¿Cómo afecta la baja por paternidad a la paga extra?
Cuando un trabajador se encuentra en situación de baja médica, ya sea por enfermedad común, accidente laboral, maternidad o paternidad, el salario habitual se sustituye por una prestación económica conocida como Incapacidad Temporal (IT).
Surge una duda común: ¿qué pasa con las pagas extras cuando estoy de baja? En términos generales, estar de baja no significa perder el derecho a las pagas extraordinarias. Sin embargo, es importante conocer cómo se gestionan, quién las paga y en qué casos puedes recibir la cantidad íntegra o reducida.
¿Quién paga las pagas extras estando de baja?
Por norma general, la Seguridad Social o una mutua colaboradora son quienes abonan la prestación por incapacidad temporal (IT), e incluyen la parte proporcional de las pagas extras en el pago mensual. En lugar de la empresa, es la Seguridad Social o una mutua colaboradora quien asume el pago de la prestación desde el día 16 de la baja.
La respuesta a quién paga las pagas extras estando de baja es clara: la Seguridad Social o la mutua colaboradora, en forma de pago prorrateado.
¿Cómo se gestionan las pagas extras durante la baja por paternidad?
Se incluyen en la prestación mensual, por lo que no se pierden, aunque se reciben de forma prorrateada.
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El INSS no paga una paga extra como tal, sino que la incluye mensualmente en tu prestación. Todo esto se refleja en tus nóminas mensuales, donde puedes contabilizar la paga extra con baja por enfermedad.
Buenos días Ina,En una baja por paternidad el padre cobra el 100% de la base reguladora, la cual incluye las pagas extras proporcionalmente. Por ello y, si el convenio no indica lo contrario, la empresa puede descontar para el cálculo de la extra, los días de baja por paternidad. Un saludo.
El cálculo exacto puede variar, y muchas veces genera confusión. Ejemplo práctico: si estás de baja durante tres meses y tu paga extra corresponde a un semestre, solo habrás generado el derecho a cobrar tres sextos de esa paga.
Todo esto se refleja en tus nóminas mensuales, donde puedes contabilizar la paga extra con baja por enfermedad.
Casos en los que no se cobra la paga extra íntegra
No la cobrarán íntegra aquellos trabajadores:
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- Que estén de baja durante todo el periodo de devengo.
- Cuyos convenios no reconocen el tiempo de baja como trabajado.
- Que no tengan derecho por su contrato o régimen laboral especial.
Por ejemplo, si se cobra paga extra estando de baja más de un año dependerá si estás en IT prolongada, incapacidad permanente o excedencia.
¿Quién paga según el tiempo de baja?
Depende del tiempo que lleves de baja:
- Días 1-3: No se cobra, salvo mejora de convenio.
- Días 4-15: Paga la empresa.
- Desde el día 16: Lo hace la Seguridad Social o la mutua, y es aquí donde se genera paga extra estando de baja paternidad o se cobra paga extra estando de baja de maternidad, ya que ambas se consideran tiempo efectivo.
Importancia del convenio colectivo
El convenio colectivo de tu sector o empresa puede cambiar completamente la situación. Por eso, es fundamental que consultes tu convenio. En función de tu convenio, podrías tener derecho a recibirla íntegramente.
Consulta cómo tengo derecho a la paga extra estando de baja según tu sector.
Novedades legislativas
Con fecha 07/03/2019 se publicó el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
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Desde el 01/04/2019, las prestaciones por maternidad y paternidad se unifican en una única prestación denominada NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR.
Con fecha 30/07/2025 se ha publicado el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, por el que se amplía el permiso de nacimiento y cuidado, mediante la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En virtud de este real decreto-ley, que ha entrado en vigor el 31/07/2025, se incrementa la duración de la suspensión del contrato de trabajo y permisos por nacimiento y cuidado de menor, así como el ámbito subjetivo del subsidio no contributivo por nacimiento y cuidado de menor.
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