Problemáticas del Aborto: Argumentos a Favor y en Contra

26.10.2025

El aborto es un tema complejo y controvertido que involucra aspectos éticos, morales, religiosos y de salud pública. El debate en torno al aborto se centra en los derechos de la mujer a decidir sobre su propio cuerpo y el derecho a la vida del feto. A continuación, se exploran los argumentos a favor y en contra del aborto, así como las implicaciones de las leyes restrictivas sobre el acceso al aborto seguro.

Argumentos a Favor del Aborto

El acceso al aborto legal y seguro forma parte del conjunto de los derechos humanos, entre ellos el derecho a la salud sexual y reproductiva. Defender el derecho a un aborto legal y seguro respetando la autonomía de las mujeres no está en contradicción con la defensa del derecho a la vida en el marco de los derechos humanos, independientemente del respeto que merece la posición moral, ética o religiosa de cada persona en conciencia. Por el contrario, son los Estados que prohíben y criminalizan el aborto en todos los supuestos, incluso cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la embarazada, los que pueden estar ejerciendo violencia de Estado contra las mujeres.

Además, el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha reiterado que lo que es una amenaza para la vida y la salud de las mujeres y las adolescentes es prohibir el acceso a un aborto legal y seguro al obligarlas a recurrir a abortos clandestinos, insalubres y de riesgo. Todas las personas, en virtud del derecho internacional, tienen derecho a la vida desde el momento de nacer, y ningún organismo de derechos humanos ha dicho que el aborto sea incompatible con el derecho a la vida.

El derecho al aborto no es un derecho aislado sino que forma parte de la salud sexual y reproductiva integral, de los derechos económicos y sociales, del derecho a la igualdad y a la no discriminación. Esto significa que corresponde a los Estados garantizar a todas las personas el acceso a la educación afectivo-sexual, a métodos anticonceptivos, a los servicios de salud integral, incluido el aborto con garantías sanitarias, y todo ello asegurando la igualdad de trato y no discriminación por causas socioeconómicas, por ser minorías étnicas; o por cualquier otro motivo inherente a la identidad de la persona.

Por el contrario, una política de salud sexual y reproductiva integral, desde la formación e información hasta la atención sanitaria, garantiza la toma de decisiones responsables sobre el embarazo y la maternidad. También forma parte de los derechos humanos preservar la salud de las niñas, y sabemos que los riesgos ante el parto de niñas embarazadas se multiplican por cuatro respecto a las mujeres adultas. Las complicaciones de embarazo y parto son la segunda causa de muerte entre las adolescentes.

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Argumentos en Contra del Aborto

El lobby antiaborto mundial lanza mensajes y bulos sobre el aborto repetidos una y otra vez sin datos ni base científica, en sus campañas de presión a la ciudadanía para estigmatizar el derecho al aborto, para lograr que los gobiernos lo prohíban o que eliminen leyes que garantizan este derecho. Es una falsa dicotomía, pero es el eslogan reiterado por el lobby antiaborto mundial: “NO al aborto, SÍ a la vida” ¡Como si las mujeres no estuvieran a favor de la vida! Son precisamente ellas las que demandan a los gobiernos medidas que garanticen una maternidad responsable: acceso a la salud sexual y reproductiva y disponer de las condiciones económicas básicas que les permitan asegurar el bienestar de su familia.

Es el mensaje tremendista que oculta que el derecho a la vida comienza al nacer la persona, como cualquier otro derecho humano. El derecho y las normas internacionales de los derechos humanos no reconocen los denominados derechos del feto ni otras aplicaciones de los derechos humanos a fetos, embriones, zigotos o gametos. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en una sentencia de 2004, señaló que "el feto no se considera como una persona directamente protegida por el artículo 2 de la Convención” (el referido al derecho a la vida), porque si así fuera, “se limitarían de manera abusiva los derechos establecidos a las personas ya nacidas”.

Con este falso mensaje se pretende utilizar a estas personas para justificar la prohibición del aborto: el aborto va contra las personas con discapacidad. Porque establecer como una causal del derecho al aborto una grave malformación del feto o su inviabilidad hasta llevar a término el embarazo, no tiene nada que ver con defender los derechos de las personas con discapacidad. La mejor forma de promover los derechos de estas personas y combatir su discriminación social es establecer políticas que apoyen su autonomía y su igualdad en todos los ámbitos de la sociedad. Una de estas medidas es garantizar su derecho a tener una vida afectivo-sexual plena, prohibiendo la esterilización forzada, asegurando el acceso a métodos anticonceptivos y el acceso al aborto sin riesgos.

El Impacto de las Leyes Restrictivas sobre el Aborto

La única forma de acabar con el aborto es prohibirlo, pero esto no es lo que afirma la Organización Mundial de la Salud: “los datos demuestran que las políticas restrictivas no solo no reducen el número de abortos, sino que también afectan a la posibilidad de que se practiquen de forma digna y sin riesgos. La proporción de abortos peligrosos es significativamente más elevada en los países que imponen leyes restrictivas, que en aquellos dónde estas leyes son más laxas”.

También el Relator especial de la ONU, la Organización Mundial de la Salud y el Consejo de Europa ratifican que la prohibición del aborto no hace que desaparezcan ni acaba con la necesidad de las mujeres y adolescentes a recurrir a este derecho. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), en 2023 murieron cada día unas 700 mujeres por causas relacionadas con el embarazo o el parto que podrían haberse evitado. En total, se registraron aproximadamente 287.000 muertes maternas ese año. Entre el 4,7 % y el 13 % de estas muertes se debieron a abortos inseguros.

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La OMS también advierte que, mientras en las regiones desarrolladas se producen alrededor de 30 muertes por cada 100.000 abortos inseguros, en las regiones en desarrollo esta cifra asciende a 220 muertes por cada 100.000. Se estima que en los países de ingresos medio-bajos se producen 21 millones de embarazos entre las adolescentes de entre 15 y 19 años y la mitad son no deseados. A su vez el 55% estos embarazos terminan en abortos inseguros. Son datos de la Organización Mundial de la Salud.

Pero obligar a una niña a llevar a término su embarazo no sólo amenaza su vida y su salud, sino que destruye también sus oportunidades de vida futura, el abandono de la escuela, el estigma social, el daño psicológico y emocional. Son daños que representan una forma de violencia institucionalizada que puede ser considerada tortura. Porque ellas SON NIÑAS, NO MADRES.

En los últimos 30 años, más de 60 países de todos los continentes han modificado su legislación para permitir el acceso al aborto. Casi la mitad de esos países están en África. Asia representa una quinta parte de los países liberalizadores. En América Latina, la legislación ha avanzado en Chile, Argentina, México y Colombia con la despenalización, y aunque en menor medida, también hubo avances en Chile. Europa es el continente donde el derecho al aborto seguro está más extendido e Irlanda fue el último país en despenalizarlo, a finales de 2018.

Pero al mismo tiempo se están produciendo graves retrocesos, como en Polonia, donde en 2020 se eliminó uno de los únicos tres supuestos en que estaba permitido abortar. O como en Estados Unidos, donde el derecho al aborto ya no está protegido por la Constitución, según dictaminó su Tribunal Supremo en junio de 2022, y a partir de esta sentencia cada uno de los estados federados puede establecer limitaciones muy restrictivas e incluso la prohibición total, como ya está sucediendo en la mitad del país. Con esta decisión las mujeres norteamericanas retroceden 50 años en su autonomía para decidir sobre el embarazo y la maternidad.

Es preciso resaltar las consecuencias de su propia posición, y responsabilizarlos de las consecuencias que implica la penalización del aborto: si el objetivo de someter al aborto a la ilegalidad es defender la vida de los embriones, la penalización del aborto no cumple su objetivo. Argentina, como ejemplo de un país latinoamericano, muestra que la cantidad de abortos estimados supera de 3 a 5 veces la incidencia de los países en los que la interrupción es legal. Además, la mayoría de las internaciones y muertes de mujeres se dan en los sectores más pobres de la sociedad, lo que no sólo implica que el objetivo de proteger la vida prenatal no se cumple, sino que la penalización del aborto acentúa la inequidad existente. Los países donde el aborto está despenalizado, no muestran complicaciones en la salud o internaciones por las complicaciones del aborto inseguro y menos aún muertes maternas.

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Tabla Comparativa de Tasas de Aborto

Región Restricciones al Aborto Tasa de Aborto (por mil mujeres en edad reproductiva)
África Severamente restringido 33
América Latina y Caribe Severamente restringido 32
España (2023) Legal 12.2

La Objeción de Conciencia y el Acceso al Aborto

Garantizar el derecho al aborto como un servicio de salud pública supone anular el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario, pero esta dicotomía es falsa. En primer lugar porque no es un derecho humano negar la atención médica por motivos de conciencia o de creencias religiosas. Pero además, en la práctica, ambos derechos son perfectamente compatibles y los Estados tienen la obligación de regularlos adecuadamente.

No podría suceder, como ha manifestado el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, que el acceso a los servicios de aborto se dejara de prestar porque la población médica es objetora de conciencia. Basta establecer las opciones alternativas de atención para sustituir al personal sanitario que se declare objetor, desde la información a la prestación del servicio. Y, en todo caso, el personal sanitario debe atender siempre en situaciones de emergencia y con independencia de sus creencias personales la vida de cualquier embarazada o evitar consecuencias graves, incluida la atención posterior al aborto en estos supuestos.

En España más del 80% de los abortos legales se realizan en clínicas privadas concertadas, fuera de los hospitales públicos, y no porque todo el personal sanitario de estos centros sea objetor de conciencia, sino porque no se quiere dedicar atención y recursos. En este último sentido se establece la obligación de que cada hospital cuente con la relación de personal sanitario objetor y poder así planificar la garantía de la prestación, mayoritariamente en la sanidad pública y, por tanto, cerca de los domicilios de las mujeres. Sin embargo, un año después de su entrada en vigor, solo cinco comunidades autónomas contaban con un registro.

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