Declaración Trimestral de Autónomos sin Actividad: Guía Completa

17.11.2025

La declaración trimestral del IVA es una obligación que genera dudas entre los autónomos y pequeñas empresas. Hacienda ha dado el pistoletazo de salida al tercer trimestre del año, siendo el momento en que, como autónomo, repasas los ingresos y gastos de los meses de julio, agosto y septiembre para rendir cuentas ante Hacienda. Pero ¿qué ocurre cuando no has facturado ni un euro? La falta de experiencia o el desconocimiento invita a pensar que, en caso de no tener ingresos, no estás obligado a presentar modelos fiscales, lo que es un craso error que te puede pasar factura.

Si estás pensando en hacerte autónomo, te contamos qué es exactamente la declaración trimestral, todo lo que debes saber antes de presentarla y cómo hacerla paso a paso.

¿Qué es la Declaración Trimestral del IVA?

La declaración trimestral del IVA, también conocida como el modelo 303, es un formulario donde pagarás a Hacienda de forma fraccionada el IVA de tu último trimestre. En este modelo tienes que registrar todo el IVA repercutido en las facturas de tus ventas y el IVA soportado en las facturas de tus gastos. Y la diferencia será lo que tengas que pagar, aunque también puede salir un resultado de cero o incluso a devolver.

Es necesario hacerla porque Hacienda así lo dice, ya que necesita comprobar que todos los autónomos están al día con el IVA, sin errores y sin posibles fraudes.

¿Quiénes Deben Presentar la Declaración Trimestral del IVA?

Como decíamos anteriormente, todos los autónomos tienen que presentar la declaración trimestral del IVA, salvo aquellos cuya actividad esté exenta. Pero, ¿qué pasa si estás dado de alta, tu actividad no está exenta de IVA y no has tenido actividad? Tendrás que presentarla igualmente. Hacienda también necesita saber que no has tenido actividad y así comprobar que todo está en orden.

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Por tanto, siempre que continúes de alta como autónomo en el censo empresarial de Hacienda (modelo 036 o modelo 037) has de cumplir religiosamente con tus obligaciones tributarias, entre ellas, autoliquidar el IRPF.

Fechas Clave para la Presentación

La declaración trimestral del IVA se presenta, como su propio nombre indica, cada 3 meses, pero hay unos días específicos para ello:

  • Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: Del 1 al 30 de enero.

Te sugerimos que si en alguna ocasión no puedes pagarlo a tiempo, no lo ignores.

¿Cómo Presentar el Modelo 303 sin Actividad?

El modelo 303 es la liquidación trimestral del IVA. En los trimestres en los que no se haya tenido actividad, también es necesario presentar este modelo tributario. Para ello, se debe de marcar la casilla específica «Sin actividad» y presentar la liquidación así, sin ningún dato más. Así evitarás que te llegue un requerimiento de Hacienda.

La razón por la que tienes que presentar el modelo 303 sin actividad es porque la Agencia Tributaria supone que, aunque no haya tenido actividad en un trimestre, no significa que hayan desaparecido tus obligaciones fiscales, ya que puede haber ciertas circunstancias que derivasen en la no actividad.

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Pasos para Presentar el Modelo 303

La presentación del Modelo 303 se realiza de forma telemática a través de la web de la Agencia Tributaria:

  1. Accede a la web de la Agencia Tributaria.
  2. Selecciona la opción que más se ajuste a tus necesidades. Si simplemente la quieres presentar online, selecciona “Modelo 303. Ejercicio 2022.
  3. ¡Y rellena el modelo 303!

Desglose del Modelo 303 por Secciones:

  • Identificación y Devengo: Tan sencillo como poner tu nombre y tus apellidos y tu DNI. En la parte superior derecha, poner el año fiscal y el trimestre correspondientes. Además, tendrás que responder a las preguntas que te aparecen más abajo.
  • Liquidación: Aquí empieza lo complicado, ya que tendrás que introducir el IVA devengado y el deducible. En el primero, en el IVA devengado, tendrás que poner el IVA que has cobrado a tus clientes, el que aparece en todas las facturas que les has emitido. Además, tendrás que añadir en la segunda columna (Tipo %) el porcentaje de IVA que les corresponde y, por último, la cantidad de IVA ingresada (“Cuota”), aunque este último apartado se rellenará de forma automática al introducir las dos columnas anteriores. El resto de apartados corresponden a actividades menos comunes. Si ese es tu caso, te recomendamos acudir a un experto fiscal (¡como los que tenemos nosotros!) para rellenarlo adecuadamente.
  • Información adicional: Es el apartado para introducir ventas en el extranjero que no tienen IVA, que tendrás que rellenar en casos muy específicos.
  • Resultado: En este apartado no es necesario que te preocupes, ya que la mayoría de las casillas se introducen de forma automática al haber rellenado los anteriores apartados.
  • Compensación: Si la casilla 71 te ha salido en negativo, tendrás que indicarlo en este casilla.
  • Sin actividad: Es entonces cuando debes marcar al término del modelo la casilla "declaración negativa". ¿Qué consecuencias tiene esta declaración negativa? Después de leer esto último, te preguntarás, ¿por qué si mi declaración de ese trimestre es negativa Hacienda no va a devolverme nada? La respuesta está en la propia naturaleza de la autoliquidación. El 130 es un modelo de autoliquidación de pago fraccionado, un tipo de pago a cuenta, que se realiza como anticipo a la liquidación total de impuestos.
  • Devolución.
  • Ingreso.
  • Complementaria.

Modelo 390 sin Actividad

El modelo 390 es la declaración anual del IVA y también debe presentarse cuando el autónomo no haya tenido actividad. Para informar a Hacienda de esta condición, hay que dejar en blanco las casillas correspondientes a la actividad económica. El autónomo sólo incluye los datos personales y fiscales y deja el resto de las páginas sin cumplimentar.

Modelo 130 sin Actividad

El modelo 130 corresponde a la presentación del pago fraccionado de retenciones a IRPF, que se realiza de forma trimestral. Su presentación no es obligatoria para los autónomos cuya facturación con retención o ingresos a cuenta es superior al 70%. Aunque no hayas facturado, el autónomo tiene la obligación de presentar el modelo 130 porque Hacienda necesita recibir información sobre la situación de cada autónomo. Si no informas, puede pensar que estás facturando sin declararlo, lo que no está permitido.

El modelo 130 es acumulativo, de manera que en el trimestre actual se incluyen los datos de los trimestres anteriores del año. Para informar sobre la no realización de actividad en un periodo concreto, hay que marcar la opción «Resultado cero / Sin actividad«.

Modelo 111 sin Actividad

El modelo 111 es una liquidación trimestral que deben de presentar los autónomos y empresas que hayan realizado retenciones. Si en un trimestre el autónomo no tiene retenciones, el modelo 111 no se presenta, salvo en aquellas situaciones en las que se tengan trabajadores. En estas situaciones, es obligado presentar el modelo 111 aunque no haya actividad.

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La Agencia Tributaria necesita la presentación del modelo 111, aunque no hay actividad en estos casos, para conocer el importe de las retribuciones recibidas por parte de los trabajadores. Este es el único documento que lo acredita.

Modelo 190 sin Actividad

El modelo 190 se utiliza para informar a Hacienda sobre las retenciones practicadas a lo largo de un año a trabajadores, profesionales y empresas. Es el resumen anual del modelo 111 que ha sido presentado de forma trimestral.

Si los modelos 111 trimestrales se han presentado sin actividad, también tendrás que presentar el modelo 190 sin actividad. Esta presentación es sencilla, ya que simplemente hay que dejar en blanco las casillas correspondientes a los perceptores.

Algo importante a tener en cuenta es que debes de tener actualizado el modelo 036 o modelo 037 (depende del que hayas presentado en el alta de autónomo). En estos casos, si quieres no tener que presentar el modelo 190 tendrás que modificar tus datos en el modelo 036 o modelo 037 (depende del que hayas presentado en el alta de autónomo). Mientras no modifiques la información, tendrás que seguir presentando el modelo 190 aunque sea sin actividad.

¿Qué pasa si estás dado de alta y no facturas?

Si has iniciado la actividad de tu negocio recientemente, puede ocurrir que todavía no hayas no hayas emitido facturas. No debes preocuparte, ya que es una situación habitual en los inicios. Una de las preguntas que surgen en este momento es si debes presentar los modelos tributarios aunque no hayas facturado nada. La respuesta es sí, debes presentar algunos modelos de impuestos aunque no hayas facturado nada.

Sí, es legal estar dado de alta como autónomo sin emitir facturas ni generar ingresos. Sin embargo, seguir dado de alta implica mantener todas las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, incluso en ausencia de facturación. Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) implica ejercer una actividad económica habitual. Aunque no se emitan facturas, Hacienda considera que existe actividad si se está dado de alta.

Alternativas si llevas tiempo sin facturar

Si llevas un tiempo sin facturar, existen varias alternativas para evitar costes innecesarios, como la baja temporal. Otra opción es cambiar de régimen fiscal o valorar otras formas jurídicas. Si prevés un periodo de inactividad prolongado, una opción es tramitar la baja en Hacienda y en la Seguridad Social. Esto permite suspender el pago de cuotas y obligaciones fiscales.

Recomendaciones Finales

  • No dejar la declaración para el último día.
  • Revisar bien tus facturas y cálculos.
  • Guardar siempre una copia de la declaración presentada.

Si has leído el artículo hasta este punto, quiere decir que tienes paciencia. Además de eso, te habrás dado cuenta que una de las pocas ventajas fiscales que tienen los autónomos es el IVA deducible. Es decir, todo el IVA que puedes dejar de pagar siempre que se cumplan estas tres reglas: (1) que esté relacionado con tu actividad económica, (2) que esté justificado y (3) que esté contabilizado.

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