Cómo Reclamar el Complemento por Hijo: Requisitos y Documentación

30.11.2025

El complemento por hijo en las pensiones es una ayuda económica destinada a reducir la brecha de género en las jubilaciones y garantizar un refuerzo de ingresos a quienes han visto afectada su carrera laboral por la maternidad o la paternidad. Los pensionistas que han tenido hijos o hijas pueden tener derecho a un complemento económico mensual en su pensión. Este complemento, conocido como complemento para la reducción de la brecha de género, está destinado a compensar las desigualdades que tradicionalmente han afectado a las carreras laborales de quienes han asumido tareas de cuidado familiar, en su mayoría mujeres.

¿Qué es el Complemento por Hijo o Brecha de Género?

Desde febrero de 2021, el complemento que antes se conocía como “complemento por maternidad” pasó a denominarse “complemento para la reducción de la brecha de género”, y ahora pueden solicitarlo tanto hombres como mujeres. El complemento por hijo supone un avance hacia la igualdad en el sistema de pensiones. Su finalidad es compensar el impacto de haber tenido hijos en la carrera profesional de una persona trabajadora (por ejemplo, pidiendo una excedencia para el cuidado del menor), y su repercusión en la pensión contributiva.

¿Quién Puede Solicitar el Complemento por Hijo?

El actual complemento de brecha de género es una ayuda por hijos a pensionistas que tienen reconocida una pensión contributiva de viudedad, incapacidad permanente o jubilación. Y pese a ser tanto para padres como para madres, a diferencia del anterior complemento de maternidad que era exclusivamente femenino, no pueden percibirlo los dos miembros de la pareja a la vez, es decir, los dos progenitores de una misma familia.

Pueden pedirlo quienes:

  • Hayan tenido uno o más hijos (biológicos o adoptados).
  • Sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad desde el 4 de febrero de 2021.
  • En el caso de los hombres, deben acreditar que su carrera profesional se ha visto perjudicada por el nacimiento o adopción de hijos.

Además, desde la perspectiva de la jubilación, no está permitido en todas las modalidades. Es suficiente con la existencia de un hijo, mientras que el antiguo complemento de maternidad solo podían percibirlo las madres con dos o más descendientes.

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Requisitos Adicionales

  • Haber tenido un hijo o más, sea cual sea su edad en el momento en que se consigue la pensión. El género del beneficiario no es un condicionante; esta ayuda por hijos a pensionistas está destinada tanto a hombres como a mujeres.
  • En caso de que la pensión contributiva sea de jubilación, esta no puede ser parcial.
  • Los hombres (esta regla solo se aplica a los padres) han de demostrar que, desde el punto de vista de la cotización, la vida laboral se ha visto perjudicada por el cuidado de los hijos. Con hijos nacidos hasta el 31 de diciembre de 1994, acreditar más de 120 días sin cotización que estén comprendidos entre los nueve meses anteriores al parto y los tres años posteriores.

Cuantía del Complemento en 2025

En 2025, el importe aprobado del complemento es de:

  • 33,20 euros al mes por hijo, hasta un máximo de 4 hijos.

Es decir, el complemento máximo sería de 132,80 euros mensuales. Este importe se actualiza anualmente con el IPC.

¿Es Retroactivo?

Depende del caso:

  • Si solicitaste la pensión después del 4 de febrero de 2021, puedes pedir el complemento desde la fecha de reconocimiento de tu pensión, aunque no lo solicitaras en ese momento.
  • Si la pensión se reconoció antes del 4 de febrero de 2021, no se aplica automáticamente el nuevo complemento.

Cómo Reclamar el Complemento por Hijo en la Pensión

Aunque en algunos casos la Seguridad Social reconoce el complemento de oficio, lo habitual es que sea el propio interesado quien deba solicitarlo.

  1. Lo más recomendable es pedir el complemento al mismo tiempo que se tramita la pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad).
  2. Si al pedir la pensión no se solicita el complemento, todavía es posible reclamarlo después.

Documentación Necesaria

Para acreditar que se cumplen los requisitos es necesario aportar:

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  • DNI del solicitante y de sus hijos
  • Libro de Familia
  • Resolución de la pensión (aquella en la que se reconoce la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente).

Si el trámite se lleva a cabo de forma presencial o por correo, en el propio formulario oficial de jubilación se incluye una parte destinada a ello. Se han de rellenar los datos de los hijos (nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento o adopción) y, a continuación, marcar la casilla denominada Solicita el complemento para la reducción de la brecha de género, situada más abajo.

Dónde Presentar la Solicitud

  1. Presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Este formulario se puede presentar en cualquiera de los Centros de Atención e Información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social, aunque es indispensable acudir con cita previa.
  2. También se puede enviar por correo ordinario.
  3. Paralelamente, también es posible tramitar la jubilación con esta ayuda por hijos a pensionistas por Internet a través de su sede electrónica.

¿Qué hacer si el INSS deniega o ignora la solicitud?

  • Presentar reclamación previa administrativa.
  • Si no responde o vuelve a rechazar, se puede presentar demanda judicial ante lo social.

Información Adicional

El complemento para la reducción de la brecha de género es la ayuda a pensionistas por hijos que está vigente en la actualidad. Pero existen unos determinados requisitos que es necesario cumplir para cobrar por hijos accediendo a este complemento. El actual complemento de brecha de género es una ayuda por hijos a pensionistas que tienen reconocida una pensión contributiva de viudedad, incapacidad permanente o jubilación.

Tabla Resumen de Requisitos

Requisito Qué significa A quién afecta
Tener hijos inscritos en el Registro Civil Haber tenido al menos un hijo por nacimiento o adopción y que figure en el Registro Civil. Pensionistas con hijos biológicos o adoptados.
Pensión contributiva reconocida desde el 4 de febrero de 2021 El complemento solo se aplica a pensiones de jubilación, incapacidad permanente o viudedad concedidas a partir de esa fecha. Nuevos pensionistas desde el año 2021 en adelante.
No cobrar el antiguo complemento por maternidad Antes de 2021 existía un extra solo para mujeres con dos o más hijos. Si ya se percibe, no se puede acumular con el actual. Principalmente mujeres pensionistas que ya cobraban el complemento anterior.
Impacto en la carrera laboral por cuidado de hijos El complemento busca compensar lagunas de cotización. En el caso de los hombres, deben demostrar perjuicio en su vida laboral. Tanto mujeres como hombres, siempre que acrediten afectación laboral.
Pensión contributiva, no asistencial Está vinculado a las pensiones generadas por cotización.

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