IVA Cuarto Trimestre y Resumen Anual: Plazos y Modelos
El último trimestre del año es clave para todo autónomo y empresa. En lo tributario, es el plazo que recoge no solo la actividad trimestral, sino también la anual, y eso se traduce en un Enero cargado de modelos y declaraciones. La presentación de impuestos del cuarto trimestre es la más intensa, como sucede año tras año con este periodo.
Aquí vamos a ver todos los modelos y plazos ligados a los impuestos del cuarto trimestre, indicando en qué consisten y cuándo deben presentarse al año siguiente.
¿Cuándo se presentan los impuestos del cuarto trimestre?
Los modelos del cuarto trimestre recogen toda la información y obligaciones fiscales de los autónomos y empresas hasta el 31 de diciembre. Por esa misma razón, es imposible presentarlos dentro del mismo año. Todas las administraciones esperan al año siguiente para recibir esta información y los pagos que correspondan.
La presentación se debe hacer en Enero, aunque las fechas exactas dependen de los modelos que toque presentar, cosa que a su vez depende de si se es autónomo o empresa y del tipo de actividad que se tenga. Más adelante concretaremos las fechas con más precisión.
¿Qué modelos hay que presentar en el cuarto trimestre?
El fin de año es la traca final de las obligaciones fiscales. Ten en cuenta que los modelos a presentar no solo van a cubrir el cuarto trimestre, también habrá otros necesarios para hacer un resumen de todo el año. Enero empieza pisando fuerte, con todos estos modelos a presentar con carácter general:
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- Modelo 111: Declaración de retenciones del IRPF sobre trabajadores, empresarios y profesionales durante el trimestre.
- Modelo 115: Declaración y liquidación trimestral del IRPF sobre alquileres de locales u oficinas donde se ha desarrollado la actividad.
- Modelo 130: Autoliquidación trimestral del IRPF en caso de haber solicitado el pago fraccionado y encontrarse en régimen de estimación directa.
- Modelo 131: Similar al modelo 130, pero solo aplicable para quienes estén en régimen de estimación objetiva o de módulos.
- Modelo 180: Resumen anual de todos los ingresos y retenciones sobre rendimientos procedentes del alquiler o subarrendamiento de inmuebles de tipo urbano.
- Modelo 184: Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
- Modelo 190: Resumen anual de todas las retenciones aplicadas por el IRPF por el desarrollo de la actividad.
- Modelo 193: Resumen anual de todas las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre determinados rendimientos del capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta del IS e IRNR (establecimientos permanentes) sobre determinadas rentas.
- Modelo 216: Declaración y liquidación de rentas obtenidas por no Residentes sin mediación de establecimiento permanente.
- Modelo 233: Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
- Modelo 296: Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (sin establecimiento permanente).
- Modelo 303: Declaración y liquidación trimestral del IVA resultante de la diferencia entre IVA repercutido e IVA soportado.
- Modelo 309: Declaración y liquidación del IVA para todos aquellos profesionales que no tienen obligación de hacerlo periódicamente.
- Modelo 349: Declaración informativa sobre las operaciones intracomunitarias en relación con el IVA. Puede ser mensual o trimestral.
- Modelo 369: Declaración del IVA relacionado con la prestación de servicios digitales o la venta a través de un e-commerce en países europeos fuera de España.
- Modelo 390: Resumen anual del IVA con todas las liquidaciones acumuladas durante los cuatro trimestres del año.
- INTRASTAT: Modelo informativo de estadística de comercio intracomunitario sobre las operaciones de diciembre.
¿Cuál es el plazo de presentación y pago de los modelos del cuarto trimestre?
Ahora que conoces cuáles son todos los modelos del cuarto trimestre, toca ver cuál es el plazo de presentación y pago de todos y cada uno de ellos. No te preocupes, porque hay unas horquillas de fechas que son comunes para la mayoría.
- Del 1 al 13 de enero: INTRASTAT
- Del 1 al 20 de enero:
- Modelo 111
- Modelo 115
- Modelo 123
- Modelo 216
- Del 1 al 30 de enero:
- Modelo 130
- Modelo 131
- Modelo 303
- Modelo 309
- Modelo 349
- Modelo 390
- Del 1 al 31 de enero:
- Modelo 180
- Modelo 184
- Modelo 190
- Modelo 193
- Modelo 233
- Modelo 296
- Modelo 369
Preguntas frecuentes sobre los impuestos del cuarto trimestre
Con tantos modelos a presentar, es lógico que surjan muchas cuestiones, sobre todo estas preguntas tan frecuentes sobre los impuestos del cuarto trimestre. Aquí tenéis las dudas más habituales y las respuestas que necesitáis:
- ¿Cuándo se presenta y paga el IVA del cuarto trimestre? El IVA del cuarto trimestre (del 1 de octubre al 31 de Diciembre) se presenta y paga entre el 1 y el 30 de Enero del año siguiente a través del modelo 303, ambas fechas inclusive.
- ¿Cuándo se presenta y paga el IRPF del cuarto trimestre? Parecido al IVA, el IRPF del cuatro trimestre se presenta y paga entre el 1 y el 30 de Enero del año siguiente, ambos inclusive.
- ¿Cuándo se presenta y paga el modelo 130 o 131 del cuarto trimestre? Los modelos 130 o 131 son las autoliquidaciones trimestrales del IRPF, dependiendo del régimen de estimación, y se deben de pagar entre el 1 y el 30 de Enero del año siguiente, ambas fechas inclusive.
- ¿Cuándo se presenta y paga el modelo 111 del cuarto trimestre? El modelo 111 es la declaración trimestral de retenciones del IRPF sobre trabajadores, empresarios y profesionales y se presenta entre el 1 y el 20 de Enero del año siguiente, ambos inclusive.
- ¿Cuándo se presenta el modelo 349 del cuarto trimestre? El modelo 349, que sirve de resumen del IVA ligado a todas las operaciones intracomunitarias del periodo indicado, se presenta entre el 1 y el 30 de Enero del año siguiente, ambos inclusive.
- ¿Cuándo se presenta el modelo 390 del cuarto trimestre? El modelo 390 es el resumen anual del IVA y se presenta entre el 1 y el 30 de Enero del año posterior. Ambas fechas son inclusive.
La declaración del IVA es un trámite habitual para las empresas y los trabajadores por cuenta propia que realizan actividades económicas. Igual que sucede con otros trámites comunes, como la presentación de la declaración de la Renta, lo más aconsejable para cumplir con estas obligaciones tributarias y ahorrarse errores y quebraderos de cabeza es contar con la ayuda de un gestor administrativo.
Cierra tus libros de IVA con antelación. No esperes al 25 de enero para empezar a recopilar datos. Automatiza siempre que puedas. Valida los modelos antes de enviarlos. La sede electrónica de la AEAT ofrece un sistema de comprobación previa. Archiva todo digitalmente. Consulta siempre las instrucciones oficiales. Cada año la Agencia Tributaria actualiza manuales y notas informativas.
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