Baja por Maternidad para Autónomas: Requisitos, Duración y Cómo Solicitarla
Si eres autónoma y estás embarazada, o te planteas tener un hijo, adoptar, acoger o tutelar a un familiar, este artículo es para ti. Hoy quiero hablarte sobre la baja por maternidad para trabajadoras autónomas. Son muchos los autónomos que dudan, todavía hoy, de si pueden o no disfrutar de la baja por paternidad o maternidad (al trabajar por cuenta propia).
¿Qué es la Baja por Maternidad para Autónomas?
La baja por maternidad o subsidio por maternidad, también está disponible para aquellas personas que desarrollan actividad laboral por su cuenta. La baja por maternidad del autónomo consiste en un permiso de trabajo retribuido que abarca un período de tiempo de 20 semanas.
Requisitos para Solicitar la Baja por Maternidad como Autónoma
¿Cumples los requisitos? Entonces podrás disfrutar la baja de maternidad. Para ello, debes:
- Ser madre por nacimiento o por adopción, o bien iniciar la guarda con fines de adopción o el acogimiento familiar por un período superior a un año.
- Estar dada de alta como autónoma y al corriente de pago en la Seguridad Social.
- Cumplir con el periodo mínimo de cotización, que varía según la edad.
Las mujeres menores de 21 años no necesitan un periodo mínimo. Para las menores de 26 años, se requieren 90 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio de la baja, o 180 días a lo largo de la vida laboral.
Además debes contar con un periodo de cotización mínimo acumulado desde la fecha del parto o en la que se produzca la resolución de adopción, acogimiento o tutelaje.
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Duración de la Baja por Maternidad
La duración de la baja de maternidad para autónomas es de 16 semanas, igual que para las trabajadoras por cuenta ajena. La baja por maternidad como autónomo dura 19 semanas ininterrumpidas, periodo que empieza desde el primer día de descanso.
Este periodo obligatorio se puede adelantar hasta 4 semanas antes del parto.
La distribución de estas semanas es la siguiente:
- 6 Primeras semanas: Son de disfrute obligatorio e ininterrumpido, a jornada completa e inmediatamente posteriores al parto o a la resolución judicial o administrativa en caso de adopción o acogimiento.
- 14 Siguientes semanas (o resto del período si se ha ampliado): Son voluntarias y las puedes disfrutar de forma continuada o interrumpida en períodos semanales.
👨🏫 En caso de discapacidad, se sumarían 2 semanas por discapacidad del recién nacido, al igual que cuando el parto es múltiple, por cada hijo sin contar el primero se sumarán 2 semanas más.
En el caso de que se trate de un parto múltiple, la baja por paternidad y maternidad se extendería, por cada hijo a partir del primero, una semana más, igual que si el recién nacido sufre de alguna discapacidad.
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Cuantía de la Prestación por Maternidad
Durante la baja por maternidad la autónoma recibirá el 100% de su base reguladora a modo de prestación económica. La prestación por maternidad es abonada directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
¿Y qué es eso de la base reguladora? ¿Y en qué consiste la baja?
Lo que cobra un autónomo/a de baja por paternidad o maternidad va a depender de su base reguladora, que se obtiene si se suma su base de cotización de los últimos 6 meses y se divide, el resultado obtenido, entre 180.
Es interesante que, si tienes la posibilidad de planear un poco la situación, en torno a un año antes de solicitar la baja por maternidad te anticipes subiendo la base de cotización.
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Si los rendimientos netos de un autónomo son de 2.000 € en los últimos 6 meses, su base de cotización mínima será de 1.029,41 € y la máxima será de 2.030 €.
- Mensualmente, cobraría el 100% de la base reguladora, o lo que es lo mismo (y siguiendo el ejemplo), 1.029,41 €.
- Mensualmente, cobraría el 100% de la base reguladora, o lo que es lo mismo (y siguiendo el ejemplo), 2.030 €.
Cuota de Autónomos Durante la Baja por Maternidad
Durante el periodo de baja por maternidad, las autónomas deben seguir pagando la cuota de autónomo. Mientras estés de baja por maternidad no tienes que pagar la cuota de autónomos.
Sin embargo, existe una bonificación del 100% de la cuota durante este periodo, tomando como referencia la base media de las cuotas abonadas en el año anterior a la baja.
A partir de la Nueva Ley del Trabajo Autónomo se presentaron algunas novedades en torno a la prestación por maternidad para autónomas que incluyen la bonificación de la cuota de autónomos al 100% en el periodo de baja por maternidad.
Cómo Solicitar la Baja por Maternidad
Para solicitar la prestación por maternidad, primero necesitas que tu médico te emita la baja por maternidad. En primer lugar tendrás que recibir de tu médico la baja por maternidad.
Luego, debes presentar la solicitud en el INSS con la documentación requerida, como DNI, informe de maternidad, libro de familia y la declaración de situación de actividad. Luego tendrás que acudir a la Seguridad Social y solicitar oficialmente la prestación por maternidad para autónomas.
Para solicitar la baja tanto por maternidad como por paternidad, tienes que presentar ante la Seguridad Social la documentación correspondiente.
Ambos progenitores, sin excepción, han de presentar (además de la solicitud de la prestación), el DNI, Pasaporte o NIE.
Si es una acogida: el Libro de Familia (o, en su lugar, el certificado de la inscripción del hijo/a en el Registro Civil) y la Resolución Judicial (por la que se constituye la adopción) o la Resolución Administrativa o Judicial (por la que se concede la acogida).
Tras la identificación, solo quedará que se rellenen los datos y se adjunte la documentación solicitada… ¡y listo!
¿Dónde presentar la solicitud?
- Presentar la solicitud físicamente en una de las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Si lo haces por la sede electrónica, puedes presentar la documentación fotocopiada o escaneada.
- Internet: accediendo al portal Tu Seguridad Social.
- Presencial: en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Baja por Maternidad a Tiempo Parcial
Baja por maternidad a tiempo parcial: Si eres autónoma y vas a solicitar la prestación por maternidad, tienes la opción de escoger el descanso a tiempo parcial.
¿Qué ocurre si la baja coincide con el cese de actividad?
Si la baja por maternidad coincide con el cese de actividad, la prestación por maternidad no varía.
Novedades Legislativas (Agosto 2024)
Según ha confirmado el Gobierno, estas nuevas semanas de permiso retribuido se aplicarán por igual a personas asalariadas, empleadas públicas y autónomas.
Con esta modificación, la baja por nacimiento pasa a ser de 17 semanas (antes 16), y se suman 2 semanas adicionales retribuidas para el cuidado del hijo o hija, que pueden disfrutarse en cualquier momento hasta que cumpla 8 años.
Estas mejoras se aplican con carácter retroactivo desde el 2 de agosto de 2024.
Reclamación del IRPF de la Prestación por Maternidad
Es importante saber que dichas reclamaciones tendrán un carácter retroactivo máximo de 4 años, por lo que no se podrá reclamar el IRPF de años anteriores, salvo vía judicial.
De manera más concreta, podrán reclamar los padres y madres que recibieron la prestación desde 2014, hasta hoy.
Ya puedes reclamar estas cuantías a través de los diferentes canales telemáticos de Hacienda (RENO, clave PIN o certificado electrónico).
Consideraciones Finales
Planificar la baja de maternidad con antelación es esencial.
Importante: la prestación no solo está pensada para el nacimiento de un bebé.
Además, el tiempo que estés de baja deberás seguir de alta como autónoma.
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En esta guía te explicamos la baja de maternidad y paternidad en 2025: qué es, requisitos, cuánto se cobra, periodo de disfrute, cómo se solicita y más cosas que necesitas saber.
Ser madre y autónoma no es una combinación fácil.
Dicen que los niños vienen con un pan debajo del brazo, ¿te suena? De lo del pan poco más te podemos contar aquí, pero sobre la baja maternal de las autónomas sí que hemos preparado una guía con todos los puntos que debes saber sobre el tema, así que sigue leyendo y verás que terminas con todo más que claro.
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