¿Cuánto se cobra por la Maternidad en España? Guía Completa
Descubre todos los detalles que supone ser madre en el ámbito laboral. Tener un hijo implica muchos cambios en la vida de una mujer, tanto a nivel personal como profesional. Por eso, dentro de nuestro ordenamiento jurídico se ha regulado un procedimiento de baja con su correspondiente prestación. Para que las madres puedan dedicar tiempo tras el parto a recuperarse físicamente y a cuidar de su bebé.
Evolución de la Baja Maternal en España
En nuestro país, la baja maternal se configuró como un derecho de las trabajadoras en 1900, y se fijó entonces en tres semanas de descanso. En la década de 1920 se amplió hasta seis semanas, y ya en 1931 se estableció un período de baja de 12 semanas tras el parto. Como decíamos antes, la duración de la baja de maternidad se ha ido extendiendo en los últimos años.
Duración Actual de la Baja por Maternidad
Actualmente, la baja por maternidad en España dura 16 semanas. Esta medida entró en vigor en 2021 y es aplicable tanto a la madre como al padre, biológicos o adoptivos. Desde julio de 2025, la duración total del permiso para cada progenitor es de 19 semanas retribuidas. En 2025 la baja por maternidad y paternidad sigue siendo de 16 semanas, pero se propone ampliarla a 20. Además, las familias monoparentales ya tienen derecho a 26 semanas.
En casos de parto múltiple y de discapacidad del menor, se amplía el período de baja en una semana más por cada hijo a partir del segundo. De esta forma, si una mujer da a luz trillizos, tendrá derecho a 21 semanas de baja por maternidad con su correspondiente prestación. En caso de que se produzca el fallecimiento del menor, los progenitores accederán igualmente a la baja por maternidad y paternidad.
Requisitos para Acceder a la Prestación por Maternidad
Para poder disfrutar de estos derechos la trabajadora o el trabajador tienen que estar dados de alta en la Seguridad Social o situaciones asimiladas al alta que veremos a continuación. Estos son derechos legales mínimos. Las mujeres con más de 26 años necesitan haber cotizado al menos 180 días en los siete años anteriores o un año durante toda su vida laboral. Las mujeres entre 21 y 26 años tendrán que acreditar un periodo de cotización de 90 días para tener derecho a la misma. Las menores de 21 años no tendrán que acreditar periodo previo de cotización (aunque sí estar dadas de alta en la Seguridad Social) para acceder a la prestación de maternidad.
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En caso de que la madre no haya cotizado a la Seguridad Social los días requeridos para acceder a la prestación por maternidad, tiene derecho a un subsidio por maternidad. La cuantía de este subsidio será de un 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y su duración de 42 días naturales a contar desde el parto.
¿Cuánto se Cobra Durante la Baja por Maternidad?
Durante la baja por maternidad, la madre tiene derecho a percibir una prestación económica que corresponde al 100% de la base reguladora que esté percibiendo en el momento del inicio de la baja. Es decir, la madre recibe su salario completo durante el tiempo que dure la baja. La Seguridad Social pagará a las trabajadoras durante este tiempo el 100% de su base reguladora. Esto significa que el importe no se ve reducido.
La base reguladora se determina en función de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio de la baja. Por ejemplo, si una trabajadora percibe un salario mensual de 1.500 euros y cotiza 180 euros por contingencias comunes, su base reguladora será de 50 euros al día (180/30 x 30).
En caso de trabajadoras a tiempo parcial la prestación se calculará con base en la media de los 365 días anterior a la fecha de nacimiento. Las personas que no hayan cotizado un tiempo mínimo tendrás 7 semanas a partir del parto de subsidio.
Si no cumples con los requisitos de cotización, podrías tener derecho a un subsidio por maternidad equivalente al 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) durante 42 días naturales.
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¿Quién Paga la Prestación por Maternidad?
La prestación por maternidad la paga directamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Generalmente, el pago se realiza a final de mes o en los primeros días del mes siguiente.
Aspectos Importantes a Considerar
- Finalización del Contrato: En caso de que el contrato finalice mientras la trabajadora está de baja, esta seguirá cobrando su prestación por maternidad con total normalidad. Si el contrato finaliza durante la baja por maternidad, la prestación se sigue cobrando hasta el final del periodo establecido. Una vez finalizado, podrías pasar a situación de desempleo, siempre que cumplas con los requisitos para ello.
- Autónomas: El hecho de ser trabajadora autónoma no excluye el derecho a disfrutar de la baja por maternidad. Al contrario, las condiciones para las madres autónomas son las mismas que para las trabajadoras por cuenta ajena.
- Compatibilidad con el Desempleo: En caso de estar cobrando el paro y dar a luz, la prestación por desempleo se suspende temporalmente mientras dure la baja por maternidad.
- Pagas Extras: No, las pagas extras ya están incluidas en la base reguladora.
- IRPF: Sí, según una sentencia del Tribunal Supremo, las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF. Esto significa que no se retendrán impuestos sobre este ingreso.
- Permiso Compartido: Sí, la prestación por maternidad puede ser compartida con el otro progenitor. Ambos pueden repartir el tiempo de baja dentro de las 16 semanas disponibles, siempre que cada uno disfrute de al menos 6 semanas ininterrumpidas tras el nacimiento del bebé. Las otras 10 semanas se pueden disfrutar tanto en jornada completa como en jornada parcial, siempre y cuando haya acuerdo con la empresa, en períodos de mínimo siete días hasta que el niño cumple doce meses.
- Actividades Laborales: No, durante la baja por maternidad no puedes realizar actividades laborales, ya que el objetivo de la prestación es permitirte dedicarte exclusivamente al cuidado del menor.
- Trabajo a Tiempo Parcial: En el caso de tener un empleo a tiempo parcial, la prestación por maternidad se calcula proporcionalmente en función de la base reguladora correspondiente a tu jornada laboral.
Otros Permisos y Derechos Relacionados
- Permiso de Lactancia: Tras el periodo de baja por maternidad, existe otro permiso destinado a facilitar la alimentación del bebé: el permiso de lactancia. Este derecho permite a los padres ausentarse del trabajo una hora al día hasta que el bebé cumpla 9 meses. Este permiso se puede acumular, es decir, puedes convertir ese derecho a una hora diaria en días completos de permiso. Si deseas prolongar la lactancia más allá de los 9 meses, puedes solicitar una reducción de la jornada laboral por lactancia.
- Reducción de Jornada: Para ayudar a los padres a equilibrar su vida laboral y familiar, la ley permite a los trabajadores con hijos menores de 12 años solicitar una reducción de su jornada laboral de hasta el 50%.
- Excedencia por Cuidado de Menor: Si necesitas más tiempo para cuidar a tu hijo, puedes solicitar una excedencia por cuidado de menor. Esta excedencia puede durar hasta que el niño cumpla 3 años.
Riesgos Durante el Embarazo
Un embarazo no es una enfermedad pero sí que puede afectar al trabajo de la madre si, por ejemplo, se manejan elementos tóxicos o se trata de un embarazo de riesgo por ser múltiple o porque hay peligro de complicaciones. Incluso en casos en que el embarazo vaya bien, la madre puede tener molestias normales y el médico puede plantearse darle la baja por embarazo. Para solicitar la baja por embarazo tendrás que acudir a tu médico, de forma que evalúe el caso concreto.
Tal y como se recoge en el Real Decreto 295/2009 de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad o riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, la baja durante el embarazo se considera enfermedad común, salvo el caso en que se trate de un supuesto de embarazo de riesgo. En el caso de la enfermedad común se cobra el 60% de la base reguladora desde el 4º día al 20º y el 75% desde el 21º en adelante. Durante los tres primeros días no se cobra, salvo que el convenio regulador que se aplique regule lo contrario.
Cómo Solicitar la Prestación por Maternidad
La solicitud de la prestación por maternidad se puede realizar a partir del día del parto o hasta cuatro semanas antes, si así se prefiere. Para ello, es necesario presentar una serie de documentos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a través de su plataforma electrónica.
Una vez presentada la solicitud, el INSS dispone de un plazo de 30 días para resolverla y notificarla a la interesada. Si la resolución es favorable, el pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la solicitante.
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En caso de que la trabajadora considere que la prestación recibida es inferior a la correspondiente o si se detecta algún error en el cálculo o en el pago, es posible presentar una reclamación previa ante el INSS en un plazo de 30 días a partir de la notificación de la resolución. Si el INSS desestima la reclamación previa o no responde en un plazo de 45 días, la trabajadora podrá presentar una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social correspondiente en un plazo de 30 días a partir de la notificación de la desestimación o desde la expiración del plazo para resolver. En este caso, será necesario contar con el asesoramiento y la representación de un abogado laboralista especializado en este tipo de casos.
Recomendaciones Adicionales
- Acude a todas las revisiones de tu ginecólogo.
- Evita esfuerzos.
- Tu salud y la del bebé tienen prioridad, por lo que puedes delegar en otra persona las tareas del hogar más pesadas.
- Sigue una dieta saludable. Consulta con tu médico la dieta a seguir para cuidarte y aportar lo mejor a tu bebé.
- Descansa todo lo que sea necesario.
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