Solicitar Paternidad Retroactiva: Requisitos y Proceso

31.10.2025

El complemento de paternidad, también conocido como complemento de paternidad para jubilados, es una prestación que busca eliminar la discriminación de los hombres en el complemento de maternidad. Se percibe tras ingresar una pensión contributiva, pero es importante recordar que no se otorga de forma automática, sino que es necesario reclamarlo.

Evolución del Complemento

Inicialmente, el complemento de maternidad fue concebido solo para madres con dos o más hijos al acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Tras varias sentencias judiciales, especialmente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en 2019, se demostró que excluir a los hombres era discriminatorio. Por lo tanto, los padres pueden reclamarlo de forma retroactiva si cumplen con los requisitos.

En febrero de 2021, el complemento evolucionó y pasó a denominarse complemento para la reducción de la brecha de género, pudiendo ser solicitado por cualquier progenitor que cumpla los requisitos. Se trata de un plus que se añade a las pensiones contributivas con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos.

¿A quién beneficia el complemento de paternidad?

El complemento de paternidad para jubilados, o para beneficiarios de otras pensiones contributivas, es un plus que pueden cobrar los padres por tener hijos, naturales o adoptados. Por este motivo, y pese a que ya no está vigente en las leyes actuales, los hombres que hubieran tenido derecho a él -si no hubiera sido una ayuda enfocada a las mujeres- lo pueden reclamar de forma retroactiva.Dicho plus se reconocía a las madres que tuvieran dos o más hijos en el momento de acceder a su pensión, independientemente de su edad. Tras una lucha en los tribunales que duró tres años, desde 2019 a 2022, ahora los hombres también se pueden beneficiar de este complemento si lo reclaman.

Requisitos para reclamar el complemento de paternidad

Pueden reclamar el complemento por paternidad en la pensión de jubilación los pensionistas jubilados que se vieron perjudicados entre enero de 2016 y febrero de 2021, que además deben cumplir los siguientes requisitos:

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  • Ser beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y ser padre de uno o más hijos.
  • Haber accedido a una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, siempre que alguno de los hijos tuviese derecho a percibir una pensión de orfandad.

Quienes se jubilaron a partir de febrero 2021 no pueden reclamarlo porque ya tienen acceso al complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.

Es imprescindible para reclamar el complemento de paternidad, además de que la pensión afectada se haya obtenido entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, es haber tenido dos hijos o más. No es suficiente con uno solo -descendiente natural o adoptado-.

Volviendo al complemento de paternidad para jubilados y otros pensionistas, este no es compatible con la jubilación anticipada voluntaria. Por el contrario, el antes mencionado complemento de brecha de género sí se puede percibir en una situación de jubilación anticipada voluntaria.

¿Cómo solicitar el complemento de paternidad?

Para reclamar el complemento se debe presentar un escrito en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tras solicitar cita previa. Como ya se ha indicado, no existe un modelo oficial específico para solicitar el complemento de paternidad con carácter retroactivo (pensiones entre 2016 y 2021). No obstante, no existe un modelo oficial de solicitud de este complemento; se debe preparar un escrito donde se pida, redactado de la forma más detallada y correcta posible.

La petición se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siendo lo recomendado hacerlo desde la sección Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social). En caso de que la resolución no sea favorable, se puede reclamar de nuevo ante el INSS o presentar una demanda en el juzgado.

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Si bien la normativa dice que el complemento de paternidad ha de ser reconocido por la Seguridad Social, en ocasiones la entidad lo deniega. Si esto sucede, se puede interponer una demanda judicial para exigirlo. Asimismo, puede ocurrir que acepte el complemento de paternidad reclamado pero no los atrasos.

Cuantía del Complemento

Este complemento consistía en añadir un porcentaje a la pensión (un 5 % por 2 hijos; un 10 %, por 3 hijos; un 15 %, por 4 hijos). Gracias al complemento de paternidad, los jubilados pueden ver aumentada su pensión entre un 5 y un 15% cada mes.

Sin embargo, el INSS no reconocía de oficio a los padres el derecho al complemento, por lo que tenían que reclamarlo vía administrativa o judicial. Por tanto, se debe abonar desde la fecha la jubilación, es decir, se puede recuperar todo el complemento desde el día de la fecha de la pensión, con los atrasos correspondientes.

Desde la fecha de efectos económicos de la pensión contributiva de Seguridad Social que determina el derecho al complemento. En aquellos casos en los que el hecho causante de la pensión del progenitor varón se hubiera producido con anterioridad al 15 de mayo de 2025, el reconocimiento del complemento -en virtud de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea- retrotraerá sus efectos económicos hasta la fecha de efectos económicos de la pensión a la que complementa.

La cuantía del complemento se fijará en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado de cada año. En el año 2025, el importe es de 35,90 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe.

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Proceso de Reclamación

Aquí te mostramos un resumen del proceso para reclamar el complemento de paternidad:

  1. Estudio Gratuito: Se analiza el caso con la documentación requerida y se realiza una estimación del importe a recuperar y del complemento vitalicio.
  2. Solicitud del complemento: Se presenta un formulario a la Dirección General del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).
  3. Demanda: Se presenta la demanda ante la jurisdicción social para que se conceda el complemento con carácter retroactivo.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Si te has prejubilado puedes solicitar el complemento? No.
  • ¿El complemento aplica solo a las jubilaciones? No.
  • ¿Hay un plazo fijo para reclamar? No hay un plazo fijo, pero cuanto antes se reclame, mejor.
  • ¿Qué documentos necesito? DNI, resolución de la pensión del INSS, libro de familia o documentación acreditativa de los hijos y cualquier documento adicional que acredite la fecha de jubilación y el número de hijos.
  • ¿Qué pasa si ya he reclamado y me lo han denegado? Sí.
  • ¿Cuánto tiempo tarda el proceso? Vía administrativa entre 3 y 6 meses, si hay que ir a juicio puede ser entre 12 y 14 meses.

El complemento de pensión por paternidad es un derecho que reconoce la aportación de los padres al sistema de pensiones, permitiendo aumentar su cuantía y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva. Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega.

En onLygal, entendemos lo complejo que puede ser enfrentarse a estos trámites. Por eso, ofrecemos un servicio de asesoramiento completo mediante nuestros seguros, acompañándote en cada paso del proceso para que puedas recuperar lo que te corresponde sin complicaciones.

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