¿Cómo Saber el IDALU de mi Hijo y Requisitos para Subvenciones en Barcelona?

21.11.2025

El IDALU es un código identificador del alumno, único y numérico, que se asigna a cada alumno cuando realiza la primera matrícula en centros educativos públicos y privados. Es imprescindible introducirlo en el formulario para realizar la solicitud de la subvención.

Si accedes al formulario sin identificación digital, o si no informas en el formulario el número IDALU (núm. Pl. El número IDALU del niño o niña beneficiario. El código de la actividad para la que se solicita la subvención), hay maneras alternativas de obtenerlo (por internet, presencialmente, por videoidentificación...).

Este formulario no deben rellenarlo las familias residentes fuera de la ciudad de Barcelona.

Requisitos de Empadronamiento

Tanto la persona que solicita la subvención como el niño o niña que se beneficia deben estar empadronados en Barcelona. Si no está empadronado/a en el municipio de Barcelona no puede acceder a la subvención de la campaña de vacaciones de verano, ya que estar empadronado en el municipio de Barcelona es un requisito indispensable para poder acceder a la subvención.

Los niños y niñas con necesidades educativas especiales (NEE) que estén empadronados fuera de Barcelona, pero que estén escolarizados en algún centro escolar de Barcelona también pueden optar a una subvención.

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Los niños y niñas no empadronados en Barcelona, cuyos progenitores estén divorciados o separados legalmente, cuando el progenitor que solicita la subvención esté empadronado en Barcelona pero el otro no, pueden recibir la subvención siempre que se presente la sentencia de divorcio o algún documento público donde se acredite el régimen de visitas o la custodia compartida del niño o niña.

Las personas no empadronadas en Barcelona, pero que estén en trámites de obtener el empadronamiento sin domicilio fijo en la ciudad, podrán solicitar subvención siempre y cuando presenten el informe de conocimiento de residencia emitido por alguno de los servicios de atención social municipales emisores de este documento (IMSS, SAIER, SIS, SDI, SASSEP, SISFam, SARA y CSS) en los tres meses anteriores a la fecha de finalización del plazo para solicitar la subvención, o justificante de haber presentado la solicitud para obtenerlo, en los seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo para solicitar la subvención.

Cabe recordar que las personas extranjeras empadronadas que no sean de un país de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza y que no tengan un permiso de residencia permanente deben renovar la inscripción padronal cada dos años.

Cálculo de la Subvención y Renta

Como se puede ver, el acceso a los tramos de las subvenciones (hasta el 90 %, hasta el 60 % o hasta el 30 %) depende de la renta personal disponible por miembro de la unidad de convivencia.

Los miembros del núcleo de convivencia que se tienen en cuenta para poder tener acceso a la subvención son: padre/s, madre/s, tutores/as, pareja de hecho (o persona con relación análoga) e hijos/as que convivan en el mismo domicilio menores de 25 años.

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Se debe considerar que un miembro del núcleo de convivencia con discapacidad (justificada/explicada en la solicitud) cuenta como si se tratara de dos personas con respecto al cálculo de la renta personal disponible. Ocurre lo mismo con las familias monoparentales (con el título vigente): el adulto referente también cuenta como dos.

Los ingresos que se tienen en cuenta para el cálculo son los del año 2023.

Proceso de Solicitud y Documentación

El trámite se debe hacer a través de la Oficina Virtual de Trámites con certificado idCAT Mòbil u otro tipo de certificado digital.

Además, en caso de que el niño o niña para quien se solicita la subvención o algún otro miembro del núcleo de convivencia no esté empadronado en Barcelona pero se encuentre en una de las cuatro excepciones previstas, habrá que adjuntar el documento que acredite la situación correspondiente.

Si deseas solicitar la subvención para más niños/as, deberás hacer tantas solicitudes como niños/as para quienes quieras solicitarlas. Además, solo se admitirá una solicitud de subvención por niño o niña. Si haces más de una, se anularán las solicitudes anteriores, que se tendrán por desistidas, y solo se admitirá la última.

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Duración de las Actividades Subvencionadas

Las actividades que se llevan a cabo en Barcelona se subvencionarán con un máximo de 10 días por niño o niña, a excepción de las bressol de verano y las actividades adaptadas sin pernoctación, que se subvencionarán con un máximo de 14 días por niño o niña.

Límite de Edad

Si tu hijo o hija tiene 18 años o más, no puede ser beneficiario/a de la subvención, ya que la campaña se dirige a niños y niñas y adolescentes de 1 a 17 años. De manera excepcional, cuando se trata de niños y niñas y jóvenes con discapacidad, la edad máxima para recibir la subvención se amplía hasta los 19 años, si se hace una actividad ordinaria, o hasta los 21 años, si se lleva a cabo una actividad adaptada.

Prioridad en Caso de Separación o Divorcio

En caso de separación o divorcio, tiene prioridad para solicitar la subvención la persona que ostente la custodia, ya sea por mutuo acuerdo o por resolución judicial, siempre que resida y esté empadronada en Barcelona. En caso de custodia compartida, cualquiera de las dos partes puede hacerlo, siempre que residan en Barcelona.

Pago de la Actividad

El pago del importe de las actividades podrá fraccionarse, de modo que los usuarios abonen como máximo el 50 % del importe total en el momento de formalizar la inscripción y el resto cuando la entidad lo determine, siempre antes de que empiece la actividad.

En caso de que seas solicitante de subvención, la entidad puede pedir que avances el pago, como máximo del 10 % del precio de la actividad por el periodo por el que se solicita la subvención, es decir, el importe restante que la subvención no cubrirá. Si se te pide este adelanto, tendrás un plazo de 10 días hábiles para hacerlo efectivo.

Cambio de Actividad

Mientras esté abierto el periodo de solicitud de subvención, si deseas cambiar la actividad o el turno por el que has solicitado la subvención, podrás hacer una solicitud nueva con la actividad y los turnos que quieras. Una vez termine el periodo de solicitudes y se publique la resolución provisional, solo se podrá cambiar de actividad por causas justificadas de fuerza mayor, y deberá hacerse durante los 10 días del periodo de alegaciones.

Resolución Provisional y Comunicación

En la resolución provisional, se comunicará a las personas solicitantes si el resultado es de otorgamiento o denegación de la subvención.

El resultado provisional de la solicitud de subvención se publicará la semana del 12 al 16 de mayo en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y se comunicará también a las familias a través de un SMS y un correo electrónico, al número y dirección que hayan indicado en la solicitud. Asimismo, puedes dirigirte a la misma entidad organizadora.

Pago de la Subvención

El pago de la subvención no se hace directamente a la familia sino que lo recibe la entidad organizadora de la actividad, y es la propia entidad quien aplica a la familia un descuento en el precio de la actividad igual al importe de la subvención.

Inicio de Inscripciones

Este año, las inscripciones empiezan el martes 1 de abril. No obstante, algunas entidades pueden decidir abrir las inscripciones más tarde del 1 de abril. En la misma página web de la actividad encontrarás la fecha de inicio de inscripciones.

Información Adicional

Puedes encontrar toda la información de la campaña y de todas las actividades disponibles en esta misma web.

Reclamaciones y Alegaciones

El periodo de reclamaciones/alegaciones tiene una duración de 10 días hábiles, sin contar los fines de semana y festivos. Los 10 días empiezan a contar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución provisional. La reclamación/alegación se puede hacer a través de la Oficina Virtual de Trámites, anexando el documento correspondiente, o bien acudiendo a una oficina de atención a la ciudadanía.

Para más información sobre las alegaciones, consulta este apartado.

Importe Diferente de Subvención Entre Hermanos

Si dos hermanos o hermanas tienen un importe diferente de subvención, antes que nada, comprueba que no los hayas inscrito en actividades diferentes. Las actividades pueden tener precios diferentes y, por lo tanto, el importe de la subvención (no el porcentaje) puede variar.

Precio Máximo de Actividad

Para las actividades que se realizan en la ciudad de Barcelona, el Ayuntamiento establece un precio máximo de actividad. De todos modos, existen algunos casos excepcionales justificados en que se habilitan actividades por encima de dicho precio máximo. No obstante, cuando se calcula el importe de las subvenciones se toma como referencia el precio máximo recomendado por el Ayuntamiento, y, por lo tanto, el importe de la subvención no cubre la diferencia.

Para las actividades que se llevan a cabo fuera de Barcelona, no hay un precio máximo, sino un precio máximo recomendado.

Renuncia a la Subvención

Si al final no utilizas la subvención, debes comunicarlo tanto a la entidad organizadora de la actividad como al Ayuntamiento. Puedes comunicarlo a través de la Oficina Virtual de Trámites, accediendo al trámite que encontrarás en tu Espacio personal y seleccionando la opción de Renuncia.

Política de Devoluciones

La política de devoluciones de los importes de las inscripciones depende de cada entidad. Al hacer la inscripción, la entidad te comunicará la política de devolución, tanto en caso de que la entidad anule la actividad como si es el niño o niña quien no puede asistir.

Lo que sí que establece la normativa de la Campaña de vacaciones de verano es que si es el participante quien anula la inscripción, siempre que lo notifique al menos 15 días antes de que empiece la actividad, la entidad organizadora le devolverá, como mínimo, el 50 % del importe ya pagado (fraccionado o no) de la actividad.

Rectificación de Datos

Clicando en el icono del lápiz, accedes al detalle de otros datos identificativos (fecha de nacimiento, documentos identificativos, nacionalidad, etc.

Antes de enviar la petición es obligatorio adjuntar la documentación justificativa de la rectificación pulsando el botón "Adjuntar documentación". La petición de rectificación de datos se envía por correo electrónico al buzón del centro donde el alumno o alumna se encuentra matriculado o matriculada.

El centro o el administrador de la aplicación del RALC reciben un correo electrónico con los datos de la petición de rectificación. En este correo hay un enlace para acceder a la documentación justificativa adjuntada a la petición y poder resolver la petición.

En el desplegable de la columna "Valida", el centro o el administrador de la aplicación del RALC informarán que han resuelto la petición.

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