Indemnización por Paternidad: Requisitos y Proceso para Reclamar
El complemento de pensión por paternidad es un derecho que reconoce la aportación de los padres al sistema de pensiones. Este complemento permite aumentar la cuantía de la pensión y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva.
¿Qué es el Complemento de Paternidad?
El complemento de paternidad, también conocido como complemento por aportación demográfica, era un beneficio que se otorgaba a los padres (inicialmente solo a las madres) que accedían a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y que tenían al menos dos hijos. Este complemento buscaba compensar la aportación demográfica a la Seguridad Social. Sin embargo, su aplicación inicial fue discriminatoria, lo que llevó a numerosas reclamaciones y sentencias.
Beneficiarios del Complemento de Paternidad
Tradicionalmente, este complemento se reconocía únicamente a las mujeres que se fuesen a jubilar. Tras una lucha en los tribunales que duró tres años, desde 2019 a 2022, ahora los hombres también se pueden beneficiar de este complemento si lo reclaman.
- Ser padre: Haber tenido dos o más hijos, naturales o adoptivos, antes de acceder a la pensión. No es suficiente con un solo descendiente -natural o adoptado-.
- Tener reconocida una pensión contributiva por parte del INSS en el periodo desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.
Por este motivo, y pese a que ya no está vigente en las leyes actuales, los hombres que hubieran tenido derecho a él -si no hubiera sido una ayuda enfocada a las mujeres- lo pueden reclamar de forma retroactiva.
Tipos de Jubilación Aceptados
- Jubilación ordinaria.
- Jubilación anticipada involuntaria por causa no imputable al trabajador, por ejemplo: despido, ERE o ERTE.
Complemento para la Reducción de la Brecha de Género
Quienes no cumplan los requisitos para el complemento de paternidad podrían cobrar otro: el complemento para la reducción de la brecha de género, si en su momento no lo solicitaron con su pensión. En ese sentido, para jubilaciones causadas a partir del 4 de febrero de 2021 (inclusive), el complemento que pueden pedir los padres es el de brecha de género. El complemento para la reducción de la brecha de género sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica por un complemento dirigido a la reducción de la brecha de género, con el que inicialmente se persigue reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos que se proyecta en el ámbito de las pensiones.
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El complemento de paternidad no es compatible con la jubilación anticipada voluntaria. Por el contrario, el antes mencionado complemento de brecha de género sí se puede percibir en una situación de jubilación anticipada voluntaria.
Requisitos Adicionales para Hombres
En el caso de los hombres, deben acreditar que la trayectoria profesional se ha visto afectada negativamente por el cuidado de los hijos. Teniendo hijos nacidos antes del 1 de enero de 1995 (hasta el 31 de diciembre de 1994), es necesario demostrar más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores a la fecha de alumbramiento y los tres años siguientes. Todo ello con la ventaja de que el complemento de paternidad no requiere acreditar una falta de cotización a causa del cuidado de los hijos, como sí recoge la regulación del complemento para la reducción de la brecha de género (en el caso de los hombres).
¿Cómo Reclamar el Complemento de Paternidad?
Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega. En un primer momento, no es necesario que acudamos a los tribunales para poder reclamar el complemento de paternidad, sino que existe una fase previa que es administrativa, ante el Instituto de la Seguridad Social.
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos para cobrar el complemento de paternidad, se puede proceder a reclamarlo al INSS. No obstante, no existe un modelo oficial de solicitud de este complemento; se debe preparar un escrito donde se pida, redactado de la forma más detallada y correcta posible.
La petición se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siendo lo recomendado hacerlo desde la sección Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social). Lo puedes solicitar en la Seguridad Social, utilizando un formulario o haciendo un escrito.
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La respuesta a este escrito hasta el momento siempre ha sido negativa y te dan un plazo para que interpongas lo que se llama reclamación previa, que es un escrito donde puedes explicar por qué entiendes que tienes derecho a ese complemento. La respuesta a este escrito suele también ser negativa y es cuando se interpone una demanda judicial en la jurisdicción social (Juzgados de lo Social).
Si se vuelve a denegar comienza la vía judicial: se concede un plazo de 30 días para interponer una demanda en la Jurisdicción Social (Juzgado de la Social). En un plazo de aproximadamente mes/mes y media se dicta una sentencia (y esa sentencia se transmite al abogado). En principio, suele ser favorable.
Si bien la normativa dice que el complemento de paternidad ha de ser reconocido por la Seguridad Social, en ocasiones la entidad lo deniega. Si esto sucede, se puede interponer una demanda judicial para exigirlo. Asimismo, puede ocurrir que acepte el complemento de paternidad reclamado pero no los atrasos.
Efectos Retroactivos y Atrasos
El complemento de paternidad tiene efectos retroactivos, lo que significa que puedes reclamar los atrasos desde la fecha en que se te reconoció la pensión, no solo desde que iniciaste la reclamación. Recupera lo que te corresponde con efectos retroactivos. Pero posteriormente los Tribunales superiores a los juzgados han discutido si la fecha de efectos tenía que ser de sólo 3 meses previos a la solicitud o desde el momento en el que esa persona se jubiló (fecha de la resolucíón de jubilación).
Cuantía del Complemento
El complemento se calcula aplicando a la cuantía de la pensión (sobre su base más la revalorización) un porcentaje que varía según el número de hijos. Gracias al complemento de paternidad, los jubilados pueden ver aumentada su pensión entre un 5 y un 15% cada mes.
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La cuantía del complemento varía según el número de hijos. El complemento de paternidad, si se reclama con éxito, incrementa la mensualidad que ingresa la Seguridad Social al padre en concepto de pensión.
La cuantía del complemento se fijará en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado de cada año. En el año 2025, el importe es de 35,90 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. Desde la fecha de efectos económicos de la pensión contributiva de Seguridad Social que determina el derecho al complemento. En aquellos casos en los que el hecho causante de la pensión del progenitor varón se hubiera producido con anterioridad al 15 de mayo de 2025, el reconocimiento del complemento -en virtud de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea- retrotraerá sus efectos económicos hasta la fecha de efectos económicos de la pensión a la que complementa.
| Número de Hijos | Porcentaje de Complemento |
|---|---|
| 2 hijos | + 5% |
| 3 hijos | + 10% |
| 4 hijos o más | + 15% |
Incompatibilidades
El percibo del complemento es incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas. Si su cónyuge lo ha solicitado entonces él no tendría derecho. Sólo se le concede a uno de ellos.
Complemento de Maternidad para Padres
¿Eres un padre al que le denegaron el complemento de paternidad en su pensión entre enero de 2016 y febrero de 2021? Tienes derecho a reclamar. La jurisprudencia, incluyendo una reciente sentencia favorable a un cliente de LEGALCASOS, está de tu lado. Recientemente, el Juzgado de lo Social nº 7 de Barcelona dictó una sentencia estimatoria a favor de un cliente de LEGALCASOS, Don Enrique Viñas Masdevall, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a pagarle una indemnización de 1.800 euros por haberle denegado inicialmente el complemento de paternidad.
Además del reconocimiento del complemento de paternidad en tu pensión, tienes derecho a reclamar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de la discriminación. Si cumples estos requisitos, tienes derecho a la indemnización.
La justicia europea, en fecha 14 de septiembre de 2023, ha estimado la indemnización adicional de los pensionistas litigantes para cubrir las costas y honorarios de abogado y posibles perjuicios causados en la cuantía de 1.800 euros.
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