Manejo del Aborto: Procedimiento Detallado
En marzo de 2010 entró en vigor la nueva ley orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo en nuestro país, que entre otros cambios nos permite realizar interrupciones de embarazo a partir de las 22 semanas en determinados supuestos. Este cambio ha provocado que se planteen nuevos protocolos para el manejo de las interrupciones de embarazo tardías.
Marco Legal y Protocolos
Actualmente, la legislación española permite la interrupción del embarazo en centros acreditados en determinados supuestos:
- Interrupción del embarazo a petición de la mujer dentro de las primeras 14 semanas de embarazo y siempre que se la haya informado sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad y transcurran al menos 3 días entre la información mencionada y la realización de la interrupción.
- Interrupción por causas médicas cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Que no se superen las 22 semanas de gestación y exista grave riesgo para la vida o salud de la embarazada y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la interrupción, por un médico especialista distinto del que la practique o dirija (en caso de urgencia vital podrá prescindirse de dicho dictamen).
- Que no se superen las 22 semanas de gestación y exista riesgo de graves anomalías en el feto y así conste en un dictamen emitido con anterioridad a la interrupción, por 2 médicos especialistas distintos del que la practique o dirija.
- Cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida y así conste en un dictamen emitido con anterioridad por un médico especialista distinto al que practique o dirija, o cuando se detecte una enfermedad fetal extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico.
- En caso de existir riesgo para la vida o salud de la mujer más allá de las 22 semanas de gestación, lo adecuado será la práctica de un parto inducido.
Tratamiento Médico
En la mayoría de centros autorizados para la realización de interrupciones de embarazo de nuestro país abogan por un tratamiento médico, especialmente en aquellas gestaciones que superan las 12 semanas. El fármaco más utilizado en el tratamiento médico de las interrupciones de embarazo es el misoprostol (Cytotec®). Se trata de un análogo de la prostaglandina E1. Es el fármaco de elección por diferentes razones: fundamentalmente su administración no parenteral por diferentes vías (sublingual, oral, rectal, vaginal), su fácil conservación (puede conservarse a temperatura ambiente) y su bajo precio.
Sin embargo, actualmente esta indicación no está recogida en su ficha técnica, por lo que es un fármaco de uso compasivo (es necesaria la firma de un consentimiento informado donde se explique esta indicación). Además, aunque su uso para diferentes actos obstétricos está ampliamente descrito, hay publicadas diferentes pautas con resultados diversos. El mifepristone (RU-486) (Mifegyne®) es un fármaco antiprogestágeno aceptado en nuestro país para uso abortivo y del que se ha demostrado que disminuye el tiempo de expulsión fetal cuando se combina con el misoprostol, mejora la eficacia de las prostaglandinas y disminuye sus efectos secundarios cuando se administra de forma previa y no simultánea.
El uso de dilatadores osmóticos (Dilapan-S®) parece mejorar la dilatación cervical previa a un aborto quirúrgico así como previo al tratamiento médico con misoprostol. El tratamiento mediante dilatación y evacuación quirúrgica es una opción que puede plantearse en gestaciones tempranas, cuando la necropsia fetal no sea imprescindible o como recurso ante un fallo de tratamiento médico. Es un método seguro en manos expertas y con material quirúrgico adecuado, con las ventajas de la rapidez y su descrita menor carga emocional.
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A partir de la semana 24 siempre debe hacerse feticidio previamente a la interrupción y será de elección el tratamiento médico. Debido a la ampliación del periodo cronológico de las interrupciones de embarazo al tercer trimestre en determinados supuestos, hemos procedido a modificar nuestro protocolo, después de revisar los estudios y protocolos publicados.
Protocolo de Actuación (dentro del marco de las indicaciones médicas)
- Realizar un examen físico, estudio ecográfico del caso y revisión de la historia obstétrica médica y/o psiquiátrica. Evaluación multidisciplinar: valorar visita con Psiquiatría, Pediatría, genetista u otras especialidades, si se precisa.
- En el caso de anomalía fetal por debajo de 22 semanas. Debe realizarse una valoración previa para su aceptación por el comité interno hospitalario (será suficiente en estos casos).
- Por encima de las 22 semanas, además es necesaria la autorización por un comité acreditado (debe existir al menos uno por comunidad autónoma en un hospital de la red sanitaria pública española).
- Se informará de la técnica del proceso y se cumplimentarán los consentimientos informados del mismo, así como de la técnica anestésica y de la utilización compasiva de fármacos (misoprostol).
- Se revisarán las analíticas previas y se solicitará estudio analítico básico (hemograma y pruebas de coagulación) si no se dispone de una analítica reciente (realizada en los 3 meses anteriores), y el grupo-RH si se desconoce.
- Se valorará la visita preoperatoria con el equipo de anestesia si existe riesgo materno.
Técnica
Dependerá fundamentalmente de la edad gestacional.
Interrupción por debajo de 12 semanas
- Tratamiento médico de elección si es necesario estudio necrópsico.
- Cuando no sea necesario el estudio necrópsico se puede ofrecer el tratamiento médico, o dilatación y evacuación.
- Tratamiento médico: misma pauta que en la interrupción de 12-24,6 semanas.
- Tratamiento quirúrgico: previamente a la realización de la evacuación quirúrgica es aconsejable la administración de 400μg de misoprostol en fondo de saco vaginal 4h antes del procedimiento (2 comprimidos de Cytotec®), o bien la utilización de dilatadores osmóticos (Dilapan-S®) mínimo 6h antes del proceso.
Interrupción de la gestación entre 12 y 24,6 semanas
- Tratamiento médico de elección. En estos casos, no es recomendable la dilatación cervical y legrado como primera alternativa, recomendándose la maduración cervical e inducción farmacológica de la contractilidad uterina hasta la expulsión fetal, con posterior legrado instrumental de la cavidad uterina si no se ha producido la expulsión completa del feto y anexos.
- Tratamiento médico:
- Se administrarán 200mg de mifepristone, vía oral, de forma ambulatoria.
- Ingreso a las 24-36h. La velocidad de infusión inicial será de 4mUI/min. A partir de los 20min la velocidad de perfusión puede aumentarse progresivamente hasta alcanzar los 40mUI/min (manteniendo la perfusión un máximo de 6h).
- Se considera fallo de tratamiento médico cuando después de la pauta anterior no se consigue evacuación fetal espontánea. En dicho caso se procederá a dilatación y evacuación o histerotomía, en función de las características individuales de la paciente, la edad gestacional y las condiciones cervicales.
- Tratamiento médico:
Interrupción de la gestación por encima de 24,6 semanas
- Siempre debe realizarse feticidio previo (límite de la viabilidad fetal). Valorar la administración de mifepristona 36h antes de la pauta del misoprostol (tener en cuenta que potencia la acción del misoprostol).
- Valoración cervical
- Si el índice Bishop es superior a 6: no precisa la colocación de dilatadores osmóticos y se optará por una estimulación con oxitocina o pauta de misoprostol.
- Si el índice Bishop es inferior a 6: colocación de dilatadores osmóticos mínimo 8h antes del inicio del misoprostol.
- Pauta de misoprostol
- 25-29 semanas:
- 400μg (2 comprimidos) de misoprostol vía vaginal
- 400μg/4h vía oral (máximo 6 dosis)
- Por encima de 29 semanas:
- 100μg (1/2 comp) de misoprostol vía vaginal
- 100μg/4h vía oral (máximo 6 dosis)
- 25-29 semanas:
- Si no se ha producido expulsión, se continuará con infusión de oxitocina endovenosa durante 6h según la misma pauta descrita con anterioridad.
- Si después de esta pauta no se consigue expulsión, se considerará tratamiento fallido, y se valorará la realización de histerotomía.
Otras consideraciones
- Se instaurará venoclisis con sueroterapia de mantenimiento en el momento de la colocación de los dilatadores osmóticos.
- Dieta absoluta desde 8h antes del inicio del misoprostol.
- Se pautarán antieméticos, antipiréticos y analgésicos según dosis habituales y dependiendo de la sintomatología clínica.
- Se pautará profilaxis antibiótica solo en casos de procesos de más de 12h de evolución y/o amniorrexis de más de 6h. El tratamiento de elección será: doxiciclina (200mg endovenosa) seguido de metronidazol (500mg oral a las 12h). En caso de alergia a tetraciclinas, se sustituirá la doxiciclina por azitromicina (1g oral).
- En el momento en que la paciente inicie contracciones dolorosas, se trasladará a la sala de partos y se valorará la anestesia/analgesia más indicada (en caso de expulsión inminente se recomienda sedación y en el resto de casos se ofrece anestesia peridural).
- Después de la expulsión se realizará comprobación ecográfica de vacuidad uterina. Se realizará legrado solo en los casos de evacuación uterina incompleta.
Feticidio
El feticidio previo a la finalización de la gestación debe ofrecerse en gestaciones por encima de las 22 semanas. Por encima de las 24 semanas el feticidio es obligatorio (corresponde al límite de la viabilidad fetal).
Feticidio mediante la inyección intraamniótica de digoxina
- Indicación:
- Opción alternativa a la administración de cloruro potásico mediante cordocentesis o cardiocentesis, en gestaciones entre 22 y 24,6 semanas.
- De elección en las enfermedades fetales del sistema nervioso central.
- Se realizará ambulatoriamente el día de la administración de mifepristona.
- Se realizará la inyección intraamniótica de 1mg de digoxina (4 ampollas de 0,25mg).
- Fácil administración pero se han descrito hasta un 8% de fallos.
Feticidio mediante inyección de cloruro potásico (KCl) mediante cordocentesis o cardiocentesis
- Indicación:
- Opción alternativa a la administración intraamniótica de digoxina, en gestaciones de entre 22 y 24,6 semanas.
- Opción de elección en:
- Gestaciones por encima de 25 semanas.
- En caso de necesidad de obtención de sangre fetal.
- En gemelares bicoriales con afectación selectiva de un feto.
- Dosis de KCl: en la semana 22 es de 12mEq, a partir de las 22 semanas se debe incrementar la dosis en un mEq por semana de embarazo.
- Es recomendable administrar un comprimido de 10mg de diazepam (Valium®) sublingual a la paciente, como mínimo 30min antes del proceso.
- En caso de realizar una cardiocentesis se valorará la conveniencia de realizar una analgesia e inmovilización fetal con la administración intramuscular fetal de fentanilo (20μg/kg de peso fetal estimado) y vecuronio (0,2mg/kg de peso fetal estimado).
Legrado Uterino
El legrado uterino es una intervención quirúrgica en la que se raspan las paredes internas del útero con el objetivo de que este quede limpio. En concreto, con el legrado se raspa la capa interna del útero conocida como endometrio, la cual tiene la capacidad de regenerarse en cada ciclo menstrual. Esta intervención es bastante sencilla y la realiza un ginecólogo bajo anestesia local o general suave, según el caso particular.
¿Cuándo se realiza un legrado?
La mayoría de mujeres asocia el legrado con el aborto, pero realmente esta técnica tiene varias indicaciones:
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- Aborto espontáneo: para vaciar el contenido del útero en caso de aborto incompleto o retenido.
- Interrupción voluntaria del embarazo: durante el primer trimestre.
- Diagnóstico: en caso de sospecha de cáncer de útero.
- Tratamiento de una menstruación irregular.
- Eliminación de pólipos.
- Retirar DIU incrustados.
¿Cómo se hace un legrado?
El legrado uterino es una intervención muy sencilla que dura unos 15 minutos, aproximadamente. Aún así, para su realización es necesario administrar anestesia local o general a la paciente para que no sufra ningún dolor. En general, el legrado uterino consta de los siguientes pasos:
- Dilatación: apertura del cérvix para facilitar la introducción del instrumental.
- Curetaje: introducción de una varilla (legra o cureta) para raspar la cavidad uterina y extraer el endometrio.
Cuidados tras el legrado uterino
Después de haberse sometido a un legrado, es posible que la mujer tenga sangrado vaginal durante varios días debido a la intervención. Por otro lado, la paciente también puede sufrir algunas molestias como dolor abdominal o pélvico. En este caso, se debe consultar con el especialista qué analgésicos se pueden tomar para aliviarlo.
A pesar de ello, el tiempo de recuperación tras un legrado uterino es muy rápido. Normalmente, la mujer debe hacer reposo durante el primer día, pero puede seguir con su estilo de vida y actividades habituales al día siguiente, aunque deberá tener en cuenta algunas recomendaciones:
- Abstinencia sexual, al menos, durante dos semanas después del legrado.
- No utilizar tampones.
- No realizar duchas vaginales ni bañarse (no hay problema en ducharse).
- Evitar realizar ejercicio físico intenso.
Riesgos y complicaciones
Aunque se trata de una intervención sencilla que no suele implicar riesgos, el legrado uterino puede dar lugar a algunas complicaciones:
- Daños en el útero (perforación, desgarro del cérvix).
- Síndrome de Asherman (mala cicatrización de las paredes uterinas).
- Infecciones del útero o zona pélvica.
- Hemorragias.
- Impacto psicológico.
Fertilidad tras legrado uterino
La técnica del legrado en sí no afecta a la fertilidad de la mujer, por lo que, tras su realización y la espera oportuna, la paciente puede quedarse embarazada. De hecho, en algunos casos el legrado uterino puede mejorar el problema de esterilidad como, por ejemplo, cuando se eliminan pólipos endometriales que causan fallos de implantación. Sin embargo, también es verdad que el legrado puede tener algún efecto negativo sobre la fertilidad debido a las posibles complicaciones asociadas, como es el caso del síndrome de Asherman.
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Cuidado Post-Aborto
Los abortos son muy seguros cuando son realizados por especialistas. Todas tendrán una experiencia diferente después de que te haya realizado un aborto farmacológico o quirúrgico. Por lo general, experimentarás algo de sangrado (desde manchas hasta coágulos). Esto puede continuar hasta tu próximo período y puede ser impredecible, irregular o prolongado. Es importante que use compresas para la regla y no tampones o copas menstruales, ya que esto ayudará a prevenir infecciones. Los síntomas del embarazo comenzarán a desaparecer después de un par de días. Las náuseas y los vómitos son uno de los primeros síntomas que desaparecen después del tratamiento. Pueden surgir diferentes sentimientos para las personas después de un aborto, incluido el alivio y la tristeza. Todas estas son cosas normales de sentir. Estamos aquí para hablar en cualquier momento y podemos organizar una cita para el asesoramiento postaborto, ya sea en persona o por teléfono.
Te daremos consejos sobre tabletas para aliviar el dolor, como paracetamol, codeína o ibuprofeno. Espera 3 semanas después de su aborto antes de hacerse una prueba de embarazo. Esto se debe a que algunas hormonas del embarazo pueden estar presentes hasta 3 semanas después de un aborto, lo que puede dar un resultado positivo en la prueba aunque ya no estés embarazada. No debes bañarte durante las 48 horas posteriores al aborto, ya que esto podría aumentar el riesgo de infección. Como parte de su cuidado posterior al aborto, debes evitar las relaciones sexuales durante 2 semanas después del tratamiento. Es muy importante saber que es posible quedar embarazada casi inmediatamente después de un aborto. Si no deseas quedarse embarazada, te recomendamos que tenga un método anticonceptivo listo para después de tu tratamiento.
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