Fecundación In Vitro y la Seguridad Social en Cataluña: Requisitos y Acceso

12.12.2025

Las parejas con problemas de esterilidad que no pueden conseguir un embarazo de forma natural tienen la posibilidad de acceder a un tratamiento de reproducción asistida por la Seguridad Social en España. En la actualidad, la Seguridad Social cubre estos tratamientos a parejas heterosexuales, lesbianas, mujeres solteras y personas trans, pero hay que cumplir unos requisitos.

Acceso a la Reproducción Asistida en la Sanidad Pública

España cuenta con aproximadamente unos 300 centros de reproducción asistida, de los cuales solo un 10-20% son hospitales públicos. Esto significa que la mujer o pareja que se someta a una técnica de reproducción asistida por la Seguridad Social no tendrá que pagar nada, siendo el tratamiento totalmente gratuito, al igual que la medicación hormonal.

Tratamientos Cubiertos por la Seguridad Social

No todas las técnicas de reproducción asistida están cubiertas por la Seguridad Social. En general, los tratamientos que pueden realizarse en los hospitales públicos son los siguientes:

  • Inseminación artificial conyugal
  • Inseminación artificial de donante (el semen debe adquirirse en un banco privado)
  • Fecundación in vitro (FIV)
  • Diagnóstico genético preimplantacional (DGP)
  • Preservación de la fertilidad en hombres y mujeres con cáncer

Es importante destacar el caso de la ovodonación. A pesar de que muchos hospitales ofrecen este tratamiento, no se suele llevar a cabo debido a la dificultad para encontrar donantes de óvulos, ya que la sanidad pública no puede compensar económicamente a las donantes, quienes prefieren donar en clínicas privadas.

Requisitos de Acceso a la Fecundación In Vitro en Cataluña

Las parejas o mujeres solas que quieran acceder a un tratamiento de reproducción asistida por la Seguridad Social tendrán que cumplir unas condiciones para poder ser aceptadas. En Cataluña, los requisitos incluyen:

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  • Tener más de 18 años y plena capacidad de obrar.
  • La mujer no debe ser mayor de 38 años para una inseminación artificial y menor de 40 años para una FIV.
  • El hombre no puede ser mayor de 55 años.
  • La pareja no debe tener hijos previos en común, a no ser que tengan algún niño con alguna enfermedad crónica grave.
  • La mujer y/o el hombre no debe haberse realizado ningún tipo de esterilización voluntaria permanente, como la ligadura de trompas o la vasectomía.
  • No tener embriones congelados en cualquier centro.
  • El índice de masa corporal de la mujer debe ser mayor de 19 y menor de 32.

Las madres solteras y mujeres homosexuales sí tienen acceso a las técnicas de reproducción asistida en la sanidad pública catalana. No obstante, estas mujeres tendrán que comprar la muestra de semen de donante necesaria en una clínica privada, lo cual supone un coste.

Estos requisitos pueden variar ligeramente en función de cada Comunidad Autónoma, pero normalmente son los estipulados hoy en día en la gran mayoría de hospitales.

Número de Intentos Permitidos

Existe un número límite de tratamientos de reproducción asistida permitidos en la Seguridad Social. En general, cualquier pareja con problemas de esterilidad tiene derecho a 4 ciclos de inseminación artificial y 3 ciclos de fecundación in vitro.

Para poder hacer una IA, la mujer debe tener menos de 38 años, una reserva ovárica adecuada y las trompas de Falopio permeables. Asimismo, el varón debe contar con una buena calidad seminal. En caso de no cumplirse los criterios anteriores, la pareja pasaría directamente a realizar los 3 intentos de FIV.

En cuanto al tratamiento de inseminación artificial de donante, indicado principalmente para mujeres solteras y lesbianas, la Seguridad Social permite un máximo de 6 intentos. Si no se consiguiera el embarazo, la mujer pasaría a realizar los 3 intentos de FIV con semen de donante.

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Es importante tener en cuenta que una vez la mujer ha iniciado una estimulación ovárica para el tratamiento de IA o FIV, esto ya se contaría como un intento. Para que una estimulación ovárica en FIV no sea cancelada y la mujer pueda llegar a la punción folicular, deben haberse desarrollado al menos 3 folículos en los ovarios.

Del mismo modo, en caso de obtener varios embriones en un ciclo de FIV y poderse congelar, estas transferencias de embriones congelados no contarían como intentos. Dicho de otro modo, la mujer puede hacerse transferencias embrionarias ilimitadas hasta agotar todos los embriones congelados.

Situación de las Listas de Espera

A pesar de la ventaja de que la sanidad pública cubra los tratamientos de fertilidad, las listas de espera son un factor importante a considerar. Actualmente, la lista de espera para una FIV en la Seguridad Social se sitúa en 1 año de media, habiendo ciudades en las que se acerca a los casi 2 años. Debido a esto, hay hospitales que tienen una lista de espera preferente para mujeres con muy baja reserva ovárica, endometriosis u otras situaciones graves.

También hay que tener en cuenta que, en algunos hospitales, después de un ciclo fallido, la mujer o la pareja tiene que volver de nuevo al inicio de la lista de espera, lo cual supone un desgaste emocional enorme. Por otra parte, el tratamiento de inseminación artificial no suele tener lista de espera en casi ningún hospital público español.

Hospital Universitario Vall d’Hebron: Un Centro de Referencia

El Hospital Universitario Vall d’Hebron de Barcelona es un centro sanitario público que ofrece diagnóstico y tratamiento a los problemas de infertilidad. Su servicio de medicina reproductiva está incluido en el área Materno-Infantil del hospital, concretamente en el departamento de Obstetricia.

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Servicios Ofrecidos en el Área Asistencial:

  • Diagnóstico de infertilidad
  • Unidad de abortos de repetición
  • Unidad de endometriosis y reproducción
  • Unidad de preservación de la fertilidad en pacientes oncológicas
  • Unidad de trombofilias y reproducción
  • Andrología
  • Consejo genético y reproductivo

Tratamientos de Fertilidad Realizados:

  • Congelación de semen
  • Fecundación in vitro / ICSI
  • Inseminación artificial conyugal
  • Inseminación artificial de donante
  • Transferencia de embriones congelados

Listas de Espera en Vall d’Hebron:

  • Inseminación artificial (IA): aproximadamente 3 meses.
  • Fecundación in vitro (FIV): 22 meses para el primer intento, aunque hay una lista de espera preferente de unos 6 meses para los casos graves de infertilidad.

La Seguridad Social en Cataluña incluye 4 ciclos de IA con semen de pareja, 6 ciclos de IA con semen de donante y 3 ciclos de FIV. En caso de tener embriones congelados, es posible hacer transferencias embrionarias ilimitadas hasta que éstos se agoten.

Pruebas Diagnósticas

Al acudir al especialista de la seguridad social la primera consulta consistirá en hacer una evaluación y un pequeño historial médico. Tras esta primera entrevista, podrán solicitar algunas pruebas específicas para hombres y mujeres.

Pruebas específicas para mujeres:

  • Análisis hormonal basal: A través de un análisis de sangre, realizado idealmente el 3º día del ciclo menstrual, se hará un estudio hormonal de la función ovárica (estradiol y progesterona) e hipofisaria (FSH, LH).
  • Ecografía transvaginal: prueba que da información sobre la morfología del útero y los ovarios, lo que permite conocer la respuesta del ovario y endometrio durante el ciclo menstrual.
  • Histerosalpingografía: prueba diagnóstica que permite valorar la cavidad del útero y la permeabilidad de las trompas de Falopio. Se debe realizar después de terminar la regla pero antes de la ovulación.
  • Histeroscopia: examen endoscópico para visualizar el canal cervical y el interior del útero. Permite valorar posibles alteraciones dentro del útero.
  • Biopsia de endometrio: prueba en la que se extrae una muestra de mucosa endometrial para analizar en el laboratorio.
  • Cariotipo: prueba genética realizar a través de un análisis de sangre, que estudia las posibles anomalías cromosómicas que pudieran explicar un diagnóstico de esterilidad o infertilidad.

Pruebas específicas para hombres:

  • Seminograma: analiza la cantidad y calidad del semen (los espermatozoides) del hombre, evaluando así su fertilidad.
  • Test de capacitación espermática (REM): se realiza como complemento al seminograma.

Limitaciones de Edad y Otros Criterios

Según lo recogido por el Ministerio de Sanidad, la mujer no puede ser mayor de 40 años, ni el hombre mayor de 55 años; tampoco pueden tener hijos previos, a no ser que tengan una enfermedad crónica grave, ni tener un índice de masa corporal superior a 32. De estas limitaciones, la que más barrera genera es la de la edad. Muchas mujeres se plantean la maternidad más allá de los 40, otras llegan a los centros de reproducción asistencial antes de esta edad, pero las largas listas de espera de algunos de los hospitales hacen que cuando tengan la edad límite algunos las eliminen de la lista.

Cambios en Algunas Comunidades Autónomas

Algunas CC.AA. han ampliado el acceso a mujeres de hasta 45 años y a las que ya tengan un hijo, además se ampliaban a cuatro intentos completos a las mujeres. En junio el Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) anunciaba que aquellas mujeres con 40 años cumplidos y buena reserva ovárica podría acceder al programa y se les practicaría hasta los 42 años los tres ciclos recogidos para la fecundación in vitro. Galicia es otra autonomía en la que, aunque la mujer no debe ser mayor de 40 años, se puede estirar el proceso hasta los 45 años como mucho.

Otras Comunidades Autónomas

Otras Comunidades Autónomas cumplen simplemente con lo estipulado por el Ministerio de Sanidad, como es el caso de Cantabria, Murcia, Navarra, Valencia o Castilla y León, que señalan que no se puede tener más de 40 años al iniciar el proceso o no superar los 38 años si es mediante inseminación con semen de pareja. Y en otros casos se establece que las mujeres deben tener menos de 40 años en el momento de indicarse la técnica. Por ejemplo, Castilla-La Mancha señala la necesidad de no haber cumplido 39 años “en el momento de la primera consulta en la correspondiente unidad de reproducción asistida”; el País Vasco, la necesidad de ser menor de 40 años al empezar el tratamiento; Andalucía recoge en su ‘Guía de Reproducción Humana Asistida’ tener menos de 40 años en el momento de entrar en la lista de espera; lo mismo Canarias, y Cataluña establece no ser mayor de 38 años para inseminación artificial y menor de 40 años para fecundación in vitro.

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