Modelo 123: Guía Completa para Autónomos y Pymes
El Modelo 123 de Hacienda es un instrumento mediante el cual se liquidan retenciones de ciertos rendimientos. Es bien sabido que las personas que trabajan por cuenta propia tienen unos impuestos y deberes fiscales distintos y, en muchas ocasiones, complicados. Hoy queremos hablar de un impuesto destinado a autónomos y pymes: el modelo 123.
Aunque siempre recomendamos contar con la asistencia de una gestoría cuando eres autónomo o pyme, queremos explicar brevemente en qué consiste el modelo 123 y cómo funciona. Así, la próxima vez que leas este impuesto o escuches a tu gestor/a mencionarlo, sabrás a qué se refiere.
¿Qué es el Modelo 123?
El Modelo 123 es un tipo de impuesto, una declaración que deben realizar autónomos y pymes para poder pagar todas las retenciones generadas por los ingresos de IRPF, el Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta. Es la declaración por la que autónomos y pymes liquidan retenciones de ingresos a cuenta del IRPF, el Impuesto sobre Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de no residentes (IRNR) de determinados rendimientos del capital mobiliario y determinadas rentas.
Se aplica a todas aquellas personas que no residen en España pero tienen rendimientos de capital mobiliario y ciertas rentas en el país. Esta normativa se basa en la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre. Un ejemplo de entidad que debe pagar este tributo es una sociedad que reparte dividendos o un empresario que paga los intereses de préstamos no bancarios.
Pero, ¿qué son los rendimientos de capital mobiliario? Los rendimientos del capital mobiliario hacen referencia a aquellos ingresos que provienen de fuentes financieras o de inversiones que no están directamente relacionadas con la actividad económica del contribuyente. Estos rendimientos son ingresos que tienen un carácter patrimonial de naturaleza mobiliaria. Esto significa que no están vinculados con la actividad económica del contribuyente.
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Si bien las retenciones practicadas sobre rendimientos de alquiler urbano (modelo 115) y sobre rendimientos del trabajo o de actividades económicas (modelo 111) son las más destacable de la actividad de autónomos y pymes, no hay que olvidar que también hay otros rendimientos que obligan al contribuyente a practicar retención y declararlo a posteriori ante Hacienda, siendo el caso de los rendimientos de capital mobiliario y rentas que en el siguiente punto especificaremos.
Antes de entrar en materia podemos establecer que el modelo 123 se presenta generalmente en caso de pago de intereses de préstamos no bancarios o de reparto de dividendos, los rendimientos de capital mobiliario más comunes.
Por ejemplo, imagina que tienes una pequeña empresa y le pagas intereses a un familiar porque te prestó dinero para arrancar el negocio. Pues bien, cuando haces ese pago, no puedes darle el dinero entero. Después, tú como empresa declaras esa retención usando el Modelo 123. Es una forma de decirle a Hacienda: «Oye, ya he retenido lo que tocaba y aquí tienes tu parte».
¿Quién debe presentar el Modelo 123?
Tienen que presentar el modelo 123 autónomos, pymes y demás entidades, obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del Impuesto de Sociedades y del IRNR, que satisfagan rentas del capital mobiliario. Presentar el modelo 123 es obligación de los autónomos y las empresas que satisfagan rentas sometidas a retenciones o ingresos a cuenta del IRPF, el IS o el IRNR por la obtención de rentas de capital mobiliario, sin excepción*.
La obligación de presentar el Modelo 123 no recae sobre todos los contribuyentes, sino específicamente sobre aquellos que, en el ejercicio de su actividad, realizan pagos sujetos a retención relacionados con rendimientos del capital mobiliario.
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Están obligados a presentar el Modelo 123:
- Personas Físicas: Individuos que, en el desarrollo de su actividad económica, realicen pagos que generen rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención.
- Personas Jurídicas: Todas las entidades con personalidad jurídica, como sociedades anónimas, sociedades limitadas, entre otras, que realicen pagos de rendimientos del capital mobiliario.
Es esencial entender que no todos los rendimientos del capital mobiliario están sujetos a retención. Si te encuentras en alguna de estas categorías y realizas pagos que generen rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención, debes asegurarte de cumplir con tus obligaciones fiscales y presentar el Modelo 123 en los plazos establecidos.
¿Cuál es la función del Modelo 123?
El Modelo 123 tiene una función esencial en la gestión tributaria de España. Su propósito principal se centra en garantizar que las retenciones realizadas sobre determinados rendimientos del capital mobiliario se declaren y se abonen correctamente a la Agencia Tributaria.
Funciones clave del Modelo 123:
- Garantizar el Pago Anticipado de Impuestos: Gracias a las retenciones, el sistema fiscal se asegura de que Hacienda vaya recibiendo dinero de forma regular y por adelantado.
- Información para el Contribuyente: Las cantidades retenidas e ingresadas a cuenta, declaradas a través del Modelo 123, se considerarán pagos a cuenta del contribuyente.
- Prevención del Fraude: Al hacer que se retenga una parte del dinero desde el principio (por ejemplo, cuando alguien cobra intereses o dividendos), Hacienda se asegura de que ya haya cobrado una parte del impuesto antes de que llegue a manos del beneficiario.
Plazos de Presentación del Modelo 123
Presentar el Modelo 123 en los plazos correctos es fundamental para evitar sanciones o recargos por parte de la Agencia Tributaria. El modelo 123 tiene 2 plazos de presentación: trimestral o mensual. La periodicidad de presentación del modelo y los plazos asociados varían según el tipo de entidad y el volumen de operaciones.
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La primera (trimestral) es para contribuyentes de pequeñas y medianas empresas y de profesionales independientes. La presentación trimestral se realiza en los veinte primeros días naturales siguientes al trimestre natural. La presentación del modelo trimestral se efectuará en los 25 primeros días naturales de los meses de abril, julio y octubre. Por el cuarto trimestre del año, la presentación se efectuará hasta el 31 de enero del año próximo.
La presentación mensual han de hacerla únicamente las grandes empresas. Para Grandes Empresas (Periodicidad Mensual): Aquellas entidades cuyo volumen de operaciones haya superado los 6.010.121,04 euros en el año anterior tienen una periodicidad mensual. En el caso del modelo mensual, la presentación se efectuará en los 25 primeros días naturales de cada mes siguientes al mes al que corresponda la declaración. La excepción es el mes de diciembre; se podrá efectuar hasta el 31 de enero del próximo año. Existe otra excepción: la presentación de la declaración del mes de julio se podrá efectuar entre los días 1 de agosto y 25 de septiembre inmediatos posteriores.
Es crucial que, como entidad o individuo obligado a presentar el Modelo 123, tengas estos plazos bien marcados en tu calendario fiscal.
¿Cómo presentar el Modelo 123?
Solo se puede presentar el modelo 123 de manera telemática. El modelo 123 se debe entregar telemáticamente, a través del certificado digital de la empresa o del autónomo, accediendo a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Este modelo sólo puede presentarse de forma telemática, mediante certificado digital, en la sede electrónica de Hacienda.
Si el modelo sabe a pagar y este se realiza con una cuenta bancaria, también se deberá tramitar de forma telemática. Cuando el resultado de la liquidación sea a ingresar y se realice el pago con domiciliación bancaria se puede tramitar su presentación únicamente de forma telemática y sin tener que personarse en el banco ya que Hacienda cargará el importe del resultado en tu cuenta el día 20 de los meses de presentación.
Si la forma de pago ha sido a través de otro método, puedes ir a cualquier oficina donde puedan darte un justificante con el Número de Referencia Completo (NRC). Cuando el resultado es a ingresar pero no optas por la domiciliación bancaria, la liquidación deber ser en cualquier sucursal donde hacen entrega de un justificante de pago que contiene el Número de Referencia Completo (NRC) necesario para realizar la presentación del modelo en la Sede Electrónica de Hacienda.
Para facilitar tu experiencia, es posible descargar este modelo directamente desde la página oficial de la AEAT.
Cómo rellenar el Modelo 123: Paso a Paso
Si estás familiarizado con los modelos 115 o 111, quizá no te resulte muy difícil cumplimentar correctamente este modelo. Aún así, no te preocupes, porque lo vamos a explicar paso por paso. Para empezar, la estructura de los modelos fiscales es siempre la misma: identificación, devengo, liquidación, complementaria e ingreso.
- En primer lugar, se van a indicar los datos personales del declarante (nombre, apellidos y NIF), junto al ejercicio de la declaración (los 4 dígitos) y el periodo.
- Este apartado no reviste ninguna complejidad.
La complicación o el ‘miedo’ a los modelos fiscales proviene del apartado de liquidación. Hay que sumar las bases de todos los importes sujetos a retención abonados en el trimestre y consignar separadamente el total de las retenciones practicadas, señalando el tipo aplicado.
Casillas clave del Modelo 123:
- Casilla 01.
- Casilla 02: Tienes que consignar la suma total de las bases de retenciones e ingresos a cuenta. Si se trata de contribuyentes, el cálculo se hará conforme a lo dispuesto en el Reglamento del IRPF Real Decreto 439/2007.
- Casilla 03.
- Casilla 05: Señala el importe total de la regularización.
- Casilla 06: Suma de retenciones e ingresos a cuenta y regularización.
- Casilla 07: Es el importe de las declaraciones anteriores, por el mismo concepto, ejercicio y período (solo si se trata de una complementaria).
- Casilla 08.
A partir de la casilla 4 (esta inclusive), el resto solamente se tienen que rellenar si hay percepción de rendimientos de capital mobiliario sobre los que se haya realizado algún ingreso a cuentas anteriores a 1999. Además, en 2018 tienen que haber sido objeto de retención definitiva y regularización.
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