Derechos y Obligaciones de la Abuela Materna en España: Un Análisis Detallado

25.10.2025

Como es universalmente reconocido, los abuelos son figuras fundamentales en la vida de los niños, no sólo para su desarrollo equilibrado y armonioso, sino también por el apoyo que prestan a los padres, razón por la cual su papel está ahora reconocido a nivel legislativo. Sin embargo, pueden surgir conflictos en el seno de la familia que lleven a los padres a impedir que los abuelos mantengan un contacto regular con sus nietos, causando así angustia a los abuelos y a los menores implicados.

Los niños, sin culpa ni elección propia, se ven privados de figuras que siempre han sido un punto de referencia importante para ellos, proporcionándoles amor y orientación en sus vidas.

La Legislación Española y los Abuelos

En el ámbito del Derecho de Familia en España, la figura de los abuelos ha adquirido una relevancia significativa, especialmente en situaciones de crisis familiar como separaciones o divorcios. El Código Civil español, en su artículo 160.2, establece que «no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del menor con sus hermanos, abuelos y otros parientes y allegados».

La Ley 42/2003, de 21 de noviembre, reforzó este derecho al modificar el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de relaciones familiares de los nietos con los abuelos.

Derecho de Visita de los Abuelos

Los abuelos tienen derecho a ver a sus nietos aunque sus padres se opongan. La relación de los abuelos con sus nietos es vital para ambos. Si no se reconocen por parte de los progenitores, los abuelos tienen derecho a solicitar judicialmente un régimen de visitas con sus nietos.

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El juez, a la vista de las alegaciones de las partes, valorará una serie de criterios para establecer un régimen de visitas. La decisión del juez debe ponderar que esa relación se establece en interés del menor. Será necesario para acreditar dicha relación que los abuelos propongan la realización de una prueba frecuente en los procedimientos de familia.

En muchas ocasiones, tras un divorcio o separación tortuosa entre los padres o el fallecimiento de uno de ellos, el resto de su familia (abuelos, tíos, primos…) deja de poder tener contacto con los niños (nietos, sobrinos, primos…). La respuesta es indudablemente sí, pues nuestra legislación reconoce en el artículo 160.2 del Código Civil el derecho de los menores a relacionarse con sus abuelos, tíos, hermanos, primos…

Así que, los abuelos, tíos y otros familiares pueden reclamar, incluso demandar, para ejercer este derecho. En Debelare contamos con un equipo de abogados en reclamar el derecho de visitas para abuelos y tíos, solicítales una consulta.

Es fundamental destacar que, aunque los abuelos tienen reconocido el derecho a relacionarse con sus nietos, este no es absoluto.

El Juez concretará el régimen de visitas conforme al “interés superior del menor”. El Juez podrá suspender o recortar el régimen de visitas si observa en los abuelos una influencia sobre el nieto de animadversión hacia su progenitor. No es posible impedir o limitar el derecho de los nietos al contacto con sus abuelos únicamente por la falta de entendimiento de éstos con sus progenitores.

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El Juez tomará en cuenta la voluntad del menor que deberá ser oído al respecto.

Únicamente si existe justa causa para impedirlo, los tíos y abuelos que lo soliciten tendrán un régimen de visitas y comunicación con el menor. Debemos recordar que el artículo 160.2 del Código Civil determina que podrá impedirse que al menor que se relacione personalmente con su familia si existe justa causa.

Por ejemplo, cuando no ha existido ningún tipo de vínculo afectivo entre el familiar solicitante y los menores. Se trata de un caso paradigmático, en el que el Tribunal Supremo en su Sentencia de 18 de marzo de 2015 deniega el establecimiento de un régimen de visitas en favor de la abuela con por la falta de relación de ésta con su nieta por elección propia.

Otro ejemplo es la existencia de informes psicológicos que evidencien un riesgo razonable para el menor de que esa relación desestabilice. De hecho, la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de noviembre de 2013 concede un derecho de visitas a los abuelos y tíos con pernocta del menor, tras el fallecimiento del padre.

Pues, en palabras de Nuestro Alto Tribunal, el interés superior del menor aconsejaba la potenciación de las relaciones familiares con las abuelas y tías por su papel enriquecedor en el desarrollo personal y familiar de sus nietos.

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Obligaciones de los Abuelos

Además de los derechos, los abuelos también pueden asumir ciertas responsabilidades en relación con sus nietos. En situaciones donde los progenitores no pueden ejercer adecuadamente sus funciones parentales, ya sea por fallecimiento, incapacidad o circunstancias adversas, los abuelos pueden ser llamados a asumir la tutela o guarda de los menores.

El Código Civil en su art. 103.1 señala que de manera excepcional «los hijos podrán ser encomendados a los abuelos, parientes u otras personas que así lo consintieren y, de no haberlos, a una institución idónea, confiriéndoseles las funciones tutelares que ejercerán bajo la autoridad del juez».

El art. 103 sitúa a los abuelos en una posición de preferencia sobre otros parientes que también pudieran optar a esas responsabilidades, tales como tíos o tías de los menores. Las funciones tutelares que la autoridad judicial puede otorgar a los abuelos tienen como finalidad que estos velen por los menores, los tengan en su compañía y les procuren una formación integral.

De acuerdo con el art. 154 CC también podrán representarlos y administrar sus bienes. Este ejercicio de las funciones tutelares respecto de sus nietos se llevará a cabo «bajo la autoridad del juez», según establece el art. 103 CC.

En este sentido, los abuelos pueden estar obligados a rendir cuentas periódicamente de la gestión y administración del patrimonio de los menores. El ejercicio de la guarda y custodia por parte de los abuelos puede llevar aparejado un derecho de pensión de alimentos a cargo de los padres tal como establece el art. 143 CC.

Por ejemplo, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Sevilla, en Sentencia 144/2021 de 30 de marzo, ha atribuido la custodia de una menor a sus abuelos maternos, estableciendo un régimen de visitas para los progenitores y una pensión de alimentos a su cargo. En la resolución la jueza reconoce que el interés superior del menor no extingue la figura de la patria potestad; sin embargo sí puede limitar los derechos de los padres en beneficio de los hijos, si las circunstancias lo requieren como en este caso.

¿Por qué los progenitores no se encuentran en condiciones de ejercitar la guarda y custodia? El padre debido a una prolongada falta de contacto que ha motivado una falta de vínculos afectivos. Y la madre porque convive con una pareja que tiene una prohibición de acercarse a la menor.

La Conexión Especial con la Abuela Materna

Y conviene aclarar una cuestión que en más de una ocasión nos han planteado por increíble que parezca. Hay quien se pregunta si tiene más derecho la abuela materna o paterna: esto lógicamente no tiene ninguna base legal.

La mayoría de abuelas coinciden en que disfrutan más de sus nietos que lo que disfrutaron de sus hijos, y es que la jubilación permite más tiempo libre para atender a los nietos y para disfrutar de ellos, algo que no pudieron hacer al cien por cien por las obligaciones laborales que tenían en su papel de madres. Y es que, la influencia emocional que ejercen en sus nietos, hace que se cree un vínculo que nos acompañará toda la vida, aunque ya no estén con nosotros.

Con respecto a la fuerza de esta conexión, la ciencia lo tiene claro: la conexión más fuerte de los nietos es con la abuela materna, debido a los patrones de cuidado y a la influencia biológica. La conexión más fuerte es con la abuela materna.

Un estudio del 'Instituto Nacional de Ciencias de la Salud Ambiental' de Estados Unidos, destaca que los nietos heredan una mayor cantidad de información genética de las abuelas maternas, una información que también se manifiesta en el carácter. En sentido biológico, los óvulos transmiten una mayor carga genética, algo que influye en la conducta y el carácter y refuerza el lazo emocional.

Profundizando en el tema, cuando tu abuela estaba embarazada de tu madre, el feto ya forma los ovocitos que va a tener a lo largo de toda su vida, de los cuales uno de ellos llevará tu nombre en el futuro cuando nazcas. Dicho de forma más sencilla: has estado dentro del vientre de tu abuela materna y llevas su informacion.

Tenemos una mayor carga genética de nuestra abuela materna. Así lo apuntaba un estudio de la Universidad de Cambridge, que demostraba que las abuelas maternas transmiten el 25% de sus cromosomas X a sus nietos. Este factor contribuye al vínculo único que establecemos con ellas.

Pero no solo la genética establece un papel determinante, el cariño, la dedicación y la frecuencia del contacto son otros factores importantes para que los nietos desarrollen un apego emocional con sus abuelas maternas.

Nuestras abuelas siempre han estado presentes en los momentos más importantes de nuestra vida y han renunciado muchas veces a su propio bienestar por cuidarnos y protegernos, generando una serie de recuerdos imborrables en todos nosotros.

Su papel trasciende los lazos genéticos y define un lugar especial en el amor y la dedicación que nos han ofrecido y que nos seguirán ofreciendo, generación tras generación.

La abuela materna es mucho más que una abuela para un niño, es una mujer con experiencia en la vida que tiene una conexión especial para él.

Según los argumentos de Alejandro Jodorowsky todos estamos unidos a nuestra abuela materna por los genes. Es decir, de los 4 abuelos de un niño es la abuela materna quien aporta más carga genética a sus nietos.

Cuando se trata de genes o de cosas hereditarias, normalmente no son seguidas de padres a hijos, sino que la genética pasa de abuelos a nietos. Por eso, suele ocurrir que los hijos puedan parecerse más a familiares alejados como abuelos o bisabuelos antes que a los padres, aunque claro, esto no siempre es así y también hay niños y niñas que son clavaditos a sus padres.

Hay aspectos genéticos que nada tienen que ver con la crianza y que se pasan a través de los genes como por ejemplo una marca en el cuerpo, una forma de caminar, una enfermedad, etc.

Cuando el feto está formándose dentro del vientre materno recibe material biológico de la madre y del padre, ambos tienen el 50% de peso en la formación del embrión pero cuando la participación genética del padre ya ha acabado, la de la madre continúa en su proceso de formación y desarrollo del bebé.

Pero según Jodorowsky son las emociones las que también se pasan de generación en generación, de madres a hijas y de hijas a nietos. Según el ensayista las emociones que vivió la abuela durante sus embarazos pueden estar activas en el ADN de las hijas y pasarán a la siguiente generación.

A pesar de estos datos aportados por el ensayista chileno, hay estudios que afirman que el ADN del padre también tiene mucho peso en cuanto a la herencia genética.

Cada vida es un mundo y realmente lo importante es que los padres se den cuenta de la importancia que pueden tener las abuelas en el desarrollo emocional de los niños y por este motivo, nunca está de más que las abuelas tengan una gran presencia en la vida de sus nietos. De esta manera, los pequeños podrán nutrirse de todo lo que éstas tienen que ofrecer.

¿Puede un padre o madre perder la custodia de su hijo por pasar éste la mayoría del tiempo con sus abuelos durante el periodo de estancia con dicho progenitor?

La respuesta, según esta sentencia dictada por la Audiencia Provincial de A Coruña, es afirmativa. El fallo, con fecha de 7 de febrero de 2019, asegura que las funciones parentales que corresponden al padre son de obligado cumplimiento, no pudiendo exonerarse por considerar que el menor está bien cuidado por los abuelos. Por tanto, se otorga la custodia exclusiva a la madre de un menor, habiendo alegado ésta que su exmarido dejaba a los abuelos paternos al cuidado de su hijo.

La protección legal de los abuelos en las relaciones familiares en España refleja un reconocimiento de la importancia de los lazos intergeneracionales en el desarrollo y bienestar de los menores.

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