Requisitos para Solicitar la Baja por Paternidad en la Seguridad Social
Al tener un bebé, uno de los trámites importantes es solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor ante la Seguridad Social. Este trámite se suele realizar en paralelo al alta del bebé como beneficiario de alguno de sus progenitores para acceder a la asistencia sanitaria.
Cómo Solicitar la Prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor
Existen varias maneras de solicitar esta prestación:
- Online a través de Tu Seguridad Social: Podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente.
- A través de la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS: Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
- Por correo ordinario: También puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
Documentación Necesaria
La documentación necesaria varía dependiendo de si es trabajador por cuenta ajena o propia:
- Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor. Los certificados de empresa del inicio del descanso obligatorio y/o voluntario de la prestación de nacimiento y cuidado de menor, solo pueden remitirse a partir de la fecha en la que se inicia el descanso.
- En caso de realizar el trámite presencialmente o por correo ordinario: Deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada (puede descargarla en este enlace), fotocopia del documento de identidad del asegurado y el Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.
- Si se realiza el trámite online: Es necesario tener un DNI o NIE físico, así como una imagen de cada lado, que deberá adjuntar al formulario.
Duración del Permiso
Cabe recordar que España equiparó en enero de 2021, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores hasta las 16 semanas de prestación, convirtiendo a nuestro país en uno de los más avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso como ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca.
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.
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Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.
Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.
Cita Previa en la Seguridad Social
Sin embargo, hay ocasiones en que se requiere solicitar una cita telefónica o acudir presencialmente a alguno de los Centros de la Seguridad Social. Para ello, es recomendable solicitar una cita previa en la mayoría de los casos. Con este servicio, se puede obtener y gestionar una cita previa para trámites relacionados con prestaciones en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
El acceso al servicio podrá hacerse con cualquier sistema de identificación válido. El Instituto Nacional de la Seguridad Social adoptará la correspondiente resolución que será emitida por medios exclusivamente electrónicos y estará disponible en el servicio de Notificaciones Telemáticas.
Cómo Solicitar Cita Previa
Para facilitar la obtención de la cita, es conveniente que, al realizar la llamada, tengas a mano tus datos de identificación (DNI o NIE) y tu código postal, y te encuentres en un ambiente poco ruidoso. Una vez obtenida la cita, el sistema te proporcionará un localizador.
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- Con certificado digital: En el siguiente enlace puedes obtener cita previa con el INSS con certificado digital. Para ello, tendrás que exponer en el formulario el motivo de la cita y la provincia y centro donde deseas obtenerla.
Antes de solicitar una cita, consulte los distintos motivos que le ofrecemos para elegir el que mejor se adapte a sus necesidades. Para ampliar información de los CAISS podrá consultar el directorio de Oficinas de la Seguridad Social. Si en el CAISS donde desea ser atendido no consigue obtener cita previa, puede concertar su visita en otro centro.
Otros Servicios de Atención
También ponemos a su disposición dentro de las opciones de cita, el servicio de atención telefónica mediante cita, donde nos pondremos en contacto con usted en el día y hora fijada para proporcionarle la información o el trámite que solicite sin que tenga que desplazarse a nuestras oficinas o, si es imprescindible, facilitarle una cita en nuestros Centros.
- Teléfonos de información general del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): 901 16 65 65 y 915 42 11 76 de 9 a 20 horas, de lunes a viernes no festivos).
- Información telefónica de la TGSS: 901 50 20 50 o 91 541 02 91.
- Teléfono de información sobre el Ingreso Mínimo Vital: 020. Proporcionará información general acerca del Ingreso Mínimo Vital así como Información específica sobre el trámite de expedientes y las prestaciones del IMV ya reconocidas.
Sin embargo, es recomendable realizar los trámites siempre que sea posible de manera telefónica o telemática.
El portal oficial de trámites de la Tesorería General de la Seguridad Social se denomina Importass. A través del mismo, se ofrece a los ciudadano información y servicios de tramitación, consultar y obtener informes.
NOTA: El coste de las llamadas, aplicado por los operadores telefónico, a servicios inteligentes con prefijo 901, habitualmente no está incluido en tarifas planas.
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