Ayuda Económica por Hijo a Cargo para Jubilados en España

07.12.2025

Desde 2021, muchos jubilados en España han escuchado sobre el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, comúnmente conocido como complemento por hijo. Este beneficio se añade a las pensiones contributivas de aquellos que han tenido hijos y han visto su carrera de cotización afectada por ello.

Este complemento busca compensar las carreras profesionales perjudicadas por el cuidado de los hijos y su cuantía en 2025 es de 33,20 euros al mes por hijo, con un máximo de cuatro hijos.

¿Qué es el Complemento por Hijo o Complemento de Brecha de Género?

Se trata de una cantidad económica fija que se suma a la pensión contributiva (jubilación, viudedad o incapacidad) por cada hijo. En 2025, asciende a 33,20 € al mes por hijo (con un máximo de cuatro hijos).

Este complemento se reconoce a las personas que hayan sufrido un perjuicio en su carrera profesional por asumir el cuidado de los hijos, sin importar el sexo, aunque en la práctica afecta especialmente a mujeres. Desde febrero de 2021, también los hombres pueden solicitarlo si acreditan ese perjuicio.

¿Quién Puede Solicitar el Complemento Actualmente?

Pueden solicitarlo quienes:

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  • Perciban una pensión contributiva (jubilación, incapacidad permanente o viudedad).
  • Tengan uno o más hijos biológicos o adoptados.
  • Acrediten que su carrera laboral se ha visto afectada negativamente por la paternidad/maternidad.
  • Hayan accedido a la pensión a partir del 4 de febrero de 2021.

Pero aquí viene lo importante: los hombres jubilados entre 2016 y 2021 pueden reclamarlo con carácter retroactivo gracias a sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y resoluciones del Tribunal Supremo.

Requisitos Específicos para Padres Jubilados entre 2016 y 2021

Deben:

  • Haber accedido a una pensión contributiva entre 2016 y 2021.
  • Tener dos o más hijos (requisito que aplicaba antes del cambio normativo de 2021).
  • No haber recibido ya el complemento por maternidad.
  • Acreditar que cumplen los requisitos que en su momento se exigieron a las madres.

No es necesario que el INSS lo reconozca de oficio: hay que reclamarlo formalmente, e incluso acudir a los tribunales si lo deniegan.

¿El Complemento por Hijo es Retroactivo?

Sí, puede reclamarse con carácter retroactivo, aunque no es automático. La retroactividad puede implicar:

  • Cobrar los atrasos desde la fecha de jubilación, si se reconoce que el complemento debió aplicarse entonces.
  • En ocasiones, se reconocen 4 años de retroactividad, dependiendo de cuándo se presentó la solicitud o la reclamación.

Los tribunales han dado la razón en numerosos casos a padres que reclamaron el complemento con efectos desde el inicio de su pensión, incluso aunque ya hubieran pasado años.

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¿Cómo Solicitar el Complemento?

  1. Presentar solicitud ante el INSS, incluyendo todos los datos personales y familiares.
  2. Aportar documentación acreditativa: DNI, resolución de la pensión, libro de familia, certificados de nacimiento.

Si el INSS Deniega o Ignora la Solicitud:

  1. Presentar reclamación previa administrativa.
  2. Si no responde o vuelve a rechazar, se puede presentar demanda judicial ante lo social.

Plazo para Reclamar

No existe un plazo cerrado, pero es recomendable hacerlo cuanto antes para evitar que se limite la retroactividad. Si ya has reclamado y no te han respondido o te han denegado el derecho, puedes acudir a la vía judicial.

Complemento Medio

Según datos del pasado mes de abril, 729.048 pensiones cuentan ya con el complemento para la reducción de la brecha de género, de las que en un 90% sus titulares son mujeres (655.508). El importe medio mensual de este complemento en la pensión es de 71 euros. De las 729.048 pensiones complementadas, el 23,8% corresponde a pensionistas con un hijo (173.547), que anteriormente no tenían acceso al complemento de maternidad.

Cuantías del Complemento por Hijo en 2025

La cuantía del complemento está fijada por los Presupuestos Generales del Estado de cada año. En 2025, el importe es de 33,20 euros mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe.

Al año, esta ayuda supone un importe mínimo de 425,60 euros. La aportación por dos hijos es de 848,4 euros al año, de 1.272 euros por tres hijos y de 1.696,8 por cuatro hijos.

Tabla Resumen del Complemento por Hijo (2025)

Número de Hijos Importe Mensual Importe Anual
1 33,20 € 425,60 €
2 66,40 € 848,40 €
3 99,60 € 1.272,00 €
4 132,80 € 1.696,80 €

Consideraciones Adicionales

  • El complemento es incompatible cuando ambos progenitores lo solicitan; normalmente, se otorga al progenitor con la pensión más baja.
  • Este complemento debe solicitarse al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) junto con la solicitud de la pensión contributiva. En el caso de trabajadores del mar, deberán pedirlo al Instituto Social de la Marina (ISM).
  • La Seguridad Social incorpora de forma automática esta cuantía cuando asigna cada pensión a su beneficiario.

¿Cómo Solicitar el Complemento para Reducir la Brecha de Género?

Si has tenido uno o más hijos puedes solicitar el complemento para reducir la brecha de género, junto al trámite de solicitud de tu pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. Este complemento para reducir la brecha de género está asociado a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a.

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Bonificaciones Adicionales

El INSS ofrece bonificaciones que no son extras dinerarios en la pensión, sino que pueden incrementar el periodo cotizado durante la trayectoria profesional.

  • Reconocimiento de días cotizados por parto, exclusivo para mujeres (112 días por cada parto).
  • Beneficio por cuidado de hijos o menores (hasta 270 días de cotización por cada hijo).

El complemento por hijo es un derecho que muchas personas, especialmente hombres jubilados entre 2016 y 2021, no están cobrando pese a que les corresponde. Reclamarlo puede suponer decenas de euros al mes y miles en atrasos.

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