Plazo de Presentación del IVA del Último Trimestre

18.09.2025

La declaración del IVA es un trámite habitual para las empresas y los trabajadores por cuenta propia que realizan actividades económicas. La palabra que resuena en los oídos de cualquier persona tras escuchar “autónomos” es, automáticamente, declaración trimestral del IVA. Si estás pensando en hacerte autónomo te contamos qué es exactamente la declaración trimestral, todo lo que debes saber antes de presentarla y cómo hacerla paso a paso.

Cualquier profesional autónomo o empresa que desarrolle una actividad económica que esté sujeta a IVA tiene la obligación de realizar el pago trimestral de este impuesto a la Agencia Tributaria, aunque en algunos casos debe hacerse de forma mensual.

El Impuesto al Valor Adquirido o IVA es, quizá, aquel con el que todos los ciudadanos estamos más familiarizados, ya que cualquier compra que se realice incluye un porcentaje de este gravamen en la factura o ticket de compra. Al emitir una factura, las empresas y los autónomos tienen la obligación de gravar la venta de sus productos o servicios con el IVA en la mayor parte de los casos - quedan excluidas algunas ventas al extranjero y otras poco habituales excepciones -.

¿Quién Tiene que Liquidar el IVA?

De este modo, las sociedades, los autónomos, las cooperativas e incluso las asociaciones que realicen actividades a cambio de pagos deben liquidar el IVA. Para ello, el Estado ha establecido un plazo trimestral para facilitar la gestión.

Están obligados a presentar el IVA todas las personas físicas o jurídicas que desarrollen una actividad económica sujeta a este impuesto. Algunas actividades específicas, como la enseñanza reglada, los servicios sanitarios o ciertos servicios deportivos y sociales, pueden estar exentas, por lo que es fundamental verificar si tu actividad concreta se encuentra dentro de estas excepciones.

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La declaración trimestral del IVA también se la conoce como el modelo 303. Es realmente un formulario donde pagarás a Hacienda de forma fraccionada el IVA de tu último trimestre. En este modelo tienes que registrar todo el IVA repercutido en las facturas de tus ventas y el IVA soportado en las facturas de tus gastos. Y la diferencia será lo que tengas que pagar, aunque también puede salir un resultado de cero o incluso a devolver. Y es necesario hacerla porque Hacienda así lo dice, ya que necesita comprobar que todos los autónomos están al día con el IVA, sin errores y sin posibles fraudes.

Como decíamos anteriormente, todos los autónomos tienen que presentar la declaración trimestral del IVA, salvo aquellos cuya actividad esté exenta. Pero, ¿qué pasa si estás dado de alta, tu actividad no está exenta de IVA y no has tenido actividad? Tendrás que presentarla igualmente. Hacienda también necesita saber que no has tenido actividad y así comprobar que todo está en orden.

Sí. Incluso si durante un trimestre no se ha tenido actividad económica, hay que presentar la declaración del IVA. En este caso, simplemente se informará a Hacienda de que no hemos facturado, pero no habrá que realizar ningún ingreso.

Plazos de Presentación del IVA Trimestral

La declaración trimestral del IVA se presenta, como su propio nombre indica, cada 3 meses. Pero hay unos días específicos para ello.

  • Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: Del 1 al 30 de enero.

A lo largo de un ejercicio fiscal, se realizan 4 autoliquidaciones trimestrales (pago del IVA) más una declaración informativa al finalizar el año. Para las autoliquidaciones trimestrales del IVA con domiciliación bancaria, se debe tener en cuenta que las presentaciones se deberán realizar entre los días 1 y 15 del mes (excepto la de enero, que se puede presentar entre el 1 y el 25 de enero). El cobro del IVA se hará en el último día de la presentación voluntaria, es decir, si por ejemplo domiciliamos el pago del IVA del T1, debemos presentar la declaración de la autoliquidación entre el 1 y el 17 de abril, pero el cobro se hará efectivo el día 20.

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El pago del IVA con domiciliación bancaria se carga en la cuenta del contribuyente el último día del plazo de presentación voluntaria de cada trimestre. Esto suele ser el día 20 de abril, julio y octubre, y a finales de enero para el cuarto trimestre. Cuando el día 20 del mes no es un día hábil, ya sea por caer en fin de semana o por festivo nacional, el sistema bancario no ejecuta cargos. Si has domiciliado correctamente el pago del IVA y no aparece en tu cuenta el día 20, no te preocupes. El cobro se hará efectivo a lo largo del día hábil, siempre que hayas presentado el modelo dentro del plazo previsto para domiciliaciones (habitualmente hasta el día 15 del mes en cuestión, o el 25 de enero para el cuarto trimestre).

Modelo 303: ¿Qué Declaración Hay que Presentar?

El modelo para la presentación de la autoliquidación del IVA trimestral es el 303.

Para presentar el IVA, es importante guardar todas las facturas y tickets, tanto emitidos como recibidos, que puedan suponer una acumulación de IVA deducible, para poder completar el modelo 303 de IVA. Es preciso incluir los datos de identificación del profesional o de la empresa y detallar tanto el IVA devengado como el IVA deducible.

Dependiendo del tipo de actividad de la empresa, rellenar el modelo 303 será más sencillo o más complejo. En estos casos resulta muy útil disponer de un software de control de gastos como Sabbatic con el que podrás contabilizar el iva de todos tus gastos de manera automática evitando cualquier error en la inserción manual de datos así como la pérdida o deterioro de los justificantes originales gracias a la digitalización certificada. No obstante, los autónomos y las pequeñas empresas tienen menos obligaciones de los que aparecen en ese listado general.

¿Cómo se Paga el IVA Trimestral?

Desde enero de 2023, las gestiones sobre el IVA se realizan únicamente por presentación electrónica a través de la sede de la Agencia Tributaria. Una vez cumplimentado el modelo 303 del IVA del trimestre correspondiente, obtendremos el total a ingresar en Hacienda. Si se realiza la declaración en el plazo estipulado para poder domiciliar el pago, se presenta el modelo de forma telemática y el pago ya se hará efectivo directamente en la cuenta del contribuyente unos días después.

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Accede a la web de la Agencia tributaria. Selecciona la opción que más se ajuste a tus necesidades. Si simplemente la quieres presentar online, selecciona “Modelo 303. ¡Y rellena el modelo 303! Vamos a desglosarte el modelo 303 por secciones, tal y como están representadas en el propio modelo.

Identificación y Devengo

Tan sencillo como poner tu nombre y tus apellidos y tu DNI. En la parte superior derecha, poner el año fiscal y el trimestre correspondientes. Además, tendrás que responder a las preguntas que te aparecen más abajo.

Liquidación

Aquí empieza lo complicado, ya que tendrás que introducir el IVA devengado y el deducible. En el primero, en el IVA devengado, tendrás que poner el IVA que has cobrado a tus clientes, el que aparece en todas las facturas que les has emitido. Además, tendrás que añadir en la segunda columna (Tipo %) el porcentaje de IVA que les corresponde y, por último, la cantidad de IVA ingresada (“Cuota”), aunque este último apartado se rellenará de forma automática al introducir las dos columnas anteriores. El resto de apartados corresponden a actividades menos comunes. Si ese es tu caso, te recomendamos acudir a un experto fiscal para rellenarlo adecuadamente.

Información Adicional

Es el apartado para introducir ventas en el extranjero que no tienen IVA, que tendrás que rellenar en casos muy específicos.

Resultado

En este apartado no es necesario que te preocupes, ya que la mayoría de las casillas se introducen de forma automática al haber rellenado los anteriores apartados.

Compensación

Si la casilla 71 te ha salido en negativo, tendrás que indicarlo en este casilla.

Sin Actividad, Devolución, Ingreso, Complementaria

Vale, ya está hecha. Una vez completado el modelo 303, tan solo te quedaría presentarlo. Si lo has hecho por la web de la Agencia Tributaria, tan solo tendrás que seguir los pasos que te indicarán….

Buscar todas las facturas, hacer cálculos y rellenar este modelo cada tres meses (además del resto de papeleos que tendrás que hacer como autónomo) es un proceso que puedes hacer por tu cuenta, ¡pero también hay gestorías que podrían ayudarte! En TaxDown disponemos de un servicio personalizado para autónomos con el que presentamos este y otros modelos por ti. Así, de lo único por lo que te tendrás que preocupar será de tu negocio, y no de si las cifras que aparecen en las casillas del modelo 303 son correctas o no. Además, si te das de alta ahora el primer mes es totalmente gratis. Así podrás conocernos personalmente, probar nuestra herramienta y ver si realmente te compensa o no. Lo único que queremos es hacerte la vida más fácil.

Si has leído el artículo hasta este punto, quiere decir que tienes paciencia. Además de eso, te habrás dado cuenta que una de las pocas ventajas fiscales que tienen los autónomos es el IVA deducible. Es decir, todo el IVA que puedes dejar de pagar siempre que se cumplan estas tres reglas: (1) que esté relacionado con tu actividad económica, (2) que esté justificado y (3) que esté contabilizado. De todas formas, en este artículo te contamos más. Y si quieres más información, te recomendamos descargarte nuestra guía para autónomos.

Consejos Adicionales

  • Organiza bien tus documentos y libros de cuentas.
  • Utiliza herramientas digitales para facilitar la gestión de tus trámites tributarios.
  • Igual que sucede con otros trámites comunes, como la presentación de la declaración de la Renta, lo más aconsejable para cumplir con estas obligaciones tributarias y ahorrarse errores y quebraderos de cabeza es contar con la ayuda de un gestor administrativo.
  • Para gestionar el IVA de manera efectiva, es necesaria una buena organización del sistema de facturación, además de conocer los trámites y saber qué facturas son deducibles y cuáles no, es necesario contar con las herramientas para realizarlos.

La declaración del IVA trimestral es un trámite muy importante que no es excesivamente complicado, pero sí que requiere tener en cuenta varios datos y factores, y no hacerlo puede conllevar sanciones.

Además de encontrar todos los cambios normativos y actualizaciones fiscales para 2025 en la página web de la Agencia Tributaria, utilizar herramientas digitales como a3ASESOR garantiza la actualización del calendario fiscal, permite poner alarmas para cumplir plazos, facilita la presentación de impuestos o la realización de trámites con la Administración, y supone un importante ahorro de tiempo para los profesionales. A veces cumplir con la presentación de todos los modelos tributarios y cumplir con el calendario fiscal puede ser algo laborioso.

Desde Softwariza3 contamos con un entorno integrado que puede ayudarte a hacer una presentación más ágil, eficiente y de forma masiva de estas obligaciones tributarias de tus clientes. Puedes solicitarnos más información en este formulario y comenzar a digitalizar la presentación de los modelos tributarios de tus clientes.

Para ayudarte hemos preparado un resumen claro y actualizado con todo lo que necesitas saber sobre las obligaciones fiscales para este año. Es esencial diferenciar el trimestre fiscal del periodo para su presentación. Son diversos los impuestos que se tienen que ir presentando a lo largo de 2025.

Durante febrero y marzo de 2025 las obligaciones fiscales fueron algo más relajadas. En el segundo trimestre del año el número de obligaciones fiscales aumentaron considerablemente.

A partir de septiembre, los autónomos y las pymes tendrán que presentar y abonar distintos impuestos. Octubre de 2025 trae consigo una serie de obligaciones fiscales que no debes pasar por alto.

Además, puedes descargar los modelos de la AEAT para importarlos y presentarlos directamente en la web de Hacienda con tu certificado digital. O, si lo prefieres, también podemos presentarlos por ti. Puede haber algunas modificaciones en las fechas, según cambios de criterio de Hacienda.

Otros Modelos y Obligaciones Fiscales

  • Modelo 309: IVA
  • Modelo 347: declaración informativa de operaciones con terceros realizadas durante el año anterior.
  • Modelo 100.
  • Modelo 592: impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación.
  • Modelo 123: por intereses, préstamos pagados o abonados.
  • Hasta el 30/04 se presenta el modelo 369, declaración trimestral de IVA.
  • Hasta el 01/12/2025: Modelo 232.

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