Cómo Calcular el Fin de la Baja por Maternidad en España
Tener un hijo implica muchos cambios en la vida de una mujer, tanto a nivel personal como profesional. Por eso, dentro de nuestro ordenamiento jurídico se ha regulado un procedimiento de baja con su correspondiente prestación, para que las madres puedan dedicar tiempo tras el parto a recuperarse físicamente y a cuidar de su bebé.
En España, la baja maternal se configuró como un derecho de las trabajadoras en 1900, y se fijó entonces en tres semanas de descanso. En la década de 1920 se amplió hasta seis semanas, y ya en 1931 se estableció un período de baja de 12 semanas tras el parto. Como decíamos antes, la duración de la baja de maternidad se ha ido extendiendo en los últimos años.
Desde la nueva normativa establecida en el año 2021 la duración de la baja por maternidad y la duración de la baja por paternidad es la misma. Ahora bien, repasemos cuál ha sido el camino para llegar a este objetivo.
Este concepto surge con la finalidad de equiparar ambas bajas tanto en duración como en trato, y ha supuesto la modificación del ET. Los cambios introducidos por la nueva normativa tienen como objetivo la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo.
La baja por maternidad se aplica desde el mismo día de la fecha del parto, o si no desde el inicio del descanso pactado previamente. La duración de una baja por maternidad solía ser de 16 semanas ininterrumpidas, de las cuales seis semanas debían ser inmediatamente posteriores al parto y el resto se distribuirán como la trabajadora quiera. Pero en 2024 gracias a la implementación de varias actualizaciones importantes, se ha logrado la ampliación del permiso por nacimiento de 16 a 20 semanas.
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A partir del 2024, se amplia para ambos progenitores el permiso por nacimiento de 16 a 20 semanas. Además, se retribuirán 4 de las 8 semanas del nuevo permiso parental, que los padres podrán utilizar hasta que sus hijos cumplan 8 años.
A partir del año 2025, tanto para madres como para padres, el permiso por nacimiento se establece en 20 semanas completas. Este periodo se disfrutará de forma ininterrumpida y se podrá distribuir a lo largo del primer año de vida del bebé.
Duración de la Baja por Maternidad
El apartado 4 del artículo 48 del Estatuto de los trabajadores regula el permiso por nacimiento (denominación que incluye el permiso por maternidad y paternidad), estableciendo una duración de de 19 semanas. Este permiso puede ser ampliado en caso de familias monoparentales o parto prematuro.
De manera resumida, estas 19 semanas se disfrutan de la siguiente manera:
- Las primeras seis semanas, se han de disfrutar inmediatamente tras el nacimiento.
- Las once semanas siguientes, se han de disfrutar hasta que el menor cumpla un año.
- Las dos últimas semanas, se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla ocho años. (Estas semanas sólo se pueden solicitar a partir del uno de enero de 2026)
Además, aunque no es lo habitual, la madre puede adelantar el disfrute del permiso de maternidad hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
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¿Cómo Calcular la Fecha de Incorporación?
En España, la baja por maternidad estándar dura 20 semanas, iniciando generalmente el día del parto. Para determinar tu fecha de regreso, debes sumar estas 20 semanas a la fecha de nacimiento de tu bebé.
Ampliación del Periodo de Baja
En los casos de parto múltiple y de discapacidad del menor, se amplía el período de baja en una semana más por cada hijo a partir del segundo. De esta forma, si una mujer da a luz trillizos, tendrá derecho a 21 semanas de baja por maternidad con su correspondiente prestación. Si el niño adoptado tiene menos de 6 años el período de descanso por maternidad es también de 16 semanas, ampliable en 2 semanas más por cada hijo en caso de adopción múltiple.
Requisitos para la Baja por Maternidad
Uno de los requisitos indispensables para acogerse a la baja por maternidad es, a parte de estar dado de alta en la Seguridad Social, contar con un período de cotización mínimo. Este, sin embargo, variará según la edad de la trabajadora.
- Mayores de 21 años y menores de 26 años: Para personas trabajadores que tengan 21 años o más en el momento del parto, pero menos de 26 años se les exigirá 90 días cotizados dentro de los 7 años anteriores al momento del inicio del descanso.
Prestación Económica Durante la Baja
La prestación por maternidad es uno de los derechos más importantes para las trabajadoras en España, ofreciendo un soporte económico mientras se dedican al cuidado del recién nacido. Sin embargo, muchas personas tienen dudas sobre cuánto se cobra durante este periodo y cómo se calcula.
La baja por maternidad, oficialmente denominada desde 2019 como Prestación por nacimiento y cuidado de menor, es una prestación económica gestionada por la Seguridad Social. Esta prestación tiene como objetivo garantizar un ingreso económico a las madres, permitiéndoles enfocarse en el cuidado del bebé sin preocuparse por su salario durante un periodo determinado.
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El importe que se cobra durante la baja por maternidad se calcula en función de la base reguladora de la trabajadora. En este caso, aunque durante la incapacidad temporal se cobra el 60% o el 75% de la base reguladora, al iniciar la baja por maternidad, se vuelve a cobrar el 100% de la base reguladora. Esto significa que el importe no se ve reducido.
¿Quién Paga la Baja por Maternidad?
La baja por maternidad la paga el INSS, así que el trabajador debe acudir directamente allí para tramitarla. Mientras que se esté percibiendo la prestación sigue existiendo la obligación de cotizar. Cuando el INSS proceda a pagar el subsidio se descontará de éste las aportaciones que correspondan a las cotizaciones a la seguridad social, al desempleo y a la formación profesional.
La prestación por maternidad la paga directamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Generalmente, el pago se realiza a final de mes o en los primeros días del mes siguiente.
Otros Aspectos Importantes
- Pagas Extras: No, las pagas extras ya están incluidas en la base reguladora.
- IRPF: Sí, según una sentencia del Tribunal Supremo, las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF. Esto significa que no se retendrán impuestos sobre este ingreso.
- Finalización del Contrato: Si el contrato finaliza durante la baja por maternidad, la prestación se sigue cobrando hasta el final del periodo establecido. Una vez finalizado, podrías pasar a situación de desempleo, siempre que cumplas con los requisitos para ello.
- Subsidio por Maternidad: Si no cumples con los requisitos de cotización, puedes acceder a un subsidio por maternidad equivalente al 100% del IPREM durante 42 días naturales.
- Compartir la Baja: Sí, la prestación por maternidad puede ser compartida con el otro progenitor. Ambos pueden repartir el tiempo de baja dentro de las 16 semanas disponibles, siempre que cada uno disfrute de al menos 6 semanas ininterrumpidas tras el nacimiento del bebé.
- Actividades Laborales: No, durante la baja por maternidad no puedes realizar actividades laborales, ya que el objetivo de la prestación es permitirte dedicarte exclusivamente al cuidado del menor.
- Empleo a Tiempo Parcial: En el caso de tener un empleo a tiempo parcial, la prestación por maternidad se calcula proporcionalmente en función de la base reguladora correspondiente a tu jornada laboral.
Derechos Adicionales Durante el Embarazo
Aparte de la baja por maternidad, la mujer trabajadora tiene derecho a acceder a otros tipos de bajas en los últimos meses del embarazo. Es la baja que puede cogerse la futura mamá cuando el desempeño de su trabajo supone un riesgo para la salud de su bebé. Esta baja en el embarazo se debe coger cuando la trabajadora embarazada sufre molestias derivadas del embarazo, como puede ser la lumbalgia.
En el caso de despido de mujeres embarazadas durante su baja, debes saber que están especialmente protegidas por la ley y que podría darse el supuesto de nulidad del despido.
Permiso de Lactancia
Los trabajadores y trabajadoras en España (padres y madres) tienen reconocido el derecho a un permiso de lactancia, un beneficio contemplado en la legislación laboral que tiene como objetivo facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar tras el nacimiento de un hijo. El permiso de lactancia se encuentra regulado en el Artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores, la principal normativa que regula las relaciones laborales en España. Este marco legal garantiza el derecho del trabajador a disfrutar de este permiso sin suponer una pérdida salarial. Tan solo si ambos progenitores extienden el permiso hasta que el hijo cumpla un año, puede haber una reducción proporcional del salario en los últimos tres meses.
El permiso de lactancia permite una ausencia del trabajo de una hora diaria hasta que el bebé cumpla nueve meses. Este tiempo puede dividirse en dos fracciones de media hora, o bien, en muchas ocasiones, se acuerda con la empresa acumular este tiempo en jornadas completas que el trabajador podrá disfrutar de una sola vez. Este último formato es conocido como la «acumulación del permiso de lactancia». El permiso de lactancia es remunerado.
Baja por Maternidad para Autónomas
Las madres autónomas tienen derecho a solicitar la baja por maternidad, una prestación que les permite interrumpir su trabajo después del parto (o antes, si fuera necesario), sin perder su protección social. Al igual que las trabajadoras asalariadas, las madres autónomas también podéis disfrutar de una baja de maternidad. Esta prestación es un derecho en España para todas las mujeres trabajadoras, y concede un período de descanso remunerado durante y después del embarazo. Está regulado por la Seguridad Social y tiene como objetivo permitir a las mujeres dedicar tiempo a su recuperación física y emocional después del parto, así como a su bebé.
Durante el período de baja por maternidad, las autónomas tienen derecho a una prestación económica del 100% de su base reguladora de cotización. Para calcular cuánto te corresponde por baja de maternidad como autónoma, tendrás que sumar las bases de tus últimos 6 meses y dividir el resultado entre 180. El importe que dé será tu prestación diaria.
Si bien es cierto que hasta 2022 las autónomas no tenían que pagar cuota de autónomos durante su baja de maternidad, a partir de enero de 2023 tendrán que abonar una parte a la Seguridad Social.
Calculadoras de Maternidad y Paternidad
La calculadora de baja por maternidad es una herramienta esencial para todas las familias en España que esperan con ansias la llegada de un nuevo miembro. Permite calcular de manera precisa el tiempo que corresponde a la madre por ley para el cuidado de su recién nacido. Esta calculadora proporciona a los futuros padres una clara visión de sus derechos, posibilitando una mejor organización y planificación para los primeros meses de vida del bebé.
El uso de la calculadora de baja por maternidad es bastante sencillo. Se deben introducir datos como la fecha prevista de parto, el tipo de contrato laboral y el salario bruto anual. A partir de esta información, la calculadora proporcionará el tiempo de baja que corresponde a la madre, así como la cantidad de dinero que recibirá durante ese período. Esta herramienta es útil para evitar sorpresas y para que los padres puedan planificar con antelación sus finanzas.
Además de la baja por maternidad, la calculadora también puede calcular la baja por paternidad. En España, los padres tienen derecho a un período de descanso remunerado tras el nacimiento de sus hijos. Esta función de la calculadora muestra la duración de esta baja y la cantidad que los padres recibirán durante ese tiempo, lo que contribuye a la equidad de género y a la implicación de ambos progenitores en el cuidado del bebé.
Tabla Resumen de Duración de la Baja por Maternidad
| Año | Duración del Permiso | Distribución |
|---|---|---|
| Hasta 2024 | 16 semanas | 6 semanas obligatorias después del parto, resto a elección de la madre |
| 2024 | 20 semanas | Ampliación implementada con actualizaciones |
| Desde 2025 | 20 semanas | Distribución a lo largo del primer año del bebé |
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