Maternidad Subrogada: Un Análisis Detallado y sus Implicaciones

26.10.2025

Los expertos juristas que han participado en el Congreso Internacional de Gestación Subrogada, que ha tenido lugar en la Facultad de Derecho de la UNED, en Madrid, han llegado a una conclusión principal: es aconsejable regular la maternidad subrogada en España, confiriendo la necesaria seguridad jurídica para todas las partes.

En la actualidad la gestación subrogada está materialmente prohibida en España, de acuerdo con la Ley 14/2006 de Reproducción asistida. Sin embargo, no hay ningún tipo de sanción para quien realice estas prácticas.

El Debate Legal y Ético en Europa

El proceso se inició con la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal contra la resolución de la Dirección General que acordó la inscripción de los menores que había sido denegada previamente por el encargado del Registro Civil Consular de España en Los Ángeles por ser fruto de un contrato de gestación por subrogación.

El profesor de Derecho Civil de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, Luis A. Godoy Domínguez, explicó los tres casos que desembocaron en el TEDH. Ambos matrimonios, los Mennesson y los Labasse, heterosexuales, ante la imposibilidad de que las mujeres pudieran tener hijos, se trasladaron a California y Minnesota y allí, haciendo uso del semen de los padres y del óvulo de la donante, tuvieron a sus hijos. Francia no reconoció la nacionalidad francesa de los bebés y les impidió inscribirlos en el Registro Civil por considerar que esto atentaba contra el orden público internacional francés. El Tribunal de Estrasburgo condenó a Francia.

De acuerdo con Lasarte, «este Congreso ha traído, por encima de todo, claridad de ideas y debate sobre este tema tan controvertido. Es cuestión de tiempo que esto se regule.

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Los Riesgos y Consecuencias de la Maternidad Subrogada

En Madrid Jennifer Lahl habló con La Contra TV y explicó los problemas de esta práctica, que en España está prohibida, aunque el país importa bebés encargados, comprados y producidos en el extranjero y regularizados en España. Es un negocio internacional (como lo fue en su momento la esclavitud) y requiere de una prohibición global, como se da con la compra-venta y tráfico de órganos.

Quince Razones para la Ilegalización Global

  1. «Es tráfico de bebés» y no se parece a la adopción: Se contrata a una mujer para que engendre o geste el bebé y hay un contrato con condiciones por medio. El contrato le da un sentido de compra-venta innegable.
  2. Ser «paridora a sueldo» no es ético: Hay riesgo físico y psíquico para la gestante y también para el bebé engendrado en estas técnicas tecnológicas especialmente arriesgadas… y lo que mueve este riesgo es un negocio, dinero. No es ético pedir a una joven que arriesgue su cuerpo y salud por este negocio.
  3. Los bebés en «limbos» pueden ser objeto de tráfico, también de órganos: Si una pareja contratante decide que no quiere quedarse el bebé que ha encargado en el Tercer Mundo, ¿quién se queda el bebé? Ese bebé nació por un encargo, para producir un beneficio económico… y en países del tercer mundo la «empresa» (o el entorno de la gestante) puede intentar lograr el beneficio vendiendo el bebé a otros usos.
  4. Hay riesgos extra en la salud, como en una donación de órganos: Un cuerpo femenino no está diseñado para llevar un embrión que no sea engendrado por la mujer misma. Trata al embrión implantado artificialmente como un cuerpo extraño. Hay que dar dosis de hormonas y medicamentos muy fuertes. Hay más riesgo de preeclampsia, hipertensión, diabetes… También los niños tienen más riesgos a largo plazo.
  5. A las madres gestantes no se las informa bien… y las pobres accederían igual: Incluso si a una madre gestante se le informa de los riesgos, puede tender a valorarlos como menos graves o probables de lo que son en realidad, porque en realidad necesita el dinero y correrá los riesgos que sea.
  6. No permitimos la compra-venta de órganos ni en casos de vida o muerte…: La sociedad internacional es justamente estricta contra el negocio de la compra-venta de órganos: no la permite ni siquiera para salvar a alguien que se esté muriendo.
  7. Va contra los derechos humanos: «Creo que el vientre de alquiler es una violación de los derechos humanos. Le robas a una mujer su dignidad, usas su cuerpo instrumentalmente, por contratos y dinero… Es una violación de Derechos Humanos también para el niño, que ni siquiera tienen capacidad de consentir en un contrato que van a nacer así…»
  8. Daña a madre e hijo rompiendo el vínculo materno-infantil: «Fui enfermera pediatra casi 20 años, hay algo llamado el vínculo materno-infantil, que es algo bueno. Pero en la subrogación dicen que no importa. Al nacer el bebé, lo separan de la única persona que ha conocido. Un bebé solo sabe una cosa al nacer, nadie se lo ha enseñado: sabe quién es su madre».
  9. El niño, al crecer, sabrá que fue comprado, un producto comercial: Los bebés comprados en vientre de alquiler crecen, y aprenden que fueron encargados como parte de un contrato, entregados y vendidos, adquiridos en un intercambio económico.
  10. Al pasar el tiempo, la gestante también quiere saber de los hijos que parió…: El vínculo madre-hijo es muy fuerte, pasa el tiempo, la mujer quiere saber qué sucedió con los bebés que entregó por dinero.
  11. No existe el «derecho a tener un hijo»: Los Derechos Humanos recogen el derecho de los niños a crecer con sus padres, pero no existe ningún «derecho a tener hijo» ni a «adquirir hijo», ni a poner en riesgo el cuerpo y la salud de otra mujer para que conseguir un hijo.
  12. Los contratos de subrogación crean esclavas por 9 meses: El contrato establece lo que come, cuánto se puede mover, si puede viajar, sus relaciones sexuales, su perfume… Un contrato puede pedir que la mujer muestre toda su historial médico, sin privacidad. Hay una dominación total y absoluta.
  13. Es una industria movida por dinero… y por dinero hará lo que haga falta: Enriquecerse es una buena motivación para todo tipo de engaños y abusos que luego se han de tapar. Y la industria del vientre de alquiler es eso: un negocio, que usará el marqueting, abogados y publicidad para tapar sus trapos sucios.
  14. Una sociedad de divorcio fácil, frecuente… que compra niños: Pareja muy maja, rica, quizá famosa, encarga bebé (o gemelos, o dos pares de gemelos) y asegura a las gestantes que los bebés estarán muy bien. Luego se separan, se pelean, se reparten los bebés como productos… bebés que una mujer pobre gestó porque ellos pagaban.
  15. El cliente quiere devolver la mercancía… ¿qué dice el contrato?: Los compradores querían un niño… y salieron gemelos. O querían de un sexo y salieron de otro. O el niño tiene un pequeño defecto físico… y lo rechazan.

Salud Materna e Infantil: Una Perspectiva Holística

En muchos de los trabajos científicos favorables a la legalización de la llamada “gestación subrogada” se omiten o se minimizan sistemáticamente los riesgos para la salud de madres y bebés que conlleva dicha práctica. La evidencia científica actual demuestra que el embarazo conlleva una transformación definitiva de la mujer y un intercambio biológico entre la embarazada y su bebé que va mucho más allá de los genes.

El embarazo y el parto no son una técnica, ni la condición masculina se puede considerar una “esterilidad estructural” cuyo tratamiento sea la gestación subrogada. En muchos de los debates actuales respecto a la posibilidad de permitir o legalizar la llamada gestación subrogada se omiten los aspectos relacionados con las posibles consecuencias para la salud de madres y bebés.

La visión que se da en los medios de comunicación de la gestación subrogada oscila entre los relatos idílicos de personas (a menudo famosas) que han sido madres o padres por esa vía y las noticias más sensacionalistas que revelan situaciones complicadas o de explotación franca de madres, tráfico de bebés y problemas derivados.

El objetivo de este trabajo es doble. Por un lado, trataré de exponer las posibles consecuencias que la llamada “gestación subrogada” puede tener sobre la salud tanto de las madres gestantes como de los bebés fruto de esos embarazos. Por otro, buscaré visibilizar algunos de los sesgos y omisiones que habitualmente presentan muchos de los trabajos que se pretenden científicos en este tema.

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Califico mi perspectiva de holística y feminista. Holística porque como psiquiatra perinatal intentaré analizar las consecuencias médicas de la subrogación desde todos los ángulos, a corto, medio y largo plazo, incluyendo no sólo la salud física sino también la salud mental y comprendiendo la gestación como un aspecto central de la vida sexual de las mujeres y la maternidad, como bien señala Velázquez en ese mismo número de Dilemata, “una realidad que implica una gran riqueza existencial y afectiva” (Velázquez, 2018). Feminista porque considero que el análisis de esta práctica requiere de una perspectiva de género que tenga en cuenta la coyuntura psicosocial y cultural en la que acontece, se promueve, o se critica una práctica donde las protagonistas son, siempre y solo, mujeres.

Definiciones y Conceptos Clave

En el artículo analizado, Rodríguez Díaz señala que ha elegido el término “subrogación uterina”, frente a otros como “gestación subrogada”, para “destacar únicamente el aspecto médico al que se va a hacer referencia en este trabajo”, dando así a entender que la palabra “uterina” centra el debate en “lo médico” o, tal vez, que lo médico se centra sólo en lo uterino. “La gestación por sustitución ha de considerarse un recurso excepcional y solo justificado cuando haya una indicación médica o una ‘situación de esterilidad estructural (una pareja homosexual masculina y hombre sin pareja)”.

En la mayoría de los artículos médicos se alude a la “gestación subrogada” como una “técnica” más de reproducción asistida (Cui, Li, Adashi y Chen, 2016). Consideran así el embarazo y parto una “técnica” que permite obtener un bebé. Para reforzar que se considera una mera técnica, se describe de hecho como un “tratamiento médico” con sus indicaciones, aunque nunca se nombran las contraindicaciones.

En la misma línea argumental de ver la gestación subrogada como una “técnica”, se promueve el término “portadora gestacional” para referirse a la mujer embarazada y normalizar su uso.

Tras una breve reseña histórica, afirma la autora que: “las técnicas de reproducción asistida permiten que la maternidad se pueda dividir en tres categorías: la genética, la gestacional y la social”. A continuación, la autora clasifica la subrogación en función de quién sea la mujer que aporta el óvulo y según si el acuerdo es altruista o comercial.

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Se afirma que, en la gestación subrogada total o completa, la gestante “no tiene relación genética con el embrión” y que, por lo tanto, “la gestante no será madre biológica porque no tiene vínculo genético”. Es este un aspecto común a muchos de los trabajos que he revisado: la supremacía que se otorga a los genes.

Se clasifica la subrogación como total (cuando el óvulo no es de la gestante) o parcial (cuando la gestante también ha aportado el óvulo). Se insiste en que la subrogación ideal es la total, donde los genes no son de la gestante, pero sí del padre intencional. En la subrogación con embriones donados donde ninguno de los padres de intención estará relacionado genéticamente con el bebé.

La Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO) afirma que “sólo la subrogación gestacional es actualmente aceptable”. Todo ello refleja esta idea o creencia de que, si no hay vínculo genético entre la embarazada y su bebé, tampoco habrá vínculo afectivo.

De ese modo, se omite el conocimiento actual de los mecanismos de epigenética que permiten que el ambiente materno regule la expresión o no de algunos genes fetales, incluso si el óvulo del que viene el bebé no es de la madre que lo gesta (Fischbach y Loike, 2014; Vilella et al., 2015). Este tipo de aproximaciones sistemáticamente niega, oculta y minimiza la profunda relación biológica (y emocional) que se da entre la embarazada y su bebé.

Transformaciones Biológicas y Emocionales Durante el Embarazo

El embarazo es la mayor transformación física y biológica posible en la vida de la mujer. Toda una serie de mecanismos neuroendocrinos va produciéndose a lo largo de la gestación no sólo para permitir el desarrollo armónico del bebé en el útero y preparar su nacimiento, sino también para facilitar el dramático cambio de conducta que significa tener que ocuparse de un recién nacido y su crianza. Las hormonas que cambian la fisiología materna para permitir el crecimiento uterino y el desarrollo del bebé en el mismo son, además, las responsables de estos cambios en el cerebro de la mujer, un campo de investigación de máximo interés en la actualidad y que se engloba dentro del concepto del “cerebro maternal”.

Cada embarazo conlleva una transformación del cerebro materno, que es duradera e irreversible (Hoekzema et al., 2017). Conforme avanza la gestación se produce un incremento de la sensibilidad emocional de la gestante, y una transformación psíquica considerable, probablemente consecuencia de los cambios anatómicos y morfológicos a nivel cerebral. Al final de la gestación, las embarazadas son especialmente hábiles para la detección de sutiles cambios emocionales en los demás (Pearson, Lightman y Evans, 2009).

Hay, además, células fetales que pasan a la sangre de la madre y se instalan en diversos órganos, entre ellos el cerebro, de por vida, sin que esté clara aún la función que pueden desarrollar (Broestl, Rubin y Dahiya, 2017). El desarrollo del bebé por lo tanto no es el resultado único de la expresión de sus genes, sino de la continua interacción con el ambiente uterino que condiciona su crecimiento.

A lo largo del embarazo, se produce una vinculación afectiva entre la madre y su bebé. Este proceso se puede ver afectado muy seriamente y/o dificultado por otras variables psicológicas, sociales y culturales. Para algunas mujeres el embarazo conlleva una mayor vulnerabilidad psíquica y se estima que aproximadamente una de cada cinco mujeres presentará algún trastorno mental durante el embarazo, que en muchos casos se prolongará en el posparto. El riesgo es mayor si la madre ya tenía antecedentes de ansiedad o depresión previas al embarazo, que incrementan el riesgo de recaída (Howard et al., 2014). Además, el embarazo es un momento de riesgo de recrudecimiento o empeoramiento de situaciones de violencia de género.

Toda esta evidencia científica, abrumadora por su peso, se omite en la mayoría de los trabajos médicos favorables a la subrogación.

“En algunas jurisdicciones se denomina legalmente a una madre de alquiler sin vínculo genético como mera “portadora gestante”. Esta perspectiva parte de la controvertida premisa de que una mujer que gesta y da a luz a un niño no es más madre de lo que lo es alguien que se dedica a cuidar niños.

El Mito del "Collaborative Baby Making"

En un trabajo reciente se explora y compara las vivencias y percepciones de mujeres que han sido madres subrogadas en Estados Unidos e Israel. Las autoras acuñan el término de “collaborative baby making” (“hacer bebés de manera colaborativa”), dándole una vuelta de tuerca a la gestación subrogada al introducir el término “colaborativo” tan de moda en la economía social (Teman y Berend, 2018).

Según ellas hay tres “mitos” en torno a la gestación subrogada: el pensar que las gestantes se vinculan espontáneamente con sus bebes durante el embarazo; el pensar que la gestante es la madre y que es inmoral no reconocerla como tal y el juzgar que la subrogación va contra el orden moral social, cosificando y deshumanizando la reproducción.

En su investigación entrevistan a mujeres que han gestado en ambos países y que expresan que no se sienten madres en absoluto: “no es mi hijo y por eso no tengo los sentimientos que esperarías”. Una dice, de la primera vez que vio al bebé que gestó: “no sentí nada, le cogí y le besé, como hubiera hecho con un sobrino o con el hijo de una vecina”. Otra decía “el bebé en mi útero NO es mío. Yo lo cuido, pero cuando nazca se irá con sus padres. No quiero que nadie piense que este es mi bebe”. Algunas de ellas comparaban la gestación subrogada con ser cuidadoras o niñeras de un bebé.

Sin embargo, estas mujeres se vinculan fuertemente con la madre intencional, la que se va a quedar con el bebé tras el parto. Es decir, el vínculo afectivo se desplaza del bebé a la mujer o pareja que se va a hacer cargo del bebé tras el parto. De hecho, muchas describen el “clic” o “flechazo” que sintieron al conocer a la pareja para la que iban a gestar al bebe en los mismos términos de un flechazo amoroso: “supe en aquel mismo instante que ella era la adecuada”, “es cuestión de química, como la que tienes con tu pareja…”. Establecen una relación casi fraternal con la madre intencional o con los futuros padres. Durante el embarazo le cuentan cómo se sienten y comparten con ella todos los síntomas del embarazo; se comunican casi a diario para hacerle partícipe. Una de ellas incluso escribía cartas a los padres como si fueran de parte del bebé: “¡me estoy portando muy bien y no le estoy causando ningún problema a Liz!”.

No se consideran madres de los bebés que gestan, pero quieren ser valoradas y reconocidas como colaboradoras por los futuros padres, tanto durante el embarazo como después. Muchas se sienten traicionadas si no se mantiene el vínculo tras el parto.

Siguiendo con el artículo de Rodríguez Díaz, clasifica las “indicaciones” de la gestación subrogada como tratamiento en absolutas, relativas y otras. La descripción incluye imágenes y fotografías de malformaciones uterinas en las que es imposible el embarazo.

Los siguientes puntos del artículo indican cómo se debe realizar el procedimiento. Se habla de cómo elegir a la gestante “su selección y asesoramiento deben de realizarse de una manera muy rigurosa”. En esta línea coincide con el énfasis que en muchos artículos se pone en lo importante que es la selección adecuada de la gestante “para el éxito del tratamiento”. De acuerdo con las recomendaciones de ESHRE y la Sociedad Americana de Medicina Reproductiva (ASRM), una “portadora gestacional” debe tener entre 21 y 45 años y haber tenido al menos un hijo.

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