Obligaciones Fiscales del Tercer Trimestre del Año

30.12.2025

Durante todo el año, pymes y autónomos se ven en la obligación de presentar diversos modelos tributarios. El tercer trimestre no es una excepción. Otro trimestre que acaba y otra tanda de obligaciones fiscales. El año profesional de todo autónomo se divide en trimestres.

Por eso, si hablamos del tercer trimestre, lo hacemos refiriéndonos al periodo que va del 1 de Julio al 30 de Septiembre. Y sí, cuando este acaba, hay que presentar varios modelos ligados a diferentes impuestos vinculados a la actividad profesional.

¿Y cuáles son esos modelos que hay que presentar? Mejor aún. ¿Cuándo hay que presentarlos? Esas son las dos grandes preguntas que se hacen los autónomos cuando se enfrentan a su primer cierre del tercer trimestre y son, también, las que vamos a responder aquí con todo lujo de detalle.

En este artículo aprenderás:

  • ¿Cuándo se presentan los impuestos del tercer trimestre?
  • ¿Qué modelos hay que presentar en el tercer trimestre?
  • ¿Cuál es el plazo de presentación y pago de los modelos del tercer trimestre?
  • Preguntas frecuentes sobre los impuestos del tercer trimestre

¿Cuándo se presentan los impuestos del tercer trimestre?

Para todo autónomo, el tercer trimestre es el periodo de tiempo que va desde el día 1 de Julio hasta el 30 de Septiembre. Por lo tanto, todos los impuestos vinculados a la actividad y facturación que hayan tenido lugar durante dicho periodo se tendrán que presentar posteriormente. El plazo de presentación sigue el mismo patrón que en los trimestres anteriores, por lo que este año va del 1 al 21 de Octubre, sin incluir este último. La liquidación de los impuestos se hace el mismo día 21 de Octubre, tanto si es negativa como si es positiva.

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Aunque el tiempo pase rápido, tres meses son el marco perfecto para acumular una gran cantidad de facturas y, sobre todo, de impuestos y obligaciones fiscales.

¿Qué modelos hay que presentar en el tercer trimestre?

Sea cual sea la actividad de un autónomo, estos son los modelos que hay que presentar durante el tercer trimestre del año:

  • Modelo 111: declaración del IRPF trimestral para profesionales, trabajadores y empresarios.
  • Modelo 115: declaración del IRPF trimestral vinculado al alquiler de locales u oficinas para la actividad.
  • Modelo 130: liquidación trimestral del IRPF en caso de estar en régimen de estimación directa y habiendo solicitado pago fraccionado del mismo.
  • Modelo 131: liquidación trimestral del IRPF en caso de estar en régimen de estimación objetiva (módulos).
  • Modelo 216: retenciones de IRPF trimestral practicadas a no residentes.
  • Modelo 303: declaración y liquidación del IVA.
  • Modelo 309: declaración y liquidación del IVA para autónomos que no están obligados a ello de forma periódica.
  • Modelo 349: declaración de las operaciones intracomunitarias.

Cabe mencionar que no todos son obligatorios, ya que hay casos como el modelo 303 y el modelo 309 en los que se presenta uno u otro, al igual que sucede con los modelos 130 y el modelo 131.

¿Cuál es el plazo de presentación y pago de los modelos del tercer trimestre?

Ya hemos visto todos los modelos que hay que presentar. Ahora, vamos a ver cuándo hay que presentar y liquidar todos los modelos del tercer trimestre de la actividad profesional de los autónomos:

  • Del 1 al 21 de Octubre:
    • Modelo 111
    • Modelo 115
    • Modelo 130
    • Modelo 131
    • Modelo 216
    • Modelo 303
    • Modelo 309
    • Modelo 349

Preguntas frecuentes sobre los impuestos del tercer trimestre

¿Te quedan todavía algunas dudas sobre la presentación de impuestos del tercer trimestre? Vamos a responder a continuación a las preguntas más habituales:

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¿Cuándo se presenta y paga el IVA del tercer trimestre?

El IVA del tercer trimestre se presenta con el modelo 303 entre el 1 y el 20 de Octubre. Ese mismo día se paga el importe correspondiente a los tres meses previos de IVA. También, en caso de hacer una declaración no periódica, se puede presentar en el mismo plazo a través del modelo.

¿Cuándo se presenta y paga el IRPF del tercer trimestre?

La presentación del IRPF del tercer trimestre se puede presentar entre el 1 y el 21 de Octubre, a través de los modelos 130 o 131. En cuanto al pago, se hace el mismo día 21.

¿Cuándo se presenta y paga el modelo 130 del tercer trimestre?

Como hemos dicho antes, el modelo 130 del tercer trimestre se tiene que presentar en el plazo que hay entre el 1 y el 21 de Octubre, ya que se paga ese último día. Corresponde al pago fraccionado del IRPF.

¿Cuándo se presenta y paga el modelo 111 del tercer trimestre?

La presentación del modelo 111 correspondiente al tercer trimestre del año se tiene que hacer en los días 1 - 21 de Octubre. Se hace para declarar todas las retenciones relacionadas con el personal y los profesionales ligados a tu actividad.

¿Cuándo se presenta el modelo 349 del tercer trimestre?

Para el tercer trimestre, el modelo 349 se tiene que presentar también entre el día 1 y el 20 de Octubre. Aunque, en este caso, hablamos de una declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias, por lo que no hay que pagar nada relacionado con dicho modelo, y solo existe obligación de presentación si se han realizado operaciones durante el periodo.

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Algunas son el instrumento con el que se ingresan cantidades a cuenta de impuestos que se liquidan anualmente, como por ejemplo el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto de Sociedades. Con otras se pagan los importes que se retienen a terceros, como pueden ser los trabajadores o los propietarios de locales arrendados.

Lo que debes tener muy presente es que todas son obligatorias. Es decir, si tu actividad conlleva la obligación de presentar determinadas declaraciones tienes que cumplir con ella sí o sí y, además, dentro de los plazos que la ley establece.

Mediante este modelo se ingresa en Hacienda el 20% del beneficio que tu actividad haya generado hasta el último día del trimestre, por eso en él los datos que aparecen son acumulativos. Básicamente contiene el importe total de ingresos, el de gastos y el resultado, al cual se le aplica el 20% que te he comentado. Puede ser que no tengas que pagar nada por dos motivos: bien porque tengas pérdidas o bien porque las retenciones y pagos ya realizados superen el 20% del beneficio. Aún así, aunque el modelo sea negativo, su presentación es obligatoria.

Además de los pagos a cuenta de IRPF, están las declaraciones con las que se ingresan las cantidades que el autónomo ha retenido a otros porque le obliga la ley. Si tienes trabajadores en tu empresa deberás descontarle un porcentaje de su nómina en concepto de IRPF. Su resultado puede ser cero, a pagar o a compensar.

El modelo 202 es al Impuesto de Sociedades lo que el modelo 130 o 131 es al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Solo se presenta si sale a pagar y para saberlo existen dos métodos de cálculo: o bien aplicando un porcentaje a la cuota íntegra el último Impuesto de Sociedades presentado, o bien sobre el resultado de la empresa hasta el fin del período que comprende la declaración.

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