Complemento de Paternidad para Jubilados: Requisitos y Proceso de Reclamación
También conocido como complemento de paternidad para jubilados, pues se percibe tras ingresar una pensión contributiva, es una prestación que elimina la discriminación de los hombres en el complemento de maternidad.
En este artículo te explicamos qué es este complemento, quién puede reclamarlo, cuánto podrías recuperar y cuál es el proceso legal para solicitarlo.
¡Cuidado, porque no se percibe de forma automática, sino que hay que reclamarlo! Una particularidad de esta prestación es que únicamente se puede percibir si se reclama, no es automático.
Evolución del Complemento: De Maternidad a Brecha de Género
Complemento de maternidad
Inicialmente, este complemento fue concebido solo para madres con dos o más hijos al acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Complemento de paternidad
Tras varias sentencias judiciales, especialmente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en 2019 se demostró discriminatorio excluir del complemento de maternidad a los hombres, por lo que los padres pueden reclamarlo de forma retroactiva si cumplen los requisitos que veremos más adelante.
Lea también: Condiciones Prestación Desempleo
Complemento para la reducción de la brecha de género
En febrero de 2021, el complemento evolucionó y pasó a denominarse complemento para la reducción de la brecha de género, pudiendo ser solicitado por cualquier progenitor que cumpla los requisitos.
El complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica por un complemento dirigido a la reducción de la brecha de género, con el que inicialmente se persigue reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos que se proyecta en el ámbito de las pensiones.
Sin embargo, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 15 de mayo de 2025, asuntos acumulados C-623 [Melbán] y C-626/23 [Sergamo], ha declarado que el artículo 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, se debe aplicar a los hombres en los mismos términos previstos para las mujeres.
Requisitos para Solicitar el Complemento de Paternidad
Si eres padre de dos o más hijos y te jubilaste entre 2016 y 2021, podrías estar dejando de cobrar una parte importante de tu pensión. Un beneficio que antes solo se otorgaba a las madres, se extiende también a los padres jubilados entre 2016 y 2021 que tienen ahora la oportunidad de revalorizar su pensión y recibir una indemnización por los atrasos.
Para optar a este complemento, es necesario:
Lea también: Cuantías de la Prestación por Hijo a Cargo
- Ser padre: al menos de 2 hijos naturales o adoptivos con anterioridad al acceso a la pensión.
- Para los casos de las jubilaciones entre el 1 de enero 2016 y 3 de febrero de 2021, quienes hayan accedido a una jubilación parcial o jubilación anticipada no tienen derecho al complemento.
Cuantía del Complemento
La cuantía del complemento se fijará en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado de cada año. En el año 2025, el importe es de 35,90 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe.
La cuantía exacta del complemento dependerá de la cuantía de la pensión. El complemento se calcula aplicando a la cuantía de la pensión (sobre su base más la revalorización) un porcentaje que varía según el número de hijos.
Desde la fecha de efectos económicos de la pensión contributiva de Seguridad Social que determina el derecho al complemento.
En aquellos casos en los que el hecho causante de la pensión del progenitor varón se hubiera producido con anterioridad al 15 de mayo de 2025, el reconocimiento del complemento -en virtud de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea- retrotraerá sus efectos económicos hasta la fecha de efectos económicos de la pensión a la que complementa.
El percibo del complemento es incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas.
Lea también: Prestación por Paternidad: Cita Previa
Si su cónyuge lo ha solicitado entonces él no tendría derecho. Sólo se le concede a uno de ellos.
Proceso de Solicitud y Reclamación
No. En la mayoría de los casos es necesario presentar una solicitud formal.
👉 Incluso si ya estás cobrando la pensión, puedes reclamar este complemento.
Sí. Si te jubilaste entre 2016 y 2021 y cumples con los requisitos, puedes reclamarlo aunque ya estés cobrando tu pensión. No hay un plazo legal cerrado.
La solicitud debe hacerse al INSS, normalmente por escrito, ya que no existe un modelo oficial.
Como ya se ha indicado, no existe un modelo oficial específico para solicitar el complemento de paternidad con carácter retroactivo (pensiones entre 2016 y 2021).
Lo puedes solicitar en la Seguridad Social, utilizando un formulario o haciendo un escrito. La respuesta a este escrito hasta el momento siempre ha sido negativa y te dan un plazo para que interpongas lo que se llama reclamación previa, que es un escrito donde puedes explicar por qué entiendes que tienes derecho a ese complemento.
En un primer momento, no es necesario que acudamos a los tribunales para poder reclamar el complemento de paternidad, sino que existe una fase previa que es administrativa, ante el Instituto de la Seguridad Social.
La respuesta a este escrito suele también ser negativa y es cuando se interpone una demanda judicial en la jurisdicción social (Juzgados de lo Social). Pero posteriormente los Tribunales superiores a los juzgados han discutido si la fecha de efectos tenía que ser de sólo 3 meses previos a la solicitud o desde el momento en el que esa persona se jubiló (fecha de la resolucíón de jubilación).
Si se vuelve a denegar comienza la vía judicial: se concede un plazo de 30 días para interponer una demanda en la Jurisdicción Social (Juzgado de la Social). En un plazo de aproximadamente mes/mes y media se dicta una sentencia (y esa sentencia se transmite al abogado). En principio, suele ser favorable.
Si el INSS rechaza la solicitud, es posible presentar una demanda judicial. Aunque algunos casos se resuelven en la vía administrativa, la mayoría requiere acudir a los tribunales.
En Arriaga Asociados podemos ayudarte a estudiar tu caso, asesorarte y reclamar el complemento de marternidad para pensionistas que te corresponde.
Nuestros clientes están recibiendo la resolución y el dinero de los atrasos en menos de un mes.
Demasiado fácil, no esperes más, ven a informarte de forma totalmente gratuita y te ayudaremos a que tu pensión pueda incrementarse hasta un 15%. Solo tienes que llamarnos al teléfono gratuito 900 264 660.
tags: #prestacion #paternidad #jubilados #requisitos