Baja de Maternidad para Autónomas: Requisitos, Duración y Beneficios en España
Si eres autónoma y estás embarazada, o te planteas tener un hijo, adoptar, acoger o tutelar a un familiar, este artículo es para ti. Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la baja de maternidad para autónomas en España.
¿Qué es la Baja por Maternidad para Autónomas?
La baja por maternidad o subsidio por maternidad, también está disponible para aquellas personas que desarrollan actividad laboral por su cuenta. La baja por maternidad no se aplica exclusivamente a los partos naturales, también se puede solicitar después de una adopción, acogida o tutela de un familiar.
La baja por maternidad del autónomo consiste en un permiso de trabajo retribuido que abarca un período de tiempo de 20 semanas. Desde 2021, las bajas por maternidad y por paternidad para autónomas en España están equiparadas en 16 semanas. En 2025 se aprobó una propuesta de ley para ampliar el permiso a 20 semanas, distribuidas de la siguiente manera:
- 6 Primeras semanas: Son de disfrute obligatorio e ininterrumpido, a jornada completa e inmediatamente posteriores al parto o a la resolución judicial o administrativa en caso de adopción o acogimiento. Este periodo obligatorio se puede adelantar hasta 4 semanas antes del parto.
- 14 Siguientes semanas (o resto del período si se ha ampliado): Son voluntarias y las puedes disfrutar de forma continuada o interrumpida en períodos semanales. Tras estas 6 semanas, el resto del permiso (normalmente 10 semanas, para llegar a un total de 16) pueden disfrutarse de forma ininterrumpida, en periodos alternos o alargarlas combinándolas con una jornada parcial.
Además, si el bebé nace de forma prematura y necesitáis pasar más de 7 días en el hospital, el tiempo que estés de baja deberás seguir de alta como autónoma.
Con esta modificación, la baja por nacimiento pasa a ser de 17 semanas (antes 16), y se suman 2 semanas adicionales retribuidas para el cuidado del hijo o hija, que pueden disfrutarse en cualquier momento hasta que cumpla 8 años. Estas mejoras se aplican con carácter retroactivo desde el 2 de agosto de 2024.
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👨🏫 En caso de discapacidad, se sumarían 2 semanas por discapacidad del recién nacido, al igual que cuando el parto es múltiple, por cada hijo sin contar el primero se sumarán 2 semanas más.
Requisitos para Solicitar la Baja por Maternidad como Autónomo
Para solicitar la baja por maternidad para madres autónomas, es crucial cumplir con ciertos requisitos que aseguren la elegibilidad para esta prestación. ¿Cumples los requisitos? Entonces podrás disfrutar la baja de maternidad.
Los requisitos principales son:
- Estar dada de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Estar al corriente de pago de las cuotas de la Seguridad Social.
- Condición personal: ser madre biológica, adoptiva o iniciar una guarda, acogimiento o tutela con fines de adopción.
- Cumplir con el periodo mínimo de cotización, que varía según la edad:
- Las mujeres menores de 21 años no necesitan un periodo mínimo.
- Para las menores de 26 años, se requieren 90 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio de la baja, o 180 días a lo largo de la vida laboral.
- Para las mayores de 26 años, se exigen 180 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio de la baja, o 360 días a lo largo de la vida laboral.
Además debes contar con un periodo de cotización mínimo acumulado desde la fecha del parto o en la que se produzca la resolución de adopción, acogimiento o tutelaje.
¿Cuánto se Cobra Durante la Baja por Maternidad?
Afortunadamente, durante este periodo, las mujeres que trabajan por cuenta propia tienen derecho a recibir una prestación económica equivalente al 100% de su base reguladora de cotización. Durante la baja por maternidad la autónoma recibirá el 100% de su base reguladora a modo de prestación económica.
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Cálculo de la Prestación Diaria
Para determinar la prestación diaria por baja de maternidad, las autónomas deben sumar las bases de cotización de los últimos 6 meses y luego dividir el resultado entre 180. Para realizar el cálculo, la Seguridad Social coge las bases de cotización de los últimos seis meses antes dar a luz, lo suma todo y lo divide entre 180 días.
Por ejemplo, si la base mensual de la autónoma ha sido de 1.274,51 € (la mínima para 2025), la suma de 6 meses es de 7.647 €. Esa cantidad se divide por 100, lo que resulta en 42,50.
Tomemos el caso de Sara, una autónoma embarazada que ha cotizado por una base de 960,60€ durante los últimos tres años. Para calcular su prestación por maternidad, multiplicamos esta base por 6 meses, obteniendo un total de 5.763,60€.
Es interesante que, si tienes la posibilidad de planear un poco la situación, en torno a un año antes de solicitar la baja por maternidad te anticipes subiendo la base de cotización. ¿Y qué es eso de la base reguladora? ¿Qué quiere decir esto?
¿Cómo Solicitar la Baja por Maternidad?
Para solicitar la prestación por maternidad, primero necesitas que tu médico te emita la baja por maternidad. Primero, obtener el informe médico tras el nacimiento (o adopción o acogida), que acredite el inicio de la prestación.
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Luego, debes presentar la solicitud en el INSS con la documentación requerida, como DNI, informe de maternidad, libro de familia y la declaración de situación de actividad. Luego tendrás que acudir a la Seguridad Social y solicitar oficialmente la prestación por maternidad para autónomas. Segundo, presentar la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
Para solicitar la baja tanto por maternidad como por paternidad, tienes que presentar ante la Seguridad Social la documentación correspondiente. Una vez presentada, la Seguridad Social emite un acuse de recibo y dispone de un plazo de 30 días para resolver la prestación.
Puedes realizar este trámite de las siguientes maneras:
- Internet: accediendo al portal Tu Seguridad Social.
- Presencial: en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Si lo haces por la sede electrónica, puedes presentar la documentación fotocopiada o escaneada. Presentar la solicitud físicamente en una de las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Bonificaciones y Ayudas Adicionales
No tendrás que preocuparte por pagar la cuota de autónomos durante el período de baja por maternidad. Durante este tiempo, estás exenta de cumplir con ese pago. Bonificación completa en la cuota de autónomas durante la baja: mientras dura la baja por maternidad, la autónoma no paga cuota a la Seguridad Social, ya que se aplica una bonificación del 100 % sobre su base de cotización. No, no se paga la cuota de autónomas durante la baja por maternidad en 2025, sino que se aplica una bonificación del 100 % en la parte correspondiente a contingencias comunes. La Seguridad Social o, en su caso, la mutua, se encarga de cubrir totalmente esas contingencias mientras estés de baja.
Esta mejora significa que al retomar tu actividad después de la baja, disfrutarás de una bonificación por reincorporación de la maternidad de autónomos, permitiéndote reducir tu cuota mensual a tan solo 80€ durante este período prolongado.
Además, existen otras ayudas:
- Ayuda mensual de 100 euros para madres trabajadoras: las madres con hijos menores de 3 años que trabajen por cuenta propia tienen derecho a una deducción anticipada de 100 €/mes, compatible con la baja.
- Beneficio fiscal mínimo por descendientes: el IRPF contempla un mínimo exento adicional por descendientes a partir del nacimiento del primer hijo.
- Ayudas autonómicas según la comunidad en la que residas: cada comunidad autónoma puede ofrecer ayudas específicas por maternidad o nacimiento, como pagos únicos, bonos por conciliación o incentivos al emprendimiento femenino.
Tabla Resumen de la Baja por Maternidad para Autónomas en 2025
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Duración | 20 semanas (6 obligatorias) |
| Prestación | 100% de la base reguladora |
| Cuota de autónomos | Bonificación del 100% durante la baja |
| Requisitos | Alta en RETA, estar al corriente de pago, periodo mínimo de cotización |
Compatibilidad con Otras Situaciones
Si la baja por maternidad coincide con el cese de actividad, la prestación por maternidad no varía. Baja por maternidad a tiempo parcial: Si eres autónoma y vas a solicitar la prestación por maternidad, tienes la opción de escoger el descanso a tiempo parcial.
Una situación de pluriactividad ocurre cuando se compagina la actividad como autónoma con un empleo por cuenta ajena. En caso de maternidad, es posible percibir prestación en ambos regímenes, siempre que se cumpla con los requisitos de cotización en cada uno.
Las autónomas que acrediten ser víctimas de violencia de género disfrutan de un tratamiento preferente. Así, a la exención del pago de la cuota durante la baja por maternidad se une una bonificación adicional de seis meses sin cotización tras la finalización del permiso.
Reclamación del IRPF por Maternidad
¡Sí, es posible reclamar el IRPF por maternidad! Es importante saber que dichas reclamaciones tendrán un carácter retroactivo máximo de 4 años, por lo que no se podrá reclamar el IRPF de años anteriores, salvo vía judicial. De manera más concreta, podrán reclamar los padres y madres que recibieron la prestación desde 2014, hasta hoy. Ya puedes reclamar estas cuantías a través de los diferentes canales telemáticos de Hacienda (RENO, clave PIN o certificado electrónico).
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Planificar la baja de maternidad con antelación es esencial. Si necesitas más información o asesoramiento personalizado, no dudes en contactar con nuestra asesoría fiscal y laboral. Y, por último, recuerda que en Declarando puedes solicitar una llamada gratuita de asesoramiento para resolver todas tus dudas como autónomo.
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