Bienestar Animal y Medidas en Jaulas para Cerdas Gestantes
La sostenibilidad en el sector porcino ya no es una opción, sino una obligación. Ibercom, como mayor cooperativa de cerdo ibérico en España, está dando pasos firmes para adaptarse a las exigencias normativas y sociales que marcan un nuevo estándar en el sector.
Referencias Normativas: ¿Qué Exige el Marco Legal?
Desde la publicación del Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas. Esta norma busca:
Condiciones de las Instalaciones
- Espacio mínimo:
- Cerdos de engorde: ≥ 0,65 m²/animal (hasta 110 kg).
- Cerdas gestantes: Prohibición de jaulas individuales (excepto en las primeras 4 semanas de gestación y 1 semana antes del parto).
- Lechones: ≥ 0,15 m²/animal (hasta 10 kg).
- Enriquecimiento ambiental obligatorio:
- Materiales manipulables (paja, heno, viruta) para evitar comportamientos estereotipados (como mordisqueo de colas).
Requisitos Sanitarios y Manejo
- Prohibición de mutilaciones rutinarias:
- El corte de cola, recorte de dientes o castración sin anestesia/analgesia solo se permiten bajo justificación veterinaria.
- Programas sanitarios obligatorios:
- Control de enfermedades y planes de vacunación.
Registro y Trazabilidad
- Todas las granjas deben estar inscritas en el REGA (Registro General de Explotaciones Ganaderas).
- Documentación obligatoria:
- Registros de tratamientos veterinarios.
- Planes de bienestar animal.
Sostenibilidad y Reducción de Impacto Ambiental
- Límites en la densidad ganadera por municipio (para evitar saturación y contaminación por nitratos).
- Obligación de gestión de purines (almacenamiento y tratamiento).
Nuevas Actualizaciones Normativas en 2024
En 2024 se han introducido nuevas actualizaciones normativas que afectan directamente a las explotaciones ganaderas, tanto intensivas como extensivas. Algunas claves:
- Mayor control documental sobre condiciones de alojamiento, densidades y uso de recursos.
- Revisión de los sistemas de alimentación, que deben garantizar el acceso continuo y evitar estados de competencia o estrés.
- Exigencias más estrictas en materia de formación del personal en bienestar animal.
- Medidas de evaluación del comportamiento animal como criterio de manejo.
- Plan de bienestar animal obligatorio, con registros de indicadores clave y auditorías externas.
Acciones de Ibercom en Pro del Bienestar Animal
En respuesta a este nuevo marco, Ibercom ha lanzado un plan interno de transformación ganadera que incluye:
- Formación específica en bienestar animal para técnicos de campo y ganaderos asociados.
- Revisión de instalaciones para asegurar espacios de descanso, zonas de sombra y enriquecimiento ambiental, tanto en cebo como en montanera.
- Introducción de sistemas de monitorización digital de temperatura, densidad y consumo hídrico.
- Plan de reducción progresiva de prácticas invasivas mediante técnicas de manejo mejoradas.
Estas transformaciones, lejos de ser una carga, se convierten en una ventaja competitiva clara:
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- Mejora la salud del animal → menos tratamientos → menos costes veterinarios.
- Aumenta la calidad del producto → mejor percepción de marca.
- Se alinea con el consumidor consciente y con los estándares de exportación más exigentes.
Superficie y Manejo de Cerdas en Grupos
La superficie total de suelo libre de la que deberá disponer cada cerda, o cada cerda joven después de la cubrición, cuando se críen en un grupo, será, al menos, de 2,25 metros cuadrados y 1,64 metros cuadrados, respectivamente. Cuando dichos animales se críen en grupos inferiores a seis individuos, la superficie de suelo libre se incrementará en un 10 por 100.
Las cerdas y cerdas jóvenes se criarán en grupos durante el período comprendido entre las cuatro semanas siguientes a la cubrición y los siete días anteriores a la fecha prevista de parto. Los lados del recinto en el que se mantenga el grupo medirán más de 2,8 metros. Cuando se críen en un grupo de menos de seis individuos, los lados del recinto medirán más de 2,4 metros.
Manejo de Agresividad y Aislamiento
Cuando aparezcan signos de agresividad dentro un grupo de animales o conflictos violentos deberán introducirse las medidas adecuadas, como introducir material de enriquecimiento novedoso, para limitarlos al mínimo. Los cerdos que haya que criar en grupos, pero sean particularmente agresivos, hayan sido atacados por otros cerdos o estén enfermos o heridos, deberán trasladarse a las zonas o espacios específicos y exclusivos para la observación y aislamiento de los animales que, por razones sanitarias o de bienestar animal, deban ser apartados del resto.
Otras Consideraciones Importantes
- Se alimentará a todos los cerdos, al menos, una vez al día.
- Cuando los cerdos se alimenten en grupos y no a voluntad, o mediante un sistema automático de alimentación individual, cada cerdo tendrá acceso al alimento al mismo tiempo que los demás animales del grupo.
- En los grupos de animales debe disponerse de un punto de bebida, a una altura adecuada a la del animal, por cada doce cerdos.
- Los cerdos deben mantenerse en grupos con la mínima mezcla posible. Si tienen que mezclarse cerdos no familiarizados entre sí, la mezcla debe hacerse a la edad más temprana posible, preferiblemente antes del destete o, a lo sumo, una semana después.
Prácticas de Raboteo y Reducción de Dientes
El raboteo y la reducción de las puntas de los dientes no deberán ejecutarse por rutina sino únicamente cuando se disponga de una comunicación del resultado de los controles realizados en matadero según lo dispuesto en el artículo 4.4, o existan pruebas documentales con el contenido mínimo que se indica en el anexo II de que se han producido lesiones de las tetillas de las cerdas o las orejas o rabos de otros cerdos en el año anterior a la propuesta de raboteo realizada por el profesional veterinario de explotación o si no se dispone del mismo, de un profesional veterinario. Antes de su ejecución, se adoptarán medidas para prevenir la caudofagia y otros vicios teniendo en cuenta las condiciones ambientales y la carga ganadera.
Por esta razón, las condiciones ambientales o los sistemas de gestión deberán modificarse si resultan inadecuados. Dicha modificación debe reflejarse documentalmente, con el contenido mínimo que se indica en el anexo III. Solamente un profesional veterinario o una persona formada, tal como se contempla en el artículo 5 de este real decreto, con experiencia en la ejecución de las técnicas aplicadas, podrá realizar con los medios adecuados y en condiciones higiénicas cualquiera de los procedimientos descritos anteriormente.
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Condiciones para Verracos
Las celdas de verracos estarán ubicadas y construidas de forma que los verracos puedan darse la vuelta, oír, oler y ver a los demás cerdos.
Tabla Resumen de Espacios Mínimos
| Tipo de Cerdo | Espacio Mínimo |
|---|---|
| Cerdos de Engorde (hasta 110 kg) | ≥ 0,65 m²/animal |
| Cerdas Gestantes | Prohibición de jaulas individuales (excepto en las primeras 4 semanas de gestación y 1 semana antes del parto) |
| Lechones (hasta 10 kg) | ≥ 0,15 m²/animal |
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