¿Qué hacer con los Embriones Sobrantes de la Fecundación In Vitro en España?
Cuando se inicia un proceso de reproducción asistida, es importante tener muy claras cada una de las fases y etapas del proceso. Un momento clave es decidir qué hacer con los embriones sobrantes de la fecundación in vitro (FIV), una vez que se ha culminado el tratamiento. Esta es una pregunta que suelen plantear a menudo las pacientes: ¿hasta cuántos embriones me pueden transferir en un tratamiento?
En la actualidad, la legislación española, a través de la Ley 14/2006 del 26 de mayo que regula las técnicas de reproducción asistida, permite la transferencia de hasta tres embriones como máximo durante cada ciclo de reproducción. Pero, lo cierto, es que los avances en medicina reproductiva han mejorado la selección embrionaria, y, por tanto, se están logrado mayores tasas de éxito con la transferencia de un solo embrión.
Nos referimos a los embriones sobrantes, que son aquellos que se generan en un tratamiento de fecundación in vitro (FIV) y no se utilizan para el proceso de transferencia embrionaria. En algunos casos, se pueden obtener varios embriones que cumplen los requisitos para ser transferidos, pero solo se utilizan, en ese ciclo, algunos de ellos. Lo cierto es que esta situación puede generar ciertas dudas para los pacientes que, al fin y al cabo, son los responsables de esos embriones.
Opciones para los Embriones Sobrantes
La ley prevé cuatro destinos para los embriones congelados. Pero ¿qué alternativas existen para ellos? ¿Se pueden utilizar para futuros tratamientos? ¿Quizás donar a otras parejas que los necesiten? ¿Se pueden destruir?
En general, las leyes sobre esta cuestión suelen establecer que los pacientes tienen derecho a decidir qué hacer con los embriones sobrantes de la fecundación in vitro, siempre que se respeten ciertos criterios éticos y legales. En cualquier caso, es importante que los pacientes consulten con un especialista en reproducción asistida y se informen sobre las leyes y regulaciones en vigor.
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En España, la Ley 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) establece la obligatoriedad de informar a los pacientes sobre las diferentes opciones de destino de los embriones sobrantes. También es imprescindible obtener su consentimiento informado antes de tomar una decisión.
Las opciones son:
- Uso propio: los «embriones sobrantes» serán criopreservados y podrán ser utilizados por la pareja para tener otro hijo o, en el caso de que la transferencia de embriones frescos no haya dado lugar a una gestación evolutiva, se realizará un nuevo intento de gestación con la ventaja de no volver a someterse a procesos de estimulación ovárica controlada.
- Donación con fines reproductivos: los «embriones sobrantes» serán criopreservados y podrán ser donados, de forma anónima, a otras parejas para que intenten conseguir una gestación evolutiva. Para hacer esta donación, es necesario cumplir una serie de requisitos establecidos por la ley. En primer lugar, la donación debe ser siempre anónima y gratuita, es decir, los receptores no pueden conocer la identidad de los donantes. Donar embriones sobrantes es una opción que ofrece la posibilidad de ayudar a otras parejas a conseguir su deseo de ser padres.
- Donación con fines de investigación: los «embriones sobrantes» serán criopreservados y podrán ser utilizados en proyectos de investigación autorizados por las comisiones científicas nacionales. La ley permite también la donación de embriones sobrantes de la fecundación in vitro para fines de investigación siempre que se cumplan ciertas condiciones, como la obtención del consentimiento informado de los pacientes y la garantía de que la investigación se realizará de acuerdo con las normas éticas y legales. Los proyectos de investigación deberán ser aprobados previamente por un comité de ética y estarán sometidos a la supervisión de la autoridad competente. La pareja no debe ser portadora de ninguna enfermedad hereditaria. Serología actualizada desde los 6 meses en adelante después de la realización del ciclo. Para ello deberá firmarse un consentimiento adicional, adscrito al proyecto de investigación concreto.
- Por último, se encuentra la opción de proceder a la descongelación de los embriones sin otro fin, lo que supone la destrucción de estos. Aunque puede parecer una alternativa dura, es una decisión por la que optan algunos pacientes. La pareja puede decidir que no desea utilizar los embriones sobrantes para futuros tratamientos ni cederlos a otras parejas o a proyectos de investigación. Este será el destino último de los embriones criopreservados siempre que no puedas quedarte embarazada de nuevo y no desees donarlos. La imposibilidad de embarazo deberá quedar demostrada según la Ley de Reproducción Asistida. Esto solo se permite en casos muy concretos. De hecho, la ley establece que solo se pueden destruir si la mujer ya no podrá ser madre y para certificarlo se piden dos informes médicos de especialistas diferentes. Si lo certifican, la pareja puede pedir a la clínica la destrucción de sus embriones.
Aspectos Legales y Éticos
La Ley 14/2006 establece que el destino de los embriones congelados debe decidirse por los progenitores mediante un consentimiento informado, renovable cada dos años. Este consentimiento debe especificar qué hacer en distintas situaciones: muerte, separación, cambio de voluntad, etc. Además, no pueden mantenerse embriones congelados indefinidamente sin una decisión expresa. La clínica tiene la obligación de contactar regularmente a los pacientes para renovar el consentimiento o decidir el destino final de los embriones.
En atención al principio de autonomía, la pareja o mujer podrán optar libremente, tras recibir la información adecuada y las alternativas contempladas en la norma, sobre el destino de sus embriones criopreservados, el cual, podrá ser modificado o revocado en cualquier momento previo a su aplicación.
El concepto moral o cultural que muchas parejas interiorizan sobre el embrión adquiere un valor determinante en la decisión sobre el destino de los embriones criopreservados sobrantes de las TRHA. No hay duda de que el abordaje de la figura del embrión para los progenitores y la sociedad es complejo.
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¿Qué sucede si no se puede contactar con los progenitores?
En algunos casos, las clínicas intentan contactar a los progenitores para renovar el consentimiento y no obtienen respuesta. Si tras varios intentos no hay comunicación, y ha pasado el plazo legal, los embriones pueden ser destruidos siguiendo los procedimientos establecidos. Este escenario, aunque poco frecuente, ha generado debates sobre el abandono embrionario y la necesidad de políticas más claras.
Consideraciones Adicionales
Los embriones se congelan después del proceso de fecundación, que se hace a partir de los óvulos y el esperma de la pareja o de donantes en caso de esterilidad. Con equipos y aparatos especializados se realiza el cultivo de varios embriones de la pareja. Este proceso dura entre tres y seis días, y consiste en la división celular. Pasado este tiempo se coloca el “mejor embrión” resultante en el útero de la mujer. Si todo va bien, será madre después de nueve meses.
Si estás buscando un embarazo, o sometiéndote a tratamientos de reproducción asistida, desde URE Centro Gutenberg te recomendamos consultar a un médico especialista en fertilidad.
Tabla Resumen de Destinos de Embriones Sobrantes
| Destino | Descripción | Requisitos |
|---|---|---|
| Uso Propio | Utilización por la pareja para futuros embarazos. | Consentimiento informado. |
| Donación Reproductiva | Donación anónima a otras parejas con problemas de fertilidad. | Cumplir requisitos de donantes, consentimiento informado. |
| Donación Investigación | Cesión a centros de investigación para estudios científicos. | Consentimiento informado específico para el proyecto. |
| Destrucción | Descongelación sin otro fin, solo si no hay otras opciones viables. | Imposibilidad médica de uso, dictamen médico. |
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