Permiso de Viaje para Niños: Requisitos y Trámites en España

21.11.2025

El permiso de viaje para menores constituye una de las formas de protección social en nuestro país. Se trata de un mecanismo para evitar conflictos que involucren, precisamente, a los más pequeños. En este sentido, la legislación obliga a disponer de este permiso en ciertas situaciones. Es importante que recuerde cómo solicitarlo, cuándo y de qué manera.

Base Legal y Autoridades Competentes

La base legal del permiso de viaje para menores se encuentra en la lucha contra los delitos que impliquen a los más vulnerables. Según los acuerdos comunitarios e internacionales, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado juegan un papel crucial. Si te preguntas dónde se tramita el permiso de viaje para menores, este procedimiento se efectúa generalmente en la comisaría de la Policía Nacional o ante la Guardia Civil.

¿Cuándo es Necesario el Permiso?

A partir del 1 de septiembre de 2019, los menores de 18 años no acompañados en viajes no nacionales, precisarán además de DNI o pasaporte, una declaración firmada de permiso de viaje fuera del territorio español. No será necesaria la expedición de dicha declaración si el menor viaja en compañía de cualquiera de sus representantes legales (progenitores o tutores). Si el menor viaja solo o en compañía de terceras personas distintas de las anteriores, si será necesaria la expedición.

Cuando el viaje se produzca en el territorio nacional, será suficiente con la presencia de uno de los padres. Pero ¿qué sucede cuando sale al extranjero en compañía de uno de sus progenitores? En este caso, no suele ser necesario el permiso de viaje para menores por parte del otro. Sin embargo, el país de destino puede exigirla para entrar, por lo que es imprescindible informarse previamente.

Trámite del Permiso

Para tramitar la declaración únicamente es necesaria la comparecencia de uno de los representantes legales del menor. En la cita deberán comparecer ambos progenitores para otorgar el permiso de viaje. Si estuvieran separados, se deberá distinguir los conceptos de guardia, custodia y patria potestad. La comparecencia de padres y tutores para el permiso de viaje es una de las vicisitudes más complejas debido a la variedad de casuísticas que podemos hallar.

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Si uno de los progenitores reside en el extranjero: éste deberá otorgar un poder especial al padre o madre residente en España para que le represente. Asimismo, también es posible que se acepte el permiso por solo uno de los representantes del menor (siempre que afirme tener la conformidad del otro) salvo en casos que haya cambio de residencia o desplazamiento con riesgo para la integridad física de este o para su seguridad. Principalmente, la aprobación para permitir al menor viajar.

Documentación Necesaria

El trámite podrá realizarse ante las Embajadas con sección consular o Consulado aportando:

  • Documento de identidad en vigor del representante legal (DNI o pasaporte). Original y copia.
  • Documentación que acredite la filiación, patria potestad o tutela del menor (DNI, pasaporte, libro de familia, etc..). Originales y copias.

Se puede presentar el trámite, gratuito, mediante cita previa que se obtiene en: www.cgeonline.com.ar (apartado: solicitud de cita, presentación de instancias)

Alternativa Notarial

Como avanzábamos anteriormente, se puede tramitar la autorización en un documento notarial. Este es conocido como escritura de permiso de viaje a menor de edad. Generalmente, esta opción suele ser más rápida. Respecto a su contenido, esta goza de la misma validez ante las autoridades. Solo debe presentarse en el aeropuerto y, si la solicitan, en el país de destino. Obviamente, el documento dispone de reconocimiento a nivel internacional. Además, el precio es razonable, pues la notaría cobra solo entre 50 y 70 euros.

Información Adicional

Los menores de edad, si viajan solos o en compañía de otras personas, necesitan, además del DNI, la autorización del padre, madre o tutor legal efectuada mediante comparecencia personal en las Comisarías de Policía, Puestos de la Guardia Civil, Juzgados, Notarias y Ayuntamientos. La autorización se realiza también en la Oficina del DNI; deberá acudir el padre, madre o persona que ostente la tutela que deberá acreditar, con su DNI, el DNI del menor y Libro de Familia. El trámite es gratuito y la autorización tiene una validez de 90 días.

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Según se indica en la misma, “los menores que viajen solos necesitarán justificar ante los agentes fronterizos que no abandonan el territorio nacional contra la voluntad de las personas que ejerzan legítimamente la patria potestad.

Presentación Online

La presentación por internet se puede realizar con una antelación máxima de 90 días y mínima de 7 días antes al inicio del viaje. La presentación presencial se puede realizar desde 90 días antes de la fecha de inicio del viaje. Una vez enviado el formulario, el sistema generará un acuse de recibo que te puedes descargar, que únicamente, deja constancia del envío del consentimiento del padre o la madre del menor a realizar el viaje detallado. Si presentas el permiso por internet, recibirás una notificación electrónica en tu Área privada en el plazo máximo de 7 días. La notificación la habrá firmado el funcionario actuante.

En JLA Notarios, le acompañamos durante cualquier proceso legal para que disponga de validez jurídica y normativa y podemos encargarnos por usted de todos los trámites, incluyendo obtener la apostilla si fuera necesaria.

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