¿Cuántos días corresponden por paternidad en España?

01.10.2025

Si has sido padre recientemente o vas a serlo dentro de poco, posiblemente quieras acompañar a la madre de tu hijo y vivir los primeros momentos de vida del pequeño. Para ello, es importante saber todo lo qué implica el permiso de paternidad, hasta cuándo dura, cómo debes solicitarlo y de cuánto será la prestación, entre otras cosas.

El permiso de paternidad en España es un derecho que permite a los padres trabajadores ausentarse de su lugar de trabajo para cuidar de su hijo, ya sea nativo, adoptado o en acogimiento.

Evolución del permiso de paternidad en España

Un permiso de paternidad que tiene su origen en 2007, hasta ese momento estos progenitores sólo tenían dos días libres por nacimiento de hijo. Desde que se otorgó este derecho en 2007, ha sufrido varias modificaciones.

El 7 de marzo de 2019 se publicó un Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidad entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación que entró en vigor el 1 de enero de este año 2021. Esta nueva normativa, aprobada por el gobierno del PSOE unificaba las prestaciones de maternidad y de paternidad en una prestación única denominada de ‘nacimiento y cuidado del menor‘.

Las condiciones de la baja por paternidad, recogidas en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, han ido actualizándose en los últimos años hasta que finalmente se han equiparado los permisos entre mujeres y hombres. La última modificación está recogida en el Real Decreto-ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, aprobado en marzo de 2019.

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Este Real Decreto-ley recoge modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), así como en la Ley General de la Seguridad Social, para la equiparación de los derechos de las personas trabajadoras. Desde la aprobación del citado Real Decreto, la equiparación de derechos entre padres y madres se ha logrado de forma paulatina.

En 2019 el Gobierno unificó las anteriores prestaciones por maternidad y paternidad en la denominada prestación de nacimiento y cuidado de menor.

En 2021, se equiparó totalmente con el de maternidad, que anteriormente contemplaba 16 semanas de baja pagada a ambos acogidos. En 2021 la duración de este permiso se igualó para los dos progenitores, alcanzando un periodo de 16 semanas, es decir, cuatro meses.

En 2025, el Gobierno completa la transposición de una directiva comunitaria mediante un real decreto-ley que amplía el permiso a 19 semanas (32 en el caso de las familias monoparentales). Con esta ampliación, España se ha convertido en un referente internacional en políticas de conciliación, corresponsabilidad e igualdad y se alinea con los países europeos con permisos más largos y flexibles.

A partir de 2025, este beneficio se mantendrá con nuevas formas de disfrutarlo, como la posibilidad del uso de semanas que no son obligatorias en medios días.

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Duración del permiso de paternidad en 2025

El Consejo de Ministros aprobó el 29 de julio de 2025 la ampliación en tres semanas - de 16 a 19- el permiso por nacimiento y cuidado del menor para cada progenitor y lo incrementó a 32 semanas para familias monoparentales/monomarentales. La medida fue convalidada por el Congreso de los Diputados el 9 de septiembre de 2025. Todo ello supone un total de 19 semanas para cada progenitor.

¡Novedad importante para 2025! ¿Cuántas semanas dura la baja por nacimiento?¿Cómo es el permiso de paternidad y maternidad en 2025?¿Qué cambia en 2025? ¿Qué cambia en 2025?

El BOE de hoy recoge el decreto ley que amplía los permisos retribuidos para madres y padres. La norma añade tres semanas al tiempo actual, una de ellas para gastar en el primer año tras el nacimiento o la adopción y las otras dos hasta los ocho años. Todos estos permisos se pagarán al 100% de la base imponible, como hasta ahora.

Volviendo con el acuerdo alcanzado, sabemos que contempla una semana más por nacimiento y cuidados hasta que el niño tenga 12 meses, o lo que es lo mismo, de las 16 actuales hasta las 17. Asimismo, se establecen dos semanas de permisos parentales retribuidos al 100% para cuidados hasta los 8 años.

Por un lado, se amplía el tradicional permiso por nacimiento, esas 16 semanas que se pueden gastar durante el primer año, seis de ellas inmediatamente después del parto o la adopción. Por otro lado, se añaden dos semanas, también retribuidas, que se podrán gastar hasta el octavo año de vida del menor. Estas dos semanas las podrán usar de forma retroactiva los progenitores de niños nacidos o adoptados desde el 2 de agosto de 2024. Y, ¿por qué ese día? Es la fecha límite que tenían los estados miembro para transponer la directiva europea de conciliación que se aprobó en 2019. De hecho, el retraso de casi un año le ha costado a España cuantiosas multas. Al no hacerlo la Comisión Europea anunció una sanción de más de 40.000 € diarios a partir del 1 de agosto de 2025.

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En el caso de familias con un solo progenitor, normalmente familias monomarentales, el decreto ley aplica las múltiples sentencias del Tribunal Constitucional en las que ha dado la razón a madres que reclamaban poder disfrutar de ese permiso durante el mismo tiempo que si el menor o la menor tuviera dos progenitores.

Distribución del permiso por nacimiento y cuidado del menor

El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del otro progenitor durante 19 semanas o 32 en el caso de existir una única persona progenitora. El permiso se distribuye de la siguiente forma:

  • Diecisiete semanas (28 en el caso de las familias monoparentales o monomarentales) hasta que el bebé cumpla un año: Las seis primeras semanas se disfrutan de forma obligatoria e ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.
  • Las once semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé.
  • Dos semanas adicionales (cuatro en el caso de monoparentales o monomarentales): Se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad. En supuestos de nacimiento o adopción múltiple o discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.

Primera parte del permiso por nacimiento y cuidados, de 17 semanas, a gastar el primer año (seis semanas son obligatorias tras el parto o la adopción). Segunda parte del permiso por nacimiento y cuidados, de 2 semanas, a gastar hasta los ocho años: para nacimientos a partir del 2 de agosto de 2024, retroactivo, pero no se podrá pedir hasta el 1 de enero de 2026.

El decreto ley modifica tanto el Estatuto de los Trabajadores como el Estatuto Básico del empleado Público y la Ley de la Seguridad Social. Además de los cambios que permiten que estas nuevas tres semanas lleguen a todas las personas trabajadoras, incluye ciertos matices. Como norma general, especifica que es necesario estar de alta (o situación asimilada al alta) “al inicio de cada uno de los periodos de descanso”.

6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto (resolución judicial o decisión administrativa en el caso de adopción). 11 semanas (22 en el caso de una familia monoparental): podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses.

  • Carácter: El permiso es intransferible e individual.
  • Flexibilidad: Las 10 semanas restantes son voluntarias y pueden tomarse de manera consecutiva o intercalada, en períodos semanales a jornada completa o parcial, hasta que el hijo cumpla 12 meses.

Seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, a la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien a la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento. En los supuestos de nacimiento, desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. Dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, para el cuidado del menor que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo, la hija o el menor cumpla los ocho años.

En los casos de parto prematuro con falta de peso y en aquellos supuestos en los que el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, por un periodo superior a siete días, el período de suspensión y la prestación se podrá ampliar en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales. En estos casos, el período de suspensión podrá computarse, a instancia de la madre biológica o del otro progenitor, a partir del alta hospitalaria.

Seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, la resolución judicial por la que se constituye la adopción o bien de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento tanto temporal como permanente. Dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, para el cuidado del menor, que podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida hasta que el hijo, la hija o el menor cumpla los ocho años.

A efectos de lo dispuesto en los apartados anteriores, el término de madre biológica incluye también a las personas trans gestantes. En los supuestos de adopción internacional, se tendrá derecho además a un permiso de hasta dos meses de duración percibiendo durante ese período exclusivamente las retribuciones básicas.

Ampliación del permiso en casos especiales

Hay varias circunstancias que permiten la ampliación del permiso de paternidad. A partir de 2024, se ha incluido una ampliación automática de dos semanas adicionales en casos de nacimientos prematuros que requieran hospitalización prolongada, mejorando la protección familiar.

Si se trata de un nacimiento múltiple, el permiso se amplía por una semana para cada progenitor por cada hijo a partir del segundo. Si el parto es prematuro o el neonato debe permanecer ingresado se amplía el permiso a partir de una semana de hospitalización y por todo el periodo en el que el hijo o hija esté ingresado, con un máximo de 13 semanas extra. En el caso de adopciones, guarda con fines de adopción y acogimientos el permiso se disfruta de forma obligatoria durante las primeras seis semanas y después se puede elegir entre continuar hasta las 16 o elegir periodos interrumpidos de un mínimo de una semana y como máximo hasta el primer año.

Requisitos para solicitar el permiso de paternidad

Pueden acogerse a este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta, tengan cubierto un periodo mínimo de cotización, y cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas adicionales de cuidado podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

  • Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta.

De este modo, el solicitante es menor de 21 años, no se le exigirá un periodo mínimo de cotización. En el caso de que tenga entre 21 y 26 años, tendrá que tener cotizados 180 días a lo largo de su vida laboral o 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso.

A partir de 2025, también se prevé la inclusión de ayudas excepcionales para trabajadores en situaciones de vulnerabilidad que no alcancen el período mínimo de cotización.

Cómo solicitar el permiso de paternidad

El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja.

La persona tiene la obligación de efectuar el preaviso a la empresa con una antelación de 15 días, o el lapso que establezca el convenio colectivo respectivo.

¿Qué documentación tengo que aportar?

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE)
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

¿Dónde se puede solicitar?

  • Por correo ordinario. Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo.
  • Por correo: Descargue y rellene el formulario de solicitud que encontrará en la web de la Seguridad Social y remítalo por correo ordinario a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina correspondiente, junto al resto de la documentación.
  • Presencial: Deberá presentar la solicitud y la documentación con cita previa.

Aspectos económicos del permiso de paternidad

La Seguridad Social asume el coste total del permiso por nacimiento y cuidado de menor y abonará el 100% de la base reguladora. Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social. Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la remuneración corre al 100% a cargo de la Seguridad Social. El tipo de cotización establecido como obligatorio para trabajadoras y trabajadores incluidos en el régimen especial de Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia. Cuando la persona trabajadora perciba una retribución mensual y haya permanecido en alta en la empresa todo el mes natural, la base de cotización correspondiente se dividirá entre 30.

El permiso de paternidad y la empresa

El permiso de paternidad puede ir asociado a un coste extra para las empresas, ya que podrían verse en la necesidad de cubrir la ausencia del padre trabajador y contratar a otra persona que le sustituyan temporalmente. Es importante no confundir este permiso con los cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica no solo de los descendientes, sino también de cualquier familiar de hasta segundo grado o conviviente que requiera tus cuidados en esos casos. Ese decreto ley del verano de 2023 también aprobó un nuevo derecho a ausentarse del trabajo en caso de fuerza mayor derivada de enfermedad o accidente no solo de los menores, sino de cualquier conviviente o familiar cercano que requiera nuestra presencia: puedes ausentarte cuando justifiques que es necesario y, hasta un total de horas que sumen cuatro días al año, esa ausencia será retribuida.

La gestión de una baja por paternidad puede ser todo un desafío si no se trabaja adecuadamente. En el caso de las bajas por paternidad es importante contar con un sistema claro y sencillo para ambas partes. Los responsables de recursos humanos deben definir políticas para las solicitudes de este tipo de permisos.

Y es que después de estar un mínimo de 6 semanas fuera de la oficina, el empleado puede ignorar los nuevos avances logrados en la compañía, por lo que es conveniente contar con un plan de onboarding para facilitar su regreso a la oficina.

Actualmente, herramientas como Factorial permiten una gestión automatizada de estos permisos, lo que reduce los errores administrativos y asegura el cumplimiento de las normativas vigentes. Permitir que los managers sean los encargados de aprobar y gestionar las solicitudes del equipo. ¿Una herramienta que te permite todo eso?

Las empresas que promueven el permiso de paternidad y lo gestionan correctamente en beneficio de sus equipos suelen conseguir una serie de beneficios adicionales que, en forma de intangibles, fortalecen la relación con los empleados, mejoran el ambiente laboral y favorecen la productividad.

Otros aspectos importantes

Los trabajadores, sin importar que trabajen por cuenta ajena o propia (autónomos), pueden ser beneficiarios de la baja por paternidad y solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor. Las seis primeras semanas de baja por paternidad son obligatorias, por lo que el trabajador no puede renunciar a las mismas. Sin embargo, puede darse el caso en el que la baja paternal sea rechazada, por lo que el derecho al subsidio por nacimiento y cuidado de menor es denegado, anulado o suspendido. La baja por paternidad, legalmente no es motivo de despido. No, la baja por paternidad no está sujeta a ningún tipo de transferencia de días.

Todo esto se suma a varios permisos para cuidados que ya estaban en vigor y que no cambian. Por un lado, la posibilidad de agrupar los permisos de lactancia, en este caso sí retribuidos. Aunque la ministra Yolanda Díaz habló en la rueda de prensa de ayer de tres semanas, lo que le daba un total de 22 semanas retribuidas, lo cierto es que este tiempo de lactancia, si se agrupa, es variable: depende de la jornada laboral de la persona trabajadora y de cuántos días trabaje hasta que el menor cumpla los nueve meses. Por otro, las hasta ocho semanas, estas sin sueldo, que se pueden pedir hasta los ocho años y que no se modifican con el decreto de hoy.

Pero, si ahondamos en las cifras que tienen que ver con los cuidados familiares podemos comprobar la importancia de equiparar la duración de los permisos para avanzar en la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Según los datos de septiembre, de cada 10 personas que solicitan excedencias por cuidado de hijo/a, menor acogido o familiar, entre ocho y nueve son mujeres.

El Gobierno considera que el trabajo retribuido no puede ni debe impedir que las mujeres y los hombres ejerzan su derecho a los cuidados ni condicionar la decisión de formar una familia. Para ello, sigue adoptando medidas para mejorar la conciliación de la vida familiar y profesional y garantizar la corresponsabilidad en los cuidados, lo que reduce además la brecha de género.

Convertirse en padre es uno de los momentos más importantes de la vida. Para acompañar este cambio, los permisos de paternidad facilitan conciliar la vida familiar y laboral. Pero, ¿cuáles son exactamente los derechos derivados de la paternidad en España?

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Aspecto Detalles
Duración del permiso 19 semanas (32 para familias monoparentales)
Semanas obligatorias 6 semanas ininterrumpidas después del parto
Semanas adicionales 11 semanas a disfrutar hasta los 12 meses del bebé, 2 semanas hasta los 8 años
Remuneración 100% de la base reguladora
Retroactividad 2 semanas adicionales para nacimientos desde el 2 de agosto de 2024

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