Ayudas para Afectados por la DANA en Valencia: Requisitos y Cómo Solicitar

26.10.2025

La Generalitat Valenciana y el Gobierno de España han anunciado una serie de ayudas destinadas a los afectados por la DANA en Valencia. Estas ayudas buscan paliar los daños ocasionados por el temporal en viviendas y otros bienes, ofreciendo apoyo financiero a quienes se han visto perjudicados.

Ayudas de la Generalitat Valenciana

La Generalitat Valenciana anunció una subvención directa de 6.000 euros para las familias cuya casa se ha visto afectada por el temporal. Este apoyo financiero está destinado exclusivamente a viviendas de particulares y no cubre daños en locales comerciales, garajes o trasteros.

La ayuda consiste en un pago único de 6.000 euros por vivienda afectada, que se abonará directamente en la cuenta bancaria del solicitante. Cabe destacar que la ayuda es limitada, ya que el fondo disponible asciende a 200 millones de euros, lo que alcanza un total de 33.333 viviendas.

Municipios Afectados

Los ciudadanos y ayuntamientos que podrán acogerse a estas ayudas de la Generalitat Valenciana son los pertenecientes a:

Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, l’Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Corbera, Cullera, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa, Mislata, Montroi, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València, Vilamarxant, Xirivella y Yátova.

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Plazo y Forma de Solicitud

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 16 de diciembre de 2024. Se puede realizar tanto desde un trámite en línea como de manera presencial en las oficinas presenciales de coordinación de postemergencias. De forma telemática se puede cumplimentar mediante el certificado digital o, si no se dispone de ello, cumplimentando electrónicamente un formulario de solicitud, cuyo justificante se debe imprimir y firmar junto con la documentación exigida.

De igual modo, si se demostrara que no se cumplen las condiciones que dan derecho a la ayuda, habría que devolver el dinero. Si se ocultaran o falsearan datos, se exigirán también responsabilidades legales.

La documentación debe presentarse firmada en las oficinas y puntos de atención creados específicamente para ello en las localidades o a través de internet, en esta página.

Documentación Necesaria

Para completar la solicitud de ayuda por la DANA en Valencia, los interesados deben presentar varios documentos, entre los que se incluyen:

  • El formulario de solicitud.
  • Un documento que acredite que el solicitante reside en la vivienda afectada, como un contrato de alquiler o un recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
  • El código catastral de la vivienda, que se puede consultar en la página web oficial del Catastro.
  • El IBAN de la cuenta bancaria, que deberá estar a nombre del solicitante de la ayuda.

En el caso de haber perdido la documentación que demuestre la propiedad de la vivienda, el Colegio de Registradores ofrece un servicio gratuito que ayuda a obtener la nota simple del inmueble, facilitando el trámite.

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Ayudas del Gobierno de España

Por su parte, el Gobierno de España ha lanzado el Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento, que supone otro paquete de medidas de carácter estatal por los efectos de la DANA en Valencia.

Tipos de Ayudas del Gobierno

El Gobierno central establece cuatro tipos de ayudas a la vivienda habitual (por destrucción total, daños estructurales, no estructurales y en enseres domésticos) y otra para las comunidades de propietarios damnificadas. Además, fija unas cuantías máximas para cada categoría:

  • Daños en la Vivienda Habitual y Enseres:
    • Para la destrucción total de la vivienda, se ofrece hasta 60.480 euros.
    • Daños estructurales: hasta 41.280 euros.
    • Daños menores en la vivienda: hasta 20.640 euros.
    • Daños en enseres domésticos básicos, como muebles y electrodomésticos: hasta 10.320 euros.
  • Comunidades de Propietarios: hasta 36.896 euros para elementos comunes esenciales para la habitabilidad.
  • Ayuda por Fallecimiento: 72.000 euros por persona fallecida a familiares directos, repartidos equitativamente entre cónyuge, pareja de hecho, hijos o padres.
  • Ayuda por Incapacidad absoluta y permanente: una ayuda directa de 72.000 euros.

¿Qué daños cubre la ayuda del Gobierno?

Las ayudas del Gobierno se extienden a todo tipo de bienes afectados en la vivienda, según el real-decreto, que especifica "aquellos necesarios para el normal desarrollo de la vida", pero también los que utilicemos para el teletrabajo. Esto supone ampliar la cobertura más allá de los "enseres domésticos de primera necesidad" que recoge la ley de 2005. Además de las pérdidas materiales concretas, entre los costes subvencionables se pueden incluir también lo que debamos pagar por los informes de evaluación y otras gestiones imprescindibles para la reparación de los daños.

¿Qué necesito para acreditar la propiedad o el alquiler de una vivienda afectada por la DANA?

En caso de ser propietario de la vivienda, sirve cualquier documento que demuestre la titularidad, desde las escrituras al recibo del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) u otro similar.

Los inquilinos que necesiten la ayuda por los daños en objetos propios que había en una casa en la que viven de alquiler necesitan aportar el contrato de arrendamiento o un documento similar que lo demuestre.

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El propietario de una casa en alquiler puede acogerse también a la ayuda del Gobierno central, pero solo si esta se utilizaba para vivienda habitual. Se tomará en cuenta la vivienda y los enseres incluidos en el contrato de arrendamiento. De nuevo, bastará con aportar la documentación que demuestre que se trata de un alquiler de vivienda habitual, como el contrato u otro similar. Si se recibe la ayuda, el casero estará obligado a la prórroga forzosa del contrato en las mismas condiciones.

¿Qué pasa si no tengo seguro?

Si no se contaba con un seguro, el real decreto de la ayuda estatal establece que se puede demostrar la cuantía del daño de la vivienda y objetos de primera necesidad con un informe pericial validado por el ayuntamiento.

Para la ayuda de la Generalitat, tampoco es necesario haber contratado un seguro.

¿Hay límite de renta para tener derecho a las ayudas?

No, ni la ayuda estatal ni la autonómica limitan las ayudas a una renta. De hecho, el real decreto de la DANA elimina los límites de ingresos anuales que suelen aplicarse para estas ayudas.

Plazo y Forma de Solicitud

Estas ayudas se podrán solicitar hasta el próximo 7 de enero, la sede electrónica del Ministerio del Interior, la web de la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, los registros públicos y las Oficinas de Correos. Todas las ayudas de protección civil, ya sea por daños en la vivienda, fallecimiento o daños en enseres, se pueden pedir juntas en la página web habilitada o en cualquier registro de las administraciones públicas hasta el 7 de enero. El Gobierno ha puesto en marcha oficinas en las zonas afectadas y empleados de Correos y Tragsa desplazados a la zona pueden pedir las ayudas en tu nombre si se lo solicitas.

Para recibir el primer pago, basta con firmar una declaración responsable en la que se manifieste que se cumplen con todos los requisitos. Entonces, el Estado pagará un anticipo del 50% de la ayuda máxima. El resto llegará cuando la Administración haya verificado que se cumplen los requisitos. No obstante, si se constata que no se tenía derecho a la ayuda, será necesario devolver el dinero.

Municipios Afectados

Pueden solicitarlas los ciudadanos de los municipios de la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía afectados por la DANA:

Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, l'Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Alhaurín de la Torre, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Corbera, Quart de Poblet, Cullera, Chera, Cheste, Xirivella, Chiva, Dos Aguas, Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Letur, Llíria, Loriguilla (solo núcleo urbano junto A3) Llocnou de la Corona, Llaurí, Llombai, Macastre, Manises, Massanassa, Mira, Mislata, Montserrat, Montroi/Montroy, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València (sus pedanías del sur: Faitanar, La Torre, Forn d'Alcedo, Castellar-Oliveral, Pinedo, El Saler, El Perellonet y El Palmar), Vilamarxant, Yátova, Benicull de Xúquer.

Adicionalmente, se han dispuesto otras medidas de apoyo para autónomos y empresas, dotadas con 838 millones de euros y que se podrán pedir a través de Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria entre el 19 de noviembre y el 31 de diciembre de 2024.

Otras Ayudas y Medidas

Además de las ayudas directas, se han implementado otras medidas para apoyar a los afectados:

  • Ayudas para la adquisición de vehículos: Personas, autónomos, empresas y entidades que hayan perdido un vehículo debido a la DANA y adquieran uno nuevo o de segunda mano con etiqueta Cero, Eco o C, pueden recibir ayudas.
  • Ayudas para estudiantes: Cualquier persona que haya perdido libros o material escolar puede recibir 600 euros por estudiante.
  • Prestaciones laborales: Se consideran accidentes laborales las prestaciones por incapacidades permanentes, totales y parciales, muertes y supervivencias cuya causa sean los efectos de la DANA, también en el caso de funcionarios.
  • Exención de impuestos: Se reducirá el impuesto de actividades económicas durante el tiempo en el que estuvieron cerrados por culpa de los destrozos.
  • Ayudas para el sector agrario: Es una ayuda, gestionada por el Fondo Español de Garantía Agraria, por un importe equivalente al 30% de la media, en el caso de las personas físicas, de los ingresos agrarios declarados en 2021, 2022 y 2023, o a partir del año de incorporación a esta actividad si lo ha hecho con posterioridad.
  • Ayudas para cines: Serán de 12.000 euros para los cines que tengan una pantalla; 25.000 euros si cuentan con entre tres y ocho; 35.000 si disponen entre nueve y 13; y 59.000 para las salas que tengan más de 14 panta...
Tipo de Ayuda Cuantía Máxima Entidad
Destrucción total de vivienda 60.480 € Gobierno de España
Daños estructurales vivienda 41.280 € Gobierno de España
Daños menores vivienda 20.640 € Gobierno de España
Daños en enseres domésticos 10.320 € Gobierno de España
Elementos comunes de comunidad 36.896 € Gobierno de España
Ayuda directa por vivienda afectada 6.000 € Generalitat Valenciana

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