Permiso para Tutorías de Hijos: Guía Detallada
Este artículo proporciona una guía detallada sobre el permiso para tutorías de hijos, abarcando desde las justificaciones necesarias hasta las normativas vigentes y otros permisos relacionados.
Justificación de Ausencias por Enfermedad o Indisposición
Cuando se produzcan ausencias como consecuencia de enfermedad o indisposición por un periodo no superior a tres días naturales, y no constituyan baja médica, deberán acreditarse documentalmente mediante la presentación de parte de asistencia a la consulta médica, en el que constará los días de ausencia prescritos por el facultativo.
Estas ausencias comportarán, en su caso, la reducción de retribuciones prevista en la regulación aplicable a las ausencias al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal. Si la ausencia se debe a enfermedad o indisposición por un periodo no superior a tres días, se deberá acreditar mediante justificante médico con la recomendación, si fuera necesario, del tiempo de reposo domiciliario.
A lo largo del curso académico, cada docente puede ausentarse por razón de enfermedad hasta cuatro días, sin que este hecho conlleve un descuento retributivo.
Incapacidad Temporal (IT)
Las situaciones de Incapacidad Temporal (IT) se han de justificar en todos los casos con la baja facultativa autorizada, MUFACE o Seguridad Social. La Dirección podrá solicitar, de la Inspección Médica, tanto la valoración de la causa determinante de la baja, como su duración estimada.
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En caso de baja deberá comunicar de forma inmediata al centro en que presta sus servicios las circunstancias que impiden su presencia en el puesto de trabajo y deberá entregar el parte de baja antes del cuarto día, contados desde la fecha de inicio de la situación en el centro de destino. La fecha de inicio del parte de baja deberá coincidir con el primer día de ausencia.
Los partes de confirmación tendrán que ser entregados en el plazo máximo de tres días hábiles desde la fecha de su expedición. El parte de alta médica deberá ser entregado antes de la finalización del día hábil siguiente al de su expedición.
La secretaría del centro remitirá el parte inicial, los de confirmación, en su caso, y el de alta al Servicio de Inspección médica y a la Dirección Territorial de Educación correspondiente (Sección de Nóminas y Seguridad Social de Personal Docente) por fax, en el mismo día de su presentación, y se introducirá dicha incidencia telemáticamente en el aplicativo “Frontal de Dirección” u otro previsto para esta finalidad.
Las Direcciones de los centros educativos comprobarán que la fecha de alta médica coincida con la de la finalización de la licencia por enfermedad concedida por la Dirección Territorial competente y, a su vez, con la fecha de cese del sustituto. Se estará a lo que dispone la normativa vigente de aplicación.
Permisos y Licencias
En el supuesto de solicitud de permisos y licencias, el centro remitirá al órgano competente la solicitud debidamente cumplimentada, mediante el impreso establecido, con la antelación que se establezca normativamente para cada tipo de permiso, antes del inicio del disfrute de la licencia.
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MUFACE e Incapacidad Temporal
En el caso de los docentes acogidos al régimen de Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) entenderá confirmada la baja expedida por el facultativo una vez dictada la Resolución de la Dirección Territorial por la que se conceda la correspondiente licencia por enfermedad al interesado o a la interesada.
En el caso de los docentes acogidos al régimen de MUFACE, pasados tres meses en situación de IT, se produce una reducción sustancial en la nómina, debido a que sólo se ingresa en ella el porcentaje que asume la Consejería de Educación, mientras MUFACE se encarga de abonar el resto de las retribuciones mensuales.
Justo antes de ver cumplidos los 90 días y de que se produzca la reducción de haberes, se ha de cumplimentar una SOLICITUD DE SUBSIDIO POR INCAPACIDAD TEMPORAL, facilitada por MUFACE, que corresponde al cobro de la mensualidad del cuarto mes de licencia médica y las siguientes. En el caso de la Seguridad Social, no hay que solicitar ningún subsidio.
Accidente Laboral
Se considera accidente laboral toda lesión corporal que el trabajador sufre con ocasión o a consecuencia del trabajo.
Novedades Legislativas
El Real Decreto-ley 9/2025 incluye novedades que afectan al permiso de nacimiento y cuidados.
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Real Decreto Ley 5/2023: Este decreto introdujo cambios significativos en la normativa laboral, modificando sustancialmente las circunstancias bajo las cuales se firmó el convenio colectivo.
Otros Permisos y Situaciones
- Permiso parental: Seguridad Social habilitó hace meses en Sistema RED la opción para tramitar el permiso parental a tiempo completo. Eso sí, no es posible aun disfrutar del permiso a tiempo parcial.
- Fallecimiento de un familiar: 2 días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- Hospitalización de un familiar: ¿Y si la hospitalización de un familiar se produce un domingo?
- Permiso de 5 días: No es necesario justificar la persistencia de la necesidad de cuidado en el permiso de 5 días.
Sentencias Judiciales Relevantes
En el sector público sí que se habían encontrado otras sentencias que obligaban a retribuir el permiso parental. El tribunal falló a su favor reconociendo que el permiso parental debía ser retribuido. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº4 de Murcia señaló que la negativa de la Administración no estaba justificada. Asimismo, señaló que el Gobierno español había incumplido su obligación de transponer la Directiva europea.
Referencias a sentencias:
- El TSJ de Galicia (27 de junio de 2024, Nº Rec.
- El TSJ de Aragón (21 de octubre de 2024, Nº Rec.
- La Audiencia Nacional (6 de febrero de 2025, Nº Rec.
- La Audiencia Nacional, en su sentencia del 11 de julio de 2024 (rec.
- El TSJ de Aragón ratificó en una sentencia (rec.
Apoyo Económico
La cuantía será de 100 euros por descendiente menor de 3 años hasta que alcance esa edad. No podrán cobrar la prestación de 100 euros quienes estén en situación de inactividad o no estén cotizando.
Tipos de Familia
La Ley de Familias incluye otra modificación. Como hemos comentado anteriormente, la Ley de Familia crea el título de ‘familia monomarental’.
- Familia joven.
- Familia múltiple.
- Familia reconstituida.
Normativa Aplicable
- Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de la Administración del Principado de Asturias.
- Acuerdo de 30 de abril de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el acuerdo de la mesa general de negociación de la administración del Principado de Asturias en materia de horario, vacaciones, permisos y régimen de ausencias de sus empleados públicos.
- Decreto 72/2013, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de jornada, horario, vacaciones y permisos de los funcionarios de la administración del Principado de Asturias, sus organismos y entes públicos.
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
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