El Aborto: Opiniones de Expertos y Análisis Profundo
El aborto es un tema complejo que genera diversas opiniones entre expertos y la sociedad en general. Este artículo analiza las diferentes perspectivas, considerando aspectos legales, éticos y sociales.
El Aborto como Derecho Fundamental
"Algo que hasta ahora era un derecho fundamental, deja de serlo", así de tajante se muestra Miguel Presno Linera, catedrático en Derecho constitucional. Es el resumen que hace de la reforma que plantea el Gobierno para blindar el derecho al aborto en la Constitución. Una modificación de la Carta Magna que ha sido planteada por el Ejecutivo mediante el artículo 167, que recoge que todos "los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras". Es decir, las tres quintas partes del Congreso y las tres quintas partes del Senado.
Para llevar a cabo la reforma, el Gobierno propone incluir un nuevo apartado en el artículo 43 de la Constitución, relativo al derecho a la protección de la salud. Siendo así, el texto quedaría de la siguiente manera: "Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos, asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres".
La propuesta llega para hacer de la Constitución un "escudo" para el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y "evitar retrocesos" ante la "ola reaccionaria", según declaró este martes la ministra de Igualdad, Ana Redondo, al término de la reunión del Consejo de Ministros.
Advertencias de Expertos en Derecho Constitucional
Sin embargo, varios expertos en derecho constitucional advierten que con esta nueva medida el derecho al aborto quedaría más desprotegido. "En la actualidad, la interrupción voluntaria del embarazo está entendida como parte del derecho fundamental del artículo 15 de la Constitución, en la parte que garantiza la integridad física y moral" de las personas, explica el catedrático en Derecho constitucional Miguel Presno Linera en declaraciones a Onda Cero.
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"Así lo ha entendido tanto el legislador como el Tribunal Constitucional que, en dos sentencias, reconoce que la libertad de la mujer respecto a la decisión de la continuación de su embarazo forma parte del artículo 15 de la Constitución". Por tanto, "aunque no aparezca mencionado expresamente en el artículo 15, una de las facultades que protege es que la mujer pueda decidir con libertad acerca de la continuación de su embarazo".
El hecho de que el aborto se entienda como parte del derecho fundamental del artículo 15, implica que "en la actualidad esté garantizado a través del recurso de amparo", apunta Presno. Este recurso, según recoge el Tribunal Constitucional, "ofrece protección frente a las vulneraciones de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 y 30.2 de la Constitución".
Otro de los beneficios de los que actualmente goza el aborto es que "al ser un derecho fundamental, tiene que ser regulado a través de una ley orgánica, por lo que sería más difícil conseguir una mayoría para modificar la ley", ya que requiere de mayoría absoluta.
En cambio, Presno advierte que con la reforma que plantea el Gobierno a partir del artículo 43, "algo que hasta ahora es considerado un derecho fundamental, deja de serlo". Este hecho "tendría cierta relevancia simbólico-política" y además dejaría de estar protegido por el recurso de amparo.
Con la modificación del artículo 43, el aborto se tendría que legislar a través de legislación ordinaria en vez de orgánica. Además, según señala el catedrático, "cabría la posibilidad de una mayor limitación de las libertades de la mujer porque ya no sería un derecho fundamental". Por tanto, en ese caso el aborto "estaría menos protegido porque pasa de ser derecho fundamental a ser un principio rector de la política social y económica (…) Se le podrían poner más límites".
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En consonancia con lo defendido por el catedrático Miguel Presno, la que fuera líder de Podemos y titular de Igualdad, Irene Montero, ha reprochado al PSOE que su "política de titulares es un peligro" después de afirmar que con la reforma del artículo 43, "en lugar de blindar el aborto, lo dejan más desprotegido".
El Aborto como Bien Social: Perspectivas y Críticas
Se analiza al aborto como un bien social examinando las distintas miradas que tiene la sociedad con respecto al aborto y sus leyes. Se critica la posición de los distintos actores sociales con respecto a la posición de la Iglesia o la posición de aquellos que están a favor de la vida. Estos no deberían estar influenciados por sus creencias personales sino por la necesidad de la población y la de políticas públicas.
Grupos y Posiciones Frente al Aborto
En un primer grupo están quienes manifiestamente se encuentran contra el aborto y dicen velar por la santidad de la vida; en un segundo grupo se encuentran quienes están a favor de la despenalización del aborto y encuentran su fundamento en el hecho de que el aborto es un problema de salud pública que afecta la dignidad de las mujeres. En un tercer grupo se encuentran las posiciones intermedias ―a quienes llamaré "Ni-Ni"― donde están aquellos que ni están absolutamente en contra del aborto ni están a favor del aborto en todas sus causales.
Es preciso resaltar las consecuencias de su propia posición, y responsabilizarlos de las consecuencias que implica la penalización del aborto: si el objetivo de someter al aborto a la ilegalidad es defender la vida de los embriones, la penalización del aborto no cumple su objetivo. Argentina, como ejemplo de un país latinoamericano, muestra que la cantidad de abortos estimados supera de 3 a 5 veces la incidencia de los países en los que la interrupción es legal. Además, la mayoría de las internaciones y muertes de mujeres se dan en los sectores más pobres de la sociedad, lo que no sólo implica que el objetivo de proteger la vida prenatal no se cumple, sino que la penalización del aborto acentúa la inequidad existente.
Desde el punto de vista teórico, la posición pro vida es una posición dogmática, deontológica y con un gran componente religioso que se asienta sobre la santidad de la vida, justificada desde la visión ―religiosa― de que la persona comienza desde el momento de la concepción. Esta tesis muestra una visión sesgada y una manipulación del estatuto del embrión, poniendo a la genética y a los 46 cromosomas en el centro de la escena y desconociendo las distintas visiones que cuestionan el estatus de persona del embrión desde las ciencias, la ética, la filosofía, la filosofía jurídica o incluso desde la religión.
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Desde el punto de vista práctico, la posición pro vida es contradictoria. Invierten una enorme cantidad de poder y dinero en demonizar al aborto y a las mujeres que recurren a la interrupción del embarazo y prácticamente no hacen nada o muy poco para prevenir el embarazo no deseado. Así, lejos de contribuir a proteger la vida embrionaria disminuyendo la cantidad de abortos, contribuyen a su alta incidencia.
El grupo favorable a la despenalización no muestra muchas fisuras desde el punto de vista teórico ni el práctico. Existen distintas posiciones sobre los plazos en los que se pueden realizar las interrupciones habida cuenta de que el estatuto del embrión requiere de una protección gradual e incremental.
El tercer grupo, denominado por mi "Ni-Ni", en cambio cavila en su postura continuamente. Cree que el aborto debe ser legal, pero desaconsejado, o legal pero con plazos estrictos, transigiendo en las 12 o 14 semanas de embarazo como una concesión políticamente correcta que limita lo políticamente incorrecto del aborto. O bien piensan que son los médicos los que deben decidir si el aborto encuadra o no bajo una lista limitada ―una "tablita"― de causales de admisibilidad, convirtiendo a la profesión médica, ya de por sí muy paternalista, en guardabarreras de las decisiones reproductivas de las mujeres.
Los "Ni-Ni" suelen estar a favor de la anticoncepción pero sin comprender las dificultades para las mujeres de acceder a los métodos. La anticoncepción es un derecho, pero para que este derecho pueda ser ejercido se requiere de educación formal, de educación sexual y del aporte gratuito de los insumos por parte de Estado.
Así, la posición "Ni Ni", altamente influyente, que busca un punto de equilibrio entre los derechos de las mujeres y las creencias sobre la santidad de la vida, fracasa al desconocer las deficiencias de nuestras políticas públicas en materia de educación sexual y acceso a anticonceptivos. Deficiencias que, muchas veces, son promovidas por los mismos grupos de interés que rechazan o pretenden limitar el acceso al aborto legal.
Sin embargo, debiera ser inadmisible que una política pública, como el acceso al aborto, se encuentre a merced de las creencias personales de los funcionarios o de grupos más o menos mayoritarios de nuestra sociedad. Todas las creencias y valores son respetables pero las religiones y creencias deben quedar para el seno del hogar de los funcionarios. Toda vez que las políticas públicas afectan a las personas de todas las creencias y religiones, la función pública debe regirse por valores y criterios laicos.
El Aborto como un Derecho
El aborto no era bueno pero había que legalizarlo. Sin embargo, incluso quienes han luchado por el aborto legal han debido hacer concesiones. Bill Clinton en campaña tuvo una frase que resume los conceptos anteriores: "El aborto debe ser legal, seguro y raro". Nuestra sociedad premia a la mujer que tiene hijos y condena a la que aborta.
Una mujer debe tener el derecho de no tener un hijo o puede rehusarse a continuar un embarazo. Como dice la filósofa del MIT Judith Jarvis Thompson un feto no tiene el derecho de apoderarse del cuerpo de una mujer. ¿Cómo es posible que tengamos que obligar a una mujer que no quiere tener un hijo en ese momento de su vida a que sea rehén de un embarazo?
Prefiero en cambio que el relato se convierta en algo normal, común y que hace a la vida reproductiva de las mujeres hoy, mañana, ayer y siempre desde que la mujer es mujer. Legal o ilegal, la mujer apela al aborto cuando no puede seguir adelante con ese embarazo. Por ello el aborto debe ser considerado como una parte importante del cuidado de la salud en general y reproductiva en particular. El aborto forma parte de la medicina reproductiva y no puede ni debe ser su antítesis. El aborto es necesario y no es un mal sino un bien social. Aborto y maternidad van de la mano. La libertad de ser madre implica la libertad de no serlo.
Situación Legal y Ético-Religiosa en España
En España el aborto inducido estuvo penalizado durante la dictadura franquista y años posteriores. En 1985 se aprobó una ley que permitía abortar en determinados supuestos. Fue sustituida por la ley 2/2010, que es la actualmente vigente, y que permite el aborto libre en ciertos plazos. La diferencia fundamental entre ambas leyes, cuya distancia en el tiempo es nada menos que de 25 años, está en el reconocimiento del derecho a planificar la gestación y la libre elección de la maternidad por parte de las mujeres.
La Ley Orgánica 9/1985 no reconocía este derecho, pero otorgaba cierta permisividad al aborto en ciertos supuestos, teniendo en cuenta que el aborto se consideraba un acto penado tanto para la mujeres como para la persona que lo realizara, fuera profesional sanitario o no. Los tres supuestos que contemplaba son: grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada, violación denunciada hasta las doce semanas de gestación y feto con graves taras físicas o psíquicas.
La Ley Orgánica 2/2010, que es la ley vigente en materia de aborto, permite abortar según plazos de gestación. Se puede así abortar libremente hasta las 14 semanas de gestación y pasadas dichas semanas se daría la posibilidad de abortar bajo un diagnóstico médico, en caso de existir grave riesgo para la salud o vida de la embarazada o graves anomalías en el feto, sin que se superen las 22 semanas de gestación. Más allá de dichas semanas de gestación, la ley considera además dos supuestos excepcionales para la interrupción del embarazo: anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable que se detecte en el momento del diagnóstico y se confirme por un comité clínico.
Si se comparan ambas leyes llama la atención que aunque el aborto se despenaliza y es reconocido en la práctica como un derecho, sigue estando sujeto a ciertas restricciones, tanto desde el punto de vista legal como cultural, ya que no es totalmente libre, aunque sí esté cubierto desde el punto de vista médico.
Independientemente de los juicios morales, la regulación tendría como objetivo atender a razones de sanidad pública y ofertar los recursos pertinentes para ello. La interrupción del embarazo, de acuerdo con la ley, debe realizarse en centros acreditados ya sean públicos o privados.
En España, según datos de 2024 del Ministerio de Sanidad, se realizaron 106.172 interrupciones voluntarias del embarazo (IVE), un 2,98% más que el año anterior. Desde 2015, anualmente se practican entre 90.000 y 100.000 . Cifras que en los diez últimos años se traducen en una tasa de entre 11 y 12 abortos por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años.
| Año | Número de IVE | Tasa por 1.000 mujeres (15-44 años) |
|---|---|---|
| 2015-2024 | 90.000 - 106.172 | 11-12 |
Resulta prácticamente imposible tratar el tema del aborto sin hacer mención a la religión y, aunque no queremos extendernos en esta cuestión, sí hay que resaltar la influencia de la doctrina católica en España, por lo que respecta al menos a las concepciones morales sobre el aborto y su influencia, que van en la línea pro-vida, pues se reconoce el derecho fundamental a la vida del no nacido ya de forma completa desde el momento de su concepción.
Así, en contextos distintos, ideologías diferentes y cronologías variadas el hecho de abortar no es algo libre, no lo decide el sujeto, siempre está ceñido a condicionantes morales o sociales. Y siempre es punible, ya sea desde el cielo o desde la tierra. Este substrato religioso está fuertemente arraigado en el imaginario social y ha influido en la regulación existente, de manera que las leyes sobre el aborto que se han aprobado en España no lo hacen reconociendo un derecho de las mujeres, sino que despenalizan ciertos supuestos y el aborto sigue siendo punible y bajo la vía penal.
El aborto es aún hoy un tema en disputa, con intentos de contrarreforma impulsados por la Iglesia católica, sectores políticos conservadores y las organizaciones pro-vida.
El Aborto desde el Paradigma Corporal
El aborto puede ser analizado desde la biopolítica de Foucault, como la capacidad del poder de incidir sobre la vida, administrarla, regularla e inhibirla. En este contexto, nos interesa analizar cómo los sujetos sociales implicados en el proceso del aborto y, más en concreto, los profesionales sanitarios y las mujeres, generan unas estrategias discursivas propias, que asumen, negocian o combaten los principios hegemónicos existentes. A su vez, estos principios no son homogéneos, sino que se hallan en disputa, confrontando visiones contrapuestas.
Desde el punto de vista médico, el aborto se trata como una entidad ligada al cuerpo de los sujetos, y a pesar de los tratamientos que se realizan desde la biomedicina sobre los cuerpos como ocurre en este caso, el aborto nos oferta la posibilidad de ser analizado desde el cuerpo como fenómeno cultural.
Aborto Voluntario y Salud: Perspectivas Médicas
Existen narrativas que afirman que las interrupciones voluntarias del embarazo siempre conllevan consecuencias físicas negativas en la mujer. Esto no es cierto. De hecho, se trata de un procedimiento que, si se realiza de forma correcta, es sencillo y seguro. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una IVE es “una intervención sencilla que pueden practicar una amplia gama de trabajadores de la salud”. Eso sí, es imprescindible información, medicamentos de calidad y el apoyo de profesionales de la salud cualificados. Como en cualquier procedimiento médico, existe la posibilidad de que ocurran ciertas complicaciones. En este caso, hablamos de un aborto incompleto, de sangrado abundante, de infecciones y de daños en el útero y otros órganos, pero son muy poco comunes y normalmente suceden a raíz de abortos no seguros, cuando la mujer no encuentra facilidades para interrumpir el embarazo y busca por sí sola formas para hacerlo.
Hay casos en los que la decisión de interrumpir un embarazo, aun siendo voluntaria, se relaciona con secuelas psicológicas. Como explica a Maldita.es la psicóloga Elena Herráez, la pérdida del feto, voluntaria o no, no suele estar reconocida socialmente, “lo que implica afrontar un duelo que se vive como ‘desautorizado’”: “Esto puede suponer una sensación de aislamiento y soledad, además de la tendencia a la represión emocional”, especialmente si las opiniones sobre el aborto en el entorno son negativas. Sin embargo, no hay evidencia de que esto suceda ni a largo plazo ni por necesidad. La culpa y el dolor no son sentimientos que se den siempre tras un aborto ni son los únicos posibles.
Oposición Científica a la Ley de Aborto
Un grupo de científicos, profesores e intelectuales han firmado un manifiesto en contra de la reforma de la legislación del aborto, argumentando que un aborto no es sólo la 'interrupción voluntaria del embarazo', sino un acto simple y cruel de 'interrupción de una vida humana'. La llamada "Declaración de Madrid" se posiciona "con datos de la ciencia" contra la futura ley con que podría permitir el aborto libre durante las primeras 14 semanas de gestación y asegura que "una sociedad indiferente a la matanza de cerca de 120.000 bebés al año es una sociedad fracasada y enferma".
Los firmantes aseguran que el Gobierno pretende "privar de la presencia, el consejo y el apoyo de sus padres" a estas jóvenes y añade que "obligar" a que tomen una decisión solas es "una irresponsabilidad y una forma clara de violencia contra la mujer". "Lejos de ser una conquista de un derecho de la mujer, una Ley del aborto sin limitaciones fijaría a la mujer como la única responsable de un acto violento contra la vida de su propio hijo" dice el texto titulado "Ante la iniciativa gubernamental de una ley de plazos del aborto".
Aseguran que lo que reclaman es "una correcta interpretación de los datos de la ciuencia en relación de la vida humana". En este sentido, afirman que "existe sobrada evidencia científica de que la vida empieza en el momento de la fecundación". Añaden que "el cigoto es la primera realidad corporal del ser humano" y que "el embrión (desde la fecundación hasta la octava semana) y el feto (a partir de la octava semana) son las primeras fases del desarrollo de un nuevo ser humano". Ambos, aunque necesitan de la madre para su desarrollo, "no forman parte de la sustantividad ni de ningún órgano" de ésta.
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