IVA Trimestral en España: Guía Completa para Autónomos y Empresas
El IVA trimestral es una obligación fiscal clave para autónomos y empresas en España que realizan actividades sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). De todos los impuestos que se pagan en España, uno de los más importantes es el IVA (impuesto sobre el valor añadido), un tributo que grava la mayoría de los productos y servicios. El IVA se considera un impuesto indirecto; en lugar de abonarse directamente a la Agencia Tributaria (AEAT), lo paga el cliente a la empresa en cada venta y, después, es la propia empresa la que deberá hacer llegar a la AEAT el importe recaudado.
Si bien es cierto que depende de cada caso en concreto, en líneas generales el IVA se abona al Estado trimestralmente.
¿Qué es la Declaración Trimestral del IVA?
La declaración trimestral del IVA es el proceso mediante el cual se realiza el pago del impuesto sobre el valor añadido, presentando el modelo 303. La persona que ejerce de consumidora en una transacción es la que desempeña la función de contribuyente y abona el porcentaje del impuesto, que varía en función de los tipos de IVA que se aplican en España. En esa transacción, la empresa actúa como sujeto pasivo: es decir, es el negocio el que se encarga de recaudar el gravamen.
Al IVA recaudado por las ventas (es decir, el IVA repercutido), hay que restar el IVA pagado para adquirir algún tipo de bien o servicio que se haya requerido con tal de llevar a cabo la actividad profesional (el IVA soportado).
IVA Soportado vs. IVA Repercutido
Para entender mejor cómo funcionan las liquidaciones del IVA y este impuesto en general, hay que saber distinguir entre IVA soportado e IVA repercutido. Vamos a ahondar en esto.
Lea también: Requisitos Impuesto Donaciones Asturias
- IVA Soportado: Es el Impuesto sobre el Valor Añadido que un autónomo paga cuando compra un producto o servicio necesario para desarrollar su actividad profesional.
- IVA Repercutido: Es el que se cobra a los clientes al venderles un producto o un servicio. En este caso, no es el autónomo el que lo paga, es quien lo recauda al cobrar a sus clientes. Este es el responsable de que cada trimestre haya que “pagar” a la AEAT el IVA trimestral.
Modelo 303: El Formulario Clave para la Autoliquidación
El modelo 303 es el formulario utilizado para la autoliquidación del IVA. Permite a los contribuyentes declarar el IVA repercutido (cobrado en facturas emitidas) y el IVA soportado (pagado en compras y gastos deducibles). La diferencia entre ambos determinará si hay que pagar a Hacienda o si procede una devolución o compensación.
Este modelo debe ser presentado por:
- Los autónomos y empresas que realicen actividades sujetas a IVA, independientemente de su forma jurídica.
- Los arrendadores de inmuebles, cuando el alquiler esté sujeto a IVA.
- Los promotores inmobiliarios, al realizar entregas de bienes sujetas a este impuesto.
No obstante, algunas actividades están exentas de IVA y, por lo tanto, sus titulares no deben presentar el modelo 303. Las actividades exentas de IVA están detalladas en el artículo 20 de la ley de IVA. La enseñanza, educación y formación regladas por la Administración. Sanidad. Servicios sociales, culturales o deportivos.
Si bien hay varios modelos de tributación que afectan a la declaración trimestral del IVA, el modelo 303 es el documento principal y el que rellenan la gran mayoría de las empresas en España.
¿Qué información incluye el modelo 303?
- Identificación.
- Devengo.
- Liquidación. En el régimen general, aparece el IVA devengado (repercutido) y la parte deducible del soportado. En el simplificado, es donde rellenas los módulos.
- Sin actividad.
- Rectificativa. Este apartado es uno de los de más reciente introducción. Aparece en el modelo 303 desde 2024 y sustituye a otro anterior que se empleaba para hacer autoliquidaciones complementarias.
- Compensación.
- Ingreso.
- Devolución.
- Rectificación.
Plazos de Presentación del IVA Trimestral
El IVA trimestral se presenta cuatro veces al año, dentro de los plazos establecidos por la Agencia Tributaria.
Lea también: Donaciones a hijos en Murcia
La presentación del IVA es una declaración trimestral obligatoria para todos los autónomos. Se debe presentar 4 veces al año. ¿Cuáles son las fechas y los periodos correspondientes? Los siguientes:
- Enero, Febrero y Marzo (trimestre 1): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de abril.
- Abril, mayo y junio (trimestre 2): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de julio.
- Julio, Agosto y Septiembre (trimestre 3): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de octubre.
- Octubre, Noviembre y Diciembre (trimestre 4): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente.
Por otro lado, puede suceder que el último día del plazo de presentación sea sábado, domingo o festivo. En ese supuesto, el plazo de domiciliación corre tantos días como el de presentación. Así, por ejemplo, en 2025, los días 20 de abril y julio caen en domingo.
¿Qué ocurre si no se presenta a tiempo?
No presentar el modelo 303 dentro del plazo puede generar sanciones y recargos según el tiempo de retraso. Si se presenta sin requerimiento de Hacienda, existen dos escenarios:
- Con un retraso de hasta 3 meses: recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes de demora.
- Con un retraso superior a 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora.
En el caso de que Hacienda envíe un requerimiento, habrá que hacer frente a una multa mínima del 50% de la cuota resultante, que puede llegar hasta el 150% en casos graves.
Cálculo del IVA Trimestral
En esta sección se detallan los ingresos y gastos sujetos a IVA para calcular el importe a pagar, compensar o devolver.
Lea también: Inyección trimestral y sangrado: ¿qué esperar?
- IVA devengado: el IVA que has cobrado en tus ventas o servicios
- IVA soportado: el IVA que has pagado en gastos deducibles para tu actividad
El resultado de la liquidación dependerá de la diferencia entre ambas cantidades. Por un lado, si el IVA devengado es mayor que el soportado, el resultado será un importe que habrá que pagar a Hacienda. Por otro lado, si el IVA soportado es mayor que el devengado, puedes compensarlo en los próximos trimestres o solicitar su devolución en el cuarto trimestre del año.
Además, el modelo 303 dispone de diferentes casillas para calcular el resultado final:
- Casilla 27: total del IVA devengado.
- Casilla 45: total del IVA soportado deducible.
- Casilla 46: resultado de la autoliquidación.
Si el resultado es positivo, indica la cantidad a pagar.
El cálculo del IVA trimestral es simple. El resultado puede salir positivo o negativo. En la declaración del 4º trimestre, puedes pedir la devolución.
Gastos Deducibles en la Declaración del IVA
Para optimizar el pago de impuestos y evitar costes innecesarios, es fundamental conocer qué gastos puedes deducir en tu declaración trimestral del IVA.
Para empezar, debes tener en cuenta que el IVA soportado en determinados bienes y servicios es deducible siempre y cuando esté directamente relacionado con la actividad económica del autónomo o la empresa. Esto implica que cumpla con los siguientes requisitos:
- Ser necesario para la actividad económica y estar vinculado a la generación de ingresos.
- Estar correctamente documentado con una factura completa (las facturas simplificadas, como los tickets, no siempre son deducibles).
- Figurar en los registros contables de la empresa o autónomo.
Estos son algunos de los gastos deducibles más habituales:
- Alquiler de oficinas.
- Material y equipos informáticos.
- Suministros y servicios profesionales.
- Transporte, dietas y gasolina en determinadas condiciones.
Evidentemente, no todos los gastos de una empresa pueden deducirse automáticamente. Hacienda revisa con especial atención algunos de ellos, por lo que es importante justificar su relación con la actividad profesional. Puedes deducir el IVA de todos los gastos ligados a tu actividad profesional. Entre esos gastos están, por ejemplo, el alquiler de la oficina o local donde realices tu actividad (si trabajas desde casa, se puede deducir el porcentaje de esta dedicado exclusivamente al trabajo), también el teléfono profesional, las dietas, el kilometraje (en función de la necesidad de usar vehículo) y más.
Siempre y cuando se pueda justificar que es un gasto necesario para tu trabajo, su IVA se podrá deducir de la trimestral del IVA.
Tipos de IVA en España
En España existen tres tipos de IVA:
- General (21 %): aplicable a la mayoría de bienes y servicios.
- Reducido (10 %): para alimentos, transporte y productos farmacéuticos, entre otros.
- Superreducido (4 %): para productos de primera necesidad como pan, leche o libros.
Aplicar un tipo de IVA incorrecto puede provocar ajustes en futuras declaraciones e incluso sanciones. Antes de emitir tus facturas, consulta siempre el tipo de IVA aplicable.
Errores Comunes y Cómo Evitarlos
Uno de los errores más habituales es omitir facturas, tanto de ventas como de compras. Esto puede afectar el cálculo del IVA a pagar o devolver y generar discrepancias en futuras inspecciones de Hacienda.
Para evitarlo, te recomendamos utilizar un software de facturación que registre automáticamente todas las operaciones.
Como ya hemos indicado previamente, la presentación fuera de plazo conlleva recargos e incluso multas. Hacienda exige conservar todas las facturas y justificantes durante cuatro años.
Por último, si realizas compras o ventas dentro de la Unión Europea, recuerda que debes declarar las operaciones en el modelo 349.
Formas de Presentación de la Declaración del IVA
Hasta el 1 de enero de 2023, la presentación del IVA se puede hacer en formato papel o en formato digital. A partir de esa fecha, la AEAT solo aceptará aquellos modelos que se presenten por la vía telemática a través de su página web oficial.
El modelo a presentar para la liquidación del IVA es el modelo 303, y las opciones que hay ahora mismo para presentarlo son las siguientes:
- Presencial: solicita el formulario del Modelo 303 a través de la web de la AEAT. Así, puedes descargarlo, rellenarlo y presentarlo en la Agencia Tributaria personalmente.
- Telemática (servicio de ayuda): a través de la plataforma online de la AEAT, puedes rellenar el formulario siguiendo los pasos indicados para presentar la liquidación.
- Telemática (con fichero): esta opción automatiza el proceso. Puedes cargar un fichero generado por tu software de facturación en la web de la AEAT para que el formulario del Modelo 303 se rellene solo.
Desde 2023, ya no es posible presentar el modelo 303 en papel. Por tanto, deberás hacerlo a través de internet. Un certificado electrónico admitido por la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria, a través de su web, te permite hacer la declaración trimestral del IVA de varias formas:
- Presentación con fichero: aportas un archivo con el que el modelo se rellena solo
- Presentación a través del servicio de ayuda: rellenas el modelo de forma digital a través de la plataforma que facilita la AEAT.
¿Cómo hacer la liquidación del IVA?
La liquidación del IVA se hace, por lo general, una vez cada tres meses y su cálculo es bastante sencillo, siempre y cuando el autónomo o empresa tenga sus cuentas al día y las facturas actualizadas. Lo único que se debe hacer para la liquidación del IVA es agrupar todo el IVA repercutido en las facturas del último trimestre, diferenciando entre tipos de operación (intracomunitarias, exportaciones, etc.) y tipos de IVA (si procede) y restar a su valor total el IVA soportado en los gastos ligados a la actividad, siempre diferenciando entre tipos de IVA, para el caso de las operaciones interiores y diferenciando entre los distintos tipos de operaciones.
Este importe es el que se calcula en los modelos que se presentan a la AEAT, y el montante total es lo que habrá que pagar… o reclamar.
Liquidación de IVA = IVA repercutido - IVA soportado
Porque el resultado de la liquidación del IVA puede ser positivo (IVA repercutido mayor que IVA soportado), en cuyo caso hay que abonar la diferencia al Estado. Pero también puede ser negativo (soportado mayor que repercutido), en cuyo caso se compensa dicha diferencia en la siguiente trimestral. ¿Se puede solicitar la devolución del IVA si el soportado es mayor que el repercutido? En teoría, sí, pero solo si se acumulan varias trimestrales negativos. La devolución solo se puede reclamar al final del año.
Modelos de tributación que afectan al IVA trimestral
El modelo 303 no es el único que, de una u otra manera, afecta a la presentación trimestral del IVA.
Hay 3 modelos tributarios que afectan a la liquidación del IVA. Solo uno de ellos se considera opcional, ya que depende de los países en los que desarrolle su actividad el autónomo. Lo explicamos todo a continuación:
- Modelo 303: en este modelo se recoge todo el IVA repercutido y el soportado durante el trimestre. Es el que determina la cuantía de la liquidación.
- Modelo 349: este modelo, de tipo trimestral, es el que recoge todo el IVA intercomunitario del autónomo. Esta declaración solo será obligatoria cuando se realicen operaciones intracomunitarias. Para poder realizar estas operaciones es necesario estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios). En los trimestres en los que no se produzcan este tipo de operaciones, no será obligatorio.
- Modelo 390: un modelo de carácter anual que sirve como resumen de las liquidaciones del IVA de todo el año. Su carácter es meramente informativo.
- Modelo 347: este modelo se presentará cuando se tengan operaciones con terceros cuando el importe total anual con al menos uno de sus proveedores o clientes sea superior a 3.005,06€. Como el modelo 390, es solo informativo.
Formas de pago del IVA
Al rellenar el modelo 303, tendrás la opción de introducir el número de IBAN de tu cuenta bancaria.
- Por pago online (NCR). La opción NCR (número de referencia completo) es la forma de pagarlo online. Para elegir esta alternativa, clica en Realizar pago (obtener NRC).
- Por transferencia bancaria.
- Por documento de ingreso bancario.
Existe una quinta opción de pago. Hacienda te da la opción de aplazar el pago del IVA. El aplazamiento puede ser fraccionado.
Consejos para la Liquidación del IVA
Si decides aventurarte por ti mismo a rellenar los modelos 303 y 390 no solo harás bien en buscar algún ejemplo de liquidación del IVA, sino que deberías prestar atención a estos consejos:
- Recuerda marcar la casilla 67 si la liquidación del IVA te sale a compensar Si has pagado más IVA por tus materias primas del que has recaudado con tus ventas, la liquidación trimestral de IVA te saldrá a compensar. Marca la casilla 67 de tu modelo 303 de IVA para que la Administración lo tenga en cuenta y lo compense en el siguiente trimestre que salga a pagar.
- Mucho ojo con la prorrata y la casilla 44 del modelo 303 La prorrata es el régimen al que debes acogerte cuando deduces el IVA soportado tanto de actividades sujetas como de actividades exentas. Por fortuna no cambia el resultado del modelo, pero no debes olvidar marcar la casilla 44 del mismo si vas por prorrata.
- Desglosa las operaciones intracomunitarias Las operaciones intracomunitarias son especiales y, aunque deben quedar reflejadas en el modelo 303, también conllevan la presentación del modelo 349. Presentar todas estas operaciones juntas no es válido, pero siempre podrás solucionar la papeleta presentando un escrito informativo junto con todas las facturas.
Ejemplo de Liquidación del IVA
La mejor forma de entender este tipo de conceptos y procesos es con casos prácticos, así que vamos a ver un ejemplo de liquidación del IVA. Imagina que, durante un trimestre, un autónomo dedicado a la venta de prendas de vestir, ha facturado 20.000€ en total. Aunque lo ideal en las facturas es que el importe correspondiente al IVA esté indicado, vamos a calcularlo. Al tratarse de ropa, el IVA correspondiente es el general, del 21%. Esto significa que el IVA repercutido en esos tres meses ha sido de 4.200 €.
Ahora bien, durante esos 3 meses, el autónomo ha tenido que comprar nuevo mobiliario para guardar las prendas y contratar los servicios de una agencia de marketing para vender más online. En total, han sido unos gastos de 3.500€, de los cuales el 21% corresponde al IVA soportado. Es decir, 735€.
¿Qué significa todo esto? A la hora de presentar el Modelo 303, el IVA repercutido total es de 4.200 € y el IVA soportado es de 735 €. La liquidación final es el resultado de restar el soportado al repercutido, el total a pagar a la AEAT en este trimestre será de: 4.200€ - 735€ = 3.465€.
tags: #impuesto #trimestral #iva #españa #como #funciona