Gastos Fiscalmente Deducibles por Paternidad en España

25.10.2025

¿Hay que declarar la prestación por maternidad y paternidad? ¿Cómo tributan estas ayudas en el IRPF? ¿Qué hay que hacer si se han disfrutado de estas subvenciones durante 2024? A continuación, te explicamos todo lo relativo a estas cuestiones para la campaña de la Renta 2024-2025.

¿Hay que incluir la prestación de maternidad y paternidad en la Renta?

Según el artículo 7 de la Ley del IRPF, las prestaciones públicas de maternidad y paternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF. Esto es así desde una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2018, que introdujo la exención desde 2018 y, además, para los cuatro ejercicios anteriores no prescritos. Por tanto, en ese momento se pudo solicitar la rectificación (devolución) de esos ejercicios.

Además, se declaran exentas las prestaciones reconocidas a los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos por las Mutualidades de Previsión Social que actúen como alternativas al régimen especial de la Seguridad Social.

De acuerdo con esta modificación legal, los contribuyentes que durante 2024 hayan percibido prestaciones de maternidad y paternidad o retribuciones durante los permisos o bajas por parto, adopción o guarda y paternidad, no tienen que declarar los importes exentos y pueden deducirse las retenciones soportadas.

¿La baja por paternidad cuenta como segundo pagador?

Según establece la Ley 35/2006 del IRPF, las prestaciones por maternidad o paternidad están exentas de tributación, por lo que no habrá que agregarla como un rendimiento o como un pagador más, algo que sí ocurre con la prestación contributiva por desempleo.

Lea también: ¿Cómo solicitar la Deducción por Maternidad? Guía paso a paso

La deducción por maternidad o paternidad en el IRPF

La prestación por maternidad no tiene que tributar en el IRPF. Sin embargo, existe otra deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo referente a los gastos de guardería o en centros de educación infantil. Concretamente, el 1 de enero de 2023 se introdujo una modificación por la cual podrán optar a ella las mujeres con hijos menores de tres años, por los que tengan derecho al mínimo por descendientes, que:

  • En el momento del nacimiento perciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo
  • En el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad
  • En cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un período mínimo de 30 días cotizados

También podrán aplicar esta deducción cuando se cumplan los requisitos anteriores:

  • Ambos progenitores si son del mismo sexo (dos varones adoptantes, dos mujeres, una madre biológica y otra adoptante o dos madres adoptantes)
  • El padre o tutor en caso del fallecimiento de la madre
  • El padre o tutor cuando la guarda y custodia se le atribuya de forma exclusiva

Los hijos que dan derecho a la aplicación de la deducción son:

  • Los hijos por naturaleza, desde el mes del nacimiento hasta el mes anterior a aquel en el que cumplan los tres años de edad, ambos inclusive.
  • Los hijos adoptados y los menores en acogimiento, permanente o preadoptivo, o de delegación de guarda para la convivencia pre adoptiva. La deducción se practicará, con independencia de la edad del menor, durante los tres años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Cuando la inscripción no sea necesaria, la deducción se practicará durante los tres años posteriores a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
  • Los menores en régimen de tutela. El tutor tendrá derecho al importe de la deducción que corresponda al tiempo que reste hasta que el tutelado alcance los tres años de edad.

¿Cuando estás de baja por paternidad te retienen IRPF?

La respuesta a esta pregunta es negativa. Actualmente no existen deducciones por paternidad, sino de maternidad, que en algunos casos puntuales sí se puede ceder al padre. Sin embargo, sí hay varias ventajas fiscales y ayudas que te permitirán pagar menos de IRPF por tener un hijo/a.

  1. Deducción por maternidad (cedida al padre en casos extremos): Este caso es lo más parecido a una deducción por paternidad que existe, pero solo se da en casos muy extremos. Si este es uno de tus casos, podrías solicitar la deducción por maternidad, cuya cuantía es de 1200€ al año o de 100€ al mes. Ten en cuenta que, además, tu hijo/a tiene que haber nacido en territorio español y tener menos de tres años.
  2. Mínimos personales y familiares: Es la ventaja más básica que sí o sí podrás aplicártela. Solo por el hecho de tener un hijo/a, tus mínimos de IRPF personales y familiares disminuyen. En otras palabras: hay una parte que está exenta de tributar y que se restará de tus ingresos como contribuyente. Además, si tu hijo/a tiene una discapacidad igual o superior al 33%, la cuantía es de 3.000€. Ten en cuenta que, si estás casado y decides junto a tu pareja presentar una declaración conjunta, estas cantidades que se han expuesto anteriormente se prorratearán.
  3. Deducción por familia numerosa: Decimos ‘paternidad’ pero realmente no se llama así y aplican tanto a la madre como al padre. 200€ /año. 400€/año. Tener el título de familia numerosa.

Deducciones autonómicas

En el ámbito autonómico tampoco hay una deducción por paternidad como tal. Algunas comunidades ofrecen deducciones por nacimiento o adopción de hijos:

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  • Andalucía: Deducción de 50€ por nacimiento o adopción de hijos.
  • Aragón: Deducción por hijos adoptados en el extranjero.
  • Principado de Asturias: Deducción por adopción de menores en el extranjero.
  • Canarias: Es la comunidad autónoma más generosa.
  • Extremadura: Deducción en caso de partos múltiples.
  • Galicia: Deducciones por hijos nacidos y adoptados.
  • Murcia: Deducciones por hijos.
  • La Rioja: Otra de las comunidades más generosas.
  • Comunidad Valenciana: Deducción para padres residentes en la Comunidad Valenciana.

Ojo con estas deducciones autonómicas porque el borrador de Renta Web, en numerosas ocasiones, no las aplica de forma automática.

He tenido un hijo, ¿debo declarar las prestaciones que he recibido? ¿Tengo que incluirle en el IRPF?

En 2024, en España hubo 322.034 nacimientos, según el Instituto Nacional de Estadística. Esto supone un incremento del 0,4% respecto al año anterior y marca el primer repunte tras una década a la baja. Este leve aumento de la natalidad se produce en un contexto marcado por la longevidad y el envejecimiento de la población, en el que la inversión de la pirámide demográfica plantea importantes desafíos económicos y sociales.

Tienen derecho a recibir la prestación todas las personas que son padres por nacimiento, adopción, tutela o acogimiento. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, el importe se calcula sumando las bases de cotización de los seis meses anteriores y dividiéndolo entre 180.

Deducción por maternidad

En lo referente a la fiscalidad y a los hijos, también tenemos que hablar de la deducción por maternidad. Esta deducción de la cuota diferencial está disponible desde la declaración de 2015, y el importe incrementado, relacionado con gastos de guardería o centros de educación infantil, se puede aplicar desde la declaración de 2018.

¿Cuál es el importe de la deducción? El importe máximo es de 1.200 euros anuales por cada hijo.

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¿A quién corresponde? A las mujeres con hijos menores de tres años por los que tengan derecho al mínimo por descendientes y que en el momento del nacimiento reciban alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de empleo, o que en el momento del nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o mutualidad o que en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen que les correspondan con un periodo mínimo de 30 días cotizados.

La llegada de un hijo trae consigo muchos cambios, tanto a nivel personal como económico. La deducción por maternidad sigue siendo uno de los beneficios fiscales más importantes para las madres trabajadoras en España.

Según el artículo 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), las mujeres con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales por cada hijo. Además, se han ampliado los supuestos que permiten acceder a esta deducción, extendiéndola a mujeres que se encuentren en situaciones específicas como el ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), que trabajen a tiempo parcial o que estén en una situación de incapacidad temporal.

Para poder beneficiarse de esta deducción por maternidad, es imprescindible que la madre esté dada de alta en la Seguridad Social.

A partir de 2023 y siguiendo en vigor en 2025, se ha consolidado la ampliación de la deducción por maternidad para incluir un importe adicional por los gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. Esta deducción adicional puede llegar hasta 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años que esté inscrito en una guardería o centro autorizado.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta exención solo aplica a las prestaciones abonadas por la Seguridad Social.

En 2025, los periodos de baja por maternidad y paternidad se mantienen en 16 semanas para ambos progenitores, siendo estas bajas intransferibles. La prestación se calcula en función de la base reguladora del trabajador, que varía dependiendo de la base de cotización del beneficiario.

Beneficios fiscales para familias numerosas y progenitores con hijos con discapacidad

Las familias numerosas tienen derecho a una serie de beneficios fiscales específicos. La deducción por familia numerosa se recoge en el artículo 81.bis de la Ley del IRPF. Las familias numerosas pueden aplicarse una deducción de hasta 1.200 euros anuales, o 2.400 euros si es una familia numerosa de categoría especial.

En 2025, los progenitores con hijos que tengan una discapacidad reconocida igual o superior al 33% pueden beneficiarse de una deducción por descendiente con discapacidad contemplada también en el artículo 81 bis de la Ley del IRPF.

¿Cómo tributa la prestación por paternidad en el IRPF?

En 2018 el Tribunal Supremo tumbó el criterio de Hacienda, que consideraba la prestación por paternidad y maternidad una renta del trabajo más en el IRPF. A día de hoy la fiscalidad de la baja por paternidad es muy clara. En otras palabras, es un dinero que no tributa en la renta, aunque sí aparecerá reflejado en los datos fiscales de Hacienda con la Seguridad Social como pagador.

¿Y las aportaciones a la Seguridad Social?

La baja por paternidad es un ingreso exento de tributar en la renta, pero hay una parte de ese ingreso que podrás desgravar en el IRPF. Y es que parte del dinero de la prestación se usa para abonar las cotizaciones a la Seguridad Social como trabajador. Por eso si te correspondían 3.000 euros por tu salario, a tu cuenta habrá llegado algo menos. Esas cotizaciones son un gasto fiscalmente deducible que, además, aparecerá reflejado en los datos fiscales del borrador de la renta.

Para hacerlo lo mejor es crear un nuevo pagador sin ingresos donde imputar los gastos deducibles por las cotizaciones sociales de la baja por paternidad.

Es fácil que Hacienda no haya incluido a tu hijo en el IRPF y que tengas que hacerlo tú. Entre las cosas que debes revisar en el borrador de la renta por ser padre está la aplicación de los máximos y los mínimos familiares. En concreto, el primero hijo restará 2.400 euros en el IRPF y 2.700 el segundo por 4.000 euros el tercero.

Complemento por maternidad por aportación demográfica

El complemento por maternidad por aportación demográfica es relativamente reciente en la legislación española, ya que entró en vigor el 1 de enero de 2016.

El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 12 de diciembre de 2019 (asunto nº C-450/18, ECLI: EU:C:2019:1075), aplicando la no discriminación, falló a favor de que los hombres tuvieran derecho a percibir el complemento por maternidad por aportación demográfica.

En consecuencia, con la nueva redacción del art. 60 LGSS se sustituyó, para las pensiones causadas desde el 4 de febrero de 2021, el complemento de maternidad por aportación demográfica por otro en el que el número de hijos es el criterio que se pondera para aplicarlo, dado que su nacimiento y cuidado es la principal causa de la brecha de género.

Que, si son pensionistas de jubilación, esta sea “ordinaria” o anticipada “forzosa”, o sea, no voluntaria.

Haber tenido 2 o más hijos.

El derecho para reclamar el complemento de paternidad, según la STS de 21 de febrero de 2024 no prescribe.

En general, los atrasos por este concepto que cobre el pensionista se consideran, al igual que la pensión que perciba, rendimientos del trabajo (art.

Con respecto a la posibilidad de aplicar o no la reducción del 30% por tratarse de un rendimiento de trabajo con un periodo de generación superior a dos años (art.

Estos ingresos se computan como atrasos y, según el criterio de exigibilidad, hay que declararlos cuando se perciben, pero imputándolos al ejercicio el que debían haberse cobrado. Por lo tanto, habrá que presentar una autoliquidación complementaria del ejercicio en el que se cobran.

La Dirección General de Tributos, en su reciente consulta vinculante CV 0452-24, de 19 de marzo de 2024, se aborda la cuestión de si puede tener la consideración de gasto fiscalmente deducible, el de abogado (facturas de 2022, y 2023), y la factura del gasto de procurador de 2022.

Y aclara el Centro Directivo que son fiscalmente deducibles para la determinación del rendimiento neto del trabajo los gastos sufragados al abogado y al procurador que hayan tramitado la reclamación en vía judicial. Con el límite de 300 € anuales (art.

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