americana, con la sentencia Dobbs v. Jackson, del viejo precedente establecido en Roe v. Wade.

En Francia, la idea de República posee una carga moral de la que carece la idea de Constitución. La República precede a la Constitución y los intangibles de esta identidad política se hallan en la propia historia republicana, en sus leyes y sus hitos. Los propios derechos y libertades de los franceses están inscritos en la historia original de la República y no en su Norma Fundamental.

El Aborto y los Derechos Humanos

El acceso a un aborto seguro constituye un derecho que debería poseer toda mujer, niña o persona que pueda quedarse embarazada. Su supresión provoca la violación de múltiples derechos como el derecho a la propia vida, a la salud, a la intimidad, a la autonomía o a no sufrir ni violencia, ni discriminación.

En 2024, la OMS afirmaba que seis de cada diez embarazos no deseados terminan en aborto, lo que representa aproximadamente el 30% del total de embarazos a nivel mundial. La tasa de aborto no es tan diferente entre los países en los que está prohibido y los que no, siendo 36 por 1000 en el primer caso y 39 por 1000 en el segundo.

Obligar a una mujer a continuar con su embarazo o buscar un método de aborto inseguro constituye una violación de sus derechos humanos. Por eso, no podemos permitir que se dé marcha atrás en los avances conseguidos en derechos sexuales y reproductivos.

Obstáculos al Acceso al Aborto Seguro

Algunos de los obstáculos con los que las mujeres pueden encontrarse además de una legislación restrictiva, son la poca disponibilidad de servicios, los costes elevados, la estigmatización, la objeción de conciencia del personal sanitario, o la exigencia de requisitos innecesarios como el suministro de información engañosa. Muchas mujeres que quieren ejercer su derecho a decidir sobre su embarazo y maternidad se ven obligadas a desplazarse a otros países (o a otros estados en el caso de Estados Unidos o México). Una posibilidad a la que no todas pueden acceder porque la desigualdad socioeconómica también cuenta negativamente en el acceso a un derecho al aborto seguro.

El hecho de imponer restricciones en el acceso a un aborto seguro, no desemboca en un menor número de abortos, sino en un mayor número de mujeres y niñas que tienen que poner su vida en riesgo para que se les practique un aborto en unas condiciones que no cumplen los mínimos sanitarios.

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