Ampliación del Permiso de Maternidad por Hospitalización del Bebé en España

18.09.2025

En España, la legislación laboral contempla la posibilidad de ampliar el permiso de maternidad en situaciones en las que el recién nacido requiere hospitalización prolongada después del parto. Esta medida está diseñada para apoyar a los padres en momentos críticos, asegurando que puedan estar presentes para cuidar de su hijo sin la preocupación de perder días de su permiso.

¿Qué es la Ampliación Baja Maternidad por Hospitalización?

La «ampliación baja maternidad por hospitalización» es un derecho fundamental para los padres cuyo bebé recién nacido necesita cuidados hospitalarios prolongados inmediatamente después del parto. La legislación vigente en España facilita que ambos papás puedan solicitar una extensión del permiso de paternidad y maternidad, garantizando así que puedan proporcionar el apoyo necesario al lado de su hijo durante este período crítico.

Condiciones para Solicitar la Ampliación

Para acceder a esta ampliacion maternidad por ingreso bebe, es necesario que el bebé haya sido hospitalizado por más de siete días inmediatamente después del nacimiento o durante los primeros 30 días de vida. En los casos de parto prematuro es necesario que el bebé necesite cuidados especiales en el centro sanitario y que por ese motivo precise su hospitalización. A estos efectos, también se tienen en cuenta las hospitalizaciones iniciadas dentro de los 30 días naturales siguientes al parto.

Si tu bebé ha estado ingresado desde el nacimiento o durante los 30 primeros días de vida, por más de siete días, te corresponde una ampliación del Permiso de Maternidad por hospitalización por los días que haya durado el ingreso.

Duración de la Ampliación

La ampliación será de tantos días como el bebé se encuentre hospitalizado, y hasta un máximo de 13 semanas. Comenzará a contar a partir del octavo día de hospitalización del recién nacido. En los dos supuestos, el periodo de suspensión por maternidad se puede empezar a contar a partir del alta hospitalaria, aunque se excluye del cómputo las seis semanas posteriores al parto, que es descanso obligatorio para la madre.

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Si el parto es prematuro con falta de peso o el neonato precisa, por alguna condición clínica, hospitalización tras el parto por un periodo superior a siete días, la suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.

Derechos Laborales Durante la Ampliación

Además, es importante saber que, durante esta ampliación, la empresa seguirá cotizando a la Seguridad Social y se cobrará la prestación en igual cuantía que en el resto del permiso. Durante la ampliacion baja paternidad por ingreso bebe, el trabajador recibe una prestación económica del 100% de la base reguladora a cargo de la Seguridad Social, no directamente por la empresa.

Durante el periodo ampliado, la persona trabajadora también continúa teniendo garantizado su puesto de trabajo, no siendo posible la extinción del contrato por despido ni a recibir ninguna otra sanción por estar de baja por maternidad. Su contrato de trabajo quedará suspendido con derecho a la reserva de su puesto de trabajo.

Documentación Necesaria

Para acreditar esta cuestión será necesario un documento expedido por el centro hospitalario acreditativo de dicha hospitalización, en el que se especifiquen las circunstancias del ingreso, así como las fechas de su inicio y de su finalización. El medico emitirá un informe donde conste la necesidad del bebé a estar hospitalizado. Este informe se deberá entrega al INSS o mutua colaboradora que gestione la baja de maternidad.

Generalmente, se necesita un informe médico detallado que especifique la necesidad de hospitalización prolongada del bebé.

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  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • Certificado de empresa con la fecha de inicio y fin del nuevo periodo, por tantos días como haya durado la hospitalización, en el caso de los autónomos no se requiere certificado.

¿Cómo Solicitar la Ampliación?

La solicitud se puede tramitar directamente a través de la Seguridad Social, presentando la documentación requerida. El primer paso en el proceso de obtener una ampliación del permiso de maternidad es presentar la solicitud correspondiente. El proceso para solicitar la Ampliación del Permiso de Maternidad por hospitalización implica una comunicación efectiva con la Seguridad Social y la presentación de la documentación requerida.

Al contactar con la Seguridad Social, las madres deben explicar claramente la razón de su solicitud, destacando la hospitalización del hijo como el motivo principal. La presentación de la solicitud de la Ampliación del Permiso de Maternidad por hospitalización dentro de los plazos establecidos es esencial para asegurar una respuesta oportuna y la continuidad del permiso de maternidad. La legislación española establece estos plazos para garantizar un proceso eficiente y facilitar el acceso a los derechos asociados.

No se puede solicitar la ampliación de hospitalización con más de 15 días a la fecha del inicio del disfrute.

Existen varias formas de presentar la solicitud:

  • Presencial: Deberá presentar la solicitud y la documentación con cita previa.
  • Por correo: Descargue y rellene el formulario de solicitud que encontrará en la web de la Seguridad Social y remítalo por correo ordinario a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina correspondiente, junto al resto de la documentación.

Evolución del Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor

El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó.

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En 2019, el Ejecutivo aprobó medidas para favorecer la igualdad en el ámbito laboral y garantizar el derecho a la conciliación y la corresponsabilidad, entre las que figura la progresiva equiparación de los permisos de madres y padres en base a tres principios: igualdad, intranferibilidad y remuneración al cien por cien. Ese año, el permiso de paternidad pasó de 5 a 8 semanas, y en el año 2020 a doce.

En 2021 entró en vigor la equiparación total para ambos progenitores y el permiso se amplió a 16 semanas, seis de las cuales deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento.

En 2025, el Gobierno completa la transposición de una directiva comunitaria mediante un real decreto-ley que amplía el permiso a 19 semanas (32 en el caso de las familias monoparentales). Con esta ampliación, España se ha convertido en un referente internacional en políticas de conciliación, corresponsabilidad e igualdad y se alinea con los países europeos con permisos más largos y flexibles.

El Consejo de Ministros aprobó el 29 de julio de 2025 la ampliación en tres semanas - de 16 a 19- el permiso por nacimiento y cuidado del menor para cada progenitor y lo incrementó a 32 semanas para familias monoparentales/monomarentales. La medida fue convalidada por el Congreso de los Diputados el 9 de septiembre de 2025.

Distribución del Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor

El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del otro progenitor durante 19 semanas o 32 en el caso de existir una única persona progenitora. El permiso se distribuye de la siguiente forma:

  • Diecisiete semanas (28 en el caso de las familias monoparentales o monomarentales) hasta que el bebé cumpla un año:
    • Las seis primeras semanas se disfrutan de forma obligatoria e ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.
    • Las once semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé.
  • Dos semanas adicionales (cuatro en el caso de monoparentales o monomarentales): Se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad. En supuestos de nacimiento o adopción múltiple o discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.

Otros Permisos y Consideraciones

  • En el supuesto de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de suspensión no se reduce, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio, uno o los dos progenitores soliciten la reincorporación al puesto de trabajo.
  • En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que le reste de permiso.

Además de la ampliación del permiso por hospitalización, existen otros derechos para los progenitores, tales como:

  • Permiso retribuido de descanso de una hora por cada día de trabajo, independiente del permiso de lactancia, mientras el hijo permanezca hospitalizado después del parto.
  • Reducción de jornada hasta un máximo de dos horas de la jornada diaria, con la correspondiente disminución proporcional del salario.
  • En el supuesto de discapacidad del hijo o hija en el nacimiento, el permiso de maternidad/paternidad tendrá una duración adicional de dos semanas, una para cada uno de los progenitores.

Tabla Resumen de la Ampliación del Permiso de Maternidad por Hospitalización

Condición Duración de la Ampliación Requisitos
Hospitalización del bebé después del parto (más de 7 días) Tantos días como el bebé esté hospitalizado, hasta un máximo de 13 semanas. Informe médico que acredite la necesidad de hospitalización.
Parto prematuro Tantos días como el bebé necesite cuidados especiales, hasta un máximo de 13 semanas. Informe médico que acredite la necesidad de cuidados especiales.

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