Riesgo Laboral en el Embarazo
El número de mujeres trabajadoras aumenta año tras año, lo que hace esencial abordar los riesgos laborales específicos que pueden enfrentar durante el embarazo y la lactancia. Tradicionalmente, los problemas femeninos se han considerado similares a los de los varones en el ámbito de la prevención de riesgos. Sin embargo, esta guía busca identificar los riesgos particulares a los que se enfrentan las trabajadoras en el embarazo y otros momentos relacionados con la crianza, proporcionando información sobre la legislación y los recursos sociales disponibles.
Durante el embarazo y la lactancia, las trabajadoras pueden enfrentar riesgos específicos en el lugar de trabajo que pueden afectar su salud y la de su bebé. Es fundamental que las empresas cumplan con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales respecto a las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia. Esto incluye la evaluación de riesgos, la adaptación o cambio de puesto de trabajo y la protección de la salud y seguridad de estas trabajadoras.
En este contexto, los Servicios de Prevención, como Vítaly, desempeñan un papel crucial al realizar una evaluación del puesto de trabajo para determinar si comporta algún riesgo para el embarazo.
¿En qué consiste el riesgo laboral durante el embarazo?
Antes de contestar, es importante resaltar lo que la guía de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) dice respecto a la gestación: “el embarazo no es una enfermedad, sino un momento de la vida de la mujer que, en muchos casos, debe compaginar con su vida laboral. Es aquí donde, en ocasiones, pueden surgir ciertos inconvenientes tanto para ella como para el futuro hijo.
Nuestro punto de partida es que las tareas que realicen los trabajadores/as deben hacerse de manera segura y saludable y que esta condición se debe cumplir para todos en general.
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No debe confundirse con el embarazo de riesgo, que es aquel en el qué debido a ciertas condiciones de salud, como pueden ser entre otras la hipertensión, diabetes, enfermedades reumáticas…, de la mujer embarazada, se necesitan extremar los cuidados y la atención ya que existen más posibilidades de tener complicaciones tanto para la madre como para el feto. Estos riesgos clínicos requieren seguimiento y tratamiento por el sistema público de salud a través de sus profesionales, que determinarán, en cada caso, la forma de proteger a la madre y al feto.
En caso necesario, nuestro Área de Prevención podrá colaborar valorando la concreción de determinadas situaciones de riesgo, así como proponer actuaciones de mejora que pueda implementar la empresa.
Para hablar de riesgo durante el embarazo, la incompatibilidad debe basarse en las condiciones laborales, no en la propia gestación. En ese caso, la empresa debe adoptar medidas preventivas complementarias. Si no es posible, la alternativa es cambiarla temporalmente de puesto de trabajo a otro exento de riesgos para su embrazo.
La mujer, por tanto, deberá acudir a su médico de cabecera y si este considera que es conveniente que deje de trabajar algún tiempo, debido a su embarazo de riesgo, le emitirá un parte médico de baja.
Obligaciones empresariales y evaluación de riesgos
En relación al riesgo durante el embarazo, se ponen de manifiesto las obligaciones empresariales:
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- El punto de partida es el de unas condiciones seguras y saludables para toda la plantilla en general.
- Eliminación de los riesgos en aquellos casos que sea posible.
- Para aquellas situaciones en las que el riesgo no se pueda eliminar, es necesaria la identificación de riesgos específicos para la trabajadora.
La evaluación de riesgos comprenderá la determinación de la naturaleza, el grado y la duración de la exposición de las trabajadoras en situación de embarazo a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en la salud de las trabajadoras o del feto.
Para estos riesgos, el empresario adoptará las medidas necesarias para evitar la exposición a los mismos, mediante una adaptación de las condiciones de trabajo o del tiempo de trabajo de la trabajadora afectada.
Es importante incidir en el hecho de que la guía es una referencia que debe ser interpretada por los médicos que certifican el riesgo. Como se ha indicado anteriormente, la evaluación debería ser de forma absolutamente individualizada para cada gestante.
En la valoración de riesgos ergonómicos actual, se establecen las horas efectivas en las que la gestante está sometida al riesgo.
Ejemplos de riesgos específicos y su valoración
A continuación, se mencionan algunos ejemplos de cómo se valoran ciertos riesgos y qué medidas se deben tomar:
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- Para las radiaciones no ionizantes, cuando las emisiones radioeléctricas superen los valores establecidos en el anexo II del R.D. 1066/2001, se debe apartar del puesto de trabajo a la persona embarazada. Se requiere la descripción exacta del puesto de trabajo (RD 783/2001 art. 20) y dosimetría abdominal. Se debe solicitar siempre la medición A8, a fin de valorar si la exposición comporta o no riesgo.
- Valoración higiénica de estrés térmico. Se requerirá la descripción exacta del puesto de trabajo (RD 783/2001 art. 20) y dosimetría abdominal. Se deberá solicitar siempre la medición A8 a fin de valorar si la exposición comporta o no riesgo. Solo comporta riesgo si no hay posibilidad de cambio de postura.
Prestación por riesgo durante el embarazo
La prestación por riesgo durante el embarazo, regulada por el Real Decreto 295/2009, es un subsidio que recibe la trabajadora embarazada durante el periodo de suspensión del contrato de trabajo o de interrupción de su actividad profesional por riesgo durante el embarazo.
Para tramitar la solicitud y respectiva documentación sin necesidad de estar en posesión de certificado digital puedes acceder a la plataforma de Prestación por riesgo durante el embarazo.
Documentación necesaria
Para tramitar la solicitud de prestación por riesgo durante el embarazo, se requiere:
- Informe del Servicio Público de Salud (SPS): Certificado de la matrona, del ginecólogo/a o informe del médico de familia. En el informe debe constar: gestación en curso normal, las semanas de gestación y la fecha probable de parto.
- Declaración empresarial de riesgo.
- Declaración empresarial de suspensión de contrato.
Tramita tu solicitud en Asepeyo Oficina Virtual en unos sencillos pasos.
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