Informe de Maternidad en el Servicio Público de Salud: Requisitos y Trámites

25.11.2025

Solicitar el permiso por maternidad te permite acceder a la prestación económica por nacimiento y cuidado del menor, tanto en casos de parto, adopción o guarda con fines de adopción. Esta ayuda, gestionada por la Seguridad Social, protege los derechos de las madres y padres trabajadores, permitiéndoles conciliar su vida familiar y laboral durante un periodo clave.

En esta guía encontrarás los requisitos actualizados, cómo hacer el trámite paso a paso, qué documentación presentar, los plazos, importes y ventajas, con un enfoque claro y actualizado. Además, se abordarán temas como la duración de la prestación, la cuantía a percibir, los requisitos para autónomas y los casos frecuentes de denegación o incidencias.

¿Qué es el Permiso por Maternidad?

El permiso por maternidad es un derecho laboral reconocido por la Seguridad Social, que garantiza a las trabajadoras y trabajadores el acceso a una prestación económica por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar. Esta prestación puede variar ligeramente según determinadas situaciones, como partos múltiples, discapacidad del menor o distribución del permiso entre progenitores.

Requisitos para Solicitar la Prestación por Maternidad

  • Alta en la Seguridad Social
  • Periodo mínimo de cotización
  • Documentación necesaria
  • Situaciones protegidas

Periodo Mínimo de Cotización

Uno de los requisitos indispensables para acogerse a la baja por maternidad es, aparte de estar dado de alta en la Seguridad Social, contar con un período de cotización mínimo. Este, sin embargo, variará según la edad de la trabajadora:

  • Si se es menor de 21 años no se exige periodo de cotización.
  • Si se tiene entre 21 y 26, se debe de haber cotizado 90 días en los siete años previos a la fecha de parto o bien 180 días a lo largo de su vida laboral.
  • Mayores de 26 años: Para personas trabajadoras que tengan 26 años o más en el momento del parto, se les exigirá 180 días cotizados dentro de los 7 años anteriores al momento del inicio del descanso.

Duración de la Prestación por Maternidad

Con carácter general, el subsidio por maternidad tendrá una duración de dieciséis semanas ininterrumpidas, que, en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples se ampliará en dos semanas por cada hijo o menor a partir del segundo. Asimismo, en el supuesto de discapacidad del hijo se ampliará la duración del subsidio en dos semanas adicionales y en los casos de hospitalización del neonato a continuación del parto podrá ampliarse hasta un máximo de trece semanas.

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A la duración prevista en los supuestos de parto, adopción o acogimiento múltiples se acumulará, en su caso, la duración adicional de dos semanas por discapacidad de cada hijo o menor adoptado o acogido, así como el período de ampliación que corresponda en casos de hospitalización del neonato a continuación del parto.

En la semana 39 de embarazo, si la madre no ha dado a luz, puede pedir una baja laboral hasta que dé a luz. Para pedir esta baja preparto, debe acudir a su médico de cabecera, quien se la dará directamente.

Tabla comparativa de duración de la prestación:

Situación Duración
General 16 semanas
Parto, adopción o acogimiento múltiple 16 semanas + 2 semanas por cada hijo/menor a partir del segundo
Discapacidad del hijo Duración anterior + 2 semanas adicionales
Hospitalización del neonato Duración anterior + hasta 13 semanas adicionales

Cuantía de la Prestación por Maternidad: ¿Cuánto Cobro?

La prestación por maternidad cubre el 100% de la base reguladora de tu nómina desde el primer día de baja.

¿Cómo se Calcula?

La prestación comienza a contar desde el día del nacimiento efectivo, aunque se haya adelantado respecto a la fecha prevista. En procesos de adopción internacional, el permiso puede adelantarse hasta 4 semanas antes de la resolución judicial si el menor se encuentra en el país de origen.

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¿Y si Estoy en Pluriempleo?

En caso de pluriempleo o pluriactividad el beneficiario disfrutará de los descansos y prestaciones por maternidad en cada uno de los empleos de forma independiente e ininterrumpida, de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso.

Prestación por Maternidad para Autónomas: Lo que Debes Saber

🔍 Requisitos para acceder como autónoma

Las trabajadoras autónomas también tienen derecho a la prestación por maternidad, siempre que cumplan con los requisitos de alta en la Seguridad Social y periodo mínimo de cotización.

¿Cuánto se cobra siendo autónoma?

La cuantía de la prestación para autónomas se calcula de la misma forma que para las trabajadoras por cuenta ajena, es decir, el 100% de la base reguladora.

¿Cuándo se Puede Solicitar la Prestación por Maternidad?

El plazo para solicitar la prestación por maternidad se inicia con el nacimiento del bebé. Las seis primeras semanas se deben coger inmediatamente después del parto.

La prestación de nacimiento y cuidado del menor (antes conocida como “prestación por maternidad”) está exenta de tributación en el IRPF desde octubre de 2018, tras la sentencia del Tribunal Supremo.

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Plazos para Presentar la Solicitud

Se recomienda presentar la solicitud justo después del parto o la adopción, o una vez iniciada la baja por maternidad. ⚠️ Recomendación: No esperes al último momento.

¿Dónde se Solicita?

Se puede solicitar online (no es necesario tener el certificado digital), por correo ordinario o en las oficinas de Atención de la Seguridad Social (se llama CAISS).

  • Online: La forma más rápida es solicitar la prestación a través de internet en la sede electrónica de la Seguridad Social. También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
  • Correo Ordinario: Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

Documentación Necesaria para Solicitar la Prestación por Maternidad

Para solicitar la prestación por maternidad ante la Seguridad Social, es imprescindible reunir la documentación necesaria y presentarla correctamente. ℹ️ Importante: Todos los documentos deben presentarse en original y copia.

✅ Documentación general

  • DNI de la solicitante.
  • Libro de Familia o certificado de nacimiento del bebé.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social.
  • Justificante de pago de las cotizaciones (en caso de autónomas).
  • Si trabajas por cuenta ajena, el certificado de empresa en el que conste el día que inicias la baja por nacimiento. Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

Documentación adicional según el caso

  • En caso de adopción o acogimiento: Resolución judicial o administrativa.
  • En caso de discapacidad del hijo: Certificado de discapacidad.
  • En caso de fallecimiento del hijo, la duración de la prestación económica no se verá reducida, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas posteriores al parto, la madre solicitara reincorporarse a su puesto de trabajo.

Cómo Tramitar la Prestación por Maternidad Paso a Paso

Solicitar la prestación por maternidad es un proceso que puedes realizar presencialmente o de forma telemática.

🔹 Opción 1: Solicitud presencial en el INSS

  1. Después de registrar el nacimiento del bebé, el siguiente paso es llamar al médico de cabecera para solicitarle el papel de baja por maternidad.
  2. Luego hay que comunicar a la empresa de la madre el día que el facultativo certifica que se inicia la baja para que ésta empiece a tramitar los papeles necesarios.
  3. Habrá que acercarse hasta el lugar de trabajo para recoger el documento y llevar la baja al médico de cabecera.
  4. Reúne la documentación necesaria.
  5. Acude a una oficina del INSS con cita previa.
  6. Entrega la solicitud y la documentación.

🔹 Opción 2: Solicitud online en la sede electrónica

  1. Accede a la sede electrónica de la Seguridad Social.
  2. Identifícate con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  3. Rellena el formulario de solicitud online.
  4. Adjunta la documentación requerida en formato digital.
  5. Firma y envía la solicitud.

¿Cuándo se debe presentar?

Se recomienda presentar la solicitud justo después del parto o la adopción, o una vez iniciada la baja por maternidad.

Casos Frecuentes de Denegación o Incidencias en la Prestación por Maternidad

Aunque la prestación por maternidad está pensada para proteger a madres y padres, existen situaciones que pueden provocar su denegación, suspensión o retraso.

  1. Falta de cotización suficiente
  2. Errores en la solicitud o documentación incompleta
  3. Incompatibilidad con otras prestaciones

Otros Aspectos Importantes

  • Permiso para el otro progenitor: Sí. Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2019, ambos progenitores pueden disfrutar por tales situaciones de un permiso individual e intransferible. Hoy el permiso de paternidad es de 16 semanas, las mismas que disfrutan las madres. En realidad se llama "Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor". A partir del 2024, se amplia para ambos progenitores el permiso por nacimiento de 16 a 20 semanas. Además, se retribuirán 4 de las 8 semanas del nuevo permiso parental, que los padres podrán utilizar hasta que sus hijos cumplan 8 años.
  • Exención en el IRPF: La prestación de nacimiento y cuidado del menor (antes conocida como “prestación por maternidad”) está exenta de tributación en el IRPF desde octubre de 2018, tras la sentencia del Tribunal Supremo.
  • Baja por riesgo durante el embarazo: Es la baja que puede cogerse la futura mamá cuando el desempeño de su trabajo supone un riesgo para la salud de su bebé. En este caso, también si sustituyes a la mujer embarazada por un trabajador interino que estaba desempleado obtienes las mismas bonificaciones que hemos visto en el punto anterior. Esta baja en el embarazo se debe coger cuando la trabajadora embarazada sufre molestias derivadas del embarazo, como puede ser la lumbalgia.
  • Protección contra el despido: En el caso de despido de mujeres embarazadas durante su baja, debes saber que están especialmente protegidas por la ley y que podría darse el supuesto de nulidad del despido.
  • Baja por lactancia: Esta baja por lactancia se podrá aplicar en las situaciones de nacimiento, adopción, guarda con fines adoptivos o acogimiento y dura hasta que el menor cumpla los 9 meses. 👉¿Quieres conocer más sobre el permiso de lactancia?
  • Fallecimiento del bebé: Cuando un bebé con más de 180 días de gestación (26 semanas) nace muerto/a, la madre tiene derecho a la prestación por nacimiento y cuidado del menor (baja por maternidad). La baja tiene una duración de 16 semanas, de las cuales las primeras 6 son de disfrute obligatorio. En familias monoparentales, la duración total es de 32 semanas.

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