Modelo 130: Todo lo que necesitas saber sobre el pago fraccionado del IRPF

28.10.2025

Prácticamente todos los autónomos han escuchado hablar del modelo 130. Si eres autónomo y tributas por estimación directa, probablemente hayas oído hablar del Modelo 130. En este artículo os vamos a explicar en qué consiste este documento, si es obligatorio presentarlo a la AEAT y en qué casos, cuáles son las vías para hacerlo y en qué fechas y, además, profundizaremos en los pasos a dar para rellenarlo al completo.

Básicamente, es el modelo a través del cual se realizan adelantos del IRPF todos los trimestres. El modelo 130 es un formulario que tienes que presentar trimestralmente para adelantar el IRPF que le pagas a Hacienda por la actividad que realizas como autónomo. Con el modelo 130 se realizan adelantos a cuenta del IRPF.

¿Qué es el Modelo 130?

El Modelo 130 es un formulario utilizado por los autónomos que tributan en el régimen de estimación directa para realizar el pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Como se ha indicado en el apartado anterior, el modelo 130 permite la autoliquidación del IRPF a la AEAT (Agencia Tributaria) por parte del autónomo.

El Modelo 130 es una autoliquidación que deben presentar aquellos autónomos que están dados de alta en estimación directa, tanto normal como simplificada. A través de este modelo, se realiza un pago a cuenta del IRPF correspondiente a los ingresos obtenidos durante el trimestre y descontando los gastos relacionados con la actividad.

¿Quién debe presentar el Modelo 130?

A grandes rasgos, el modelo 130 debe ser presentado por todos aquellos autónomos que realizan actividades profesionales. El modelo 130 debe ser presentado por aquellos autónomos que tributen en el régimen de estimación directa, ya sea en su modalidad normal o simplificada.

Lea también: ¿Cuándo ven los bebés?

Ahora bien, ¿quién está obligado a presentar el Modelo 130? Si estás empezando tu actividad y no tienes retenciones o facturas a empresas que te las practiquen, lo más probable es que tengas que presentar el Modelo 130 sí o sí.

Sin embargo, existen ciertos autónomos que no deben presentar el modelo 130:

  • Los profesionales cuyos ingresos están sujetos a retención en más del 70%.
  • A no ser que más del 70% de sus ingresos tengan retenciones, o bien que no sean residentes en España (es decir, que lleven menos de 183 días residiendo en el país).

¿Cuándo se paga el Modelo 130?

Ahora bien, ¿Cuándo se presenta el Modelo 130? En el caso de que debas hacer según la premisa anteriormente comentada, se debe presentar de forma trimestral. El modelo 130, como se ha indicado, es trimestral y debe presentarse en los 20 días posteriores al término de cada trimestre. Estos días, y es importante que se tenga en cuenta, son hábiles.

El modelo 130 correspondiente al primer trimestre del año debe presentarse entre el 1 y el 20 de abril. En el mes de abril, se presenta el modelo 130 correspondiente al primer trimestre del año, incluyendo las operaciones realizadas entre enero y marzo.

¿Cuándo se debe presentar el Modelo 130 si cae en fin de semana o festivo? Si el día límite de presentación cae en sábado, domingo o festivo nacional, se traslada automáticamente al siguiente día hábil.

Lea también: Solicitar cita matrona

¿Dónde se presenta el Modelo 130?

La presentación se hace de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Presentación electrónica a través de la web de la Agencia Tributaria. Es el sistema más recomendable.

¿Cómo rellenar el Modelo 130?

El modelo 130 está estructurado en diferentes apartados que deben cumplimentarse con precisión. En tercer lugar, y quizás el más importante, se incorporan al modelo 130 los datos que corresponden a la liquidación. Hay que declarar el rendimiento neto, o beneficio del ejercicio acumulado hasta el momento de su realización, es decir, el modelo 130 del primer trimestre se calculara usando el rendimiento neto de la actividad a fecha 31 de marzo de dicho ejercicio, el correspondiente al 2º trimestre se calcula tomando como base el resultado neto a fecha 30 de Junio de dicho ejercicio y así de forma sucesiva.

El apartado I es dónde la mayoría de autónomos indican sus ingresos y gastos del trimestre. Los datos que has de hacer constar comprenden desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estás declarando.

Casillas importantes:

  • Casilla [03]: es la diferencia entre los ingresos de la casilla [01] y los gastos de la casilla [02].Por tanto, la casilla [03] recoge el rendimiento neto (diferencia entre los ingresos del conjunto de actividades ejercidas de la casilla [01] y los gastos fiscalmente deducibles de la casilla [02]). El resultado neto a fecha de fin del trimestre lo pondremos en la casilla 03.
  • Casilla [04]: recoge el 20% del importe de la casilla [03], siempre y cuando sea positivo. Seguidamente calcularemos el 20% de dicho resultado en la casilla 04. Si el resultado fuese negativo (pérdidas) se pondría el valor cero en esa casilla. 04: cantidad que corresponde al 20% de la casilla anterior (la 03).
  • Casilla [05]: incluye la suma de los importes que aparecen en las casillas [07] y [16] de los modelos 130 que hayas presentado anteriormente a lo largo del año. Es decir, si por ejemplo estás rellenando la declaración del tercer trimestre de 2024, tendrás que consultar las declaraciones del primer y segundo trimestre del mismo año. Sumas los importes de todas las casillas [07] y de todas las casillas [16]. A continuación, al resultado de las primeras le restas el resultado de las segundas. En el caso de las declaraciones de los trimestres 2º, 3º y 4º hay que incluir la suma de los importes de los modelos 130 anteriores que hayamos satisfecho (casilla 05). Y también habrá que incluir los importes de las retenciones que hayamos sufrido durante el ejercicio.
  • Casilla [07]: resta los importes de las casillas [05] y [06] a la casilla [04]. Si el resultado te da negativo, pon el signo negativo (-) delante de la cifra.
  • Casilla [09]: es el 2% del importe de la casilla [08] para calcular el rendimiento. En el caso de realizar este tipo de actividades económicas el porcentaje en vez del 20%, baja a un 2% pero no del beneficio acumulado, sino sobre todos los ingresos de la actividad, incluidas ayudas y subvenciones para la actividad pero sin incluir las ayudas ó subvenciones recibidas para hacer inversiones, ni tampoco las indemnizaciones.
  • Casilla [11]: resta el importe de la casilla [10] a la casilla [09]. Si el resultado te da negativo, pon el signo negativo (-) delante de la cifra. De la cantidad resultante se deducirán las retenciones y los ingresos a cuenta correspondientes al trimestre.
  • Casilla [12]: es el resultado de la suma de las casillas [07] y [11]. Casilla 12: suma de los importes de la casilla 7 y de la casilla 11, tanto positivos como negativos. Este rendimiento neto de ejercicio anterior corresponde al declarado antes de aplicar las reducciones.
  • Casilla [14]: resta la casilla [12] menos la [13]. Casilla 14: diferencia entre la casilla 12 y la casilla 13.
  • Casilla [16]: esta casilla solo te afecta si el resultado de la casilla [14] ha sido positivo y si estás pagando un préstamo por la compra o rehabilitación de tu vivienda habitual. 16: porcentaje de deducción de lo pagado por un préstamo que se emplea en la compra o rehabilitación de una vivienda habitual (hasta un 2%, con un máximo de 660,14 €).
  • Casilla [19]: es el resultado de restar la casilla [17] menos la [18]. Este será el resultado de tu declaración. Si la cantidad consignada en la casilla 19 es negativa, y se trata de una autoliquidación correspondiente a alguno de los trimestres 1.º, 2.º o 3.º, marca en el espacio reservado al efecto “A deducir”. Este importe negativo de la casilla 19 podrá deducirse en cualquiera de los siguientes pagos fraccionados del mismo año cuyo importe positivo lo permita. Pero si la cantidad señalada en la casilla 19 es negativa y estamos ante una autoliquidación correspondiente al 4.º trimestre, no se cumplimentará este apartado, sino el apartado "Negativa". Si el resultado es positivo, esa es la cantidad que deberás ingresar a la AEAT en concepto de IRPF.

En cuanto al apartado III, está dedicado al resultado final de lo que tienes que pagar (total liquidación).

Lea también: Maternidad y jornada laboral: derechos y plazos.

A Ingresar (4): si el resultado es positivo se debe reflejar el importe en la casilla «I» y la forma de pago: en efectivo, adeudo en cuenta o domiciliación bancaria.

¿Qué pasa si no presento el Modelo 130?

Si estás obligado y no lo presentas en plazo, Hacienda puede sancionarte con recargos e intereses. Además, aunque lo presentes fuera de plazo, deberás pagar el impuesto con recargo.

Recomendaciones adicionales:

  • Para evitar problemas con Hacienda, es fundamental no cometer errores en la declaración.
  • Si presentas la declaración tarde, Hacienda aplicará recargos e intereses de demora.

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar el modelo 130 si no he tenido ingresos ese trimestre?

Sí. Aunque no hayas tenido ingresos, si estás obligado a presentarlo, debes hacerlo igualmente, indicando cero euros o el resultado negativo que corresponda.

¿Cada cuánto se presenta el modelo 130?

El modelo se presenta de forma trimestral, por eso muchas personas lo buscan como «modelo 130 presentar cada trimestre«.

¿Quién tiene que presentar el modelo 130 del cuarto trimestre?

Exactamente los mismos que presentan los otros tres.

tags: #cuando #se #paga #el #modelo #130

Publicaciones populares: