Inscripción del Recién Nacido en la Seguridad Social: Requisitos y Trámites
Para garantizar que tu bebé tenga acceso a la asistencia sanitaria pública desde sus primeros días, es esencial inscribirlo como beneficiario en la Seguridad Social. Este trámite, aunque sencillo, requiere seguir ciertos pasos y presentar la documentación adecuada.
¿Dónde realizar la inscripción?
La inscripción a la Seguridad Social es necesaria para asociar al bebé como beneficiario de asistencia sanitaria con uno de los padres. Este trámite se suele realizar en paralelo a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, especialmente si se hace presencialmente o por correo ordinario.
- Presencialmente: Dirígete al Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) más cercano con la documentación necesaria. Es recomendable solicitar cita previa para agilizar el proceso.
- Telemáticamente: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (Asistencia Sanitaria), adjuntando la documentación escaneada.
- Por correo postal: Remitiendo la solicitud y documentación a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente.
En los Centros de Atención e Información se puede solicitar cita previa que tiene atención preferente. Esta cita previa se puede obtener en internet o bien, en el teléfono 901 10 65 70.
También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente.
Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
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Documentación necesaria
Para realizar la inscripción, deberás presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud: Puedes descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrarás aquí.
- DNI del progenitor: DNI original del progenitor al que se va a afiliar al recién nacido. Todos los hermanos deberán afiliarse al mismo progenitor.
- Libro de Familia o certificado de nacimiento: En su defecto, para extranjeros, partidas de nacimiento.
¿Cómo realizar el trámite?
Existen varias maneras de realizar este trámite:
- Presencialmente:
- Acude a la oficina más cercana del CAISS con la documentación necesaria.
- Es recomendable solicitar cita previa para agilizar el proceso.
- Online:
- Utilizando el portal Tu Seguridad Social (TUSS). En este vídeo informativo te explicamos cómo solicitar la inclusión de beneficiarios en la Asistencia Sanitaria Pública sin necesidad de certificado digital. Sólo necesitarás hacerte una fotografía para identificarte.
- También se puede realizar la inscripción de forma electrónica. Si alguno de los padres tiene derecho como asegurado a la asistencia sanitaria pública puede usar TU SEGURIDAD SOCIAL para dar de alta al bebé menor de tres meses de edad. Solamente debe facilitar el nombre del bebé, su fecha de nacimiento y su sexo.
- Por correo:
- Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
Consideraciones adicionales
Si ambos progenitores están afiliados a la Seguridad Social se puede incluir al bebé como beneficiario de cualquiera de los dos.
Después de registrar el nacimiento del bebé, el siguiente paso es llamar al médico de cabecera para solicitarle el papel de baja por maternidad.
La inscripción del bebé en el Registro Civil es un trámite obligatorio que debe realizarse en las primeras 72h desde el nacimiento, que conlleva además el alta en el padrón municipal de oficio por el Ayuntamiento de forma automática. Si no se ha hecho previamente en el hospital, deberá dirigirse presencialmente al Registro Civil de la localidad de nacimiento o a la localidad del domicilio de los padres. DNI, NIE o Pasaporte de la madre y padre en su caso, o certificado de empadronamiento donde conste el domicilio actualizado.
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Alrededor del tercer día de vida debe hacerse el Cribado Neonatal o 'Prueba del Talón'. La razón es que han de realizarle la segunda prueba del talón entre el cuarto y el octavo día tras el parto. La primera se habrá hecho en el hospital en las 48 primeras horas después del nacimiento y tiene el objetivo detectar posibles enfermedades metabólicas congénitas. Consiste en un pequeño pinchazo en el talón del niño para extraer unas cuantas gotas de sangre para su análisis.
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