¿Qué parentesco es el hijo de mi prima? Grados de Consanguinidad y Afinidad Explicados

18.11.2025

El parentesco es una figura legal que constituye el vínculo que existe entre las personas de una familia y se encuentra regulado en el artículo 915 y siguientes del Código Civil.

Así, en el parentesco podemos distinguir entre grados de afinidad y grados de consanguinidad. Los grados de consanguinidad se refieren a las relaciones entre las diferentes generaciones de una familia y la distancia que existe de un familiar directo a otro.

Conocer el grado de consanguinidad es importante, pues afecta a procesos legales como las herencias, matrimonio o adopciones.

El parentesco podemos definirlo como el vínculo existente entre personas de una misma familia y, que desde un punto de vista jurídico afecta a la hora cobrar una prestación, heredar, tener legitimidad, cobrar indemnizaciones… de la misma manera que afecta en cuanto a derecho sucesorio.

El parentesco además de regirse por el tipo de vínculo se hace por grados dependiendo de la la distancia que tengas con tus familiares. El parentesco de una persona respecto de otra se determina por el número de generaciones que las separan. Cada generación es un grado.

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¿Qué son los grados de consanguinidad?

La consanguinidad es el parentesco natural entre una persona y otras que tienen los mismos antepasados.

El parentesco por consanguinidad es el que une a varias personas que descienden unas de otras o todas de un tronco común, y supone la existencia de un vínculo biológico o de sangre.

Se llaman grados de consanguinidad los distintos saltos o personas que hay que contar entre las generaciones que separan a una persona de la otra, sin contar a la persona de partida.

El grado de consanguinidad hace referencia al parentesco de sangre entre personas de una misma familia, con los mismos antepasados.

Los grados de consanguinidad son las distintas generaciones que unen a las personas ligadas por un parentesco de consanguinidad, es decir, a las que descienden unas de otras o de un tronco común.

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El parentesco por consanguinidad está regulado en el artículo 915 y siguientes del Código Civil.

Por decirlo de alguna manera, se emparenta por dos vías: consanguinidad y afinidad.

Ideas clave sobre la consanguinidad:

  • Los grados de consanguinidad unen a personas que comparten un parentesco de sangre.
  • El parentesco por consanguinidad se contrapone a los parentescos por afinidad y por adopción, en los que no existen lazos de sangre.
  • Los grados de consanguinidad tienen relevancia legal a la hora de reconocer derechos y obligaciones.

Tipos de consanguinidad: línea recta y colateral

La consanguinidad implica que una persona desciende de otra o que ambas descienden de un tronco común. En el primer caso, para llegar de una a otra, nos tenemos que mover en línea recta, bien ascendente, bien descendente. En el segundo caso, el movimiento tiene forma de pirámide, de modo que primero se asciende hasta el primer pariente en común y luego se desciende hasta llegar a la otra persona.

Estos distintos movimientos son los que configuran la consanguinidad en línea directa y la consanguinidad en línea colateral. La serie de grados forma la línea, que puede ser directa o colateral.

El Código Civil español establece y delimita el parentesco y los diferentes grados de consanguinidad. El texto dispone que la proximidad del parentesco de cualquier persona está delimitada por el número de generaciones, lo que significa que cada generación constituye un grado.

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Además, los grados forman una línea que puede ser directa o colateral.

Consanguinidad en línea directa

Se llama directa la constituida por la serie de grados entre personas que descienden una de otra.

La consanguinidad en línea directa es la que existe entre personas que descienden unas de otras, y puede ser ascendente o descendente, según tengamos que subir o bajar en la línea para encontrar a la otra persona. Esta línea puede ser también ascendente y descendente: la primera se refiere a la unión de personas con aquellos de quienes desciende, por ejemplo, los abuelos; y la segunda une a la cabeza de familia con los que descienden de él, por ejemplo, los nietos.

En las líneas se cuentan tantos grados como generaciones o como personas, descontando la del progenitor.

En la recta se sube únicamente hasta el tronco. Así, el hijo dista del padre un grado, dos del abuelo y tres del bisabuelo.

Por ejemplo, un nieto es pariente del abuelo en segundo grado de consanguinidad en línea directa descendente, mientras que el abuelo es pariente del nieto en segundo grado de consanguinidad en línea directa ascendente.

Consanguinidad en línea colateral

Y colateral la constituida por la serie de grados entre personas que no descienden unas de otras, pero que proceden de un tronco común.

La consanguinidad en línea colateral implica que, partiendo de una persona, habrá que ascender hasta un tronco común y luego descender hasta llegar a la otra persona, contando los saltos entre ambas, que son los distintos grados. La línea colateral supone, por tanto, un parentesco lateral pasando por el tronco común.

Para la respectiva graduación ascendemos hasta alcanzar el antepasado común más próximo y descendemos por la línea recta descendente.

En la colateral se sube hasta el tronco común y después se baja hasta la persona con quien se hace la computación. Por esto, el hermano dista dos grados del hermano, tres del tío, hermano de su padre o madre, cuatro del primo hermano y así en adelante.

Por ejemplo, dos hermanos están unidos por consanguinidad en segundo grado de línea colateral, ya que para llegar de uno a otro hay que dar dos saltos: uno hacia el padre o la madre (tronco común) y otro descendiendo del padre o de la madre hasta el hermano.

El parentesco colateral liga a una persona con aquéllas que proceden de un tronco común. Por ejemplo, dos hermanos no descienden el uno del otro, pero tienen el mismo padre y la misma madre (si son hermanos de doble vínculo) o uno de ellos (si son hermanos de padre o hermanos de madre).

Consanguinidad de doble vínculo

Existe consanguinidad de doble vínculo cuando se está unido a otra persona tanto por línea materna como por línea paterna.

Llámase doble vínculo al parentesco por parte del padre y de la madre conjuntamente.

Por ejemplo, los hermanos pueden ser de doble vínculo o solo medio hermanos, si el parentesco viene de parte de un solo progenitor.

Grados de consanguinidad

En lo referido a los grados de consanguinidad existentes, hay que señalar:

  • Parientes de primer grado de consanguinidad: Padres, Hijos.
  • Parientes de segundo grado de consanguinidad: Abuelos, Nietos, Hermanos.
  • Parientes de tercer grado de consanguinidad: Bisabuelos, Bisnietos, Tíos, Sobrinos.
  • Parientes de cuarto grado de consanguinidad: Tíos abuelos, Sobrinos nietos, Primos hermanos.

Por tanto, el grado de consanguinidad se refiere al parentesco común que existe entre personas de la misma familia y que comparten una vinculación determinada por la línea de sangre.

Afinidad: El parentesco político

Por otro lado tenemos el parentesco por afinidad, que surge como consecuencia del matrimonio de dos personas. Tras el matrimonio, cada cónyuge se convierte en pariente por afinidad de los parientes consanguíneos de su cónyuge. Es comúnmente denominado parentesco político, y da lugar a los diferentes grados de afinidad.

En cambio, la afinidad es la relación de parentesco que une a las personas mediante un vínculo como el matrimonio. No lo serían las parejas de hecho, pues estas no otorgan parentesco por afinidad. En la afinidad no se comparten lazos de sangre, pues el vínculo es legal, no natural.

Grados de afinidad

Existen tres grados de afinidad:

  • Primer grado de afinidad: cónyuge, suegros, yernos/nueras, cónyuge de mi padre (si no es mi madre), cónyuge de mi madre (si no es mi padre).
  • Segundo grado de afinidad: cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los hermanos, cónyuges de los nietos e hijos del cónyuge de mi padre o madre (si no hay un vínculo de sangre compartido).
  • Tercer grado de afinidad: cónyuge de los tíos, cónyuge de los sobrinos, tíos de mi cónyuge y sus cónyuges, sobrinos de mi cónyuge y sus cónyuges.

Diferencias clave entre consanguinidad y afinidad

El grado de consanguinidad recoge el vínculo relacionado con el parentesco de sangre, mientras que el grado de afinidad se refiere a la relación obtenida mediante un vínculo legal como, por ejemplo, el matrimonio. Es decir, los vínculos que cada cónyuge establece con los miembros de la familia del otro.

El parentesco por consanguinidad es vitalicio y nunca va a desaparecer, sin embargo, el de afinidad puede dejar de existir en caso de que se rompa el lazo jurídico (divorcio).

Por su parte, el Tribunal Supremo indica que el parentesco por afinidad se genera y se sostiene en el matrimonio, por lo que una vez desaparecido el vínculo matrimonial, la afinidad se extingue. Lo que supone la ruptura de cualquier relación parental entre los esposos y con la familia del otro.

Relevancia legal del parentesco por consanguinidad

La ley otorga distintos derechos y obligaciones como consecuencia del parentesco por consanguinidad:

  • Entre los derechos, están el derecho a suceder que tienen los parientes del fallecido, el derecho a la porción legítima de herencia, derechos laborales en materia de permisos, derecho a cobrar prestaciones de la Seguridad Social, etc.
  • Entre los deberes, están la patria potestad, que es un derecho y un deber al mismo tiempo, el deber de prestar alimentos entre parientes, etc.

Permisos laborales según el parentesco

Los permisos retribuidos laborales para situaciones como fallecimiento, accidente, matrimonio, nacimiento de algún hijo, enfermedad u hospitalización están fijados por ley. La posibilidad de solicitarlos está marcada por los grados de consanguinidad y afinidad anteriormente mencionados.

El Estatuto de los Trabajadores recoge permisos por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este permiso es de dos días naturales o cuatro si se necesita desplazamiento.

Asimismo, existe la posibilidad de licencia retribuida en caso de hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad sin más requisitos que la justificación de la hospitalización en sí de dicho pariente siendo, en todo caso, irrelevante el motivo de dicho ingreso.

A raíz de la publicación del Real Decreto - Ley 5/2023, de 28 de junio, se recogen nuevas causas por las que se pueden solicitar adaptaciones de la jornada de trabajo por motivos familiares, equiparándose la pareja de hecho al matrimonio en el caso del permiso retribuido, y es aquí donde nos puede abordar un supuesto dudoso, y es el caso de si una pareja que primero se formaliza como pareja de hecho en el respectivo Registro de Uniones de Hecho y, posteriormente, contraen matrimonio, ya que tendrán derecho a dos permisos retribuidos diferentes o al ser la misma pareja se considera como el mismo hecho causante y no podrá generar dos veces el mismo derecho.

En definitiva, las situaciones que pueden conllevar un permiso laboral retribuido son:

  • Nacimiento de un hijo o hija.
  • Accidentes.
  • Intervenciones quirúrgicas que precisen de reposo.
  • Hospitalización.
  • Enfermedades graves.
  • Fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho o parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Matrimonio o formalización de la pareja de hecho.

Por ejemplo, no se tendrá derecho a un permiso retribuido en caso de fallecimiento de bisabuelos, tíos, sobrinos, biznietos o primos. Tampoco se gozará de ese permiso en caso de que sea cuñado de mi hermano, ni tampoco en caso de cónyuge de mi cuñado/a o el cuñado/a de mi cónyuge.

Ejemplo: ¿Qué parentesco es el hijo de mi prima?

Para determinar el parentesco del hijo de tu prima, debemos considerar los siguientes pasos:

  1. Identificar el tronco común: En este caso, son tus abuelos (o los padres de tus padres).
  2. Ascender desde ti hasta el tronco común: Desde ti hasta tus abuelos hay dos generaciones (padres y abuelos).
  3. Descender desde el tronco común hasta el hijo de tu prima: Desde tus abuelos hasta tu prima hay dos generaciones (tíos y prima), y desde tu prima hasta su hijo hay una generación. En total, tres generaciones.
  4. Sumar las generaciones: 2 (hasta el tronco común) + 3 (desde el tronco común) = 5 generaciones.

Por lo tanto, el hijo de tu prima es tu primo segundo, ya que hay cinco grados de parentesco entre tú y él.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué grado de consanguinidad existe entre tío y sobrino? Tercer grado.
  • ¿Qué grado de consanguinidad existe entre abuelo y nieto? Segundo grado.
  • ¿Qué grado de consanguinidad existe entre hermanos? Segundo grado.
  • ¿Quiénes se consideran familiares de cuarto grado? Tíos abuelos, sobrinos nietos, primos hermanos.
  • ¿Quiénes se consideran familiares de tercer grado? Bisabuelos, bisnietos, tíos, sobrinos.
  • ¿Quiénes se consideran familiares de segundo grado? Abuelos, nietos, hermanos.
  • ¿Quiénes se consideran familiares de primer grado? Padres, hijos.

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