Procedimiento de Medidas Paterno Filiales de Mutuo Acuerdo: Requisitos
Cuando una pareja decide poner fin a su relación de manera consensuada, el procedimiento de mutuo acuerdo es la vía más rápida, económica y menos conflictiva para hacerlo. En los procedimientos de común acuerdo ambos progenitores llegan a un consenso sobre unas determinadas medidas en relación a sus hijos.
¿Qué son las Medidas Paterno Filiales?
Las medidas paternofiliales son las disposiciones, de mutuo acuerdo o por resolución judicial, que regulan la relación entre los padres y sus hijos menores en caso de separación o divorcio. Se refieren al ejercicio de la patria potestad, guarda y custodia de los hijos y otras cuestiones.
Se encuentran reguladas por el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Deben tener en cuenta los derechos de los menores. Tienen vigencia tanto para parejas de hecho como formales.
Marco Legal de las Medidas Paterno Filiales
Las medidas paternofiliales se encuentran reguladas por las siguientes leyes:
- Código Civil, artículos referidos a las relaciones paternofiliales, sobre representación legal, administración de los bienes de los hijos y extinción de la patria potestad.
- La Ley de Enjuiciamiento Civil, regula el procedimiento para el establecimiento y modificación de las medidas paternofiliales.
- Ley Orgánica 8/2021 de protección integral de la infancia y adolescencia frente a la violencia, modifica artículos del Código Civil sobre patria potestad.
- Ley 15/2915 de jurisdicción voluntaria, sobre representación legal de los hijos no emancipados en caso de intereses opuestos entre los padres.
- La Ley Hipotecaria, sobre administración de los bienes de los hijos.
- Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del menor.
¿Qué es un Procedimiento de Mutuo Acuerdo?
El divorcio de mutuo acuerdo es aquel en el que ambos cónyuges están de acuerdo en cesar la relación de pareja y pactan los términos esenciales, como la custodia de los hijos, el uso de la vivienda familiar, el régimen de visitas, la pensión de alimentos, la pensión compensatoria si procede y cuántos extremos consideren relevantes para sus futuras relaciones.
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Este tipo de procedimiento puede tramitarse ante el juzgado o, en determinados supuestos, ante notario, dependiendo de si existen o no hijos menores.
Requisitos para Divorciarse de Mutuo Acuerdo
Para llevar a cabo un divorcio de mutuo acuerdo, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Que ambos cónyuges consientan el divorcio y sus efectos.
- Que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio.
- Que se redacte y firme un convenio regulador de forma conjunta.
El requisito para poder hacerlo ante notario es que no existan hijos menores no emancipados.
Contenido de las Medidas Paterno Filiales
El Código Civil establece cuáles son las relaciones paternofiliales que pueden regularse mediante un convenio o a partir de una resolución judicial en caso de divorcio o separación. Estas son:
- La patria potestad de los menores, que comprende el conjunto de derechos y obligaciones que la ley reconoce a los progenitores sobre sus hijos menores de edad, como la representación legal o la administración de bienes.
- Guarda y custodia de los hijos. Puede ser compartida o monoparental. La guardia y custodia, hace referencia a quién convivirá de forma habitual con los menores. La custodia puede ser compartida, y que se ejerza de manera igualitaria entre ambos progenitores (una semana con uno, otra semana con otra).
- Régimen de visitas para el progenitor que no conviva con el menor. Se puede solicitar la ampliación de las visitas ante estas circunstancias: porque el menor haya alcanzado los 3 o 4 años de edad y pueda comenzar a tener visitas con pernoctas y las mismas ya puedan ser más amplias o frecuentes.
- Pensión de alimentos, proporcional a los gastos y los ingresos de los padres. Las medidas paternofiliales también contemplan si uno de los progenitores debe de pasarle una manutención al otro, con la finalidad de sufragar gastos básicos del menor, como vivienda, comida, ropa, etc. Esta se calculará en función de los salarios de ambos progenitores, así como el tipo de régimen de guardia y custodia que se tenga sobre el menor. En esta línea, también se suelen incluir cómo se van a pagar los gastos extraordinarios. Estos gastos no forman parte de la pensión de alimentos, no son previsibles, ni tampoco periódicos, pero debe preverse cómo los progenitores se van a hacer cargo de ellos.
- Atribución de uso de la vivienda familiar, esta medida se incluye para garantizar que el menor va a tener siempre una vivienda en la que residir. Si la vivienda se atribuyó a los hijos: cuando los mismos sean mayores de edad, cuando obtengan ingresos económicos que les permitan independizarse o cuando ya no convivan en la vivienda familiar.
- Pensión compensatoria, en el caso de que el progenitor que tiene la guarda deba dedicarse por completo al cuidado de los hijos.
- Formas de comunicación con uno de los padres cuando están con el otro.
¿Qué debe incluir el Convenio Regulador?
El convenio regulador es el documento más relevante en un procedimiento de mutuo acuerdo, ya que establece las normas que regirán la nueva relación entre las partes tras la disolución de la pareja. Su función es evitar futuros conflictos, garantizando la seguridad jurídica y el cumplimiento voluntario de los acuerdos.
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Este documento es fundamental y debe recoger de forma clara los acuerdos alcanzados por ambos cónyuges. Los puntos principales son:
- La guarda y custodia de los hijos.
- El régimen de visitas del progenitor no custodio.
- La pensión de alimentos y su actualización.
- El uso de la vivienda familiar.
- La pensión compensatoria, si corresponde.
- El reparto de bienes comunes y del régimen económico matrimonial si se desea.
En caso de haber menores, del convenio se dará traslado al Ministerio Fiscal a fin de que compruebe que se protege el interés superior de los menores y después el Juez lo aprobará.
La Importancia del Convenio Regulador
Un convenio bien redactado no solo protege tus intereses inmediatos, sino que anticipa situaciones futuras que pueden generar problemas: cambios en la situación económica, necesidades de los hijos, uso de la vivienda, reparto de deudas, etc. De ahí que deba ser elaborado con rigor legal, realismo y experiencia.
Además, cuando existen hijos menores, el convenio será revisado por el Ministerio Fiscal quien informará sobre si se salvaguarda el interés superior del menor antes de darle traslado al Juez para su aprobación. Si no se ajusta a la ley o perjudica a los menores, el Ministerio Fiscal informa desfavorablemente con las consecuencias que de ello se derivan.
Por eso es clave contar con una abogada especialista en derecho de familia que elabore un convenio claro, completo y jurídicamente válido, que evite malentendidos y procedimientos judiciales posteriores por incumplimientos o interpretaciones ambiguas. En el supuesto de demanda de mutuo acuerdo, un único abogado representa a ambos padres, dado que se entiende que existe común acuerdo en las medidas que desean adoptar.
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Establecimiento de las Medidas Paterno Filiales
Las medidas paternofiliales pueden ser establecidas por los padres en el convenio regulador del divorcio o separación, en el caso del mutuo acuerdo, o por resolución judicial si se debe llegar a esa instancia por los distintos motivos que llevan a la misma.
Sin embargo, se debe recordar que aunque exista mutuo acuerdo, el divorcio ante Notario solo es posible si no hay hijos menores, por lo cual el convenio regulador debe ser aprobado por el Juez.
Por lo tanto, es obligatoria la asistencia de un abogado de familia a cuyo cargo quedará la redacción del convenio regulador.
En lo que respecta a las medidas paternofiliales, es decir, si hay hijos menores o con discapacidades o que dependan de los padres, el convenio regulador debe ser considerado por la Fiscalía.
Más allá de las condiciones particulares, las medidas paternofiliales deben velar por los derechos de los hijos menores o dependientes de los padres, que son:
- Respeto a su personalidad, integridad física y mental.
- Estar en compañía de los padres, recibir alimentación, educación y formación integral.
- Representación y administración de sus bienes.
- Ser oídos, si tienen la madurez suficiente, antes de la adopción de medidas que los afecten directamente, ya sea en un procedimiento contencioso o de mutuo acuerdo. Para ello, se les deben garantizar las condiciones idóneas y utilizar términos que les sean accesibles, comprensibles y adaptados a su edad, madurez y circunstancias. Si es necesario, se deberá solicitar el auxilio de especialistas.
Documentación Necesaria
Para iniciar el proceso se debe presentar:
- Demanda de divorcio de mutuo acuerdo, firmada por abogado y procurador.
- Convenio regulador firmado por ambos cónyuges.
- Certificado literal de matrimonio.
- Certificados de nacimiento de los hijos comunes.
¿Dónde se Presenta la Demanda?
Vía judicial
Si hay hijos menores, la demanda se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia del último domicilio conyugal, el de residencia del menor o el del demandado. El Ministerio Fiscal intervendrá para velar por los intereses de los menores.
Vía notarial
Si no hay hijos menores o dependientes, el divorcio puede tramitarse ante notario, mediante escritura pública, asistidos por abogado.
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