Solicitud de Baja por Maternidad: Requisitos y Proceso en España

02.10.2025

¿Estás esperando un bebé y quieres saber cómo funciona la baja por maternidad en España? La prestación por el nacimiento de un hijo, popularmente conocida como baja por maternidad o paternidad, es un derecho que tiene todo trabajador. Se trata de una compensación durante unos meses para recuperarse del embarazo y cuidar del recién nacido.

¿Qué es el permiso por nacimiento y cuidado de menor?

El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó.

Evolución de este derecho

En 2019, el Ejecutivo aprobó medidas para favorecer la igualdad en el ámbito laboral y garantizar el derecho a la conciliación y la corresponsabilidad, entre las que figura la progresiva equiparación de los permisos de madres y padres en base a tres principios: igualdad, intranferibilidad y remuneración al cien por cien. Ese año, el permiso de paternidad pasó de 5 a 8 semanas, y en el año 2020 a doce. En 2021 entró en vigor la equiparación total para ambos progenitores y el permiso se amplió a 16 semanas, seis de las cuales deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento. En 2025, el Gobierno completa la transposición de una directiva comunitaria mediante un real decreto-ley que amplía el permiso a 19 semanas (32 en el caso de las familias monoparentales). Con esta ampliación, España se ha convertido en un referente internacional en políticas de conciliación, corresponsabilidad e igualdad y se alinea con los países europeos con permisos más largos y flexibles.

¿Quién puede acogerse a la ampliación del permiso?

Pueden acogerse a este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta, tengan cubierto un periodo mínimo de cotización, y cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas adicionales de cuidado podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

Duración y Distribución del Permiso

El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del otro progenitor durante 19 semanas o 32 en el caso de existir una única persona progenitora. El permiso se distribuye de la siguiente forma:

Lea también: Solicitar Baja por Maternidad (Empleadas del Hogar)

  • Diecisiete semanas (28 en el caso de las familias monoparentales o monomarentales) hasta que el bebé cumpla un año:
    • Las seis primeras semanas se disfrutan de forma obligatoria e ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.
    • Las once semanas restantes (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé.
  • Dos semanas adicionales (cuatro en el caso de monoparentales o monomarentales): Se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad. En supuestos de nacimiento o adopción múltiple o discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.

¿Cómo se disfruta el permiso si el parto es prematuro?

En los casos de parto prematuro y en los que, por otra circunstancia, el neonato deba permanecer hospitalizado tras el parto, el periodo de suspensión del contrato podrá computarse a partir de la fecha de alta hospitalizaría. Se excluyen de este cómputo las seis semanas posteriores al parto. Si el parto es prematuro con falta de peso o el neonato precisa, por alguna condición clínica, hospitalización tras el parto por un periodo superior a siete días, la suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.

¿Qué pasa si fallece el bebé o alguno de sus progenitores?

En el supuesto de fallecimiento del hijo o hija, el periodo de suspensión no se reduce, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas de descanso obligatorio, uno o los dos progenitores soliciten la reincorporación al puesto de trabajo. En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, el otro progenitor podrá hacer uso de la totalidad o, en su caso, de la parte que le reste de permiso.

¿Quién asume el coste del nuevo permiso de ampliación del permiso?

La Seguridad Social asume el coste total del permiso por nacimiento y cuidado de menor y abonará el 100% de la base reguladora.

Requisitos y Documentación Necesaria

Para solicitar la baja por maternidad, es esencial cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación adecuada. Estos son los pasos y documentos necesarios:

  1. Después de registrar el nacimiento del bebé, el siguiente paso es llamar al médico de cabecera para solicitarle el papel de baja por maternidad.
  2. Luego hay que comunicar a la empresa de la madre el día que el facultativo certifica que se inicia la baja para que ésta empiece a tramitar los papeles necesarios.
  3. Habrá que acercarse hasta el lugar de trabajo para recoger el documento y llevar la baja al médico de cabecera.

Documentación a aportar

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

¿Cómo y dónde solicitar la baja por maternidad?

Se puede solicitar online (no es necesario tener el certificado digital), por correo ordinario o en las oficinas de Atención de la Seguridad Social (se llama CAISS). La forma más rápida es solicitar la prestación a través de internet en la sede electrónica de la Seguridad Social.

Lea también: Cómo Pedir Vacaciones Después de la Maternidad

  • Presencial: Deberá presentar la solicitud y la documentación con cita previa.
  • Por correo: Descargue y rellene el formulario de solicitud que encontrará en la web de la Seguridad Social y remítalo por correo ordinario a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina correspondiente, junto al resto de la documentación.

Aspectos importantes a considerar

  • Plazo de solicitud: El plazo para solicitar la prestación por maternidad se inicia con el nacimiento del bebé.
  • En caso de parto múltiple La actual ley otorga 17 semanas de baja maternal, que se pueden ampliar en dos por cada hijo en caso de parto múltiple. Es decir, serán 19 si se tienen dos hijos o 21 si son trillizos.
  • Baja preparto: En la semana 39 de embarazo, si la madre no ha dado a luz, puede pedir una baja laboral hasta que dé a luz. Para pedir esta baja preparto, debe acudir a su médico de cabecera, quien se la dará directamente.
  • Cotización:
    • Si se es menor de 21 años no se exige periodo de cotización.
    • Si se tiene entre 21 y 26, se debe de haber cotizado 90 días en los siete años previos a la fecha de parto o bien 180 días a lo largo de su vida laboral.

Cuantía de la prestación

Se cobra el mismo salario que tanto el padre como la madre percibieron el mes anterior a la fecha de baja por maternidad. La Seguridad Social es quien se encarga de costear el 100% de la baja por maternidad.

Otros trámites importantes

Además de la solicitud de los permisos, te recordamos que hay otros trámites que debes acometer para el recién nacido. Por último, USO te recuerda que, para poder beneficiarte del conocido como “cheque bebé”, deberás solicitarlo a través del Modelo 140.

Tabla resumen de requisitos de cotización

Edad Periodo de Cotización Exigido
Menores de 21 años No se exige periodo mínimo
Entre 21 y 26 años 90 días en los 7 años previos al parto o 180 días a lo largo de la vida laboral
Mayores de 26 años 180 días dentro de los 7 años anteriores al parto o 360 días a lo largo de la vida laboral

Lea también: Solicitar el Complemento de Maternidad

tags: #solicitud #de #baja #por #maternidad #requisitos

Publicaciones populares: