Certificado de Nacido Vivo en Ecuador: Requisitos y Trámites
El certificado de nacido vivo es un documento esencial para diversos trámites legales y administrativos. A continuación, se detallan los requisitos y procedimientos para obtenerlo, tanto si la persona nació en Ecuador como si nació en el extranjero y necesita el certificado para trámites en Ecuador.
Tipos de Certificados de Nacimiento
Se pueden solicitar varios tipos de certificado de nacimiento:
- Certificado literal de nacimiento: Es una copia exacta de la inscripción de nacimiento, que contiene todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento.
- Certificado literal de nacimiento para el primer DNI o para el primer pasaporte: Es un certificado literal de nacimiento que, en algunos casos, se expide a los solos efectos de la obtención del DNI o del pasaporte.
- Certificado de nacimiento en extracto: Es un resumen de la información que consta en el Registro Civil relativa al hecho del nacimiento, según resulta vigente en la fecha y hora de su expedición.
- Certificado internacional o plurilingüe: Es un certificado en extracto válido en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. Este certificado se expide en el idioma oficial de todos los países firmantes del Convenio y no necesita legalización ni apostilla.
- Certificado negativo: Acredita que el nacimiento de una persona no está inscrito en un Registro Civil determinado.
Quién puede solicitar un certificado de nacimiento
Podrá solicitar un certificado la propia persona interesada respecto de los datos que figuran en su Registro individual. Cuando la solicitud se refiera a los datos de una persona distinta del solicitante, éste deberá acreditar su identidad y su interés legítimo en conocerlos; o deberá presentar una autorización del inscrito y los documentos de identidad de ambos. No se dará publicidad a los datos especialmente protegidos salvo en los casos previstos en la ley.
Procedimiento para personas nacidas en el extranjero e inscritas en el Registro Civil Consular
El certificado se puede solicitar de las siguientes formas:
- Presentando la solicitud ante el Registro Civil Consular donde está inscrito, bien directamente o bien por auxilio registral a través de otro Registro Civil. Por esta razón no se aceptan solicitudes de particulares recibidas por correo electrónico.
- Presentando la solicitud ante el Registro Civil Central (donde existen duplicados de las inscripciones practicadas por los Registros Civiles Consulares), bien directamente o bien o bien por auxilio registral a través de otro Registro Civil.
En este caso el certificado será emitido por el Registro Civil Central, no por el Registro Civil Consular.
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Procedimiento para personas nacidas en España o inscritas en España
El certificado se puede solicitar:
- Directamente en línea o de forma presencial o por correo postal al Registro Civil del nacimiento, siguiendo las instrucciones que figuran en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
- A través de la Oficina Consular, mediante el procedimiento descrito en el apartado A).
Procedimiento para personas nacidas en la demarcación consular
El certificado se puede solicitar por correo postal, por correo electrónico o presencialmente, en la Oficina Consular.
Documentación necesaria:
- Copia del DNI o pasaporte del solicitante.
- En su caso,y siempre que sea posible, se anotará en la solicitud el tomo y página de la inscripción.
- En la solicitud se indicará el tipo de certificado solicitado.
- Si se desea recibir el certificado por correo, se adjuntará un sobre franqueado con la dirección del solicitante.
- Para recibir el certificado por correo electrónico, es importante indicar en la solicitud, con letra clara, la dirección de correo electrónico del destinatario
Además de los documentos anteriores, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente. A este fin, es aconsejable anotar en la solicitud un teléfono de contacto o dirección de correo electrónico.
Aquellas personas que ya cuenten con un Registro Individual en el nuevo modelo de Registro Civil, podrán igualmente solicitar el certificado en la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes mediante certificado electrónico.
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Procedimiento para personas nacidas en otra demarcación consular
El certificado se solicitará directamente a la Oficina Consular correspondiente, de acuerdo con el procedimiento descrito en su página web.
Normativa básica
- Ley 20/2011 de 21 de julio, del Registro Civil.
- Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento del Registro Civil.
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