Dejar un piso en herencia a un hijo: Trámites e impuestos en España

18.12.2025

En Inmosantander, expertos en gestión inmobiliaria en Cantabria, sabemos que una de las decisiones más importantes en la planificación familiar es cómo transmitir el patrimonio a los hijos. Recibir una casa en herencia puede ser un preciado regalo o un dolor de cabeza, dependiendo de la situación económica del beneficiario, el parentesco con el dueño de la propiedad y la comunidad autónoma de residencia.

Si bien resulta complicado aportar cifras exactas, en este artículo repasamos algunas de las claves más importantes para contestar a la pregunta de “¿si heredo un piso cuánto tengo que pagar?”.

Impuestos al heredar una vivienda

Lo primero a tener en cuenta para poder saber cuánto se paga a Hacienda por heredar una casa en España, es comprender los impuestos asociados a esta transacción. Estos varían según la comunidad autónoma, pero los dos principales que debes tener en cuenta son el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal).

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

El ISD es un impuesto que grava la transmisión de bienes por herencia. La cantidad que debes pagar dependerá de varios factores, como el valor de la propiedad y tu relación con el fallecido. Sin embargo, existen algunas bonificaciones y reducciones que pueden aplicarse en determinadas circunstancias, como la bonificación por parentesco directo.

Lo primero que hay que tener en cuenta en este caso es que se abona en la comunidad autónoma de la persona fallecida. No se puede escoger dónde pagarlo. Aunque, como se trata de un impuesto transferido a las autonomías, ese porcentaje puede elevarse hasta el 99% en comunidades como Madrid o incluso hasta el 100%, en Cantabria.

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Pero el grado de parentesco y la zona no son los únicos factores determinantes de lo que se debe entregar a Hacienda. En ello también influyen: la edad de los herederos (los menores de 21 pagan menos), su situación patrimonial y, por supuesto, el valor de lo heredado.

Plusvalía municipal

La plusvalía municipal se trata de un impuesto local que grava el incremento del valor del suelo urbano. El porcentaje de la plusvalía municipal varía según el municipio. Se aplica sobre el valor catastral del terreno y el número de años que has sido propietario, variando generalmente de 3,5% al 3,8%. Este tributo lo tiene que pagar quien vende, o en el caso que nos importa aquí, quien hereda.

Declaración de la Renta tras heredar una vivienda

La herencia de una vivienda conlleva diversas cuestiones legales y fiscales, siendo la inclusión de un piso heredado en la declaración de la renta una de las preocupaciones más comunes. Al vender un piso heredado, lo primero y fundamental es conocer cuánto se paga a Hacienda por heredar una casa y qué impuestos son exactamente.

Además, también hay que tener en cuenta para saber cómo se declara la venta de un piso heredado que, al realizar la venta, se genera una ganancia patrimonial que debe declararse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La ganancia patrimonial se calcula restando el valor de venta al valor de adquisición del inmueble, ajustado según la inflación.

Minimizar la carga fiscal al heredar una vivienda

La posibilidad de saber cómo heredar una casa sin pagar impuestos es una cuestión que a menudo genera interés y preguntas. Sin embargo, es importante destacar que, en la mayoría de los casos, la herencia conlleva obligaciones fiscales.

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Una opción común para minimizar la carga fiscal es aprovechar las bonificaciones disponibles en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Algunas comunidades autónomas ofrecen reducciones significativas, especialmente en el caso de herederos directos, como hijos o cónyuges. Es fundamental asesorarse con un profesional especializado para conocer las condiciones específicas que aplican en cada situación y región y ver cómo heredar una casa sin pagar impuestos o con la menor carga impositiva posible.

Venta de una parte de la vivienda heredada

Partiendo del hecho de que se puede dividir una casa heredada entre varios propietarios, puede surgir la pregunta de “¿puedo vender mi parte de una casa heredada?”. Sí, es posible vender una parte de una casa heredada. En el caso de una herencia compartida entre varios herederos, cada uno tiene la opción de vender su parte. Primero, es necesario saber que se puede dividir una casa heredada y realizar dicha división, determinando la participación de cada heredero.

Es importante destacar que, aunque puedo vender mi parte de una casa heredada, esta venta conlleva la obligación de liquidar los impuestos correspondientes. Ten en cuenta cuánto se paga a hacienda por heredar una casa y vender tu parte posteriormente.

Cambio de titularidad de la vivienda heredada

El cambio de titularidad de una vivienda por herencia es un paso crucial en el proceso sucesorio. El procedimiento de cambio de titularidad catastral por herencia suele comenzar con la aceptación de esta, que puede hacerse de forma notarial. Posteriormente, se debe realizar el pago de los impuestos correspondientes, como el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

El cambio de titularidad catastral por herencia se realiza ante el Catastro, actualizando la información sobre el propietario del inmueble. A continuación, se lleva a cabo el cambio registral, que implica modificar la inscripción en el Registro de la Propiedad.

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Donación en vida como alternativa a la herencia

La donación permite transferir la propiedad en vida, a través de escritura pública y aceptación por parte del donatario. La herencia suele ser la opción más ventajosa fiscalmente en Cantabria, especialmente si se trata de la vivienda habitual y el valor no excede los límites bonificados.

Donar una vivienda a los hijos es una opción cada vez más popular entre los padres que desean adelantar el reparto de su patrimonio en vida, pero en España, este proceso no es tan simple como entregar las llaves y firmar un documento. Existen trámites notariales, impuestos y aspectos legales que deben considerarse para que la donación se realice de manera correcta y sin problemas fiscales.

Una donación es la entrega voluntaria y gratuita de un bien de una persona (donante) a otra (donatario), sin esperar ninguna compensación a cambio. Se trata de una alternativa a la herencia que permite a los padres transferir propiedades a sus hijos en vida. Para que la donación sea efectiva, el hijo debe aceptar el bien recibido y formalizar el proceso ante notario.

Trámites para la donación

  • Asesoramiento legal y fiscal: antes de iniciar cualquier trámite, es recomendable acudir a un abogado o notario especializado en donaciones y sucesiones. Ellos te guiarán en el proceso y te ayudarán a optimizar la operación desde el punto de vista fiscal.
  • Revisión de documentos y cargas: es necesario contar con la escritura de propiedad y asegurarse de que la vivienda no tenga deudas o hipotecas pendientes que puedan afectar la donación.
  • Valoración de la vivienda: determinar el valor de mercado del inmueble es clave para calcular los impuestos y tasas que se deberán pagar.
  • Firma ante notario: la donación de una vivienda debe formalizarse mediante escritura pública ante notario.

Impuestos asociados a la donación

  • Impuesto de donaciones: lo paga el hijo que recibe la vivienda y debe liquidarse en un plazo de 30 días hábiles desde la firma de la escritura. La cuantía varía según la comunidad autónoma y la base imponible, pudiendo oscilar entre el 7,65 % y el 34 %.
  • Plusvalía municipal (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana): este impuesto lo paga el hijo receptor si la vivienda donada es un inmueble urbano.

Donación vs. Herencia: ¿Qué es mejor?

La decisión de donar una vivienda a los hijos en vida o esperar a que pase a ellos por herencia depende de varios factores. La donación permite adelantar el traspaso del inmueble y evitar conflictos sucesorios, pero conlleva el pago de impuestos inmediatos.

Ambas opciones tienen ventajas e inconvenientes, especialmente desde el punto de vista fiscal.

Herencia en vida en Galicia: Pactos sucesorios

Cada vez son más numerosas en nuestro despacho las consultas relacionadas con la figura habitualmente llamada adelanto de herencia o herencia en vida. Lógico, si tenemos en cuenta que los ciudadanos gallegos pueden disfrutar de un importante ahorro fiscal si transmiten bienes a sus descendientes sin esperar al momento del fallecimiento.

Los pactos sucesorios han supuesto una revolución total por sus ventajas fiscales, y el número de gallegos que ha recibido su “herencia en vida” ha aumentado más de un 70% respecto al año 2015.

Diferencias entre pacto de mejora y de apartación

La Lei 2/2006 de Dereito Civil de Galicia -vigente desde el año 2006- prevé dos figuras jurídicas diferentes:

  • La “apartación” es la entrega de la bienes al legitimario (heredero forzoso), a cambio de renunciar de forma irrevocable a dicha condición en el futuro.
  • El “pacto de mejora” es aquel por el cual se conviene a favor de los descendientes (hijos y nietos) la sucesión en bienes concretos.

Impuestos en los pactos sucesorios en Galicia

En la actualidad, el tratamiento fiscal tan favorable es la causa de que cada vez más contribuyentes gallegos se decidan a realizar estos pactos sucesorios. Analicemos cuáles son los impuestos que afectan a la transmisión:

  • Impuesto de sucesiones: El causante “fallece” a efectos fiscales, pero transmite sus bienes “en vida” a los herederos. Desde el 1 de enero de 2020, los “herederos” gozan de una reducción del 100% en la base hasta un máximo de 1.000.000 €.
  • Plusvalía municipal (IIVTNU): Se trata de un impuesto municipal que se paga por el aumento del valor de los terrenos urbanos.
  • IRPF: La ganancia patrimonial que se pueda producir en el pacto sucesorio gallego no está sujeta a gravamen en el IRPF.

En conclusión, la “herencia en vida” es el método perfecto para pasar bienes de padres a hijos sin apenas coste fiscal. En cualquier caso, nuestro despacho profesional puede asesorarles sobre el contenido y las consecuencias fiscales de los pactos sucesorios gallegos, puesto que más vale “prevenir que curar”.

Consideraciones adicionales

Para poner un piso a nombre de tu hijo, debéis acudir ambos a una notaría y realizar la escritura de donación. Posteriormente, es aconsejable inscribir la vivienda a nombre del nuevo propietario en el Registro de la Propiedad.

Recibir una donación no sale gratis. El beneficiario de una donación, técnicamente denominado donatario, debe abonar el impuesto de sucesiones y donaciones, además de la plusvalía municipal.

En cuanto al primero de ellos, se abona en su modalidad de donaciones y puede suponer una importante cantidad, en función de la comunidad autónoma y el grado de parentesco. En muchas autonomías este impuesto llega a estar bonificado casi en su totalidad, pero deberás atender a la operación, pues en ocasiones esta reducción en el pago del impuesto se centra en la herencia y no en la donación.

Así, ya no se pagarán impuestos en relación al precio concreto de la vivienda, sino por su valor de mercado: y la ley presume que éste es el valor de referencia aprobado por la Dirección General del Catastro. En las herencias y donaciones ese valor resultará prácticamente indiscutible, porque no se detiene en el estado de conservación del piso, su necesidad de reformas, etc.

Sabemos que son muchas las dudas que pueden surgir a la hora de poner un piso a nombre de un hijo, desde los propios trámites para el cambio de propietario, hasta el pago de los impuestos.

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