Cita Previa SIAC Paterna: Requisitos y Trámites

09.12.2025

El Ayuntamiento de Paterna ofrece una variedad de servicios sociales diseñados para prevenir la marginación y promover la integración de personas o familias que necesitan ayuda y protección social debido a dificultades económicas, falta de autonomía personal, discapacidades o marginación social.

Servicios Ofrecidos por el Ayuntamiento de Paterna

Algunos de estos servicios incluyen:

  • Atención social polivalente (atención individual y familiar).
  • Detección y prevención del absentismo escolar.
  • Atención a la infancia y adolescencia en situación de riesgo.
  • Atención social domiciliaria para personas de la tercera edad y discapacitados.
  • Programa de emergencia social para ayudas económicas específicas y urgentes.
  • Servicio de Ayuda a Domicilio.

Además, el ayuntamiento cuenta con servicios especializados como el SEAFI (Servicio Especializado de Atención a la Familia) y el Programa de Bienestar Infantil.

SEAFI (Servicio Especializado de Atención a la Familia)

El SEAFI es un servicio especializado en la atención a la familia, que ofrece apoyo psicológico y educativo a las familias que tienen conflictos en sus relaciones personales. Este servicio es desarrollado por un equipo de profesionales especializados en el ámbito familiar, compuesto por una psicóloga y una trabajadora social.

Programa de Bienestar Infantil

El Programa de Bienestar Infantil está centrado en la promoción del bienestar infantil, potenciando su desarrollo psicológico y emocional, y proporcionando a los padres una guía en su tarea educadora. Va dirigido a la población infantil de Albal, con edades comprendidas entre los 3 y 24 meses de edad, y a sus padres y madres. El programa es desarrollado por un equipo de profesionales especializados en la infancia y las relaciones familiares, compuesto por una psicóloga.

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Cómo Solicitar Cita Previa

Para recibir información, orientación y asesoramiento sobre derechos y recursos sociales, es necesario acudir al Centro de Servicios Sociales más cercano a su domicilio. Para evitar esperas innecesarias y asegurar una atención de calidad, es imprescindible solicitar cita previa.

Para acceder al Programa de Bienestar Infantil, también es necesario pedir cita previa llamando al número de teléfono 96 122 05 04 Ext.

Información de Contacto y Horarios

Centro Polivalente: C/ Mestre Ramón Sanchis Rovira, 9.
Teléfono: 96 122 05 04.
Horario: De lunes a viernes, previa petición de hora.

Servicio de Ayuda a Domicilio

El Servicio Público de Ayuda a Domicilio tiene como objetivo la prevención y atención de situaciones de necesidad personal en el entorno del hogar familiar.

Atención a la Dependencia

La concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Albal dispone desde septiembre de 2007 de un Servicio de Atención a la Dependencia subvencionado por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias para el desarrollo de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal Atención a Personas en Situación de Dependencia.

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Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia

La Ley 39/2006, en vigor desde el 1 de enero de 2007, tiene como objetivo atender a las necesidades de aquellas personas que, por encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, necesitan ayuda para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

La dependencia se presenta cuando las personas por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal (Art. 2.2 de la Ley de Dependencia).

Grados de Dependencia

La Ley establece tres grados de dependencia:

  • Grado 1: Dependencia moderada.
  • Grado 2: Dependencia severa.
  • Grado 3: Gran dependencia.

Cada uno de estos grados se clasifica en dos niveles en función de la autonomía de las personas y de la intensidad del cuidado que requiere.

Requisitos de Acceso al Servicio de Dependencia

  1. Ser español/a o extranjero/a, cumpliendo con la Ley Orgánica 4/2000.
  2. Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos por la Ley 39/2006.
  3. Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Proceso para el Reconocimiento de la Dependencia

  1. Solicitud: Presentar la solicitud en los lugares indicados (Sede Electrónica, SIAC, etc.). Una profesional revisará la solicitud y la documentación adjunta. Se puede solicitar cita previa en el teléfono 963053070.
  2. Registro: Registrar la documentación revisada en la Oficina del SIAC o desde la sede electrónica.
  3. Informe Social: Desde el Centro de Servicios Sociales contactarán para elaborar un informe social de entorno y una propuesta técnica del grado de dependencia.
  4. Resolución: La Dirección General con competencias en atención a personas en situación de dependencia resolverá, notificando el grado y el Programa Individual de Atención (PIA).

Documentación Necesaria

  • DNI/NIE de la persona solicitante.
  • Libro de familia (para menores de edad).
  • Certificados de empadronamiento histórico.
  • Certificado negativo del registro de delincuentes sexuales (si aplica).
  • DNI/NIE de la persona representante legal (si aplica).
  • Informe de salud (en algunos casos, puede estar exento).

Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna

El Ayuntamiento de Paterna convoca una serie de Becas y Ayudas orientadas a facilitar el desarrollo de distintos niveles de estudios a sus vecinos. Entre ellas, se pueden citar las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna, se otorgarán ayudas económicas en concepto de matrícula, comedor y dotación mensual en el caso de los alumnos de Educación Infantil de Primer Ciclo, y ayudas económicas en concepto de comedor y material, para los alumnos de Educación Infantil de Segundo Ciclo.

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Con estas ayudas, además de fomentar y promover la educación escolar desde las etapas más tempranas, también se facilita la asistencia de estos alumnos a los centros educativos, lo que permite a sus familiares una mayor conciliación.

Para poder solicitar una de estas becas te será de gran ayuda conocer todos los datos como requisitos, plazos de presentación de solicitudes, medios disponibles para hacerlo y documentación a adjuntar, y para ponértelo más fácil en nuestro portal web te los facilitamos todos. Solicita ahora una de las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna, y benefíciate de ellas.

Requisitos para las Becas de Educación Infantil

Los requisitos exigidos para optar a las Becas Escolarización Educación Infantil Ayto. Paterna son los siguientes:

  • Tanto el niño como ambos progenitores deberán estar empadronados en el municipio de Paterna. Excepciones: casos de necesidad social urgente, debidamente acreditados y valorados por los técnicos municipales. Personas en trámite de adopción nacional o internacional.
  • Separación o divorcio, solo se le exigirá el empadronamiento al padre o madre que tuviese la guardia y custodia legalmente establecida, junto al menor.
  • Uniones no matrimoniales: ambos progenitores deben residir en el municipio salvo casos especialmente documentados.
  • Familias procedentes del extranjero, si uno de los progenitores se encuentra fuera del país se deberá documentar fehacientemente este hecho acompañando la autorización correspondiente (adjuntar Anexo II).
  • Progenitores que declaren desconocer el paradero del otro progenitor, deberán documentarlo en la medida de lo posible y acompañar una declaración responsable (Anexo III).
  • El centro de primer o segundo ciclo podrá estar ubicado en el municipio de Paterna o fuera de él.
  • Aportar la documentación obligatoria y la complementaria, en su caso.

Documentación Necesaria para las Becas

  • Prestar atención a las declaraciones responsables incluidas en la misma para marcarlas en su caso.(formulario electrónico).
  • Anexo I para la obtención de datos de Ingresos obtenidos del año correspondiente (últimos datos relativos al IRPF que obren en la Agencia Tributaria) que obren en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por el Ayuntamiento de Paterna, firmado por ambos progenitores.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento del alumno: en caso de hijas/os pertenecientes a otras unidades familiares.
  • En caso de separación, cese o no convivencia de los progenitores: sentencia judicial y convenio regulador. En caso de no poder aportar esta documentación se deberá solicitar certificado de convivencia con informe policial.
  • Anexo II en caso de darse la circunstancia nº 3 arriba señalada.
  • Anexo III en caso de darse la circunstancia nº 4 arriba señalada.
  • Anexo IV. Concesión de ayudas a la escolarización en Educ.

Ayudas a las AMPA

Paterna constituye un entramado educativo que precisa de la participación y complicidad de todos los sectores implicados. Un entramado en el que las familias constituyen un factor esencial para el logro de los fines educativos.

Las AMPA en nuestro municipio han sido un elemento esencial para la transformación educativa apoyando y acompañando los diferentes proyectos de los Centros Educativos, formando parte activa de la realidad escolar y reivindicando y siendo la voz de la escuela en los foros que fuesen pertinentes.

¿A quién va dirigida?

Se consideran destinatarias de esta convocatoria las Asociaciones de madres y Padres de Alumnos y Alumnas (AMPA) y las asociaciones de alumnos/as de Paterna.

¿Qué actividades se subvencionan?

Esta convocatoria tiene como objeto la promoción de la participación efectiva de las AMPA en el proceso educativo y la financiación de los gastos parciales derivados de su funcionamiento general y de determinadas actividades de las mismas.

Uno de los elementos principales para la mejora de la escuela y su influencia en la comunidad es, desde el principio de autonomía, la posibilidad de transformación y adaptación a las circunstancias del contexto donde se hayan inscritas para dar respuesta a las demandas del entorno inmediato.

En este sentido, resulta evidente la enorme importancia que cobra la experimentación y búsqueda desde los centros educativos, de elementos que renueven continuamente las respuestas a la generación de nuevas experiencias escolares a la altura de aquellas demandas.

Es precisamente esta relación entre entorno y transformación educativa la que promueve el capital interés por el desarrollo y promoción de iniciativas para la innovación educativa desde el ámbito municipal. Desde el año 2017 Paterna forma parte de la Asociación Internacional de Ciudades Educadoras. En este tiempo se ha puesto en marcha multitud de iniciativas para desarrollar las diferentes dimensiones de la Carta de Ciudades Educadoras. Desde el año 2021 Paterna dispone de un Plan Local de Infancia y Adolescencia de Paterna, en una apuesta decidida, a múltiples niveles, de mejora de la calidad de vida de la infancia y la adolescencia de nuestro municipio.

Obligaciones de los Beneficiarios

Los beneficiarios de las subvenciones y servicios ofrecidos por el Ayuntamiento de Paterna tienen varias obligaciones, entre ellas:

  • Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto o realizar la actividad que fundamenta la concesión.
  • Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero.
  • Comunicar la obtención de otras subvenciones o ayudas.
  • Acreditar estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Disponer de los libros contables y registros diligenciados.
  • Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos.
  • Proceder al reintegro de los fondos recibidos en los supuestos que corresponda.
  • Dar publicidad a la colaboración del Ayuntamiento de Paterna en la financiación.

Recursos Adicionales

Para más información, puede consultar la siguiente normativa:

  • Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del Derecho de Petición.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

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