Requisitos para ser nombrado Hijo Predilecto por el Ayuntamiento
Se trata de la concesión de los máximos honores que puede otorgar el Ayuntamiento de Cartagena a personas o entidades para premiar especiales merecimientos o servicios extraordinarios prestados al Municipio.
¿Qué implica el título de Hijo Predilecto?
Junto con el Título de Hijo Adoptivo constituye la mayor distinción del Ayuntamiento de Oviedo, por lo que su concesión se hará siempre utilizando criterios muy restrictivos.
Las personas a quienes se concedan el título de Hijo Predilecto de la ciudad podrán acompañar a la Corporación Municipal en los actos o solemnidades a que ésta concurra, ocupando el lugar que para ello le esté señalado. A tal efecto, el Alcalde dirigirá a los agraciados una invitación oficial, en la que se le comunique el lugar, fecha y hora de la celebración del acto o solemnidad.
En el acto de nombramiento será entregado un diploma creado en pergamino artístico que contendrá los merecimientos que justifican la concesión; y una insignia, en la que figura, el escudo de la ciudad, así como la inscripción de Hijo Predilecto según proceda.
Requisitos para optar al título
Para el título de Hijo Predilecto, deberá haber nacido en el municipio; en caso contrario, se deberá solicitar el Hijo Adoptivo.
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Si se trata de personas, no podrán ser altos cargos en el Estado, la Administración Central o Autonómica, ni miembros de la Corporación Municipal ni dirigentes políticos, en tanto se hallen en el ejercicio de su cargo.
La concesión del Título de Hijo Predilecto de Oviedo sólo podrá recaer en quienes, habiendo nacido en la ciudad, hayan destacado de forma extraordinaria por cualidades o méritos personales o por servicios prestados en beneficio u honor de Oviedo y que hayan alcanzado consideración indiscutible en el concepto público.
Documentación necesaria
Para iniciar el proceso de solicitud, se requiere la siguiente documentación:
- Instancia debidamente cumplimentada.
- Currículum de la persona o entidad propuesta en la que se detallen y argumenten los especiales merecimientos o servicios extraordinarios prestados al Municipio.
- Añadir en Documentación pliego de firmas o adhesiones de otras instituciones u otro tipo de documento como en el caso de que la propuesta parta de una entidad, en cuyo caso se deberá adjuntar certificación del acuerdo.
- La instancia además del currículum se podrá acompañar de pliegos de firma o adhesiones de asociaciones u organismos.
Información Adicional
La Medalla de Oro se suele conceder a instituciones, aunque también cabe la posibilidad que se solicite para personas.
Existen limitaciones en cuanto a los titulares en vida de cada una de estas distinciones y de concesión a lo largo de un año o mientras se esté tramitando ya un expediente.
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Marco Legal
El proceso está regulado por diversas leyes y reglamentos, incluyendo:
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
- Edicto de aprobación definitiva del Reglamento de Protocolo, Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Cartagena.
- REGLAMENTO ORGÁNICO DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA.
Plazos y Resoluciones
El plazo máximo para resolver y notificar el acuerdo de resolución será de 6 meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el Registro General del Ayuntamiento. (ART. 36.3 Edicto de aprobación definitiva del Reglamento de Protocolo, Honores y Distinciones del Ayuntamiento de Cartagena).
- Sentido del Silencio: Negativo (art. 24 Ley 39/2015.)
- Fin a la Vía Administrativa: Sí. (art. 42 REGLAMENTO ORGÁNICO DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA).
- DIR3: LA0006330.
Modos de Presentación de la Solicitud
A) Persona Física:
Si dispone de un CERTIFICADO DIGITAL para su firma podrá pulsar en NUEVA INSTANCIA, rellenar la instancia general, registrar y firmar.
Si la persona solicitante NO DISPONE de firma digital o DNI electrónico:
- PRESENCIAL: Puede DESCARGAR IMPRESO para poder imprimirlo y cumplimentar. Después de imprimirlo y rellenarlo debe presentarlo en las oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento PREVIA CITA.
- Realizar el trámite electrónicamente accediendo con una dirección de CORREO ELECTRÓNICO, a falta de realizar la firma de la solicitud. Una vez tramitada su solicitud mediante el envío de la misma, deberá personarse PREVIA CITA en las oficinas de Registro del Ayuntamiento Cartagena, provisto de su Documento acreditativo de identidad, en el plazo máximo de 10 días hábiles para firmarla de forma biométrica, ADVIRTIÉNDOLE que su instancia no se considerará registrada y por tanto no se admitirá a trámite hasta la firma de la misma en las oficinas de Registro.
B) Persona Jurídica:
En el caso de que el solicitante sea PERSONA JURÍDICA o SUJETO OBLIGADO a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, sólo podrá presentar la instancia general de forma telemática mediante CERTIFICADO DIGITAL para su firma, pulsando en NUEVA INSTANCIA.
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Algunos Hijos Predilectos de la Ciudad de Oviedo
A continuación, se presenta una relación de personas que han recibido esta distinción:
- Sr. D. Ramón Melendi Espina (28/07/2023)
- Sr. D. Juan Cueto Alas (10/04/2019, a título póstumo)
- Sra. Dña. Carmen Ruiz-Tilve Arias (06/04/2021)
- Sr. D .Jaime Álvarez-Buylla Menéndez (06/04/2021, a título póstumo)
- Sr. D. Emilio Sagi Vela (06/04/2021)
- Sr. D. Ángel González Muñiz (02/05/2018)
- Sr. D. José Celestino Casal Álvarez "Tino Casal" (20/10/2016)
- Sr. D. Leopoldo García-Alas García-Argüelles (17/04/2012)
- Sr. D. Marcelino Fernández Verdes (18/01/2010)
- Sra. Dña. Patricia Urquiola Hidalgo (18/01/2010)
- Sr. D. José Manuel Campa Fernández (18/01/2010)
- Sr. D. Carlos Menéndez Jeannot (20/06/2010)
- Sr. D. Samuel Sánchez González (04/09/2008)
- Sr. D. Fernando Alonso Díaz (03/10/2005)
- Sra. Dña. Letizia Ortiz Rocasolano (03/12/2003)
- Sr. D. Rafael Fernández Álvarez (30/10/1998)
- Sr. D. Luis Fernández-Vega Diego (17/06/1997)
- Sr. D. Joaquín Vaquero Palacios (21/05/1996)
- Excmo. Sr. D. Martín González del Valle y Herrero (20/10/1995)
- Sr. D. Carlos Luis Alvarez Alvarez (04/09/1995)
- Sr. D. Ignacio Alonso de Nora (01/03/1995)
- Sr. D. Manuel Alvarez-Buylla y López-Villamil (19/10/1994)
- Sr. D. Marcelino Somohano Cueto (06/10/1992)
- Excmo. Sr. D. Sabino Fernández-Campo (13/12/1991)
- Sra. Dña. Dolores Medio Estrada (07/04/1987)
- Sr. D. Paulino Vicente Rodríguez (23/02/1979)
- Excmo. Sr. D. Plácido Alvarez-Buylla Godino (30/12/1971)
- Ilmo. Sr. D. Valentín Masip Acevedo (19/02/1963)
- Sr. D. Antonio Roces (18/10/1930)
- Sr. D. José Fuente Díaz-Estébanez (12/08/1929)
- Sr. D. Jose María Fernández-Ladreda y Mndez. Valdés (26/02/1927)
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