Permiso de Paternidad en España: Todo lo que Necesitas Saber
España ha avanzado significativamente en la equiparación de los permisos por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores. Desde enero de 2021, ambos padres disfrutan de 16 semanas de prestación, situando a España entre los países más avanzados en este ámbito, similar a Suecia, Islandia o Dinamarca.
Duración del Permiso
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.
Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.
Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.
Cómo Solicitar el Permiso
Para solicitar el permiso por nacimiento y cuidado del menor, existen varias opciones disponibles:
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- A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social: Acceda al portal Tu Seguridad Social utilizando certificado digital o usuario y contraseña.
- Plataforma para trámites sin certificado digital del INSS: Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar esta plataforma.
- Correo ordinario: Descargue y rellene el formulario de solicitud y remítalo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
Documentación Necesaria
La documentación necesaria para solicitar el permiso varía según la situación laboral del solicitante:
- Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
Alta del Bebé en la Seguridad Social
Otro de los trámites a realizar con la Seguridad Social al tener un bebé es darle de alta como beneficiario de alguno de sus progenitores (que tengan la condición de asegurados) para acceder a la asistencia sanitaria. Este trámite se suele realizar en paralelo a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, especialmente si se hace presencialmente o por correo ordinario.
En estos dos últimos casos deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada (puede descargarla en este enlace), fotocopia del documento de identidad del asegurado y el Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.
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