Solicitud de Baja por Maternidad para Empleadas del Hogar: Requisitos y Proceso

12.12.2025

La baja por maternidad es un derecho fundamental para las empleadas del hogar en España. Desde la integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General de la Seguridad Social en 2012, las condiciones de estas bajas han mejorado significativamente.

¿Qué es la Baja por Maternidad?

La prestación por el nacimiento de un hijo, conocida como baja por maternidad, es un derecho que tiene toda trabajadora. Se trata de una compensación económica durante unos meses para recuperarse del embarazo y cuidar del recién nacido.

Duración del Permiso de Maternidad

Una empleada de hogar embarazada tiene derecho a un descanso de dieciséis semanas, que pueden ser ampliables a dos semanas más por cada hijo en caso de parto múltiple. En el caso de ser madre biológica podrá solicitar el descanso por maternidad durante las 4 semanas anteriores a la fecha prevista del embarazo.

  • 6 semanas obligatorias: ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto.
  • 10 semanas restantes: La trabajadora podrá distribuirlas como desee: todas de golpe, o disfrutarlas parcialmente hasta que el niño cumpla un año.

Cabe destacar que la baja por maternidad y paternidad también aplica a los casos de adopción y comenzará a partir de la resolución judicial con la que se materializa este nuevo vínculo familiar.

Permiso de Lactancia

El permiso de lactancia materna es un derecho que tienen las empleadas del hogar en España para poder amamantar a sus bebés durante los primeros nueve meses de vida. Es un derecho que se comenzará a disfrutar una vez que la trabajadora se haya incorporado a su puesto de trabajo, y hasta que el bebé tenga 9 meses.

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Durante todo ese periodo de tiempo la trabajadora tiene derecho a ausentarse una hora al día de su puesto de trabajo (normalmente suele ser antes de comenzar la jornada de trabajo o antes de finalizar). Por lo tanto, toda empleada del hogar podrá empezar o una hora antes su jornada laboral o terminarla una hora antes. O dividir ese tiempo en dos tandas de treinta minutos y empezar 30 min antes y salir 30 min antes.

Este permiso no es acumulable ni transferible, y su objetivo es fomentar la lactancia materna para garantizar la salud y el bienestar del recién nacido.

Requisitos y Trámites para Solicitar la Baja por Maternidad

Para solicitar la baja por maternidad la madre deberá notificar a la empresa su embarazo, así como su intención para solicitar la baja por nacimiento. Para poder tramitar el permiso de maternidad, la trabajadora deberá presentar a su empleador el certificado médico que acredite su estado de gestación y la fecha prevista de parto.

El plazo para presentar la solicitud de baja por maternidad es de 15 días hábiles desde el día del nacimiento del hijo. El proceso es muy sencillo. Se puede tramitar telemáticamente mediante el certificado digital.

Una vez que hayas presentado la solicitud y la documentación, deberás esperar a que te comuniquen la resolución de tu solicitud. Normalmente la resolución de baja por maternidad tarda 15 días en ser aprobada desde la fecha de solicitud.

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¿Cuánto se Cobra Durante la Baja por Maternidad?

Se cobra el mismo salario que tanto el padre como la madre percibieron el mes anterior a la fecha de baja por maternidad. La Seguridad Social es quien se encarga de costear el 100% de la baja por maternidad.

Obligaciones del Empleador

Durante todo el período de 16 semanas, el empleador sigue obligado a aportar a la Seguridad Social todas las cotizaciones que hasta el momento había estado haciendo. Respecto a la cuota de la seguridad social, mientras dure el permiso de maternidad y paternidad, el empleador continúa aplicando la cuota de seguridad social correspondiente al trabajador.

Actualmente, existe la posibilidad de aplicar una bonificación a las cuotas de la seguridad social. Si se contrata a un trabajador con la finalidad de sustituir al trabajador que disfrute del permiso, y el mismo está desempleado, el empleador se podrá bonificar el 100% de ambas cuotas de la seguridad social de ambos contratos. En este caso, el empleador solo deberá abonar el salario al trabajador sustituto.

Riesgo Durante el Embarazo

El riesgo durante el embarazo y el riesgo durante la lactancia natural son dos situaciones que pueden presentarse en las mujeres trabajadoras, y que están contempladas por la ley española como situaciones de protección para la salud de la madre y del bebé. El riesgo durante el embarazo hace referencia a situaciones en las que la salud de la madre o del feto pueden verse afectadas debido a las condiciones laborales.

A partir de la semana 18 de embarazo se puede solicitar una baja cuando el trabajo requiere agacharse más de diez veces por hora o requiera cargar más de 10 kilos de peso. Está regulada por el Real Decreto 295/2009 y puede consultar la guía de referencia del INSS: Guía para la valoración del Riesgo durante el Embarazo (3ª edición). Es del 100% de la base reguladora, calculada como la media de las cotizaciones de los doce meses anteriores a la baja.

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En estos casos, la trabajadora tiene derecho a un permiso de descanso retribuido durante el tiempo que dure el riesgo. En estos casos, la trabajadora tiene derecho a una reducción de la jornada de trabajo o a un cambio de puesto de trabajo. Es importante destacar que estas prestaciones no son acumulables, es decir, la trabajadora sólo tendrá derecho a una de ellas en cada momento.

Modificaciones y Actualizaciones Legales

On 07/03/2019, Royal Decree-Law 6/2019, of 1 March, on urgent measures to guarantee equal treatment and opportunities between men and women in employment and occupation, was published. This Royal Decree-Law includes amendments to the Workers’ Statute (ET) and the Basic Statute of Public Employees (EBEP), as well as to the General Law of Social Security, for equal rights for workers.

From 01/04/2019, maternity and paternity benefits have been unified into a single benefit known as BIRTH AND CHILD CARE.

On 30 July 2025, Royal Decree-Law 9/2025 of 29 July was published, extending birth and care leave by amending the consolidated text of the Workers' Statute Law, approved by Royal Legislative Decree 2/2015 of 23 October, the revised text of the Basic Public Employee Statute Law, approved by Royal Legislative Decree 5/2015, of 30 October, and the revised text of the General Social Security Law, approved by Royal Legislative Decree 8/2015, of 30 October, to complete the transposition of Directive (EU) 2019/1158 of the European Parliament and of the Council of 20 June 2019 on the reconciliation of family and professional life for parents and carers, and repealing Council Directive 2010/18/EU.

By virtue of this royal decree-law, which came into force on 31/07/2025, the duration of the suspension of the work contract and leave for childbirth and childcare is increased, as well as the subjective scope of the non-contributory childbirth and childcare allowance.

Tabla Resumen de Permisos y Prestaciones

Permiso/Prestación Duración Condiciones
Baja por Maternidad 16 semanas (ampliable en caso de parto múltiple) 6 semanas obligatorias después del parto, resto a elección de la madre hasta que el hijo cumpla 1 año.
Permiso de Lactancia Hasta que el bebé cumpla 9 meses 1 hora al día (o dos medias horas)
Riesgo durante el Embarazo Variable Depende de las condiciones laborales y el riesgo para la madre o el feto.

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