Permiso de Lactancia en España: Duración, Requisitos y Cálculo

01.10.2025

El permiso de lactancia es un derecho laboral fundamental en España, diseñado para apoyar a los progenitores en el cuidado de sus hijos durante los primeros meses de vida. ¿Sabes en qué consiste exactamente el permiso por lactancia (o de cuidado del lactante)? Resolvemos todas tus dudas legales con la ayuda de un experto en Derecho Laboral.

¿Qué es el Permiso de Lactancia?

El permiso de lactancia, que en el Estatuto de los Trabajadores figura en el artículo 37.4, se reformó este año “para que los dos progenitores de forma simultánea puedan disfrutar de él, y no como ocurría antes que solo podía tomárselo o el padre o la madre”, nos indica Sergio Herrero, abogado de Legálitas. El permiso de lactancia es un derecho intransferible, que no se puede ceder de un progenitor a otro.

Fue en 2019 cuando entró en vigor el permiso por cuidado del lactante, anteriormente conocido como permiso de lactancia, al que pueden acogerse los dos progenitores.

Objetivo del Permiso

Su objetivo es formar el llamado triángulo de la lactancia (formado por padre, madre y bebé) que asegure el cuidado del bebé durante los primeros meses de vida.

Duración del Permiso de Lactancia

El permiso de lactancia dura desde que se acaba la baja por paternidad o maternidad hasta que el niño cumple 9 meses. Consiste en una hora de ausencia del trabajo o media hora de reducción de jornada hasta que el niño cumple 9 meses.

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Pero también con la última reforma “cabe la posibilidad de prolongar el permiso hasta que el niño tiene 12 meses, aunque con una reducción proporcional en el salario a partir del noveno mes”. No obstante, y como nos cuenta el abogado de Legálitas, la ley contempla la posibilidad de que uno de los dos pueda solicitar una prestación económica en el Instituto Nacional de la Seguridad Social por ejercicio corresponsable del cuidado del lactante.

Tras terminar el permiso de lactancia, tu bebé puede seguir tomando tu leche. “Desde el momento en que el progenitor se incorpore al trabajo tras la baja”, afirma Sergio Herrero.

Ampliación del Permiso

Asimismo, no es necesario utilizar todas las horas en un periodo de tiempo concreto. No obstante, existe la posibilidad de ampliar el permiso hasta que cumpla los 12 meses, lo que conlleva a una reducción salarial de forma proporcional. Sí, pero habrá que solicitarlo antes de que el bebé cumpla los 9 meses y solo en casos especiales. En primer lugar, en casos especiales de salud. Por ejemplo, si la madre o el bebé presentan algún problema de salud y, por tanto, necesitan cuidados especiales. Sí, en algunos casos particulares, los padres de bebés prematuros pueden tener derecho a extender el permiso de lactancia. Esto depende de la normativa específica de tu país o de los acuerdos laborales de tu empresa.

Modalidades del Permiso de Lactancia

Existen diferentes formas de disfrutar de este permiso, que son:

  • En la jornada: El empleado se ausenta 1 hora al día de su puesto de trabajo. Puede ser la hora seguida o dividida en dos espacios de media hora cada ausencia.
  • Pidiendo una reducción de su jornada: En este caso, la reducción solo puede ser de media hora, antes de entrar a trabajar o antes de finalizar la jornada. Si el horario de una empleada es de 8:00 a 14:00, bien puede comenzar a las 8:30, o bien, marcharse a las 13:30. Nunca ambas opciones. Aquí el permiso pasa a ser de media hora, y no de una hora.
  • Lactancia acumulada: Consiste en acumular la hora de varios días. No siempre es posible, depende del convenio colectivo y de cada empresa. En este caso, el empleado acumula horas y las disfruta de forma consecutiva. Por ejemplo, si se acumula 1 hora de permiso durante 40 días, se puede disfrutar de 40 horas seguidas, lo que en jornadas de 8 horas corresponde a 5 días de permiso.

No existe una modalidad mejor que otra: depende de cada persona y de las necesidades de su familia.

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Permiso de Lactancia Acumulado

Esta es la novedad. Hasta ahora si el convenio colectivo lo contempla o se llega a un acuerdo con la empresa se podía hacer la suma de las horas del permiso de lactancia y transformarlas en jornadas completas. Con la nueva reforma no es necesario ni el acuerdo en el convenio colectivo ni el acuerdo del trabajador.

El día 20 de Diciembre del 2023, el gobierno anunció que todos los trabajadores podrán disfrutar de hasta 28 días de permiso de lactancia acumulada. Desde el pasado 20 de diciembre del año 2023, los trabajadores y trabajadoras españoles pueden disfrutar de hasta 28 días de permiso de lactancia acumulada. Gracias a esta reforma, el Art. 37.4 del Estatuto de los Trabajadores se verá modificado y todos las personas trabajadoras, independientemente de su convenio colectivo podrán disfrutar el permiso de lactancia de forma acumulada.

¿Cómo Calcular el Permiso de Lactancia Acumulado?

El permiso de lactancia acumulado implica acumular las horas de lactancia que no se han disfrutado (o todas). Su cálculo es sencillo:

  • Hay que tener en cuenta la duración total del permiso. Corresponde una hora de lactancia al día durante los primeros 9 meses del bebé. En caso de trabajar de lunes a viernes, corresponde a un total de 5 horas a la semana.
  • No es necesario utilizar todas las horas en un periodo de tiempo limitado. Es decir, si durante una semana solo se han utilizado 2 horas, las restantes se acumulan. Se puede incluso disfrutar solo de media hora al día y la otra media acumularla.

Teniendo en cuenta lo anterior, un cálculo completo para cuatro meses de permiso de lactancia sería:

4 meses x 4 semanas = 16 semanas x 5 horas = 80 horas

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Si la jornada laboral es, por ejemplo, de 8 horas, serían:

80 / 8 = 10 días en total de permiso

No obstante, se trata de un cálculo estimado. Es necesario adaptarlo a cada circunstancia particular y sobre todo, acordarlo con la empresa. Como ya hemos mencionado, hay que cumplir con lo que viene estipulado en cada convenio colectivo. Es importante destacar que este permiso no guarda relación alguna con las vacaciones. Su utilización o no en ningún caso pueden considerarse como vacaciones no disfrutadas.

Desde la Asociación Yo No Renuncio recogen que para realizar un cálculo aproximado del permiso de lactancia acumulado habría que contar todos los días laborables (sin festivos, ni vacaciones) desde la reincorporación al trabajo hasta el día antes de que el bebé cumpla 9 meses. Luego contar una hora por cada día y pasar esas horas a días según la jornada laboral que tenga el trabajador.

En este sentido, el abogado laboralista Javier de Cominges explica a Newtral.es que la cifra de hasta 28 días que ha dado la ministra de Trabajo, “es un cálculo orientativo para visibilizar que el derecho individual reconocido ahora”, y en el que se ha tenido en cuenta la hora de lactancia en el tiempo que tendrían que prestar servicios hasta los 9 meses y su división entre ocho horas de trabajo.

Requisitos para Solicitar el Permiso de Lactancia

Para acogerse al permiso de lactancia hay que cumplir con una serie de requisitos, que son:

  • Estar dado de alta como empleado cuando se solicita el permiso.
  • Tener un periodo de cotización mínimo de 90 días contando los últimos 7 años antes de solicitar el permiso o 180 días si se tiene en cuenta todo la vida laboral.
  • Cumplir con el periodo de cotización.
  • Tener 90 cotizados contando los últimos siete años desde que se efectúa la solicitud o 180 días si se tiene en cuenta toda la vida laboral. Este periodo de cotización se aplica a empleados con edades entre los 21 y los 26 años. En caso de ser mayor de 26, tener 180 días cotizados en los siete años anteriores o 360 a lo largo de su vida laboral. Para los menores de 21 no se exige período de cotización.

¿Cómo Solicitar el Permiso de Lactancia?

Para solicitar el permiso de lactancia, es recomendable estar informado sobre el proceso, ya que puede variar en función de la empresa y su convenio colectivo. No obstante, los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Avisar a la empresa con 15 días de antelación de la fecha de inicio y fin del permiso por lactancia, sea cual sea la modalidad elegida. Solicitar por escrito el permiso de lactancia, con al menos 15 días de antelación a su inicio. La solicitud debe incluir tanto la fecha en que se quiere comenzar como su duración.
  2. Aportar documentación. Siempre que sea posible y con el objetivo de que la empresa no ponga inconvenientes, es aconsejable aportar documentación que ratifique la situación. Es decir, un certificado médico, el certificado de nacimiento del bebé, etc.
  3. Escoger el tipo de permiso: si se quiere disfrutar durante la jornada, con una reducción de jornada o con lactancia acumulada.
  4. Planificar el permiso. La empresa debe coordinarse para afrontar las ausencias del empleado. Si se va a disfrutar de la hora al día, establecer en qué horario, si se quiere entrar más tarde decidir la hora y si se quiere lactancia acumulada establecer los días que corresponden y cuándo se van a disfrutar.
  5. Solicitar y guardar una copia de la solicitud para que quede constancia de ello. Es un documento que puede servir para registros u otras necesidades.

Hay que pedir el permiso por escrito (existe un modelo oficial) y con al menos 15 días de antelación. El trabajador tendrá que presentar la documentación pertinente (certificado de nacimiento del bebé, vida laboral, etc.) y tendrá que demandar el tipo de permiso. Recuerda: se puede presentar de manera presencial o telemática, y pedir siempre a la empresa que confirme su solicitud y aprobación.

A pesar de la nueva reforma, sigue sin haber un modelo oficial para solicitar el permiso.

El Permiso de Lactancia y la Empresa

Las empresas tienen que aplicar políticas para su implementación. Hay que amoldar las condiciones laborales a las necesidades de los progenitores con hijos pequeños de hasta 9 o 12 meses. Para ello, algunas medidas que se pueden implementar son:

  • Jornada laboral flexible: Las organizaciones están obligadas a facilitar el permiso de lactancia cuando así lo desee el padre o madre, o la reducción de jornada, si así se desea. Ambas políticas son compatibles. También está la opción de ofrecer la posibilidad de trabajar desde casa de forma parcial o total.
  • Proporcionar periodos de descanso.
  • Cheques para guarderías: Beneficio que se puede ofrecer a los trabajadores. Consiste en facilitar que el bebé vaya a la guardería y los gastos estén cubiertos.
  • Escuelas infantiles en oficinas: Esto facilita desplazamientos y la conciliación, al permitir la recogida del bebé de la escuela de forma rápida y cómoda.
  • Elementos para facilitar el proceso de lactancia: Lugar confortable y con nevera para la extracción y mantenimiento de la leche, así como el uso de taquillas o armarios para el sacaleches, biberón y otros utensilios necesarios.
  • Sala de lactancia: Crear espacios para la lactancia adecuados, que sean íntimos, confortables e higiénicos. En empresas pequeñas, pueden ser zonas específicas, mientras que para empresas de más de 50 empleados se recomienda que sean salas de lactancia expresamente diseñadas para este fin.
  • Hacer reuniones informativas para que los trabajadores conozcan las políticas de lactancia que tiene implementadas la empresa.

Implicaciones para las Empresas

El permiso de lactancia para las empresas tiene diversas implicaciones. La primera de ellas, y más importante, es la responsabilidad de pagar al empleado. Es un permiso retribuido por la empresa. El empleado tiene derecho a percibir el mismo salario, aunque trabaje menos horas.

Cuando una persona solicita el permiso de lactancia, no verá reducido su ingreso por conceptos salariales, ni se verán afectados el salario base, horas extras o pluses voluntarios.

Sin embargo, hay que tener en cuenta dos casos. Cuando el permiso dura hasta los 9 meses, es la empresa quien paga el permiso, manteniendo el salario base, pero pudiendo modificar los pluses que están ligados a la productividad o asistencia al puesto. En cambio, si el permiso se prorroga hasta los 12 meses, el salario se ve reducido de forma proporcional, nómina que se ve compensada con una prestación económica por parte de la Seguridad Social.

Gestión de Permisos de Lactancia en la Empresa

Para que las empresas mejoren la gestión de los permisos de lactancia, lo más adecuado es contar con un programa de RR. HH., ya que permite:

  • Solicitar las ausencias.
  • Gestionar las ausencias, mejorando la organización.
  • Reorganizar el calendario.
  • Adaptar los turnos y horarios de trabajo a los permisos de lactancia.
  • Registrar las jornadas.
  • Hacer cambios en la nómina cuando el permiso de lactancia se amplía a los 12 meses.

Cada empresa gestiona las ausencias de manera diferente. En estos casos, es clave contar con sistema claro y sencillo para gestionar las ausencias. El trabajo del equipo de People debería ser definir las políticas de ausencias, al detectar los permisos que necesitan sus equipos. Permitir a responsables y managers encargarse de aprobar o rechazar las solicitudes de sus equipos.

Preguntas Frecuentes

¿Cuántos días son los permisos de lactancia?

La duración del permiso de lactancia depende de las horas. Es decir, los progenitores pueden disfrutar de una hora al día de permiso. Se trata de un permiso que pueden solicitar cuando finaliza la baja por maternidad o paternidad. Si la madre o el padre deciden acogerse a la lactancia acumulada, el plazo máximo es de 14 días laborables, siempre y cuando se trabaje a jornada completa, con el requisito de que empieza a contar desde la semana 16 cuando se trata de la madre.

¿Quién decide el periodo de lactancia?

El periodo de lactancia lo decide el trabajador. Cuándo quiere disfrutarlo, de qué manera y en qué horario. Siempre y cuando se realice el preaviso de 15 días y se cumpla con los requisitos necesarios.

¿En qué casos se puede ampliar el permiso de lactancia a 12 meses?

Se puede solicitar antes de que el bebé supere los 9 meses. Sin embargo, se puede prolongar hasta los 12 meses en algunos casos. En primer lugar, en casos especiales de salud.

¿Qué sucede si trabajo desde casa?

¡Claro que sí! Sí, pero suele darse en casos especiales.

¿El permiso de lactancia puede ser utilizado por ambos progenitores?

Tanto el padre como la madre, o ambos simultáneamente, tienen derecho a este permiso. Ambos progenitores pueden reducir media hora su jornada laboral.

¿El permiso de lactancia es solo para madres que amamantan?

Es importante indicar que el permiso lo puede solicitar cualquier padre o madre. No se tiene en cuenta la forma de alimentar al bebé. Aunque se llame permiso de lactancia, también engloba la alimentación con leche artificial.

Marco Legal

Es el Estatuto de los Trabajadores donde se regula el permiso de lactancia. Concretamente en el artículo 37.4, donde se establece la duración de la ausencia y las situaciones (nacimiento, adopción, …) y el periodo (9 meses). Es un derecho individual, que en ningún caso se puede transferir a otra persona. Y solo con la reforma de 2019 se extendió el permiso a ambos progenitores. Cabe destacar que este permiso se puede disfrutar tras la baja por maternidad o paternidad.

Una segunda norma, el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, marca los requisitos y condicionantes que influyen en la prestación económica. En resumen, en esta normativa se establece que se cobrará el 100 % de la base reguladora.

Legislación y Sentencias Relevantes

  • Art. 37.4 del ET: En los supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d), las personas trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses.
  • Art. 12.4.d) del ET: Las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo.

El frustrado RDL 7/2023, de 19 de diciembre, suprimió la remisión a los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo con la empresa para poder acumular el permiso por lactancia en jornadas completas, configurando dicha acumulación como un derecho subjetivo de la persona trabajadora.

El Tribunal Supremo da un paso más en su contribución para delimitar el régimen jurídico del permiso por lactancia, fijando en esta ocasión el modo en que debe procederse para cuantificar los días laborables acumulados cuando se opta por esta modalidad de disfrute. Para ello establece una fórmula que habrá de aplicarse con independencia de la condición a tiempo parcial o a jornada completa de la persona trabajadora; una fórmula de cuya aplicación resulta un mayor número de días acumulados de permiso cuanta menor sea la duración de la jornada diaria.

El Despido y el Permiso de Lactancia

El despido que se produce por solicitar o disfrutar del permiso de lactancia se considera como despido nulo. Si el despido se diera por disfrutar del permiso de lactancia, el despido se declararía nulo.

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