Ayuda Económica para Hijos Menores: Requisitos y Proceso de Solicitud

28.11.2025

En España, la ayuda por hijo a cargo de la Seguridad Social representa un apoyo económico fundamental para muchas familias. Esta prestación está diseñada para ayudar a los hogares que tienen hijos menores o mayores dependientes bajo su cuidado, especialmente cuando estos hogares enfrentan situaciones de vulnerabilidad económica. A continuación, desglosaremos todo lo que necesitas saber sobre esta ayuda, incluyendo qué es, quiénes tienen derecho a recibirla, cuánto se puede recibir, cuándo se termina el beneficio, y cómo puedes verificar si tienes derecho a recibirlo.

¿Qué es la Prestación Familiar por Hijo a Cargo?

La prestación familiar por hijo a cargo es una ayuda económica que ofrece la Seguridad Social española a las familias que tienen hijos menores de 18 años o hijos mayores de edad con discapacidades, y que no superan un determinado umbral de ingresos. Esta prestación se otorga para contribuir a la manutención del hijo a cargo y está estructurada según el número de hijos y sus necesidades específicas.

¿Quién Tiene Derecho a Cobrar la Ayuda por Hijo a Cargo?

El derecho a cobrar esta ayuda lo tienen las familias residentes en España que cumplen con ciertos requisitos económicos y familiares. Los principales requisitos incluyen:

  • Ser responsable de menores de 18 años o de hijos mayores con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
  • No superar un determinado límite de ingresos y patrimonio, el cual varía según el número de hijos y las condiciones del hogar.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Determinación del Umbral de Ingresos

Para determinar esto se tienen en cuenta los siguientes criterios:

  • Determinación del umbral de ingresos: El umbral de ingresos se establece anualmente y varía en función de la cantidad de hijos a cargo y de las circunstancias particulares de cada familia.
  • Ingresos y número de hijos: Generalmente, cuanto mayor es el número de hijos a cargo, mayor es el umbral de ingresos permitido para acceder a la prestación.
  • Actualización anual: El umbral de ingresos se revisa y actualiza anualmente para reflejar los cambios en la economía y asegurar que la ayuda se ajuste a las condiciones de vida actuales.
  • Efecto de la discapacidad: Para las familias con hijos mayores de 18 años con discapacidades, el umbral de ingresos suele ser más alto.
  • Documentación y verificación: Para solicitar la prestación, las familias deben proporcionar pruebas de sus ingresos a través de declaraciones de la renta, nóminas u otros documentos financieros.
  • Consecuencias del excedente de ingresos: Si una familia supera el umbral de ingresos establecido, no será elegible para recibir la prestación. Sin embargo, si los ingresos familiares disminuyen en el futuro, pueden volver a solicitar la prestación.

¿Cuánto te da la Seguridad Social por Hijo a Cargo?

La cantidad que la Seguridad Social otorga por hijo a cargo varía en función de la situación específica de cada familia, siendo vigentes en 2024 las cuantías siguientes, según la propia Seguridad Social:

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  • Para menores de 18 años sin discapacidad (régimen transitorio) y con ingresos familiares que no superen el umbral establecido, la ayuda es de 588 euros anuales por hijo.
  • Hijos o menores a cargo, menores de 18 años, con una discapacidad igual o superior al 33% la ayuda es de 1000,00 euros anuales por hijo
  • Para hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%, 5.647,20 euros anuales por hijo
  • En el caso de hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75%, 8.469,60 euros anuales por hijo (régimen transitorio)

¿Cuándo se Deja de Cobrar la Prestación por Hijo a Cargo?

La prestación por hijo a cargo se deja de recibir cuando el menor alcanza los 18 años de edad, salvo en los casos en que el hijo tenga reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 65%. En estos casos, la prestación se puede seguir recibiendo mientras se mantengan las condiciones que dieron derecho a la misma. Además, la prestación cesará si cambian las condiciones económicas del hogar de manera que se superen los umbrales establecidos para ser beneficiario de la ayuda.

¿Cómo Puedo Saber si Tengo Derecho al Bono por Hijo?

Para saber si tienes derecho a la ayuda por hijo a cargo, puedes realizar una consulta en la página web de la Seguridad Social o acudir personalmente a cualquiera de sus oficinas. Será necesario que aportes documentación que acredite tanto tu situación económica como familiar.

Complemento de Ayuda para la Infancia

La Seguridad Social pone a disposición de las familias una prestación de hasta 1.400 euros al año para el cuidado de los hijos menores. Se trata del Complemento de Ayuda para la Infancia que se encuentra integrado en el Ingreso Mínimo Vital aunque se puede conceder de forma independiente ya que amplía los umbrales de renta y elegibilidad. Esta prestación refuerza el apoyo a la infancia y fue una de las mejoras introducidas en la Ley del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que entró en vigor el 1 de febrero de 2022.

Cuantías por Menor a Cargo (2024)

En 2024 las cuantías por cada menor son las siguientes:

  • Menores de tres años: 115 euros/mes (1.380 euros al año).
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros/mes (966 euros al año).
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros/mes (690 euros al año).

Requisitos Adicionales

El primer requisito para poder recibir la prestación es tener hijos menores de edad con residencia legal en España. Además, no se puede sobrepasar unos límites de rentas recogidos en la página web del Ministerio y de patrimonio, tal y como queda fijado en el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, recogido en el BOE. Estos variarán con respecto a los del IMV y en función del número de miembros de la unidad familiar.

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Cómo solicitar el Complemento de Ayuda para la Infancia

Para solicitar la prestación hay que realizar la solicitud del Ingreso Mínimo Vital a través de Internet.

Solicitud de la Ayuda por Hijo a Cargo

Solicitar la ayuda por hijo a cargo es un proceso que puede realizarse a través de diferentes vías. La primera opción es hacerlo mediante la sede electrónica de la Seguridad Social, donde se debe presentar un formulario específico. Es importante que antes de iniciar la solicitud, se revisen todos los requisitos para la ayuda por hijo a cargo para asegurar que se cumplen las condiciones necesarias.

Documentación Necesaria

El proceso de solicitud de la ayuda por hijo a cargo requiere una serie de documentos que deben ser presentados junto con el formulario correspondiente. Además, en caso de tener un hijo con discapacidad, se debe presentar el certificado que acredite el grado de discapacidad expedido por el organismo competente.

Beneficiarios de la Prestación

Tienen derecho a cobrar la ayuda por hijo a cargo los progenitores o tutores legales de hijos menores de 18 años o de hijos con una discapacidad igual o superior al 33%. El beneficiario de la prestación por hijo a cargo es el padre, madre o tutor legal que se encarga del menor.

Información Adicional

Es importante leer estas instrucciones antes de cumplimentar la solicitud. Acceda al siguiente formulario online y rellene los datos (no es necesario disponer de un medio de identificación electrónica). Imprima la solicitud que ha cumplimentado y fírmela de forma manuscrita. ¿No tiene impresora?

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Tiene 2 opciones para presentar su solicitud:

  1. Si dispone de una impresora:
    • Imprima la solicitud que ha cumplimentado.
    • Firme la solicitud de forma manuscrita.
    • Entregue la solicitud y la documentación no aportada en el formulario, en el plazo y en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
  2. Si no dispone de una impresora:
    • Acuda a una oficina de Atención a la Ciudadanía - Zuzenean en el plazo establecido en el procedimiento.

Recurso de Alzada

El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.

¿Contra qué actos se interpone?

  • Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
  • Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.

¿Ante qué órgano se interpone?

Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.

¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?

  • 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
  • 3 meses, si el acto recurrido es presunto.

¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?

3 meses.

Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:

  • El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
  • El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.

¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?

  • Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
  • Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.

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